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domingo, 30 de enero de 2022

Carta abierta al presidente peruano José Pedro Castillo Terrones- 30 Enero 2022

Lima, 30 de Enero del 2022

Señor docente José Pedro Castillo Terrones :

Excelentísimo señor Presidente de la República


Me dirijo a usted en virtud al documento de la referencia, para reiterarle respetuosamente mi preocupación por la crisis multisistémica que viene atravesando el país, la cual demanda de su intervención personalísima, ya que la realidad de los acontecimientos ha desbordado a los responsables políticos de carteras estratégicas en vuestra administración, hechos que llegarían a tocar la imagen presidencial si es que no se tomaran decisiones oportunas para desplegar acciones concretas y así no continuar postergando la recuperación económica del Estado peruano.
A la débil gobernanza en el sector interior, se le agrega el descontrol en materia ambiental con el ecosidio producido por un evento carente de adecuado control, supervisión y fiscalización,que produjera una marea negra con sus nefastas consecuencias a la Nación.
A la alta rotación en el despacho del interior y declaratoria de emergencia por el desborde de la delincuencia en la capital de la República, se le agrega la incapacidad de aplicar el ordenamiento ambiental vigente para controlar y mitigar el desastre sucedido el sábado 15 de Enero del 2022.
La falta de manejo en la crisis queda ilustrada en el proceso seguido para  determinar el número de barriles que cayeron al mar de Grau contaminándolo; fueron 0.16 barriles o 10.396 barriles tal como lo expresó posteriormente la empresa REPSOL y que de ésto, el 35% ya habría sido recuperado o tal vez sean los 6 mil barriles como inicialmente estimaron las autoridades peruanas o la cifra de 11.900 barriles que trasciende hoy por los medios masivos de comunicación.
El material contaminado recuperado, de acuerdo a normatividad peruana debe ser dispuesto sanitariamente en  rellenos de seguridad, la autoridad competente peruana esta obligada de controlar esos registros , que a la fecha no se socializan.
Quedarse en el plano de presunciones, estimaciones y sin fecha cierta en las indagaciones, manejo y fiscalización de los actuados, desmerecen las gestiones efectuadas en el campo profesional de la ingeniería y el derecho .
La falta de conocimiento oportuno de un simple balance entre los 987.672 barriles que contenía el buque tanque y la descarga que efectivamente se recibió en tierra, le costará al país cientos o tal vez miles de millones de dólares, así como años de trabajo especializado para remediar el daño ambiental generado en playas y zonas protegidas por la inacción y eventual dolo por parte de la empresa y los funcionarios del Estado involucrados en este hecho punible.
Sin embargo, con el mayor de los respetos señor presidente, el tema no pasa exclusivamente por tener un Estado sancionador, sino de contar con un Estado que cumpla y haga cumplir las leyes ambientales vigentes ya sean de caracter nacional o internacional como es el caso de MARPOL; ello para que no se repitan eventos como el antes descrito; pasa entonces por determinar las causas porque no se cumplieron los protocolos establecidos en el plan de contingencia en caso de derrame de hidrocarburos al mar aprobado para la Refinería La Pampilla S.A.A. - REPSOL. y fundamentalmente , porque ante la eventual inoperancia de una empresa infractora, el Estado debe tener presente su misión de poder desplegarse operativamente con su accionar oportuno  y así cautelar los sagrados intereses de la Nación, evitando mayores impactos en la población y la naturaleza.
¡No es una opción que canastas y bonos costeados con tesoro público remplacen a la responsabilidad de la Empresa que provocara el daño ambiental, pues el infractor debe asumir las responsabilidades de sus actos realizados al margen de la Ley!
Señor presidente del bicentenario de la república peruana, de no ejercer los principios de autoridad y precautorio en la administración de la cosa pública, el desplazamiento de la marea negra podría alcanzar lugares como a la bahía El Ferrol en Chimbote, área que se encuentra en proceso de recuperación y serían miles de familias que se integrarían a la población damnificada empadronada a la fecha; es en este sentido que exhorto a vuestra administración a tomar las medidas inmediatas y de rápido impacto para evitar que la catástrofe ambiental en progreso siga causando mayores perjuicios al pueblo peruano. 

! Dios bendiga al pueblo peruano e ilumine a sus gobernantes !

Dr Javier Prado Blas 
Ing. CIP N° 38874 
DNI N° 08186048



jueves, 27 de enero de 2022

Emergencia climática en Perú_GEI por residuos sólidos

En el marco de una serie de leyes declarativas, el pasado martes 25 de Enero del 2022, se publicó en Perú el Decreto Supremo N°003-2022-MINAM que declara de interés nacional la emergencia climática; cuya implementación constituye un verdadero reto para el desarrollo del país.

Compromiso de la administración Castillo

El anuncio efectuado por el profesor Pedro Castillo durante la Asamblea General de las Naciones Unidas , en setiembre de 2021, se materializó con esta acción política en la que la administración Castillo asume el compromiso nacional en materia de mitigación de limitar las emisiones para el territorio peruano en 179 millones de toneladas de CO2 equivalente con acciones concretas en diversos sectores.
Antes, en diciembre del 2020, el Perú proyectaba a un cuarenta por ciento (40 %) en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para el 2030 y esta firme en su pretensión de alcanzar la descarbonización al año 2050.

