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domingo, 29 de diciembre de 2019

Perú perdió en 5 años más de 800 mil hectáreas de bosques

En el quinquenio comprendido entre los años 2014 y 2018 fueron deforestadas más de ochocientos mil hectáreas de bosques en Perú y según las cifras oficiales publicadas hoy domingo 29 de diciembre del 2019 por El Comercio, se pierden 125 mil hectáreas forestales cada año.

Deforestación de la amazonía peruana

La lectura de éstas cifras denotan un hecho irrefutable, por el flanco oriental de la cordillera de los Andes, la Amazonía peruana se encuentra en permanente amenaza por la deforestación y por el lado occidental; su correlato es el recurrente riesgo a inundaciones, traslado de material erosionado, destrucción de infraestructura física e incremento de elementos químicos tóxicos activados por la reducción de los bosques de protección, aumentando los niveles de riesgo en salud pública.

Bosques de protección

Existe evidencia científica sobre el grave déficit de los bosques de protección pues actualmente los únicos que existen en Perú no llegan a cubrir el uno por ciento (1%) del total nacional. Sin la función protectora del bosque y de la vegetación natural; la erosión y sedimentación son de crecimiento galopantes, generando ingentes y millonarias pérdidas económicas anualmente al país. 

En este libro explico con mayor detalle el escenario relacionado a la deforestación 
Los precitados bosques de protección formaban parte del 53% del territorio peruano (68 millones de hectáreas) compuesto por bosques (húmedo amazónico, seco y andino), el mismo que presenta una nueva configuración en razón a que el bosque natural peruano que hace sesenta (60) años atrás cubría más de 77 millones de hectáreas ; al año 2017 contaba con algo más que 68 millones de hectáreas de bosques.
Es lamentable, que ésta diferencia de 9 millones de hectáreas, se haya deforestado irracionalmente en los últimos treinta y cinco años , lapso en que se perdieron 7,8 millones de hectáreas.
En el libro "Recuperación de bosques de protección en Perú" estimé que un total de dos (2) millones de hectáreas de bosques primarios dejaron de existir en Perú desde el año dos mil.
Hoy oficialmente se precisa que en los últimos diecisiete años, hubo 2´284.889 hectáreas perdidas de bosque amazónico.

El dato

El gobierno peruano anunció que la cifra de pérdida de bosques se redujo pasando de 155.914 (2017) a 154.766 (2018) hectáreas perdidas.
►Perú contaba con congresistas que tenían hasta dos décadas en el Parlamento sin priorizar en sus debates el problema de los impactos generados por la deforestación, y asimismo, hasta la fecha ningún postulante a la representación nacional plantea propuesta de trabajo alguna de ser elegidos el próximo 26 de Enero del 2020.
►Los tres niveles de gestión del Estado peruano tienen como agenda pendiente de trabajo, la internalización y sinseramiento de los costos que demandarán las externalidades generadas por el impacto de la deforestación en su territorio de cara al 2030 y 2050.

viernes, 27 de diciembre de 2019

Gestión de las Emergencias ante eventos previsibles y recurrentes

La sociedad contemporánea tiene un marcado sesgo para gestionar las emergencias previsibles ante eventos recurrentes en países en vías de desarrollo, tal es el caso peruano.
El Estado peruano en sus tres niveles de gestión, cuentan con Leyes, planes y programas que ejecutan las políticas de gestión de riesgo aplicando principios de prevención y precaución, todo ello ante eventos previsibles y recurrentes.
Los horizontes y periodos donde se presentaban los desastres naturales se viene realizando con mayor intensidad y frecuencia por factores y condiciones que han sido influenciados por el cambio climático.

¿ La minería es la responsable?

