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viernes, 23 de agosto de 2013

¿Oro a cambio de comida?

El reconocido crecimiento económico peruano hizo que en los últimos ocho (8) años el nivel socio económico se eleve en sus provincias y en Lima, su capital de la República.
Tanto el efecto multiplicador inmobiliario y constructivo de los centros comerciales, así como el crecimiento ostensible de la venta de electrodomésticos no impactan tanto visualmente como sentir que un 75% de la población nacional cuente con un equipo de telefonía móvil (celular) y el explosivo incremento del parque automotor, constituyendo indicadores del crecimiento un tanto desordenado que se viene presentando.
Recordemos que el consumo interno constituye sólo una de las fuentes de crecimiento a corto plazo, sin embargo no son sostenibles en el tiempo si es que va sin el necesario acompañamiento de la inversión y otras variables que dinamizan a los agentes económicos.
Por el momento, el consumo interno es uno de los elementos que viene dinamizando la economía peruana, impulsado por motores , entre las que se encuentra el sector minero, y dentro del cual, la minería de oro (formal, informal e ilegal), tiene especial incidencia por su distribución espacial que abarca a casi todo el territorio nacional. En este lapso se estaría considerando sólo en transferencia de canon minero el orden de S/. 31,300 millones de soles.
Por eso, muchos de los mineros de oro informales sueñan, o han soñado en algún momento de sus vidas, que exista una administración del gobierno peruano capaz de hacerles llegar una propuesta que consideren atractiva para sus intereses.
Si es un minero informal quien recibe la propuesta probablemente acepte la oferta, pero si es un minero ilegal con toda seguridad responderá que No.

¿Porqué esta diferencia de conducta?

Una primera explicación la podemos encontrar en que el minero informal, valorará esta petición inesperada como una oportunidad de mejorar las condiciones de trabajo y por tanto su calidad de acceso a mejorar su calidad de vida, una propuesta que pueda alejarlo de las sórdidas condiciones laborales que vulneran su dignidad humana.
En tanto, el minero ilegal no, pues utilizan medios ilegales, sus fines son ilegales y sólo pueden desarrollarse en un nicho ecológico ilegal.
Como vemos los mineros informales y los mineros ilegales reaccionan de formas diferentes ante las propuestas de trabajar bajo las reglas generalmente aceptadas por las sociedades organizadas en Perú y el mundo.
Un minero informal, cuando se decide a trabajar en las condiciones en que labora, es porque no encuentra las condiciones para superar las barreras burocráticas que el sector tiene para la formalización.
Sin embargo, existen posiciones extremas indicando que “desde que se emitieron las leyes, no han podido formalizarse ni uno solo de los quinientos mil mineros informales peruanos”.
Se busca tratos especiales, suavizar las normas y criterios. En suma diferenciar el tratamiento de las leyes para unos y otros.
Con ello se busca recurrentemente ampliar los plazos de funcionamiento en el estado de informalidad y ampliar el espectro de posibilidades que le permitan acceso a las labores mineras.
Según datos del Ministerio de Ambiente, existen 77,723 declaraciones de compromiso presentadas por mineros informales.
Según su base de datos, más de veinte mil mineros informales pasaron a la condición de ilegales porque rechazaron la formalización.

¿Quiénes son sujeto de formalización?

