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martes, 28 de junio de 2011

Labor de las inspecciones & periodismo en sector minero.

Saludamos al periodismo serio del país, encabezado por el decano de la prensa escrita “El Comercio”, que en su publicación del día de hoy martes 28 de Junio del 2011, en la línea de la verdad científica de nuestro comentario realizado en el presente espacio titulado  denuncias y evidencias difusas sobre contaminación minera ,reconoce en sendas publicaciones lo que en los hechos concretos está sucediendo respecto a la  supervisión y fiscalización del tema minero y en el extremo referido al río Rímac.
A continuación reproducimos en parte lo difundido por el prestigioso diario.
En la primera nota periodística indica:
Minam admite que inspecciones que hace a compañías no son fiables.
…. De hecho, a menos de un kilómetro de Ticticocha, el río ya no puede albergar vida animal, pues ha sido envenenado con metales como plomo, cadmio, arsénico, aluminio y zinc.
Así lo corroboró este Diario el mes pasado, tras analizar, junto a la Autoridad Nacional del Agua (ANA), una muestra de ese río aún en formación, justo cuando sus aguas salían de la Unidad Ticlio de Volcan, compañía que en la cabecera de cuenca del Rímac extrae plata, plomo y zinc.
Pero esa primera contaminación no se le puede atribuir a Volcan, pues podría deberse también a los pasivos mineros que existen en la zona desde largo tiempo. En todo caso, no se puede señalar responsables porque las dos principales entidades estatales encargadas de evaluar y proteger nuestros ríos de la contaminación minera no cumplen a cabalidad su labor.
La ANA, adscrita al Ministerio de Agricultura (Minag), no ha terminado aún una tarea inicial que empezó a fines del 2009, la cual consistía en evaluar las 20 cuencas más críticas del país, empezando por la del Rímac.
En tanto, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam), solo ha supervisado 12 vertimientos mineros de la cuenca del Rímac en el último año, pero no incluyó a Volcan, según la lista que nos remitieron.
Aun cuando el OEFA hubiera supervisado las operaciones y el vertimiento de Volcan, el resultado de esa inspección habría sido poco fiel, pues, según los propios funcionarios del OEFA, las empresas son advertidas con al menos una semana de anticipación, a fin de que paguen entre S/.15 mil y S/.30 mil para financiar las visitas de los técnicos.
En noviembre del 2010, la ANA reportó que la empresa minera Casapalca vertía desagües de dos campamentos a la quebrada El Carmen (Huarochirí), que metros abajo se integra al rímac. Uno de esos vertimientos no tenía autorización y el otro no tenía tratamiento previo. Aunque la empresa ya regularizó esa situación, todavía no ha sido sancionada por la contaminación que causó en el 2010.
En el segundo reporte, El Comercio entrevista al saliente ministro del ambiente Antonio Brack , que seguidamente se reproduce íntegramente:
Lo que falta es que exista una sola autoridad.
¿A quién toca sancionar mineras que ensucian el agua?
A la ANA (M. de Agricultura) y el OEFA (M. del Ambiente).
Tras el informe de El Comercio, usted dijo que iba a sancionar de inmediato a mineras que contaminasen. Pero hay decretos supremos de su ministerio que le impiden hacerlo hasta el 2015.
Es que el 2009 se decretaron nuevos estándares para no contaminar el agua; entonces se tuvo que dar un plazo a las mineras para que se adecúen.
¿Cinco años no es mucho?
La empresa no puede cambiar todo su sistema de producción al día siguiente. Pero si incumple en otros aspectos, sí se le sanciona, más allá de los nuevos estándares para el agua.
La ANA no pudo multar el año pasado a Cía Minera Casapalca por echar desagües sin tratamiento ni licencia, debido a que no tiene escala de multas.
Hay que preguntarle a la ANA.
Todo está tan disperso que terminan echándose la pelota unas entidades a otras.
Lo que falta es que exista una sola autoridad, una sola ventanilla. La ANA debe pasar al Minam. Ya será en el otro gobierno. También falta darle más presupuesto al OEFA.
El vertimiento de minera Los Quenuales supera los nuevos límites máximos permisibles.
Anda a preguntarle a la ANA. Yo no puedo responder porque no sé. Después meto la pata.
En suma, de lo arriba señalado podemos acotar lo siguiente :
" A confesión se partes , relevo de pruebas."
Queda registrado que las inspecciones realizadas para efectuar la  supervisión y fiscalización que lleva a una eventual sanción de las compañias mineras es un asunto que demanda una revisión de fondo y forma, toda vez que  estas deben cumplir una serie de principios entre los cuales se encuentra el principio de razonabilidad por lo cual todo acto administrativo debe encontrar su justificación en preceptos legales y en hechos, conductas y circunstancias que lo causen.
Tiene que haber una relación lógica y proporcionada entre el consecuente y los antecedentes, entre el objeto y el fin. Por ello, los agentes públicos (ANA, OEFA, o los organismos que los sucedan) deben valorar razonablemente las circunstancias de hecho y el derecho aplicable y disponer medidas proporcionalmente adecuadas al fin perseguido por el orden jurídico.
En este sentido, las multas que tengan que ver con las inspecciones donde se aplican eventuales cuestionamientos por transgresiones a los LMP son, a la luz de los hechos, pasibles de ser sujetos a revisión, toda vez que los organismos responsables de sustentar los cargos aún continúan con las falencias detectadas en su oportunidad a OSINERGMIN y que OEFA no ha estado en la capacidad de resolver por deficiencias diversas en la administración del estado peruano.