El ciudadano de a pie, percibe que anualmente con cierta variación en la gradualidad de la afectación, su espacio geosocial se ve impactado por algún desastre producido por un evento natural o de origen antrópico que pudiera medirse en términos de urgencias y en ciertos casos de emergencias.
Es así que pudiendo gestarse o no un daño ambiental, la población mira absorta y con cierto nivel de escepticismo que a través de  sendos decretos supremos se vienen declarando por 60 ó 90 días, situaciones de emergencia en diversas localidades del país.
Evidentemente se espera que en ese lapso se haya superado la emergencia y la normalidad vuelva a ser la situación imperante. Sin embargo, los hechos indican que en algunas cuencas que pudieran o no contar con tradición minera, se percibe una tensa calma. Habría entonces que verificar que las condiciones de emergencia fueron realmente superadas a los efectos de reducir los niveles de tensión.
En este contexto, se encuentra en agenda pendiente por atender y discriminar las realidades distintas que incorporan al inconsciente colectivo de algunas poblaciones afectadas para que asocien los desastres con las labores mineras en general. 
Seguidamente presentamos imágenes de hechos producidos en diferentes años en territorio peruano, los mismos que tienen como elemento común al recurso agua acompañando a los elementos y fuerzas de la naturaleza.

miércoles, 18 de diciembre de 2019

¿ Y la cabecera de cuenca para cuando?

Estando a pocos días de concluir el año 2019, el país, empresarios, inversionistas , actores sociales y otros stakeholders, continúan esperando que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) elabore para que se apruebe el marco metodológico definiendo que se debe entender por cabecera de cuenca en territorio nacional.
El marco metodológico que defina a la cabecera de cuenca hidrográfica está en la agenda pendiente.
Se cuenta como antecedente regional a la Ordenanza Nº 036-2011-GR-CAJ-CR, dictada por el Gobierno Regional de Cajamarca en el año 2011, en la cual se declara de interés público regional la Conservación, Protección e Intangibilidad de las Cabeceras de Cuenca en toda la Jurisdicción de la Región Cajamarca.
La Ley N° 30640, “ Ley que modifica el artículo setenta y cinco de la Ley 29338 - Ley de recursos hídricos, mediante  el establecimiento de los criterios técnicos para la identificación  y delimitación de las cabeceras de cuenca”. La norma fue emitida el 16 de Agosto del año 2017 y le dio un plazo de un año a la ANA.
Esta Ley N° 30640, modifica el precitado artículo en los términos siguientes: “El Estado reconoce como zonas ambientalmente vulnerables las cabeceras de cuenca donde se originan los cursos de agua de una red hidrográfica. La Autoridad Nacional, con opinión del Ministerio del Ambiente, puede declarar zonas intangibles en las que no se otorga ningún derecho para uso, disposición o vertimiento de agua”.
Se tiene el caso Quellaveco, como elemento de consulta para desmitificar la condición de intangibilidad de cabecera de cuenca y la referencia de la cabecera de cuenca del Amazonas para aclarar la doctrina del origen de las aguas.
Con la definición de cabecera de cuenca, es muy probable que se abra una verdadera Caja de Pandora, toda vez que en Perú no es más ajena a la verdad que no cuente con el recurso agua, sino que está mal distribuida dentro de su territorio y tiene problemas de acceso y disponibilidad básicamente por la inadecuada gestión del recurso hídrico en los lugares donde es manifiestamente escaza.

sábado, 14 de diciembre de 2019

Inseguridad hídrica, economía y sostenibilidad del país

El País- red de expertos, recientemente publicó bajo el título "El país del agua se enfrenta a su mayor prueba" en referencia a la economía de Panamá, indicando que las consecuencias de los desastres climáticos se intensifican cuando no se gestionan adecuadamente las cuencas.
Al igual que Panamá, y otros países en la región de las Américas, Perú no deja de ser un país vulnerable a la inseguridad hídrica, con el agravante de la inadecuada gestión de sus cuencas, lo cual supone un riesgo para la salud pública y  economía nacional.
La amenaza de un futuro con escasez de agua es temible para cualquier país, pero haciendo un símil con la realidad panameña donde el agua es el combustible de su economía, que depende de abundantes recursos hídricos para la operación del canal de Panamá, su principal motor económico; en el país de lo Incas el agua dulce mueve no sólo su economía sino su propia sostenibilidad sistémica.
Imagen del año 2004 que muestra inseguridad hídrica en subcuenca de costa desértica a 400 km al sur de Lima.