Impactos del cambio climático en Perú

Como país megadiverso, el Perú es uno de los países que presenta mayores impactos debido al cambio climático, que se va agudizando en las últimas décadas.
La pérdida de glaciares y el consecuente retroceso de las reservas de agua en la cordillera de los Andes se evidencia con los monitoreos realizados por diversas instituciones através del tiempo : ONERN-INRENA-ANA, permitiendo desarrollar modelos matemáticos que en prospectiva indican que el acceso y disponibilidad al recurso agua en algunas cuencas del país pasarán de un nivel de estrés hídrico a escasez de agua.
Este proceso se ve dinamizado por la contaminación ambiental, entre otros, debido a millones de toneladas de residuos sólidos municipales provenientes de ciudades peruanas que carecen de un adecuado sistema de disposición final.
El impacto climático en los Andes peruanos se incrementa por efecto de gases de efecto invernadero.
De otro lado, las lluvias se incrementan causando inundaciones en ciudades y destrozos en vias carrozables, generando externalidades en la conectividad de las ciudades.
Recurrentes inundaciones se presentan en zonas urbanas y rurales en la última década.


El Dato

►El uso de rellenos sanitarios para la disposición final de residuos sólidos municipales, no es una opción en zonas inundables donde la pluviometría del lugar varió por efecto del cambio climático, alli donde antes no llovía, se presentan en la actualidad importantes niveles de precipitación pluvial generando  problemas con los liquidos percolados que llegan a contaminar  las aguas subterráneas.
►La emergencia climática es de palpitante actualidad en el planeta, que incide en ecosistemas donde se tienen que aplicar las nuevas tecnologías  para resolver las externalidades que producen.
Se presentan lluvias en zonas deserticas, generando externalidades en obras civiles.

lunes, 24 de enero de 2022

REPSOL e inadecuado manejo de crisis ambiental en Perú

El desastre ecológico recientemente ocurrido en el mar peruano que generó una marea negra de petróleo, la cual avanza en su litoral inexorablemente de sur a norte en la medida que transcurre el tiempo , sin presentarse acciones adecuadas para mejorar la crisis ambiental que vive este país agudizada en la última década, ante una lenta reacción de REPSOL y falta de reflejos en la gestión pública ambiental que pasa entre urgencias y emergencias, nos deja importantes lecciones que pasamos a analizar seguidamente.

El cronograma del desastre

El siniestro ocurre cuando el día sábado 15 de Enero del año 2022, el buque tanque de bandera italiana MARE DORICUM realizaba operaciones de descarga de petróleo en horas de la tarde a la refinería La Pampilla administrada por REPSOL.
A las 5.25 pm del mismo día , REPSOL comunica a OSINERGMIN el derrame al mar de 0.16 barriles de petroleo.
Al día siguiente, domingo 16 de Enero, según versión de REPSOL, a las catorde horas toma conocimiento de la magnitud del evento catastrófico.
El martes 18 de Enero se tomó conocimiento que el derrame habría sido de seis mil barriles de petróleo  en tanto que las medidas ineficaces de contención habían hecho progresar la marea negra en la linea costera de playa movida por efectos de la corriente peruana de sur a norte impactando a las localidades de Ventanilla-Ancón-Chancay-Barranca.
REPSOL estima que las actividades de mitigación estarían culminando a fines del mes de Febrero del año 2022.
El sábado 22 de Enero, se publica en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 021--2022-MINAM que en su parte considerativa se indica que el sábado 15 de enero de 2022 a las 22:26 horas, la empresa Refinería La Pampilla S.A.A., empresa operadora de la Refinería La Pampilla, reportó al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) una emergencia ambiental por la presencia de un producto oleoso en un área de 2.5 metros cuadrados en lado del mar por un posible derrame de 0.16 barriles de hidrocarburos; motivo por el cual declara en emergencia ambiental el área geográfica que comprende la zona marina costera y aprueba el plan de acción inmediata y de corto plazo para la atención de la emergencia ambiental.

Lenta reacción de instituciones con competencia ambiental en el caso

La multiplicidad de autoridades ambientales competentes, que en el manejo de crisis no lograron actuar sistémicamente y contar con la debida operatividad para contener el impacto del evento accidental que no sería vinculante por los usos horarios con la erupción ocurrida el sábado 15 de Enero en el volcan de Tonga que provocara un tsunami en otros espacios del oceano pacífico y fundamentalmente porque en el momento del colapso sufrido por el MARE DORICUM en horas de la tarde, el mar peruano se encontraba en condiciones normales y sin mayor precencia de vientos.
Las responsabilidades para optimizar las competencias de las diversas autoridades que intervienen en el proceso de actuación antes, durante y despues del evento catastrófico ambiental se ponen evidencia con el desfase existente en la aplicación de leyes,reglamentos, procedimientos y protocolos establecidos por cada una de las instituciones participantes, donde el principio de prevención y precaución fueron soslayados en la práctica, pese a que en teoría se contaba con los respectivos instrumentos de gestión para desarrollar acciones de rápido impacto que controlarían la emergencia, para luego pasar a la remediación de daños.
Sin embargo, las burocracia administrativa del funcionamiento institucional del regulador OSINERGMIN, el fiscalizador OEFA, el controlador DICAPI, autoridades regionales y locales de los distritos con jurisdicción en el litoral con líneas de playas, se ponen de manifiesto con la resolución dada por el ejecutivo peruano atraves de su Ministerio del Ambiente - MINAM con la declaración del estado de emergencia siete dias despúes de ocurrido el desastre , esta acción incorpora a SERNANP que es una institución dependiente del MINAM, como a otras que tienen entre sus funciones el tema del agua como es ANA y el Ministerio de la producción donde se encuentra IMARPE y otras como SERFOR que toca lo relacionado con la fauna silvestre afectada por el desastre.

Condiciones que agravaron la difusión de la marea negra

Al inadecuado control, supervisión y fiscalización evidenciado por los hechos antes descritos, se suman las responsabilidades que tienen REPSOL y los funcionarios y autoridades competentes que tomaron conocimiento de la alerta mundial que se diera por efectos de la explosión del volcan de Tonga y que tuvieran efectos en el transporte advectivo de la marea negra producida desde el sábado 15 de Enero del 2022 en el mar peruano. 
El argumento que pudiera esgrimirse de causal del derrame producido como caso fortuito y de fuerza mayor ante un evento natural, quedaría sin sustento al no haberse contenido oportunamente rodeando la mancha negra con barreras flotantes y absorventes, colocando cercos para comprimir la zona evitando que llegue a las playas, procediendo antes a recoger el petroleo que flota mediante desnatadores o skimmers que toda empresa transnacional del nivel de REPSOL aplica en sus operaciones de prevención para accidentes de esta naturaleza.

Cumplimiento de normas ambientales peruanas

Toda vez que la prevención colapsó, y se produjo el daño ambiental que es materia de evaluación de su magnitud ya que sigue en progreso en términos de afectación de los recursos naturales de especies hidrobiológicas,  pesca artesanal, zonas de recreación en playas, sector turismo, entre otros; es menester de las autoridades en función dar cumplimiento al reglamento para la protección ambiental de las actividades de hidrocarburos aprobado por DS N° 039-2014-EM y modificado por DS N° 005-2021-EM; el reglamento de supervisión ambiental aprobado por resolución CD N°006-2019-OEFA/CD y reglamento de evaluación aprobado por resolución CD N° 013-2020/CD, así como todas y cada una de los dispositivos legales del ordenamiento legal ambiental vigente.
En ese sentido, instituciones como la defensoría del pueblo, contraloría general de la república, fiscalía especializada en materia ambiental y la representación nacional en el congreso de la república debieran accionar oportunamente en cumplimiento de sus funciones para que la remediación de los daños ocasionados sean efectuados en su totalidad.

Tiempo respuesta de efectos contaminantes

En la medida que se continúe dispersando la marea negra, los daños actuales y futuros o potenciales se iran incrementando, así como las responsabilidades irán acumulandose. Tanto la inacción como la acción dolosa, son penados por leyes peruanas y sería lamentable que por años se esté mitigando, reparando o remediando un evento que en rigor debió ser reparado por la empresa infractora o en su defecto por acción inmediata del ejecutivo peruano, para luego repetir contra los responsables en los ambitos civil, administrativo , penal o el que corresponda.

Accion del pueblo organizado y ayuda internacional

Este lamentable evento sirvió para ratificar el compromiso y buena voluntad de una población peruana que se integra en forma voluntaria ante la adversidad y proporciona su cuota de apoyo para hacer que los recursos naturales y medio ambiente impactados se recuperen al mas breve plazo; sin embargo muchas de las actividades de mitigación y remediación deben ser realizados por especialistas calificados para evitar ulteriores complicaciones. Asimismo, se comprobó la reacción de la comunidad internacional através de la ONU, organismo multilaterales y organismos bilaterales de países socios comerciales del Perú que manifestaron su disposición apoyar al país para superar el desastre ambiental en que se encuentra.

Lecciones que aprender para no repetir errores del pasado  

Sin perjuicio de las sanciones correspondientes que se puedan y deban aplicar por casos reiterativos de derrames de petróleo tanto en el mar como en la amazonía peruana, es preciso señalar el nivel de riesgo existente en otros espacios del país en donde de repetirse la falta de reacción en las instituciones del ejecutivo peruano, las consecuencias serían extremadamente lamentables y altamente costosas en términos económicos y de vidas humanas.
Tal es el caso de los relaves mineros que se encuentran en tamboraque al borde del rio Rímac , que es fuente principal que abastece de agua para consumo humano a  Lima, la capital de la república peruana.
En la eventualidad de un movimiento sísmico de gran magnitud que hiciera que los relaves  responsabilidad de la empresa minera, cayeran al rio Rímac contaminando sus aguas, teniendo en cuenta la demora de la empresa responsable y la falta de reacción de las instituciones del ejecutivo; la situación en Lima por la carencia de agua sería catastrófica dada la reducida cantidad de horas que podría mantenerse en operación el servicio abasteciendose por aguas subterráneas mediante los pozos que cuenta SEDAPAL.
Bajo estas consideraciones, la actual administración del ejecutivo peruano debiera tener presente la actual experiencia sufrida con REPSOL para actuar preventivamente en consecuencia.
Marea negra alcanzando zonas de playa en litoral peruano- Enero 2022

jueves, 20 de enero de 2022

Carta abierta al pueblo peruano del año 2030

Lima, 20 de Enero del 2022

Señores y señoras, peruanos del futuro año 2030 :

Muy estimados compatriotas

He tenido la oportunidad de conversar con dilectos peruanos en diferentes cuencas y escenarios del país, incorporando en el diálogo a ilustres expertos, especialistas, académicos, políticos , líderes de opinión y a gente de a pie, integrantes de un abanico generacional que llegaron a palpar el bicentenario de la independencia de la patria, algunos de los cuales   en la fecha pasaron ya a mejor vida.
Me dirijo a ustedes, para trasladar y socializar algunos de los tópicos tratados y manifestarles que el Perú es aún viable, pese a que transcurridos veintidos años del inicio del tercer milenio, aún no logramos valorar en verdadera magnitud el patrimonio y preciado legado cultural dejado por las generaciones que nos precedieron.
Para lograr el desarrollo sostenido es preciso formalizar al Estado empirico y ordenar la casa con un presupuesto público adecuado a la realidad , que llegara a crecer 4.5 veces en los últimos dieciocho años, sin mejorar proporcionalmente el indice de desarrollo humano.
Basta contrastar la brecha del PBI existente entre Lima y madre de Dios u otras regiones aisladas del derecho natural del hombre, a los efectos de reconocer que pasados los siglos, se debe mejorar el modelo aplicado.  
La corrupción, seguridad ciudadana y orden interno del país constituyen temas sustantivos en una agenda pendiente por resolver en las administraciones de turno que cuenta con recursos sub aprovechados para lograr la deseada estabilidad económica, social, política y ambiental.   
En el extremo ambiental, las recientes administraciones hicieron esfuerzos laxos para hacer entender a una parte de la población ignara, que no era posible lograr un desarrollo nacional en un territorio impactado por efectos de la contaminación que es vinculante con la salud pública.
Ante esta realidad, es importante fortalecer la gobernanza y gobernabilidad del país en términos jurídicos, cumpliendo las Leyes y respetando las instituciones del Estado de derecho en sus tres niveles de gestión; para lo cual es preciso resolver el expediente de la división política territorial, descentralización, desconcentración, conectividad, ordenamiento territorial, el tema del respeto y equilibrio para con la naturaleza, asi como el asunto de la puerta giratoria en la administración pública para regular la alta rotación en los cargos públicos y controlar la salvaje burocracia política evidenciada en el tiempo. 
En rigor, suscribo la posición que considera formalizar al Estado empírico como la piedra angular para fomentar la participación de la inversión privada en diversas industrias y sectores, así como adecuar la matriz energética para lograr los grandes retos planteados por las megatendencias, de modo tal que puedan coadyuvar en el logro de la seguridad alimentaria y el acceso y disponibilidad al agua en un país megadiverso y resiliente al cambio climático, pero a la vez sin un norte fijo por no seguir políticas de Estado.
Como se desprende de los resultados obtenidos en los últimos procesos electorales en el país, pese al esfuerzo del JNE y ONPE, la democracia representativa requiere corregir errores y mejorar los procesos en el marco de la mejora contínua, de esta forma las administraciones de turno podrán impulsar mejores niveles en salud,educación y trabajo en un país mas inclusivo. 
Escribo estas líneas en un escenario típico donde se demuestra la estulticia de algunos funcionarios negligentes por no dejar de bombear fluidos ante una manga colapsada y no comunicar oportunamente a las autoridades que con escasos reflejos, convirtieron un evento controlable de derrame del orden de seis mil barriles de petróleo al mar, en un desastre ambiental que afecta el ecosistema del litoral en Lima y Callao. 
Este evento lamentable por cierto, produce daño ambiental percibido por el ojo público de la sociedad peruana al haberse suscitado en la jurisdicción cercana a la capital de la república y su progresivo avance por efectos de la corriente que desplaza los contaminantes en dirección sur a norte, dinamiza a instituciones públicas que generalmente carecen de diligencia debida cuando ocurren desastres de igual o mayor magnitud en el interior del país.
Este suceso no es nuevo en el país, algunos piensan que con limpiar y remediar es suficiente, sin embargo las responsabilidades de limpieza no son cumplidas eficientemente, los protocolos, leyes y reglamentos son vulnerados impunemente, donde el impacto recurrente de millones de toneladas de pasivos ambientales de diversas industrias extractivas, incluyendo a los residuos sólidos municipales contaminan anualmente los cuerpos de agua, suelo y aire.
La criminal deforestación anual de miles de hectáreas de bosques, así como la grave contaminación del medio ambiente , se mantienen vigente al mantenerse un marcado sezgo del principio contaminador pagador, en nuestro país donde resulta bastante económico contaminar y depredar la naturaleza, pues la existencia de algunos funcionarios públicos  y hombres de prensa sometidos a intereses crematísticos, hacen permisible los sobrecostos a la Nación ante el deterioro de ecosistemas prístinos y salud pública impactados fundamentalmente por la contaminación de origen antrópico que vuestra generación pudiera atender con mayores  éxitos que la nuestra.     

 ! Dios bendiga al pueblo peruano e ilumine a sus gobernantes !

Dr Javier Prado Blas 
Ing. vitalicio  CIP N° 38874 
DNI N° 08186048


Marea negra en litoral peruano, avanzando de Sur a Norte _ Enero 2022_Lima_Perú

Bioacumulación de contaminantes por hidrocarburos en litoral peruano_Enero 2022

Humedales de Ventanilla en riesgo por derrame de petroleo al mar_Enero 2022

lunes, 17 de enero de 2022

Contaminación por RRSS en la amazonía peruana: El caso botadero Pucallpa

En el periodo 2014-2020, veinticinco (25) millones de toneladas de residuos sólidos municipales no fueron a rellenos sanitarios en el Perú. De esta cantidad, una mínima parte fue reciclada y  resto fueron a botaderos a cielo abierto o dispuestos en forma inadecuada contaminando los suelos, el agua y el aire con la consecuente degradación del ambiente y la salud pública.

Contaminación por RRSS en la amazonía: el caso de Pucallpa

Desde el año 2013, mediante el Informe N° 363-2013-OEFA/DE se da cuenta del problema generado en la disposición final de residuos sólidos en la provincia de coronel portillo-Región Ucayali y particularmente con la gestión del botadero municipal de pucallpa ubicado en el Km 12 de la carretera Jorge Basadre.
Actualmente el país cuenta con el el decreto legislativo N° 1278 del año 2016 - Ley de gestión integral de residuos sólidos y su reglamento aprobado por el decreto supremo N° 014-2017-MINAM que fuera modificado recientemente mediante el decreto supremo N°001-2022-MINAM que buscan dar solución a este problema subsistente.
Botadero Municipal de Pucallpa ubicado en el Km12 de la carretera Jorge Basadre
La presión demográfica, así como las malas prácticas en la gestión de los residuos sólidos municipales, llevan a agudizar los niveles de contaminación por gases de efecto invernadero en la amazonía peruana.
La existencia de trabajos de investigación como el desarrollado en la universidad nacional de ucayali en el 2021, llegaron a estimar el volumen de gas metano generado por el botadero municipal de Pucallpa, refuerzan la necesidad de ejecutar proyectos ECF para dar soluciones integrales y sostenibles a un problema latente que impacta a la Amazonía y a toda ciudad del país que no cuenta aún con sistemas de disposición sanitaria final de los residuos sólidos.

jueves, 13 de enero de 2022

Mala gestión del agua para consumo humano & Alta letalidad del COVID-19

El caso peruano, que presenta la mas alta letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia del COVID-19, sirve como ejemplo didáctico para las actuales y futuras generaciones de cara al 2030 y 2050 ; a los efectos de mitigar la letalidad en la presente y venideras pandemias aplicando medidas preventivas, una de ellas es referida a imperiosa necesidad de mejorar la gestión de los servicios que brindan las empresas prestadoras de servicio de agua para consumo humano.

Confusión de roles en la gestión del agua potable

Las deficiencias en el tema del agua potable se evidencian al contrastar indicadores de cobertura, cantidad, calidad, continuidad, costos (tarifa) del agua, entre otros de caracteres económicos y financieros en el país, se viene arrastrando desde antes del arribo del COVID-19 en marzo del 2020, tan es así que diferentes administraciones del Estado empírico peruano optaron por declarar en estado de emergencia los servicios de agua y saneamiento, sin mayores avances por el alto componente político que se incorporó en su gestión.
Instituciones como el regulador SUNASS, Ministerio de Vivienda, construcción y saneamiento - OTASS y otras en los gobiernos locales, se vieron complicadas en su gestión al confundirse los roles de los recursos humanos políticos con la burocracia asignada a los servicios, así como la pobre actuación de un ministerio del ambiente que no da la talla con el tema del agua para consumo humano.

Deficiencias evidentes en términos de calidad y cantidad del agua para consumo humano.

Vinculación entre la deficiente gestión del agua  y alta letalidad por COVID-19

En Perú está demostrada técnicamente la relación directa existente entre la deficiente gestión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento en el extremo de agua potable y la alta letalidad por COVID-19.
En la tabla siguiente se podrá apreciar algunos indicadores que reflejan las deplorables condiciones en que se manejan las EPS localizadas en la zona cero  y que contribuyen en la alta morbi-mortalidad por COVID-19 registrada en esta parte de la costa desértica peruana.
La calificación como mayor letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia , se verifica del hecho que en Tumbes sólo se tiene 9 horas al día el servicio de agua para consumo humano de las 24 horas del día ; así mismo en Ica que con 15 horas de acceso al servicio de agua presenta 13.9 % de letalidad por COVID-19, la mas alta en Perú. 
Sin perjuicio de mencionar a la calidad del servicio de agua, focalizare los registros del indicador relación de trabajo que fue deteriorándose con el tiempo y sin tener visos de mejora en el corto plazo.

Relación de trabajo

Este indicador financiero se define como la relación que existe entre el costo operativo (costo de ventas, gasto de ventas y gastos administrativos) en el que incurre una empresa, sin incluir la depreciación y provisión de cobranza dudosa del período, y los ingresos operacionales totales que obtiene.  Es decir, nos indica la proporción de los costos y gastos desembolsables que logran ser cubiertos por los ingresos operacionales que percibe la empresa. Este indicador es de gran importancia para garantizar la sostenibilidad de los servicios, puesto que si es mayor que 100 % , la empresa no estaría cubriendo la totalidad de sus costos y gastos desembolsables con la tarifa que estarían aplicando, lo cual pondría en riesgo las operaciones de la empresa, impidiendo asimismo la ejecución de inversiones con recursos propios, lo cual contribuye a la desmejora de la calidad de los servicios. Como se podrá apreciar en tumbes se tiene 121 % ; Lambayeque 98% , Piura 93 %  y así respectivamente, corroborándose el mal estado de las Empresas y por consiguiente , el deficiente servicio de agua que brindan a la población.

Urgente necesidad del cambio en el modelo de gestión

Hace quince años atrás, publiqué los resultados de mis investigaciones alertando de la penosa situación que pasaría el Perú si es que no mejoraban los servicios en  el sector agua y saneamiento. 
Cité en ese entonces que la empresa Aguas de Tumbes presentaba una relación de trabajo del 115% y que en la actualidad su situación desmejoró llegando a 121%.
Asimismo indiqué que ante el incremento de la inversión se produce aumento en la cobertura de servicios en una EPS, pero cuando esta inversión no es persistente y se acompaña con una  ineficiente gestión empresarial, esta cobertura no será sostenible en el tiempo. En ese sentido los estudios tarifarios aprobados por el regulador SUNASS en el 2021 que involucran inversiones ascendentes a 2,859.3 millones de soles para aplicarse en el periodo 2021-2025, no alcanzaría a mejorar las áreas críticas impactadas por el COVID-19 en la franja desértica costera del país y con ello la elevada morbimortalidad por efecto de las enfermedades infecciosas respiratorias y diarreicas agudas por falta de agua, se mantendrán endémicas en el tiempo.

miércoles, 12 de enero de 2022

Southern Perú actualiza inversión de capital para su proyecto Chancas en Apurimac.

De acuerdo a una publicación de la revista especializada Energiminas, Southern Perú presentó  a las autoridades competentes alcances sobre su proyecto de cobre Los Chancas, en Apurímac, en el que actualizan la inversión de capital en el plan minero, que asciende a US$2,600 millones de dólares.
Aunque el proyecto aún sigue en estudios, esta información es un avance en cuanto a ingeniería del prospecto minero.
Prosiguen los estudios en el proyecto de cobre Los Chancas en Apurimac-Perú.
La etapa de operación de Los Chancas durará 18 años y comprenderá la explotación del tajo Los Chancas (año 1 al 18), así como el funcionamiento de la planta procesamiento y beneficio (año 1 al 18). En el último año (año 18) solo se realizará el procesamiento del mineral almacenado en los acopios de mineral de alta, media y baja ley.
La planta concentradora de Los Chancas tendrá una capacidad instalada de tratamiento de 80,000 toneladas por día (tpd), pero la producción diaria podría variar dependiendo de las características del mineral siendo procesado. Más precisamente, informa la minera que la capacidad máxima de la chancadora de mineral es de 108,000 tpd, donde 80,000 es para el mineral de molienda y 28,000 para el mineral lixiviable. La capacidad de la chancadora de estéril es de 153,600 tpd.
Southern estima que necesitará dos años de preproducción para “poder comenzar con la extracción del mineral”, y parte del material extraído en los tres primeros trimestres de la preproducción (14 Mt) se utilizará para la construcción de la plataforma del pad de lixiviación y lo restante será transportado al Depósito de Desmonte y Relaves Filtrados.

El Dato

El proyecto se encuentra emplazado en el departamento de Apurímac, provincia de Aymaraes y distrito de Tapairihua y Pocohuanca, a aproximadamente 65 kilómetros al suroeste de la ciudad de Abancay.

lunes, 10 de enero de 2022

¿ Política integral o sectorizada en materia de Residuos sólidos ?

Perú continúa con sus esfuerzos legislativos para revertir la informalidad que no le permiten hasta la fecha encontrar la mejor solución, a fin de resolver los graves problemas de contaminación ambiental y salud pública en áreas degradadas por residuos sólidos.
El ejecutivo, mediante el DS N°023-2021-MINAM , puso del conocimiento público las cifras oficiales del manejo y gestión de su residuos, indicando que sólo 52% de sus residuos sólidos municipales son dispuestos adecuadamente; y del resto, se recupera el orden del 1% y más del 47% se estarían disponiendo sin ajustarse a las normas sanitarias.
Los efectos se evidencian con el incremento de áreas degradadas por la contaminación de suelos, aire y agua provocando la externalidades conocidas ante la ineficiencia de la gestión de residuos sólidos en términos económicos, sociales, ambientales y de salud pública.

Los esfuerzos de políticas y planes integrales o sectoriales

Para cambiar esta deplorable realidad, la administración castillo, a través  del DS N° 001-2022-MINAM, acaba de modificar el ordenamiento legal que regula la gestión de residuos sólidos, incorporando reglas sobre material de descarte.
En este extremo, considera material de descarte a todo subproducto, merma u otro de similar naturaleza, peligroso o no peligrosos, resultante de las actividades productivas, extractivas o de servicios, siempre que se constituyan un insumo directamente aprovechable en actividades del mismo rubro o giro u otras actividades productivas, extractivas o de servicios.
Asimismo, el propio ejecutivo en su diagnóstico de la realidad presentada por el DS N° 023-2021-MINAM  expresa como asunto a corregir , la existencia de un marco normativo no armonizado, así como la limitada atención a los pasivos ambientales, entre los que se encuentran los pasivos ambientales mineros; sin embargo, con el reciente DS N° 001-2022-MINAM en cuestión de las reglas de gestión integral de residuos sólidos sobre material de descarte, indica que su aprovechamiento en las actividades mineras únicamente se sujetan a las normas sobre el sistema nacional de evaluación del impacto ambiental y/o a los alcances, condiciones u otros aspectos regulados por la autoridad sectorial que norma sobre residuos sólidos. Sin perjuicio a ello, precisa que los residuos propios del proceso minero se deben manejar de conformidad con los procesos de evaluación ambiental y las condiciones de manejo dispuestos en los reglamentos sectoriales.

Datos e información oportuna para la toma de decisiones

A la luz de los cambios normativos se continúa en los esfuerzos de implementar el sistema de información para la gestión de residuos sólidos municipales y no municipales - SIRGESOL, y en tanto éste no se implemente los datos serán remitidos al organismo de evaluación y fiscalización ambiental. 
Todo lo actuado se deberá ajustar al plan nacional de gestión integral de residuos sólidos, el mismo que debiera revisarse para que la información se traduzca en acciones inmediatas y concretas, permitiendo a los niveles de gestión nacional, regional y local, actuar oportunamente guiándose con indicadores para ejecutar proyectos que viabilicen el cambio de cara al futuro.
En ese sentido, resulta válida la necesidad que tienen los sectores público y privado del país, para contar con un norte de leyes y reglamentos que obedezcan a políticas y planes integrales de residuos sólidos más que continuar con planeamientos sectoriales, las cuales no dieron eficientes resultados a la luz de la deteriorada realidad ambiental que presenta la mayoría de regiones y provincias del Perú.
Aprovechamiento del material de descarte en minería no ingresa en la gestión integral de RRSS.

viernes, 7 de enero de 2022

El largo proceso de formalización minera sin contar con una Política de Estado

Pasó una década desde que en este espacio precisé que sin una Política de Estado de pequeña minería y minería artesanal las futuras administraciones de gobierno del Estado peruano no podrían armonizar el crecimiento y desarrollo de la sociedad peruana en general.
Asimismo, indiqué que habría un crecimiento exponencial de esta actividad ante el incumplimiento y desborde de las leyes que producirían importantes niveles de contaminación a ecosistemas, con el consecuente impacto en la salud pública.
El tiempo y los hechos indicaron que estaba en lo correcto.

Historia de las normas incumplidas con plazos ampliados

Los esfuerzos legislativos con plazos incumplidos se remontan a lo fijado por el decreto legislativo N° 1105 _publicado el 19 de abril del 2012 _  donde se estableció disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal, ejercida en zonas no prohibidas para la realización de dichas actividades a nivel nacional; en este contexto los titulares de las concesiones mineras tuvieron inicialmente un plazo dispuesto por el ministerio de energía y minas  para presentar la declaración de actividad minera informal en el área de su concesión hasta el 17 de Julio del 2012.
La ley N° 29910 de agosto del 2012, estableció un plazo adicional de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del seis de setiembre del 2012 para que los sujetos de formalización, cumplan con presentar la declaración de compromisos, con el objeto de acogerse al marco del proceso de formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal.
La precitada ley evidenció una actitud laxa de la representación nacional sobre el particular, pues en su disposición final y transitoria indicaba que la comisión de energía y minas del Congreso de la República podría solicitar información en materia de formalización a los gobiernos regionales, con relación al avance de la presentación de las declaraciones de compromisos, a que se refiere esta ley.
Mediante el DS N° 001-2013-MINAM del  cinco de febrero del 2013 se amplió  el plazo a los sujetos materia de regulación para presentar el instrumento de gestión ambiental correctivo ante el correspondiente gobierno regional hasta el cinco de octubre de 2013.
Asimismo, según el decreto supremos 003-2013-EM, del cinco de febrero del 2013, los sujetos a la norma deberían cumplir con presentar hasta el cinco de setiembre de 2013 la acreditación de titularidad, el contrato de cesión y el acuerdo o contrato de explotación que tengan sobre la concesión minera. También debieron presentar la acreditación de propiedad o autorización de uso del terreno superficial hasta el 16 de setiembre del 2013, en tanto que la autorización de uso de aguas se podría acreditar hasta el 25 de setiembre del 2013.
En este escenario se debe tener en cuenta las normas complementarias al decreto legislativo N° 1105 como es en el caso de los tópicos  dispuestos en los DS N° 039-2012-EM, DS N° 027-2012-EM y DS N° 018-2018-EM.
Con el decreto legislativo N° 1293 del treinta de diciembre del 2016 , se declaró de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal , estableciendo en su artículo seis la  vigencia del proceso de formalización minera integral considerando un plazo de treinta y seis meses, contados a partir de la culminación del plazo de inscripción señalado a partir del seis de febrero de 2017, y hasta por un plazo de ciento veinte días hábiles.
Las recurrentes prórrogas de vigencia del proceso de formalización minera se mantiene con la ley  N° 31388 publicado el 31 de diciembre del 2021 que en su artículo dos amplía el plazo de vigencia del proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal hasta el 31 de diciembre del año 2024.

Agenda pendiente para establecer la Política de Estado

Por RM N° 075-2021 MINEM/DM de marzo del 2021 se creó el grupo de trabajo para que en un lapso ya concluido de 120 días calendario pueda formular la política nacional multisectorial de pequeña minería y minería artesanal;  adicionalmente la actual administración Castillo, a través del ministerio de energía y minas tiene previsto que en un plazo de los primeros 180 días hábiles del año 2022, presente al Congreso de la República el proyecto de Ley : "Ley de pequeña minería y minería artesanal".
La adecuada gestión sobre pasivos ambientales mineros debe contemplarse en la Política.

miércoles, 5 de enero de 2022

Playas del litoral peruano de cara al 2030

Perú llegaría al año 2030 con una presión demográfica de 37 millones de habitantes  y con un litoral en estado deplorable, particularmente en sus playas si es que no se toman las medidas adecuadas para dar cumplimiento a planes, programas y proyectos que reduzcan drásticamente los millones de toneladas de residuos sólidos y vertimientos de aguas residuales descontrolados, así como gestionando oportunamente los pasivos ambientales activados por acción del cambio climático, que terminan contaminando las aguas del mar de Grau, impactando las especies hidrobiológicas y afectando además de la pesca y al sector turismo, a la salud pública de la población.

Antecedentes de normas cuyo incumplimiento generan el desgobierno en Playas

El Estado empírico peruano cuenta hace 24 años atrás con la Ley N° 26856 del año 1997, la cual declara que las playas del litoral - formadas por más de tres mil kilómetros de longitud - son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles, estableciendo zona de dominio restringido. Asimismo, cuenta con la Ley N° 30590 del año 2017, que busca promover la recuperación, conservación y mantenimiento de estas playas de la franja costera, las mismas que a través del tiempo ha sido recurrentemente expuestas a bioacumulación de contaminantes que generan la degradación de ecosistemas sujetos a variaciones por efectos naturales y antrópicos.
Tras el periodo 2011-2021, pasaron : el plan nacional de acción ambiental PLANAA PERÚ 2011-2021 aprobado por el DS N° 014-2011-MINAM y el plan estratégico de desarrollo nacional- plan bicentenario Perú hacia el 2021 aprobado por el DS N° 054-2011-PCM.
Como responsable de normar el ordenamiento territorial de las zonas costeras, el Estado peruano generó planes y programas para prevenir y mitigar el impacto negativo de contaminantes, como es el caso de vertimientos de efluentes no controlados de aguas residuales domésticas e industriales , así como la descarga de millones de toneladas acumuladas de residuos sólidos municipales que llegan al mar peruano. 
En este proceso, se emitió el año 2016 el DS N° 022-2016-VIVIENDA-Reglamento de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano sostenible; el año 2018, la Ley N° 30754-Ley marco sobre cambio climático y el año 2019, su reglamento aprobado con DS N° 013-2019-MINAM; así como el año 2020, el DU N°022-2020 para el fortalecimiento de la identificación y gestión de pasivos ambientales ubicado en playas del litoral; para luego en el año 2021 fijar respectivamente la Ley N° 31199 -Ley de gestión y protección de los espacios públicos y la Ley N° 31313-Ley de desarrollo urbano sostenible.
En ese orden de esfuerzos legislativos de bajo cumplimiento continúa el DS N° 028-2021-MINAM que reglamenta la Ley N°30950 del año 2017 en búsqueda de promover la recuperación, conservación y mantenimiento de las playas del litoral. El Estado empírico en la actualidad no  cuenta sistémicamente con planes, programas y proyectos que permitan en forma integrada, gestionar los presupuestos y el financiamiento requerido para dar solución a un problema subsistente en las playas del país. 
Adicionalmente cuenta con el decreto legislativo N° 635 - código penal , que en su título XIII sobre delitos ambientales, sanciona los delitos de contaminación, los mismos que contribuyen con la afectación de la salud pública en un país que ostenta la mas alta letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia del COVID-19.

Agenda pendiente

Pasado el bicentenario de la independencia del país, continúa la expectativa del calendario en el año 2022 para elegir a las autoridades municipales y regionales que complementan al gobierno nacional para mejorar en la gestión de la cosa pública. El escaso control político al ejecutivo de los diferentes periodos legislativos en el congreso de la república compuesto por 130 congresistas en cada periodo; así como la frágil intervención de la contraloría de la república, defensoría del pueblo , entre otros organismos del sector público y privado, permitieron el estado de situación en que se encuentra la salud ambiental del país y en especial las playas del litoral peruano.
La mayor intensidad de los niveles de contaminación de los ríos que vierten sus aguas al mar de Grau y fuera presentada en su informe del año 1996 : diagnóstico de la calidad de agua de la vertiente del pacífico por la desaparecida INRENA y su antecesora ONERN, dan cuenta que la hora de actuar es ahora a efectos de prevenir males mayores en el futuro. 
Vertimientos de aguas residuales no tratadas municipales e industriales al litoral.

Botaderos a cielo abierto en la línea de Playa del litoral peruano.
Playas  de Huanchaco en Trujillo al Norte de Lima-Perú que presenta contaminación y marea baja extraordinaria