De acuerdo al Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, el Sujeto de formalización es la persona natural, persona jurídica o al grupo de personas organizadas que, antes de la publicación del Decreto Legislativo Nº 1105, ejerce la pequeña minería y minería artesanal. Cuenta con la Declaración de Compromisos registrada en el Gobierno Regional correspondiente que lo acredita como sujeto de formalización.
Visto de esa forma, el estado peruano contaría con una línea base para definir la condición de ilegalidad y judicializar eventualmente los casos de quienes no están dispuestos acatar los plazos dispuestos por el Decreto Supremo Nº 006-2012-EM y sus normas modificatorias y complementarias;Decreto Supremo Nº 004-2012-MINAM y sus normas modificatorias;Decreto Supremo Nº 001-2013-MINAM, Decreto Supremo Nº 003-2013-EM y probables normas legales futuras que continuarán en el marco del proceso del ordenamiento minero.
El estado peruano ya antes reculó en el cumplimiento de sus objetivos de regular al sector minero informal  y controlar a la minería ilegal en el pasado y cuando en el año 2011 dictara el Decreto de Urgencia N° 028-2011 _ Se declaró  de necesidad e interés nacional la recuperación de las cuencas Ramis y Suches en Puno_que luego dieran lugar al Decreto Supremo N° 035-2011-EM, entre otros tantos esfuerzos legislativos con tan bajo cumplimiento que la contaminación por labores mineras persisten y en lugar de haberse reducido, aumentaron.
De la misma forma, existen registros que dan cuenta que la formalización minera fracasó en Madre de dios pese a leyes.
Ya explicamos en Historia de la minería ilegal en Perú sobre las causas que generaron este aumento y reiteramos un hecho evidente, se continúa colocando en un sólo orden a la minería informal con la minería ilegal, siendo ambos de etiología,manejo y tratamiento distintos.
Los mineros informales, pese a sus reticencias pueden llegar a entender que es posible obtener beneficios de esta coyuntura.
Evidentemente, el beneficio fundamental es a tener acceso al mercado que representan las 18 toneladas anuales de oro que se extraen ilícitamente según el estudio elaborado por la defensoría del pueblo : “Gestión del estado frente a la minería informal e ilegal en el Perú”.
Tengamos presente que, para un minero informal permanecer integrado al minero ilegal, le reportará inminentes perjuicios, toda vez que serán sometidos por la fuerza pública, es decir que finalmente serán interdictados por alguna administración del Estado peruano que sí alcance a organizarse y planifique adecuadamente su accionar para respetar y hacer cumplir las leyes.
Minería informal en Provincia del Santa_Ancash
Como ya es recurrente, estando próximos a vencer la "danza de los plazos" para la formalización de la minería informal, el poder Ejecutivo, se ve arrinconado por bloqueos de carreteras para levantar paros si es que se dictan nuevas normas legales para satisfacer tanto a los mineros informales como a los verdaderos mineros ilegales, aquellos que con sus poderosos recursos económicos se amparan en poblaciones excluidas, que por miles son utilizadas en contra de la nación jurídicamente organizada.
Aquel Estado que desea ordenar una actividad que en términos tributarios representa más de 500 millones de soles de evasión fiscal cada año.
El proceso del ordenamiento de la minería está actualmente en una etapa en que miles de personas salen a exigir extensión de plazo para formalizarse, bloqueando carreteras, en tanto que el gobierno que inicialmente se mantenía firme en su negativa a la prórroga, terminó aceptando la ampliación de plazo de formalización minera, la misma que muy probablemente se extienda hasta el año 2016, dicho de otra forma, para que lo pueda atender la próxima administración del estado peruano. Lo dicho, la historia se repite en el país.
Es así que resultaron efectivos los últimos bloqueos de carreteras, en los lugares acostumbrados, como es a la altura del kilómetro 18 del tramo Cusco-Abancay; en Nazca, entre los kilómetros 419 y 450 de la carretera Panamericana Sur, en la carretera Panamericana Norte, cercana a la localidad de casma al norte de Lima, y otros tantos que dan cuenta los medios informativos del país.

Ponderación,tolerancia,prudencia y firmeza

La invocación que hacemos a las partes en el futuro próximo, es que el tema se maneje con ponderación,tolerancia, prudencia y firmeza debida, pues el país se encuentra en un proceso de cambios, y como tal se debe buscar el entendimiento y tener mayor capacidad de adaptación, de flexibilidad y de control sobre nuestro propio accionar y el de las familias que se ven involucradas en un proceso donde los stakeholders asuman sus responsabilidades históricas.
Por una parte tenemos a la actual administración del Estado peruano que tendría como agenda pendiente, revertir la opinión mayoritaria donde nueve de cada diez peruanos cree que las leyes no se respetan en el paísy en consecuencia, dejar establecido que los plazos legales si se cumplen.
Además, deberá identificar sin duda alguna lo que representa la minería informal y distinguirla entre lo que es y significa la minería ilegal para el espacio local, distrital, provincial, departamental, regional, macro regional y Nacional.
No se puede ni debe soslayar los proyectos y medidas inmediatas para atender a la población impactada por el proceso, con especial énfasis en niños y adultos mayores.
Es preciso actuar con tolerancia y prudencia en tanto se respeten los derechos de terceros y por cuanto en la actualidad tenemos a miles de personas dedicadas a este rubro en 21 de las 25 regiones del país. En este contexto, es inadmisible el bloqueo y toma de carreteras, las cuales no constituyen una opción.
Del mismo modo, se requiere firmeza para no seguir con poblaciones excluidas y desplazadas que realizan operaciones mineras informales, cuyo producto minero era y sigue siendo un bien de intercambio: oro a cambio de comida.