Gestión del recurso hídrico en los últimos dos siglos

Desde la época pre Inca y particularmente en los últimos dos siglos, en Perú se evidenciaron eventos extremos climáticos relacionados con el recurso hídrico, asociados con la presencia del fenómeno El Niño (FEN). Carranza en 1891 por la Sociedad Geográfica de Lima, registraba "... nubes tempestuosas, que ocasionaron las grandes inundaciones de abril y mayo"; los mismos que influyeron en eventos recurrentes y en consecuencia previsibles de las grandes sequías e inundaciones. Con el desarrollo de las modernas tecnologías, fue posible catalogar los eventos de carácter débil, fuerte y extraordinarios; éstos últimos como los sucedidos en el periodo 1982-83 y luego de quince años, en 1997-98; gradualidad influenciada por efectos del cambio climático. Cabe mencionar que a la alta vulnerabilidad a desastres naturales (FEN,sismos), se le añade los impactos de origen antrópicos activados por el cambio climático.
Las lecciones aprendidas impulsaron tomar a la cuenca hidrográfica como unidad de gestión, sin embargo, en la praxis se mantiene la división política por departamentos en el marco de un proceso descentralista trunco. 

Esfuerzo legislativo con Leyes de bajo cumplimiento

En la primera década del siglo pasado y hasta la actualidad se verifica que se han presentado una serie de esfuerzos legislativos ambientales que en forma aislada trataron de aportar su cuota en la solución de problemas vinculados a los usos del agua, con un precario nivel de acatamiento en la población menos informada, en especial a poblaciones rurales dispersas menores a cien habitantes.
Los dispositivos legales, conformados por miles de normas con carácter ambiental , crearon espacios políticos para nuevas demandas sociales, como es el caso de las demandas ambientales por el recurso agua.
Asimismo, instituciones del Estado asumen una actitud pasiva para hacer cumplir las normas o revertir la ineficacia del orden jurídico ambiental menoscabando la legitimidad de la norma. En suma, la restricción al acceso de información Jurídica ambiental afecta la actitud activa por parte del Estado para la aplicación y el cumplimiento de las normas ; la escasa, inapropiada y en algunos casos nula recepción de normas legales ambientales resta legitimidad, efectividad y ejecutoriedad de la norma ; y , las definiciones empleadas en Leyes ambientales planteadas en lenguaje de difícil comprensión para el ciudadano, limitan su accionar para impedir la violación o incumplimiento de la ley ambiental .
Un bajo acatamiento de las Leyes Ambientales en Perú es un hecho irrefutable y consecuencia de una legislación ambiental dispersa. En este escenario se gestaron leyes vinculadas al agua, como es el caso de la Ley general de aguas - Decreto Ley 17752 (1969) que fuera remplazada por la Ley de recursos hídricos - Ley 29338 (2009),  Ley Marco de Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento - Decreto Legislativo 1280  (2016), la Política Nacional de Saneamiento-DS N° 007-2017-VIVIENDA (2017) y otras normas alineadas con marchas y contramarchas, como se evidencia con el DS N° 018-2018-VIVIENDA (2018) y DS N° 009-2019-VIVIENDA (2019). En Perú se dieron progresivamente normas para poder dinamizar la disponibilidad y el acceso al agua para consumo humano y saneamiento a millones de peruanos que aún en la actualidad carecen de estos servicios básicos.
Muchos especialistas estimamos que futuras normas debieran ir dirigidas a cambios estructurales de modelos de gestión y rompiendo paradigmas, pues el balance de la gestión integral del agua no arrojan resultados positivos, habida cuenta que la gestión por cuencas es hasta la fecha incipiente y es en este contexto en que Perú se encuentra inmerso en la estimación de cara al año 2025 que realiza la Organización Mundial de la Salud al indicar que " la mitad de la población mundial vivirá en países con alto estrés hídrico".
En este universo de dispositivos legales, constituye un hito el Decreto Supremo N° 031-2010-SA dado el año 2010 y seis años después la Resolución Ministerial N° 923-2016/MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N° 075-MINSA/DIGESA-V.01- "Procedimiento para la declaración de emergencia sanitaria de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano"; toda vez que da la voz de alerta oficial a una realidad que ya visualizamos hace casi tres décadas atrás un grupo de expertos que participamos en la lucha contra el Cólera, utilizando información de campo y aplicando una suerte de prospectiva estratégica , relacionamos la secuencia : mayor deforestación - incremento de erosión - contaminantes químicos - enfermedades que afectan a la salud pública, entendidos hoy como un efecto del cambio climático en el país andino.
Sin perjuicio a lo expuesto, en décadas recientes , ha habido un  importante progreso orientado hacia el cumplimiento de una agenda de biodiversidad, pero manteniendo un débil sistema de monitoreo para el cumplimiento de las normas. En este contexto, el año 2018 se promulgó en Perú la Ley Marco sobre cambio climático - Ley 30754 , en concordancia con los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Deforestación,incremento de erosión y contaminación del agua