sábado, 25 de junio de 2011

¿Necesidad pública para establecer la titularidad del derecho minero?

Un precedente legal a tomarse en consideración futura para el sector minero se acaba de dar en Perú con la publicación en el diario oficial El Peruano del Decreto Supremo N° 032-2011-EM (publicado el 25/06/2011) que deroga al Decreto Supremo N° 083-2007-EM (publicado el 29/11/2007).
La parte resolutiva del Decreto Supremo derogado, declaraba de necesidad pública la inversión privada en actividades mineras, a fin de que BEAR CREEK MINING COMPANY SUCURSAL DEL PERÚ -empresa peruana en la cual la empresa BEAR CREEK EXPLORATION COMPANY LTD de la provincia de Columbia Británica,Canada, tiene el 100% de participación-, pueda adquirir y poseer concesiones y derechos sobre minas y recursos complementarios para el mejor desarrollo de sus actividades productivas, dentro de los cincuenta (50) kilómetros de la frontera con Bolivia al sur del país, en un total de seis mil trescientos (6.300) hectáreas de siete (07) derechos mineros , ubicados en el Departamento de Puno, provincia de Chucuito en los distritos de Huacullani y Kelluyo.
Previamente de había considerado que la solicitud formulada por la precitada empresa se encontraba incluida dentro del supuesto de necesidad pública establecido en el artículo 71° de la Constitución Política del Perú , "dado que el interés en establecer la titularidad del derecho minero solicitado trasciende el interés privado, incidiendo de manera importante en el bienestar de la comunidad, toda vez que mediante dicha excepción se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera con el consiguiente aumento del nivel de vida en la zona de incidencia de las actividades mineras".
Como sustento del derogado Decreto Supremo, se considera que se ha hecho de conocimiento circunstancias que implicarían la desaparición de las condiciones exigidas legalmente para la emisión del mencionado acto. 
En este contexto, es importante precisar que en este caso en particular se trata de un territorio localizado en zona de frontera y deviene en imprescindible fijar claramente las condiciones futuras que se exigirán para declarar de necesidad pública una titularidad del derecho minero, tanto para los derechos mineros situados fuera como dentro de la zona de frontera, habida cuenta que el artículo 71° de la Constitución Política del Perú establece que, dentro de los cincuenta (50) kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, por título alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, directa ni indirectamente , individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder , en beneficio del Estado, el derecho así adquirido y que se exeptúa el caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de ministros con forme a Ley.
De otro lado, Perú cuenta con el Decreto Supremo N° 014-92-EM - Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería - que establece en su numeral V del Título preliminar una consideración respecto al derecho adquirido para el normal funcionamiento de la industria minera: que la industria minera es de utilidad pública y la promoción de inversiones en la actividad minera es de interés nacional.
Sin perjuicio de las denominaciones utilidad o  necesidad pública, interés Nacional, Regional o Local, es de vital importancia para la inversiones mineras - actuales y potenciales - tener muy en claro la arquitectura legal que pueda dar estabilidad jurídica a los capitales tanto nacionales como extranjeros que apuesten por el desarrollo de un sector tan importante como es la minería en Perú.

miércoles, 22 de junio de 2011

¿Informalidad minera organizada?

Perú, el país de los Incas - un país minero por excelencia - que en sus entrañas y bajo la cordillera de los Andes, guarda ingentes recursos mineros, pasa  por una marcada tragedia al tratar de aprovechar los bienes comunes que no armonizan los intereses del hombre con la naturaleza.
Legados que valoran el significado de suelo, subsuelo, tierra , agua , recursos naturales, ordenamiento territorial, derechos de propiedad , entre otros,  bajo la cosmovisión de ancestrales generaciones que han poblado ecosistemas de montañas y bosques en las zonas aluviales (conteniendo oro a márgenes de los ríos del oriente peruano), son puestos en valor confundiendo paradigmas, principios y conceptos que el esfuerzo legislativo de largo aliento no terminan por regular : La informalidad minera.
En Perú, se evidencia el accionar de la informalidad minera como un intermedio entre la actividad minera legal y la actividad minera ilegal, sobre la base del uso de medios y fines.
Las actividades mineras formales tienen fines legales, pero algunas son conducidas ilegalmente porque es difícil para los concesionarios mineros cumplir con regulaciones oficiales en el marco de las múltiples autoridades competentes y la inadecuada regulación ambiental.No es que tengan previsto actuar bajo el radar de las normas peruanas, es que simplemente en ciertos proyectos mineros no se ha logrado internalizar la licencia social producto del conocimiento real de la existencia de pasivos ambientales. La falta de una apropiada comunicación entre los actores sociales impide un accionar concensuado respecto  del impacto producido por labores mineras que deben ser atendidas ajustadas a Ley.
Las actividades mineras ilegales tienen fines ilegales y por consiguiente no pueden ser desarrolladas sino ilegalmente.
Esta informalidad minera tiene como soporte el hecho que sólo pueden ser considerados como infracciones las contenidas expresamente en normas de la misma naturaleza. Es así que la Infracción, bajo la óptica del derecho general es considerado como toda acción u omisión que importe violación de normas, de allí subyace lo prescrito en la infracción penal e infracción tributaria.
Proceso Histórico
La informalidad minera organizada en Perú tendría sus antecedentes más próximos en la corriente de pensamiento y forma como se desarrollaron las invasiones de terrenos en 1940 y 1968.  
Un precedente mas ligado a la minería actual, se dio con la compañía Manhattan , quien inició sus estudios en Tambogrande (Mayo,1999) cuando tomó una opción del Estado a tres años para explorar la zona en Piura, al norte de Lima.
  
Recursos polimetálicos encontrados en Tambogrande que generan expectativas. 
Las pretensiones de la empresa Manhattan era de reubicar una parte del pueblo para ejecutar el proyecto de explotación de los recursos polimetálicos que se hallan bajo su suelo.
La explotación sería mediante tajo abierto, para lo cual tendría que reubicar a veinticinco mil habitantes, lo cual fue rechazado por la comunidad pues la población se mostró contraria a una posible reubicación.  Bajo una inadecuada relación comunitaria por el tema de la reubicación y la información que desplegaron los activistas ambientales sobre problemas por disponibilidad de agua, y la contaminación de los recursos, se llegó finalmente a determinar el rechazo de la minería por estos y otros riesgos que se plantearon.
El espacio dejado por la minería formal, fue cubierto en parte por la minería ilegal, dejando con ello una muestra de la capacidad de los operadores ante las concesiones mineras en otras localidades del territorio peruano.
El año 2001 la empresa Minera Majaz, subsidiaria de la empresa británica Monterrico Metals, obtuvo concesiones mineras en territorios de propiedad de las comunidades campesinas de Yanta (provincia de Ayabaca) y Segunda y Cajas (provincia de Huancabamba), también en la región Piura, zona norte del Perú.
Una de estas concesiones fue el proyecto minero Río Blanco, que buscó explotar un yacimiento de cobre y molibdeno. Las comunidades campesinas de la zona rechazaron el proyecto porque lo consideraron una amenaza para la agricultura y al uso de agua para consumo humano.
Con similares métodos, procedimientos y características que llevaron al desborde popular aunque en diversa magnitud y dimensión llevadas a cabo en Piura, se dieron episodios en Cerro Quilish (Cajamarca), Tía María (Arequipa), entre otros.
A inicios del año próximo pasado (2010) se presentaba un reportaje de lo que estaba sucediendo en Madre de Dios, un ejemplo palmario de lo que estaría sucediendo con la informalidad minera organizada.
 
Concesiones mineras
En Derecho Público, la palabra Concesión ; se aplica a los actos de la autoridad soberana por los cuales se otorga a un particular (concesionario) o a una empresa (concesionaria), determinado derecho o privilegio para la explotación de un territorio o de una fuente de riqueza, la prestación de un servicio o la ejecución de las obras convenidas.
En ese orden de ideas, el Estado peruano al otorgar las Concesiones mineras se encuentra atravezando un terreno minado que debe transitar sin perjuicio del cumplimiento del ordenamiento jurídico y considerando el impulso que viene alcanzando la informalidad minera organizada que no toma reparos en utilizar la violencia, así como las legítimas demandas socio ambientales del pueblo  para arrinconar a la administración del Estado en turno, conseguir zonas liberadas de concesiones mineras , a fin de generar el espacio para el desarrollo de la minería ilegal que es por naturaleza salvaje, invasiva y contraria al desarrollo sostenible. 
Ante la formalidad del Estado lleno de normas ambientales (desarticuladas en sus diferentes niveles) que dificilmente llega al consumidor de leyes surgen -sobre la base del interés social y necesidad pública- los operadores que en grado extremo se convirtieron en traficantes, a los cuales habría que neutralizarlos oponiéndoles no solo medidas represivas sino creando políticas públicas de atención a la población peruana necesitada de acciones con resultados concretos de corto y mediano plazo.

viernes, 17 de junio de 2011

Denuncias y evidencias difusas sobre contaminación minera.

Sorprendente el nivel de conclusiones difusas a que llega en sendas publicaciones El Comercio -uno de los principales diarios del país-al afirmar que "hay exceso de metales pesados propios de la actividad minera" pese a que OEFA no le proporcionó información alguna sobre el particular en el caso del río Rímac.
De otro lado, culpa del estado de situación de una eventual contaminación minera a los recientes Decretos Supremos 023-2009 y 010-2010, del Ministerio del Ambiente.
El Lunes 13 de junio del 2011
Este Diario (El Comercio) constató que a menos de medio kilómetro de la naciente del Rímac, ya hay exceso de metales pesados propios de la actividad minera. Más abajo, se sumarán más metales y luego los desagües de poblaciones enteras.
Desde el 2009, con la creación de la Ley de Recursos Hídricos, hay un ente encargado de proteger nuestros ríos. Se trata de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), adscrita al Ministerio de Agricultura (Minag). Lo cierto es que aún cuando la ANA llegue a determinar el nivel de contaminación que dejan las mineras, no podrá sancionarlas si no cumplen con los ECA- agua.
Las mineras pueden seguir ensuciando por cinco años más, gracias al Decreto Supremo 023-2009, del Minam, el cual les pide que presenten un plan de adecuación al Ministerio de Energía y Minas (Minem); y que se adecúen a su propio plan en un plazo de cinco años.
Por lo dispersa que está la tarea de proteger los ríos, a la ANA (Minag) le corresponde evaluar la contaminación en el río, pero al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Minam, le toca medir la calidad del vertimiento minero.
Si bien OEFA (Minam) debe supervisar los vertimientos mineros, la composición de estos es aprobada antes por Energía y Minas, en base a un estudio de impacto ambiental.
Antes de la ANA, correspondía a Digesa (Ministerio de Salud) evaluar y sancionar la contaminación. Ello cambió el 2009, con la nueva ley.
Sedapal y Digesa también monitorean la calidad del Rímac. También hallan metales en la cuenca alta, aunque disminuyen antes de llegar a la Atarjea, en Lima.
El martes 14 de Junio de 2011
A menos de un km de su naciente, en las punas del distrito de Chicla, el río Rímac –aún en formación– ya discurre envenenado con altas concentraciones de plomo, aluminio, arsénico, cadmio y zinc. Y envenenado continúa a lo largo de toda la cuenca alta. Así lo reveló ayer este Diario, tras haber analizado muestras de agua del Río Hablador.
Pero esos resultados, validados por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), adscrita al Ministerio de Agricultura (Minag), no son suficientes para culpar a las empresas mineras que operan en la zona.
Para saber si son estas compañías formales las responsables del envenenamiento de nuestro principal río limeño, era necesario contar con los informes del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam). Anteayer publicamos las disculpas de funcionarios del OEFA por no poder remitirnos tal información, y la promesa de que la entregarían ayer lunes. Pero tampoco sucedió.
Y aun cuando el OEFA hallara que los vertimientos mineros superan los límites máximos permisibles para el agua (LMP-agua) fijados por ley, esto no implica que la empresa contaminadora vaya a ser sancionada. Esto debido al permisivo Decreto Supremo 010-2010, emitido por el propio Ministerio del Ambiente en agosto del año pasado.
Esta disposición fija los nuevos LMP-agua y otorga a las mineras que ya vienen operando un plazo de adecuación de entre dos y tres años. Para acceder al plazo máximo, debieron presentar hasta febrero un plan de implementación al Ministerio de Energía y Minas. Pero este último no ha remitido ningún documento al OEFA.
... el otro ente con capacidad de sancionar, también está atada de manos frente a las mineras. Esto por culpa de otro decreto supremo del Minam, el 023 del 2009, el cual permite a las mineras adecuarse a los estándares de calidad ambiental para el agua en un plazo de cinco años.
Las denuncias difusas, sin mayor sustento que muestreos puntuales de agua con características organolépticas ofensivas a la estética del recurso, que no discrimina la existencia de daño ambiental generada por el LMP exedido por alguna actividad minera, en lugar de identificar eventuales responsabilidades sectoriales o de algún funcionario público individual, genera temores y pánico generalizado en las personas poco informadas respecto de la actividad del sector minero en su totalidad.
Los mitos en relación a la minería se incrementan justamente por los temores que causa el desconocimiento o la información parcial respecto a los procesos históricos que pasa la minería en el Perú.
Las evidencias difusas que se presentan para determinar el origen de contaminación minera tiene hasta dos asunto previos que no merecieron ser soslayados.
El primero, el análisis de fondo que debió darse a sucesos desarrollados en territorio peruano, como: Tambogrande (Piura), Cerro Quilish (Cajamarca), Tía María (Arequipa), entre otros, que toda unidad de investigación periodística debiera tomar en consideración, habida cuenta el rechazo a proyectos y/o empresas mineras que tienen que ver con la necesidad de una adecuada ley de ordenamiento y desarrollo territorial, y la participación de la comunidad en relación al procedimiento de consulta previa a la aprobación del proyecto (Decreto Supremo N° 007-85-VC - Reglamento de acondicionamiento territorial, desarrollo urbano y medio ambiente). 
El segundo, relacionado a la oportunidad , se produce a escasos días en que se realizará el cambio en la administración del Estado peruano, en un escenario plagado de conflictos socioambientales que tiene como origen el tema minero.
Esperamos que el tema minero se maneje de la mejor manera y hacemos votos para que se realicen los esfuerzos necesarios en todos los involucrados -incluyendo al periodismo serio- a fin de que las partes armonicen en el marco del desarrollo sostenible del país.  

lunes, 13 de junio de 2011

Impuesto minero en Perú

A continuación reproducimos una publicación hecha por el prestigioso diario El Comercio , que consideramos pueda complementar la información expuesta en el presente espacio.
En toda la historia del Perú nunca se vio una promesa de inversión tan alta como la hecha por el sector minero: de US$42.500 millones en los próximos diez años (el 85% de las reservas internacionales netas). Esto, pese a la amenaza constante en los últimos seis años de que el sector será gravado con mayores impuestos.
Un poco de historia.
En la campaña electoral del 2006, el presidente Alan García, al unísono con su contrincante de ese entonces, Ollanta Humala, anunció la aplicación de mayores regalías a las existentes (de 1% a 3% sobre las ventas). Asimismo, aunque con menos eco, en los últimos tres años en el Congreso se presentaron hasta cuatro proyectos de ley orientados a castigar las ganancias extraordinarias que tuvieron las mineras gracias al alza de los precios de los commodities. Sin embargo, ninguno de ellos prosperó.
Hoy, nuevamente la aplicación del llamado impuesto a las sobreganancias mineras ha sido puesta en el tintero. El miembro del equipo económico de Gana Perú, Luis Alberto Arias Minaya, indica que aún no hay una propuesta clara sobre este asunto. “En los próximos cien días se deberá tener una que permita mantener la competitividad del sector y a la vez que el Estado tenga una mayor participación de las utilidades mineras”, dijo. Así, una nueva carga impositiva al sector es inexorable.
Para Comparar
¿Se justifican mayores impuestos al sector minero? Germán Alarco, investigador de Centrum Católica, indica que sí, porque los minerales son recursos de la nación que se van agotando y las posibilidades de extracción futuras son menores. Asimismo, porque es justo que el país participe de las ganancias extraordinarias resultado de los mayores precios internacionales y no de la mejora productiva del propio sector.
Estos son casi los mismos argumentos que ha planteado el ex candidato –y ahora presidente electo– Ollanta Humala para lanzar el tema durante la campaña. Sin embargo, hay una serie de aspectos que forman parte de la discusión, como la acusación de que la minería paga menos impuestos en el Perú frente a otros países como Chile, aspecto que es discutible.
En marzo pasado, el Instituto Peruano de Economía (IPE) desarrolló un estudio orientado a determinar si la minería peruana tiene la misma o una menor carga tributaria que en otros países, sorprendentemente descubrió que el sector minero peruano tiene una carga impositiva alta; incluso más que competidores como Chile, México, Canadá y Australia con los que nuestro país se disputa los dólares de la inversión minera.
Miguel Palomino, quien hizo la investigación del IPE, señala que en la medida en que en todos los países no se aplican los mismos impuestos (en unos países, como en Chile, se cobran regalías a las utilidades operativas; en otros, sobre las utilidades netas o las ventas) se tuvo que desarrollar un ejercicio a través del cual se pudiera medir el grado de afectación y se logró descubrir que si una empresa tiene una rentabilidad de 10%, la carga tributaria es de hasta 64,5% en el Perú, superando a los competidores. Sin embargo, a una mayor rentabilidad (por ejemplo de 60% sobre las ventas), la carga impositiva disminuía a 42,6%; siendo en algunos casos igual o menor que los competidores.
Esto crea además localmente una paradoja: las empresas pagan menos en la medida en que más utilidades tienen, cuando debería ser al revés. “Esto es absurdo, porque de esta manera cualquier proyecto que no sea de una rentabilidad alta está afectado y si gana mucho le cobras casi nada”, señala Palomino.
La explicación es muy sencilla, en el Perú las regalías (de hasta 3%) están fijadas en función a las ventas a diferencia de países como Chile, el cual aplica una regalía que es estable (no cae) y castiga más al que más gana, pues en este caso el Estado aplica regalías a la utilidad operativa. “Aquí no se está asociando el impuesto al valor sino a las toneladas de mineral”, señala.
Arias Minaya indica que en los últimos años las mineras peruanas, por los precios altos, no han tenido rentabilidades que hayan oscilado entre el 10% y 60% sino entre 50% y 90% de sus ventas; por lo que en este aspecto han estado pagando mucho menos de lo que deberían. “Eso no refleja el estudio del IPE”, señala, de lo cual se infiere que las mineras han pagado menos de lo que podrían contribuir.
En ese sentido, el aumentar la presión tributaria sobre las mineras pasará necesariamente por revisar las actuales regalías que se cobran al sector minero, según adelantó Minaya.
Nuevos elementos
Por supuesto que el tema de pagar mayores impuestos no es visto con buenos ojos por los empresarios, quienes están a la espera de la invitación del equipo técnico para discutir el tema. El presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, Pedro Martínez, demostró estar preocupado porque el grado de competitividad alcanzado por el sector podría verse afectado y con ello los ingresos del país.
“La minería es un sector muy gravitante en la vida económica del Perú no solo por el monto de inversión sino por todo lo que viene asociado… en lugar de gravar eternamente a la minería, que de por sí los impuestos que paga significan un tercio de la recaudación fiscal, debemos invitar a más compañías a venir al país”, señala.
Martínez indica que el tema de cuánto más pagarán las mineras debe resolverse técnicamente. En teoría, aún no se ha determinado un monto ni un porcentaje, pues se requiere de estudios, según indicó Félix Jiménez, miembro del equipo económico de Gana Perú. La preocupación de Martínez no deja de ser cierta: una nueva tasa tributaria podría poner en juego la competitividad alcanzada hasta el momento. Más aun cuando el vaivén político y los problemas socioambientales han generado que en el ránking que desarrolla el instituto canadiense Fraser –que mide el interés de los inversionistas mineros del mundo– el Perú haya caído del puesto 11 al 48 en los últimos dos años.
El economista Alejandro Indacochea, señala que si bien las empresas que están en el país ya tienen inversiones planificadas, continuarán desarrollándolas, por lo que un nuevo impuesto afectará a las inversiones futuras, socabando el potencial del desarrollo minero del país y matando lentamente a la ‘gallina de los huevos de oro’.
“Hay que pensar en agrandar la torta en vez de repartirla”, señala. Lo que tocará en ese sentido será hilar fino. Minaya reitera que se mantendrá la competitividad del Perú frente a los países que explotan similares recursos. Pero el hacerlo no es cosa sencilla, buscar un equilibrio adecuado será una tarea en la que deberán intervenir todos los interesados: los mineros en obtener mayores rentas y el país que busca obtener más recursos para financiar su desarrollo.
Para finalizar, sólo nos provoca hacer un comentario adicional : El tema de impuesto minero no involucra única y exclusivamente aspectos económicos, tiene además componentes Político, social y ambiental.
No incluirlos en el debate técnico generará , sin lugar a dudas , inestabilidad y cuestionamientos sobre la legitimidad del acuerdo logrado.

sábado, 11 de junio de 2011

Impuesto a las sobreganancias mineras e inversión

Seguidamente reproducimos una publicación hecha por la Agencia Peruana de Noticias - Andina- , que estimamos pueda contribuir con informar de los acontecimientos de actualidad minera en Perú.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) consideró hoy (11 de Junio del 2011) que los ingresos fiscales que puedan provenir de un impuesto a las sobreganancias mineras, deberían destinarse a inversión en infraestructura.
El titular del MEF, Ismael Benavides, señaló que no se pueden financiar actividades permanentes, como los pagos de salarios o pensiones, con ingresos que pueden ser temporales.
“Con este ingreso se podría financiar la construcción de infraestructura, pues tranquilamente se puede dejar de invertir si se reducen los ingresos fiscales”, manifestó.
Explicó que el problema radica en que mientras los ingresos de las empresas mineras sean altos, por buenos precios de los metales en el exterior, habrá buena recaudación fiscal, pero se reducirán los ingresos fiscales cuando haya una baja en los precios de los commodities.
Aunque previó que los precios de los metales se mantendrán en buen nivel por buen tiempo
“El Fondo Monetario Internacional (FMI) piensa que en los próximo cinco años deben mantenerse buenos precios para los minerales”, anotó.
Sin embargo, consideró que en la medida que las economías en desarrollo, como China e India, y el sudeste asiático, empiecen a crecer más, van a demandar más minerales.
“Asimismo, las economías desarrolladas no van a estar todo el tiempo en situaciones difíciles y se prevé que en un par de años empezará a crecer Estados Unidos, al igual que Europa”, previó.
Consideró que si en el Perú se eleva el tributo a las empresas mineras, tendrían que gravarse las utilidades brutas y no los ingresos provenientes de las ventas de las extracciones mineras.
“Es un tema complejo, pero en Chile se hizo un trabajo interesante sobre este tema”, anotó en declaraciones a Rumbo Minero de Canal N.
Destacó que la minería es fundamental para la generación de empleo, pues por cada empleo directo, se generan cinco, seis o siete indirectos, así como para la contribución fiscal y el desarrollo de las regiones a través del canon minero.
Finalmente, mencionó que el Perú tiene que ser competitivo y ello tiene que reflejarse en nuestras tasas impositivas.

viernes, 10 de junio de 2011

Programa minero en TV

Saludamos a Rumbo Minero, publicación del sector minero del país, que abrirá en junio del 2011 un espacio televisivo de información relacionado con la minería y actividades relacionadas con ella: Rumbo Minero TV.
Este será el primer programa especializado en TV dedicado a informar sobre actividades del sector en general y a detallar, en particular, los últimos proyectos, inversiones, avances y principales hechos del sector minero del país.
El espacio será emitido por Canal N todos los sábados a las 10 a.m.. Su lanzamiento está programado para el sábado 11 de junio.
El programa tendrá un tiempo de emisión de 30 minutos divididos en cuatro bloques principales: un bloque de noticias, uno dedicado a un informe, otro compuesto por una entrevista a un ejecutivo vinculado con el tema del informe difundido y, por último, un bloque de entrevista a un ejecutivo o funcionario del sector.
Como línea principal de enfoque, el programa buscará orientar sus contenidos a detallar y ofrecer a los televidentes información relacionada al ámbito logístico de los principales proyectos del sector.
Su objetivo, en esa línea, es convertirse en una plataforma de negocios que le permita a su audiencia contar con información fresca, veraz y útil sobre las inversiones previstas en el sector, los proyectos en que se invertirían esos recursos y las oportunidades de negocios que pueden surgir a partir de ellos.
El programa está dirigido a personas ligadas al mundo minero -empresarios, ejecutivos, proveedores, profesionales en minería- pero también a estudiantes y público en general que quieran conocer un poco más sobre esta actividad, fundamental para el desarrollo económico y social del país.

miércoles, 8 de junio de 2011

Inversión minera con estabilidad jurídica y económica

Perú promocionó en marzo último su cartera de inversión minera por cuarenta y dos ($ 42,000) mil millones de dólares para los próximos diez años, en la Convención Anual Prospectors and Developers Association of Canada, el evento del sector más importante del mundo.
Estas perspectivas serán viables con la estabilidad jurídica, política y económica que presente el país de cara al futuro.
Una de las tareas prioritarias de la próxima administración de gobierno es afianzar a Perú como un destino importante para las inversiones en América Latina; y para ello resulta indispensable que se garanticen reglas claras y predecibles en el tiempo, seguridad y paz social.
La concertación para alcanzar consensos debe primar a los intereses particulares que nos afirmen en el camino del desarrollo económico con inversión privada e inclusión social.
La experiencia exitosa de los últimos años ha puesto de manifiesto que la inversión privada es el aliado estratégico para seguir generando más trabajo y lograr el desarrollo sostenible en Perú.

lunes, 6 de junio de 2011

Incertidumbre en la exploración minera y políticas tributarias

La incertidumbre de descubrimiento de recursos minerales necesarios para emprender un proyecto minero rentable deben tenerse en consideración cuando se establezcan las políticas tributarias para el sector.
La prospección, exploración,labores de desarrollo y preparación para acceder al mineral demandan significativos recursos y tiempo.
No pocas veces los esfuerzos que demanda las actividades mineras prosperan y se tiene que abandonar la propuesta abortando el proyecto minero.
Los niveles de incertidumbre son muchas veces decisivos para los efectos de tomar la mejor decisión a fin de minimizar los riesgos de inversión . 

Antes de extraer el  mineral se invierte importantes recursos en 
pruebas que demandan tiempo y existe niveles de incertidumbre.
Altos niveles de incertidumbre generan especulaciones y eventualmente desinformación, tal como se produjo en el país a raíz    de una de las más sonadas propuestas electorales del próximo gobierno sobre la aplicación de mayores impuestos a la minería o sobreganancias mineras.
Los inversionistas temen que en Perú se amplíe el rol del Estado en la economía y aumente el gasto público en programas sociales, minando el auge económico que generó la minería en la última década.
La sensibilidad del sector minero formal creció apesar que se mencionara que no se crearían nuevos impuestos a la minería.
Como muestra del impacto causado podemos citar la jornada de hoy lunes seis de Junio, un día después de la realización de las elecciones presidenciales, teniendo como protagonista a la bolsa de Lima que se hundió casi un 12.51 por ciento , el peor nivel desde octubre de 2008, presionada mayormente por los papeles mineros.
De otro lado, las acciones peruanas que cotizan en Estados Unidos se desplomaban, el fondo negociable de MSCI de acciones peruanas iShares perdía un 6,8 por ciento antes de la apertura del mercado, mientras que los papeles de la minera peruana Buenaventura caían un 4,9 por ciento. Los títulos de Southern Copper Corporation perdían un 2,8 por ciento.
Así mismo, en Londres, los papeles del grupo Hochschild cedían más del 8 por ciento -dado que el grupo capta la mayor parte de sus ganancias de sus operaciones en el Perú- y los de su competidor Xstrata cedían un 0,48 por ciento.
El nuevo gobierno peruano debe tener presente esta señal que el sector minero es clave  para la economía nacional y debería otorgarse seguridades a las potenciales inversiones a efectos de estabilizar a los agentes económicos de cara al futuro.
Perú compite hoy por las inversiones mineras, principalmente con Chile, país cuya tasa impositiva efectiva es menor que la del Perú. En el Perú, si uno suma el Impuesto a la Renta, más las regalías, el aporte voluntario, los derechos de vigencia, la participación de los trabajadores, y los dividendos, termina en una tasa efectiva que, dependiendo del caso, puede ir de 48% a 62%. En Chile, si uno suma todo eso la tasa es menor.
En el caso de las regalías, Chile aplica una tasa sobre las utilidades, mientras Perú lo hace sobre las ventas brutas, lo que constituye una diferencia importante.
Actualmente se presume del eventual impacto en los proyectos mineros en cartera que potencialmente se estarían desarrollando en territorio nacional.
Esperamos que nuestro nuevo gobernante continúe liderando el crecimiento del país, promoviendo las inversiones y la estabilidad jurídica y política.
En principio, las propuestas económicas del nuevo gobierno son sensatas : mantener los equilibrios macroeconómicos, consolidar el crecimiento, generar condiciones para que la inversión privada nacional y extranjera se incremente y siga contribuyendo con el crecimiento
Lo importante es mantener las líneas maestras y garantizar la estabilidad jurídica, las reglas claras y predecibles, y dejar claramente establecido que en el Perú se respetan las normas y los contratos.
Este mensaje es ciertamente válido tanto para los inversionistas extranjeros, como para los nacionales.