Perú se encuentra entre los países mas vulnerables al cambio climático del planeta , tanto por la distribución del recurso agua y el asentamiento de la mayor parte de su población en la franja desértica costera, allí donde justamente el acceso y disponibilidad del agua es mas escasa y su modelo de desarrollo seguido : trasvasar, almacenar, tratar y arrojar el agua dulce tratada al mar ( PTAR Taboada,La Chira), se ve alterada por efectos del cambio climático. La preocupante pérdida de glaciares en las últimas décadas complican a las fuentes de abastecimiento de agua para diversos usos.
La tala indiscriminada de bosques en algunas cuencas y subcuencas, sumadas a otros factores afectados por el clima, dan cuenta de la variabilidad y discontinuidad de los volúmenes de agua en el tiempo, siendo más crítico en la vertiente occidental de la cordillera de los Andes que descarga al océano Pacífico.
El efecto sistémico se evidencia en el impacto económico para aprovechar las fuentes de abastecimiento ( Superficiales y subterráneas provenientes de : Pozos, manantiales y galerías filtrantes) por parte de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), las cuales presentan problemas de sostenibilidad. Los contaminantes químicos, resultan en este escenario un alto riesgo, toda vez que está demostrado que algunos como en el caso del arsénico inorgánico es cancerígeno para los seres humanos.

Contaminación hídrica y estado de emergencia

El ruido político generado en las últimas décadas influyeron en la débil gobernanza y gobernabilidad del país en el extremo de la gestión del agua, lo cual impacta sustantivamente en sectores extractivos y productivos. 
Las alarmas se activaron en forma de emergencias intermitentes a través del tiempo, hechos que constituyen un indicador del riesgo sobre la economía y sostenibilidad del país.
Decretos supremos que dan cuenta del nivel de estado de emergencia temporal en los últimos dos años para algunas localidades del país son como sigue: DS N° 005-2018-SA (Doce distritos de la provincia de Pasco y Daniel Alcides Carrión del departamento de Pasco), DS N° 019-2018-PCM (dos distritos, provincia Loreto, departamento de Loreto) , DS N° 127-2018-PCM, DS Nº 047-2018-PCM, prorrogado por DS N° 066-2018-PCM,DS N° 089-2018-PCM y DS N° 106-2018-PCM (Localidades de Mórrope, provincia de Lambayeque; departamento de Lambayeque), DS N° 157-2019-PCM_( dos localidades , un distrito en la provincia de Loreto, departamento de Loreto), DS N° 188-2019-PCM  (Cinco distritos, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua).