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viernes, 16 de febrero de 2024

Dramática situación del botadero de RRSS municipal más grande del Perú

El botadero a cielo abierto de residuos sólidos municipales considerado el más grande del Perú, se encuentra ubicado en el kilómetro 752 de la carretera Panamericana Norte, sector de las Pampas de Reque, distrito de Reque, provincia de Chiclayo, departamento y región Lambayeque.
La acumulación de residuos sólidos supera las trescientas hectáreas de extensión y cuenta con más de medio siglo de existencia acumulando basura de los municipios de la zona de influencia: Reque, Cayaltí, Zaña, José Leonardo Ortiz, La Victoria y Chiclayo.
Mediante el Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, publicado el 9 de Enero del año 2022, se da un plazo , entre otros, al municipio provincial de Chiclayo  hasta enero del 2025 para presentar ante OEFA sus planes de adecuación de áreas degradadas destinadas a la reconversión y recuperación.

Frustradas inversiones para dar solución al botadero de Pampas de Reque

Según la publicación Salud con Lupa una combinación entre corrupción y la desidia frustraron dos proyectos que pretendieron remplazar el botadero por sistemas adecuados para eliminar desechos.
El mayor botadero de RRSS a cielo abierto del Perú ubicado en el Km 752 de la Panamericana Norte

Un primer intento

El 5 de abril del 2013, la Municipalidad Provincial de Chiclayo –representada por el entonces alcalde Roberto Torres Gonzales–, la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos (SECO) de la Confederación Suiza, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Ministerio del Ambiente firmaron un acuerdo para desarrollar el proyecto que años después sería recordado como “Chiclayo Limpio”.

Pocos días antes de la Navidad del 2014, los medios informaron que Roberto Torres había sido capturado por la Policía y llevado a prisión por acusaciones de lavado de activos, asociación ilícita para delinquir y otros delitos. Pese al escándalo, la Cooperación Suiza decidió continuar el proyecto con el nuevo alcalde, David Cornejo Chinguel, y financiar la compra de 23 vehículos para que la municipalidad pudiera recoger y transportar la basura.

Los siguientes pasos para la Cooperación Suiza eran construir una planta de transferencia, donde los camiones de la municipalidad trasladarían su basura a un vehículo más grande –similar a un tráiler–, y un relleno sanitario, al que finalmente llegaría cada tráiler para colocar de forma legal y responsable los desechos de toda la ciudad.

Cada tráiler equivaldría hoy a seis u ocho camiones de basura, pero el proyecto se detuvo por otro escándalo de corrupción. Paradójicamente, a vísperas de la Navidad del 2018, David Cornejo también fue apresado luego de varios testimonios que lo culpaban de haber entregado obras públicas a cambio de dinero. Una de las testigos fue la empresaria Mirtha Gonzales Yep. Ella apareció un domingo en un programa de televisión para denunciar que la Constructora CRD SA Sucursal Perú, empresa de la que era asesora comercial, había pagado coimas para ganar –sin dificultades– la licitación para la construcción de la planta de transferencia.

El contrato estableció un pago de más de S/10 millones por dicha obra pero la Constructora CRD edificó menos del 30% antes de febrero del 2019. Tras las declaraciones de Mirtha Gonzales y la investigación que ese año abrió la Fiscalía contra el exalcalde David Cornejo, la Cooperación Suiza decidió dejar de financiar el proyecto “Chiclayo Limpio”. Una vez que retiró su participación, recuperó S/11.360.387 mientras que la municipalidad aún mantiene una deuda de S/2.024.672 por saldos pendientes de la construcción de la planta de transferencia.

Con el fracaso de esta obra, también se frustró el intento de la Cooperación Suiza de convertir el botadero de Reque en un relleno sanitario. A pesar de eso, las autoridades siguieron creyendo que el exceso de basura era un problema que solo se podía resolver con muchísima inversión.

Un segundo intento

En el año 2021, el Ministerio del Ambiente construyó celdas transitorias para la disposición final de los residuos sólidos con la finalidad de cerrar y reemplazar las funciones del botadero de Reque, que opera la municipalidad provincial de Chiclayo para disponer las 384 toneladas de residuos sólidos al día que produce Chiclayo, sin obtener los resultados esperados con la aplicación de esta medida paliativa.

Es así que el Minam pagó más de S/10 millones para un nuevo proyecto –la construcción de una celda transitoria, a unos kilómetros del botadero–, pero esto no ha solucionado la contaminación generada por la basura. El nombre puede sonar extraño, sin embargo, una celda transitoria permite encapsular los desechos bajo tierra, para evitar que emitan gases nocivos al aire y al suelo. Su creación fue posible porque el ministerio declaró en estado de emergencia cinco de los distritos que usaban el botadero y en 2019, la Fuerza Aérea del Perú donó a la municipalidad de Chiclayo un terreno de 400 hectáreas. Todo el sistema de la celda transitoria ocupa actualmente el 10% de esa área. En el sistema, se aplica el método Fukuoka, desarrollado en Japón inicialmente para la agricultura pero que en este caso, ayuda a reducir la producción de metano.

Durante los primeros diez meses, la celda fue usada únicamente por la Municipalidad de Chiclayo pero esta no tenía suficientes vehículos para encapsular la basura. De acuerdo con un acta que firmaron la Policía y un juez de paz el 27 de octubre del 2021, en una inspección se encontró la celda cerrada y sin personal trabajando. Meses después, un equipo de la Contraloría verificó que solo se podía usar un tractor oruga mientras otro estaba en reparación. El OEFA también comprobó que la celda se había convertido en otro botadero.

En medio de todo este desorden, el vertedero de Reque siguió funcionando. Los municipios seguían arrojando allí los desechos de sus vecinos: 1.657.965 toneladas entre 2019 y 2021, según el registro del MINAM

En junio de 2022, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) dispuso una medida administrativa ordenando a la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCH), la clausura con el cierre definitivo del botadero de Pampas de Reque, y aun hoy, en que supuestamente está cerrado, el botadero continúa generando metano debido a que todavía existen residuos orgánicos enterrados o al aire libre y ninguna autoridad de Lambayeque está discutiendo cómo detener las emisiones de metano que continúan generándose. 

El 17 de Junio de 2023, se registró un incendio de grandes proporciones en este botadero de Reque, hecho reportado por INDECI,que demuestra los recurrentes riesgos potenciales con los consecuentes niveles de contaminación que se produce  en el botadero de residuos sólidos municipales más grande del Perú.

El dato

La actual administración en Perú acaba de cambiar a los ministros de ambiente, así como de energía y minas, carteras que permitirían mirar como una opción viable de solución para el botadero de reque la valorización energética o Waste to Energy (WTE) que constituyen industrias más modernas y limpias del mundo, disminuyendo el impacto ambiental que los RRSS municipales generan.  

sábado, 16 de diciembre de 2023

Políticas públicas sobre valorización energética de RRSS en Perú

Continuando con el aporte de la ingeniería peruana para el desarrollo de América Latina y el Caribe, ciñiéndome a las evidencias objetivas encontrada en la investigación realizada sobre el tema, presentaré algunas reflexiones sobre el proceso peruano que devino en la inaplicación de políticas públicas destinadas originalmente alcanzar el buen manejo y eficiente gestión de los residuos sólidos urbanos, a los efectos de evitar el grave problema ambiental que produce su desatención por parte de las instituciones responsables que hace necesario mejorar el sistema que controla la aplicación de políticas públicas y el uso eficiente de los recursos y bienes del Estado.
Resulta inobjetable la inoperatividad que tienen principalmente los municipios provinciales y distritales responsables en el extremo de la disposición final de los residuos sólidos, situación que se agrava con la recurrencia de fenómenos atmosféricos, climatológicos e hidrológicos que producen lluvias intensas e inundaciones, y pese al esfuerzo esteril desplegado en las dos primeras décadas del tercer milenio para la adecuación y cumplimiento del ordenamiento legal y la capacitación académica de recursos humanos atendiendo el avance de la ciencia y el desarrollo tecnológico existente en el planeta.
En razón a los hechos fácticos producidos, amerita un replanteamiento en las Políticas públicas destinadas alcanzar un eficiente manejo de RRSS municipales en Perú, particularmente en cuanto a la disposición final y valorización energética que haga sostenible su gestión integral en el presente y de cara al futuro.
La información expuesta en razón a la cooperación horizontal, es susceptible de ser contrastada en el tiempo para realidades similares con otros países de la región.

Evolución de políticas,planes y programas sobre RRSS municipales.

Para referirme al tema, debo remontarme al proceso de crecimiento de las ciudades que en las últimas ocho décadas revirtieron el porcentaje de la población que vivían en áreas rurales, pasando a conformar las grandes zonas urbanas, particularmente en Lima y otras ciudades densamente pobladas situadas en la franja costera del país que el 2021 cumpliera su bicentenario de vida republicana; asi mismo, a la génesis de acciones para la creación de la Asociación Interamericana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental - AIDIS, en el marco de la identificación interdisciplinaria de profesionales comprometidos en la búsqueda del bienestar de los pueblos, formalizándose en sendas reuniones regionales de Ingeniería Sanitaria en Río de Janeiro y Caracas en 1946, oficializándose al aprobarse los estatutos en el primer Congreso AIDIS en Chile - 1948.
La sección peruana se creó el 2 de marzo de 1948, con la participación de ilustres ingenieros egresados de la especialidad iniciada un 21 de Enero del año 1937 en la escuela de Ingenieros del Perú entre los que se econtraban : Luis Mantilla Fernandini,Alfonso Pons Muzzo, Alejandro Vinces Aráoz, Enrique Jimeno Blasco, Edmundo Elmore Lujan y Jorge Pflucker Holguín, a éste último le toco presidir ante 265 participantes de 17 países el quinto Congreso desarrollado en Perú -1956.
Seis años antes, mediante el Decreto Supremo N° 08 del año 1950, se había instituido el departamento de ingeniería sanitaria, lo que a fines de la década del pasado siglo fuera DITESA con su DIVICO Suelo y hoy el desconcentrado órgano de línea del Ministerio de Salud, la Dirección General de Salud Ambiental- DIGESA.
Mediante Ley N° 14086 de 1962 se crea el Colegio de Ingenieros del Perú, constituyéndose desde ese entonces en una institución que patrocina el manejo eficiente del conocimiento, con especialistas capacitados para orientar a la sociedad peruana y a los tomadores de decisiones para cautelar los altos intereses de la nación.
En ese entonces las tareas prioritarias que se confrontaban en la región y en Perú era el acceso de agua potable y alcantarillado, pues su escasez o nula presencia en la mayoría de los países americanos, y las enfermedades de origen hídrico , así como la malaria frenaban el desarrollo económico.
El prestigio de la ingeniería sanitaria peruana, motivó a la Organización Panamericana de la Salud OPS para establecer en Lima -Perú en 1969, su Centro Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente- CEPIS. No fue sino hasta el doceavo Congreso desarrollado en Venezuela -1970 en que la gestión de RRSS toma presencia al ver que la incineración de residuos sólidos incidiera notablemente en la contaminación del aire, recomendándose fijar normas y otros requisitos en el establecimiento de incineradores en edificaciones.
De esta manera, se llegó al quinceavo Congreso efectuado en Argentina - 1976, donde se solicitó a las secciones nacionales gestionar ante los consejos profesionales, el estudio de una legislación adecuada para organismos especializados en limpieza urbana, además de estimular la formación de técnicos de distinto nivel en materia de residuos sólidos para desarrollar programas de educación en forma permanente, difundiendo a través del CEPIS, los programas de capacitación, adiestramiento e investigación.
OPS realizó, previo al XVIII Congreso AIDIS, un Simposio Regional sobre Recursos Humanos en Julio de 1982, para entonces, se agrupaban más de diez mil profesionales en veintidos países del continente, aprobándose en ese entonces un nuevo reglamento para normar la configuración de la División Técnica Internacional de Residuos Sólidos-DIRSA.
Había pues a inicio de la década de los 90 del siglo pasado, la imperiosa necesidad de articular y regular los esfuerzos desarrollados tanto por el sector público como el privado en la gestión del saneamiento, para lo cual se creó como organismo regulador de los monopolios naturales a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, mediante Decreto Ley N° 25965 del año 1992, motivo por el cual se incluyó inicialmente dentro de sus funciones reguladoras, la de proponer normas para la prestación de limpieza pública,incluyendo facultades fiscalizadoras y sancionadoras según lo estableciera la legislación sanitaria.
El mismo año 1992, Perú suscribe el Convenio de Basilea, entrando en vigencia el año siguiente para proteger la salud de las personas y el medio ambiente frente a los efectos perjudiciales de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos, que involucra en su anexo II a los desechos recogidos de los hogares que tienen una consideración especial y se encuentran en el ámbito municipal.
Coincidiendo en diciembre de 1994, se dieron la Ley N° 26410 - Ley Consejo Nacional del Ambiente CONAM y la participación del sector privado en la administración del primer relleno sanitario privado en el país a través de la empresa petramas,disipándose posteriormente el aporte de capitales privados en este concepto ante una débil gobernanza institucional en el territorio nacional, pues se desconocía en ese entonces las graves consecuencias ulteriores de la carencia de rellenos de seguridad y el contar con una ineficiente disposición final de RRSS incapacitado de minimizar el efecto acumulativo y potencial de la exposicion a los RRSS tóxicos y peligrosos derivados de los pasivos ambientales en el extremo municipal.
Este escenario encuentra al Perú en 1998 con su ingreso dentro de las economías de los países que conforman el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico-APEC y el reto que representaba a inicios de la década de los noventa con el problema agudo de la disposición final de los residuos sólidos municipales, pues solamente contaba con dos (02) rellenos sanitarios para atender a una población de 21 millones de habitantes, asentada 69% en zona urbana y 31% en el área rural.
Mientras tanto la acumulación de residuos sólidos urbanos en botaderos a cielo abierto seguían en progreso. 
A inicio de la primera década del dos mil, las políticas públicas para el manejo y gestión de RRSS se orientaron atender al orden de veintiseis millones de personas situadas en el país, dictándose la Ley N° 27314 (2000) - Ley general de RRSS; Ley N° 27972 (2003) - Ley orgánica de municipalidades y el DS N°057-2004-PCM (2004)- Reglamento de la Ley general de RRSS.
Del Informe analítico de Perú-OPS-Evaluación regional de los servicios de manejo de residuos sólidos municipales del año 2002 se desprende que el principal factor de los problemas observados apuntaban a replantear los esquemas de costeo y cobranza de los municipios , dada la falta de credibilidad de las municipalidades, la débil gestión sanitaria, aunada con la indiferencia y morosidad de pago de la población.
El precitado informe, registró que el total de RRSS del ámbito municipal urbano a nivel nacional, excluyendo residuos de construcción y demolición en el 2001 producían 12.986 Tn/día , de los cuales solamente el 65.7% recibían alguna forma de disposición final, es decir 8.531 Tn/día , de las cuales el 30%, 2.559 se disponían en rellenos sanitarios mientras que el otro 70%, 5.972 se disponían en botaderos a cielo abierto.
Ese mismo año 2002 se creó ProInversión en la linea de impulsar mayores inversiones para el país, con la expectativa que parte de las nuevas inversiones se destinaran a mejorar la gestión de los residuos sólidos municipales. Ya desde ese entonces se asignaba a las Municipalidades Provinciales la función de regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos en el ámbito de su jurisdicción. Para ello tenía la potestad de administrar y reglamentar directamente o por concesión el servicio de limpieza pública y tratamiento de los residuos sólidos, cuando por razón económica sea más eficiente centralizar el servicio a nivel provincial. Asimismo, la municipalidad, tanto provincial como distrital, era responsable por la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a éstos originados por otras actividades. La voz de alerta de lo que se estaba gestando se da en el año 2007, cuando la defensoría del pueblo, mediante su informe defensorial N° 125 denominado "Pongamos la basura en su lugar", da cuenta de la grave situación en la gestión de los RRSS en el país, señalando que esta crisis rebasaba las funciones y capacidades de los gobiernos locales.

Punto de quiebre a partir del año 2008 para mejorar la gestión de RRSS

Aplicando información de los avances científicos propuestos por la ingeniería especializada en el tema ambiental, el año 2008, para atender los requerimientos de veintiocho (28) millones de habitantes en 195 municipios provinciales y 1639 municipalidades distritales existentes en ese entonces, entre otras razones, por la situación crítica en la gestión de RRSS municipales, se dictó el  Decreto Legislativo N° 1013 creando el Ministerio del Ambiente -MINAM y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental-OEFA, ese mismo año se da el Decreto Legislativo N° 1065-Modificatoria de la ley de RRSS , el DS N° 021-2008-MTC - Reglamento nacional de transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, así como la Ley N° 29263 - Ley que modifica el Título XIII del Código Penal peruano, con su artículo 306 sobre incumplimiento de las normas relativas al manejo de residuos sólidos, y el artículo 307 sobre tráfico ilegal de residuos peligrosos. También en el 2008 fueron creados mediante el DecretoLegislativo N° 1088 el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y su órgano rector, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).
En este escenario, el 2008 Perú se convirtió en el cuarto país de la región latinoamericana en adherirse a la Declaración de la OCDE sobre Inversión Internacional.
En patio de palacio de gobierno del Perú-2008, con el aporte técnico para el desarrollo del país. 
Pese a que las cifras en el año 2008 producían expectantes números que explicaban la expansión económica en 8.73% en el mes de octubre de ese año, acumulando un 9.94% anual, resultado del auge minero, crecimiento del sector construcción, desarrollo de la agroexportación, impulso de la gastronomía, y otros, que respaldaban al denominado "milagro económico peruano", las inversiones públicas en RRSS municipales continuaban requiriendo soporte operativo.
El año 2012, con el objetivo de reforzar el tema de inversiones y las acciones efectuadas desde la creación de proInversión una década antes, se dió la Ley N° 29968 que creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE , también este año se aprobó el DS N° 001-2012-MINAM-Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de los Residuos Eléctricos y Electrónicos.
En el marco del proceso de modernización, se emitieron el Decreto Legislativo N° 1278 (2016) - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de gestión integral de residuos sólidos y sus modificatorias la Ley N° 30552 (2017) y el Decreto Legislativo N° 1501 (2020); DS N° 014-2017-MINAM-Reglamento del Decreto Legislativo N°1278 y el DS N° 023-2021-MINAM – que aprobó la Política Nacional del Ambiente al 2030, reconociendo el ejecutivo peruano que un elevado porcentaje de los residuos sólidos eran dispuestos inadecuadamente en botaderos a cielo abierto.
El reconocimiento va en la línea de tres presupuestos en este proceso que justifican el replanteamiento de las Políticas públicas aplicadas en Perú, el primero está en concordancia con el análisis que fuera hecho sobre la eficiencia de la gestión municipal de residuos sólidos en el Perú y sus determinantes, difundido el año 2018 por INEI, en el cual indicaba que "el servicio de manejo de residuos sólidos municipales - RSM está lejos de ser el idóneo para la población peruana, en la medida de que no existen suficientes rellenos sanitarios y maquinaria adecuada para la correcta gestión de dichos RSM"; el segundo que trae a colación la actuación de la Contraloría General de la República del Perú, que luego de su experiencia al formar parte de la organización latinoamericana del caribe y de entidades fiscalizadores superiores (OLACEFS), pudo visualizar holísticamente los pasivos ambientales generados por residuos sólidos municipales al evidenciar el año 2022 marcadas deficiencias en el servicio de limpieza en un muestreo de 696 municipalidades provinciales y distritales del país expresado en su Informe N°3583-2022-CG/AGR-SOP y el tercero, constituye las cifras inadmisibles que alcanzara el país al presentar la mayor tasa de mortalidad per cápita del planeta por la pandemia del COVID-19 que encontró personas con bajas defensas inmunológicas asentadas en áreas vulnerables producidas por la contaminación ambiental, cuyo registro de muertes se contabilizó a partir del primer fallecimiento ocurrido el 19 de marzo del 2019.
Contrastando con esta realidad, CEPLAN difundía datos del porcentaje de hogares urbanos a nivel nacional que disponían adecuadamente sus residuos sólidos domésticos, manifestando que se elevó de 36.8% en 2014 a 41.5% en el año 2019. 
Con DS N° 009-2019-MINAM se dictó el régimen especial de gestión y manejo de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) que coadyuvó a monitorear el volumen de RAEE en el país. En este tipo de residuos, para el lapso de seis años del periodo 2015 a 2021 se produjo 1.3 millones de toneladas de RAEE.
Siguiendo el esfuerzo legislativo desplegado con adecuaciones normativas, el año 2022 se dió el DS N°001-2022-MINAM modificando el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante DS N° 014-2017-MINAM.
Mientras tanto, la debilidad de la parte operativa en la gestión de RRSS municipales se agudiza con la falta de equipos y maquinarias que se requieren para operar los rellenos sanitarios existentes, fallas que se evidenciaron con los embates de los eventos extraordinarios del fenómeno El Niño en los años 1982-83; 1997-98 y el Niño Costero del 2017. 
La actual administración del ejecutivo peruano anunció a inicio de año en el 2023 la construcción de una planta de valorización de RRSS y relleno sanitario en Piura, localidad altamente vulnerable que cuenta en el distrito de Castilla como indicador del cumplimiento de las iniciativas propuestas.

Necesaria reingeniería para operativizar la valorización energética

La valorización energética es la conversión de aquellos residuos no reciclables en energía, ya sea en forma de electricidad, vapor o agua caliente para uso doméstico o industrial. Las tecnologías utilizadas en lograr ésta pueden emplear tratamiento biológico y/o térmico de los residuos sólidos. Pueden efectuarse tratamientos biológicos usando el compostaje y la digestión anaerobia, en tanto que se aplican tecnologías térmicas empleando gasificación, incineración, y pirolisis.
Puede entenderse a la valorización energética como operaciones destinadas a emplear residuos con la finalidad de aprovechar su potencial energético, tales como: Coprocesamiento, coincineración, generación de energía en base a procesos de biodegradación, biochar, entre otros.
En el caso del coprocesamiento, es el uso de materiales de desecho adecuados en los procesos de producción con el fin de recuperar energía y recursos y, por consiguiente, reducir el uso de combustibles fósiles y materias primas.
El año 2003 en el ex botadero "La Cucaracha" ubicada en la provincia del Callao, pudo convertirse en un relleno sanitario modelo con el aval del Banco Mundial , lamentablemente el proyecto no fue replicado para cubrir la alta demanda existente en el manejo eficiente de los RRSS municipales.
Pese a que el ordenamiento legal peruano establece que la valorización de residuos sólidos municipales debe priorizarse frente a la disposición final de los mismos y que los residuos que no pueden reciclarse ni tratarse, se deban disponer finalmente en rellenos sanitarios; en la práxis la legislación que obedece a la política pública de fomento y promoción de la valorización energética queda en el papel, toda vez que en el lapso de seis años que comprende el periodo 2014-2020, se incrementó en 43 rellenos sanitarios operativos, pasando de 9 a 52 la cantidad de rellenos sanitarios; soslayando el componente de la valorización y entre ellas a la valorización energética, justificando así una aparente eficaz, eficiente y efectiva respuesta al incremento del gasto público en gestión de RRSS. 
Así,  el número de municipios que reportaron al sistema de información para la gestión de resíduos sólidos-SIGERSOL fue de 43.7% en el año 2014 y se redujo a 38.3% para el 2019 ; también, pesquisas claves que acompañan a los planes integrales de gestión ambiental de residuos sólidos - PIGARS  con los cuales se prepararon y aprobaron proyectos de inversión pública en el marco del sistema nacional de inversión pública para el periodo de análisis, logrando efectivamente aumentar el porcentaje de residuos sólidos dispuestos adecuadamente pasando de 41.3% en el año 2013 a 54.9 % en el 2020, sin embargo solo 37% del total de municipios intentaron efectuar una suerte de valorización de residuos sólidos ya sea orgánicos y/o inorgánicos. 

Gasto nacional para la gestión integral de RRSS en el sector público

Pese  a que en dos décadas (periodo 2004-2024) el presupuesto nacional del sector público peruano aumentó en 5.5 veces, al contar en promedio con una reducida parte del gasto de capital destinado a proyectos que pudieran atender oportunamente el problema agudo producido en la gestión de RRSS  municipales, éste paso a un estado crónico en términos de deficiencia operativa que conlleva a los niveles insanitarios detectados, toda vez que en veinte años (periodo 2001-2021) los RRSS en el ámbito municipal urbano a nivel nacional  pasaron de  producirse 12.986 Tn/día (2001) a 22.505 Tn/día (2021),incrementándose en 9.519 Tn/día en ese lapso y en consecuencia se incrementaron las áreas degradadas, estimándose en el orden de dieciocho (18) millones de hectáreas de ecosistemas que presentan algún nivel de degradación causando un riesgo potencial a la seguridad alimentaria y al avance de la agroindustria de exportación, especialmente la frutícola y la gastronomía nacional que se vería afectados con la disminución de los bienes y servicios ambientales que proveen los ecosistemas impactados.
En dós décadas (2004-2024) el presupuesto público se quintuplicó en Perú
Las proyecciones del gasto nacional para la gestión integral de RRSS del sector público estimadas utilizando modelos matemáticos elaboradas a partir de datos levantados del portal de transparencia del ministerio de economía y finanzas , permiten construir escenarios para maximizar la operatividad en la gestión integral de los RRSS municipales.
Con los proyectos e inversiones adecuadas, incorporando al sector privado, sólo de la última década se podrían haber aprovechado de los setenta y cuatro (74) millones de toneladas de RRSS municipales producidas, los cuarenta (40) millones de RRSS municipales orgánicos desechados, de los cuales gran parte fueron dispuestos en botaderos a cielo abierto o a cuerpos de agua o quemados, con la consecuente contaminación del ambiente.

Forjando el futuro

Perú contaría en el año 2050 con cuarenta millones de habitantes , quienes generarían 40.591 Tn/dia de RRSS municipales generando inconveniencias para el Perú de no tomarse medidas urgentes tal como lo viene sugeriendo el Banco Mundial desde el año 2018 a los países del orbe.
El año 2022, para atender los requerimientos de treinta y tres (33) millones de habitantes en 196 municipios provinciales y 1694 municipalidades distritales existentes, continúan las evidencias de la existencia de un elevado porcentaje de RRSS municipales que son dispuestas insanitariamente en botaderos a cielo abierto pese al esfuerzo constructivo de rellenos sanitarios (54) que no logran cubrir las necesidades actuales y futuras por el crecimiento poblacional en las áreas urbanas, agravadas por la recurrente crísis política del país, crisis económica y otros factores que agravan el impase subsistente en el tema tratado.
Este mismo año 2022 el secretario general de la OCDE, Mathías Cormann, dirigió una carta al Presidente peruano invitando al Perú a iniciar el proceso de adhesión para ingresar a la organización.
En este contexto, las políticas públicas en Perú deben apuntar a fortalecer la operatividad de los gobiernos locales : Cumpliendo y haciendo cumplir las leyes existentes en materia de RRSS municipales; convocando a la actividad privada e incorporando a miles de los recursos humanos, en particular jóvenes especialistas formados en centros de capacitación públicos y privados; consolidando información técnica como el caso del poder calórico de RRSS municipales necesarios para su valorización mediante Waste to Energy (WtE) o coprocesamiento ; reduciendo la carga burocrática de organismos del Estado que no cumplen con las funciones para las que fueron creadas.
En estas tareas, tanto el ministerio público y el poder judicial tienen la palabra, asimismo,la representación nacional en el Congreso de la República tiene adicionalmente la gran tarea de dinamizar la función del control político con que cuenta en el extremo tratado, a efectos de lograr la descontaminación de las áreas degradadas, logrando el desarrollo sostenible deseado por los pueblos del país.
No puedo concluir sin antes mencionar a los partidos políticos y el rol que tienen que cumplir en este proyecto nacional, sin soslayar el liderazgo con que cuenten los numerosos candidatos que se presentan en cada jornada electoral para asumir la administración de este país milenario lleno de riquezas, desafíos y oportunidades.

jueves, 19 de octubre de 2023

Inadecuada gestión integral de residuos municipales en el tratamiento de lixiviados.

Pese a los recientes esfuerzos normativos, la inadecuada gestión de los residuos sólidos municipales en Perú constituye un ejemplo de la crisis y potencial riesgo para la salud de las personas que se incrementaron como correlato del daño ambiental producido por los fenómenos El Niño extraordinarios acontecidos en los periodos 1982-83, 1997-98, el niño costero del 2017 y haría lo propio con el anunciado fenómeno El niño 2023-24, teniendo al manejo y tratamiento de lixiviados como un tema que se mantiene en agenda pendiente a resolver por los servidores, funcionarios y autoridades competentes.
Lluvias intensas generan condiciones extremas para lixiviados en regiones costeras del norte peruano
Durante el fenómeno de El Niño, las regiones costeras del norte peruano suelen ser las más afectadas por lluvias intensas y eventos climáticos extremos, lo que puede aumentar la generación y la movilización de lixiviados desde los vertederos y sitios de disposición de residuos sólidos municipales.

Sobre las Normas

Una gestión adecuada de los lixiviados es esencial para prevenir la contaminación ambiental y proteger la salud pública. Los vertederos y los sistemas de tratamiento de lixiviados en Perú están regulados por las autoridades ambientales y deben cumplir con las normativas locales y nacionales para garantizar la protección del medio ambiente.
Perú no cuenta con una norma específica que regule exclusivamente el tratamiento de lixiviados; sin embargo, el tratamiento de lixiviados en vertederos y sitios de disposición de residuos sólidos está regulado por varias normativas relacionadas con la gestión de residuos y la protección del medio ambiente, tales como el decreto legislativo N° 1278 (2016), DS N° 014-2017 (2017), DS N° 023-2021-MINAM (2021) y DS N° 001-2022-MINAM, entre otros dispositivos legales que intentan dar un norte a la gestión integral de residuos sólidos municipales.
Para el tema estadístico y control se cuenta con OEFA quien está encargado de elaborar y administrar el inventario nacional de áreas degradadas por residuos sólidos municipales. Según data histórica en cuencas de la costa norte peruana, en época de estiaje hubo mayor concentración de contaminantes por lixiviados comparado con la época de lluvia donde existe mayor dilución y extensión de áreas afectadas, por lo que refleja la influencia de las condiciones ambientales del lugar y la naturaleza de los residuos sólidos confinados en la composición del mismo.
La realidad peruana indicaba para el año 2018, que el 52 % de los residuos sólidos eran dispuestos adecuadamente en rellenos sanitarios, cerca del 1 % se recuperaban y más del 47 % de los residuos sólidos estarían siendo dispuestos inadecuadamente; en ese escenario actualizado al 2023, los lixiviados producidos no estarían siendo controlados a la luz de los últimos informes difundidos por la Contraloría General de la República quien advirtiera de una escasa ejecución de los recursos por parte de los niveles de gestión regionales y locales para afrontar El Niño global y El Niño costero; particularmente en las regiones costeras identificadas como críticas: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Ancash. Asimismo, no se debe soslayar a la región Lima, que incluye la capital del país, toda vez que Lima, es vulnerable ante inundaciones por lluvias intensas durante El Niño. Esta área alberga gran cantidad de sitios de disposición de residuos, lo que la hace especialmente vulnerable a problemas relacionados con los lixiviados.

Del lixiviado

El lixiviado es un líquido, producto generado a partir de la unión del agua y la basura enterrada, recogiendo gran cantidad de contaminantes. El lixiviado es también producto de la descomposición de la materia orgánica presente en vertederos y botaderos a cielo abierto, que contienen diversos niveles de contaminación. Así, este lixiviado, producto del agua que entra en contacto con restos enterrados, reúne sustancias que originalmente estaban dentro del residuo, por lo que termina contaminada y siendo un contaminante del ambiente.

Consideraciones para el tratamiento de lixiviados

Se contempla drenes de lixiviados, poza de almacenamiento de lixiviados, y sistema de recirculación de lixiviados o planta de tratamiento. De acuerdo a las condiciones climatológicas de la zona, se puede incluir un sistema de tratamiento de lixiviados, según corresponda; también canales perimétricos de intersección y evacuación de aguas de escorrentía superficial a los efectos de mitigar efectos de eventuales inundaciones.
El tratamiento de lixiviados en Perú, al igual que en otros países, se lleva a cabo para gestionar de manera adecuada los líquidos contaminantes que se generan en los vertederos de residuos sólidos y prevenir la contaminación del suelo y el agua subterránea.
Aunque los detalles específicos pueden variar de un lugar a otro, el tratamiento de lixiviados generalmente implica las siguientes etapas:
Recolección: Los lixiviados se recolectan a través de sistemas de drenaje y se canalizan hacia un sistema de recolección.
Almacenamiento temporal: Los lixiviados recolectados se almacenan temporalmente en tanques o lagunas para su posterior tratamiento.
Tratamiento primario: En esta etapa, se eliminan los sólidos gruesos y se lleva a cabo una separación inicial de los componentes sólidos y líquidos del lixiviado.
Tratamiento biológico: Pudiendo ser de digestión anaerobia o aerobia, para reducir la carga orgánica y descomponer los contaminantes biodegradables en el lixiviado.
Tratamiento secundario: Para eliminar aún más los contaminantes del lixiviado, se pueden utilizar tecnologías adicionales, como la filtración, la adsorción, la oxidación avanzada, la desinfección, entre otros.
Monitoreo y control de la calidad: Durante todo el proceso de tratamiento, se realizan análisis periódicos para asegurarse de que el efluente tratado cumple con los estándares ambientales y de calidad del agua establecida por la normatividad y la autoridad competente.
Descarga o disposición final: Una vez que los lixiviados se han tratado adecuadamente y cumplen con los estándares de ECA y LMP, pueden ser descargados en cuerpos de agua o sistemas de alcantarillado, o bien pueden ser sometidos a un proceso adicional de deshidratación y disposición final en vertederos controlados.

Sobre el presupuesto para el tratamiento de lixiviados

Es parte de un presupuesto más amplio para la gestión de residuos sólidos a nivel local. La asignación de fondos y la gestión presupuestaria dependen de la administración de la gestión en turno del Estado para sus tres niveles. En ese sentido, el manejo del presupuesto para el tratamiento de lixiviados en el país recae en varias instancias y varía dependiendo de la ubicación y la escala del vertedero o sitio de disposición de residuos.

Medidas especiales para prevenir la contaminación del suelo y el agua.

Los desafíos adicionales en la gestión y tratamiento de los lixiviados debido a las lluvias intensas y las inundaciones que suelen asociarse con el fenómeno climático El Niño :
Monitoreo y prevención: Antes de que comience el fenómeno de El Niño, es esencial realizar un monitoreo de los vertederos y sitios de disposición de residuos para evaluar su capacidad de manejo de lluvias intensas. Se deben tomar medidas para evitar la entrada de agua de lluvia a las áreas de disposición de residuos y minimizar el escurrimiento de lixiviados hacia las áreas circundantes.
Refuerzo de sistemas de recolección: Durante El Niño, es probable que se genere una mayor cantidad de lixiviados debido a la mayor humedad. Por lo tanto, se debe garantizar que los sistemas de recolección de lixiviados estén en buen estado de funcionamiento y tengan la capacidad para manejar un mayor volumen de líquido.
Almacenamiento temporal: Puede ser necesario aumentar la capacidad de almacenamiento temporal de lixiviados para gestionar el exceso de líquidos durante el evento climático.
Medidas de contingencia: Deben establecerse planes de contingencia para lidiar con la posible contaminación de los lixiviados y prevenir su entrada a cuerpos de agua o la filtración al suelo. Esto podría incluir sistemas de contención, barreras, y una mayor supervisión y monitoreo de las instalaciones.
Restauración y reparación posterior al evento: Después de que pase el fenómeno de El Niño, es importante realizar una revisión exhaustiva de las instalaciones de tratamiento de lixiviados y reparar cualquier daño o deterioro causado por las inundaciones o las lluvias intensas.
Es fundamental que las autoridades locales y los gestores de residuos en las regiones costeras identificadas como críticas, tengan planes de contingencia sólidos y estén preparados para abordar las condiciones climáticas adversas asociadas con El Niño.
La coordinación con las autoridades ambientales y la implementación de prácticas adecuadas de gestión de residuos son esenciales para minimizar el impacto ambiental y proteger la salud pública durante estos eventos climáticos.

El Dato

El 13 de Agosto del 2023 en “Inapropiada disposición de RRSS en zonas afectadas por Lluvias extremas” mencionamos que el desarrollo de la ciencia y tecnología moderna permiten el uso de plantas de descontaminación ECF a los efectos de poner en valor la parte orgánica de los RRSS municipales, con lo que se elimina la existencia de lixiviados, a la vez que se produce energía limpia.

domingo, 17 de septiembre de 2023

Peligro inminente de contaminación por residuos sólidos en norte peruano

Se identificó el inminente peligro de la afectación de los servicios ecosistémicos ante la contaminación de los recursos agua, aire y suelo causada por residuos sólidos municipales dispuestas en forma insanitaria en botaderos a cielo abierto administrados por gobiernos locales, que afectarían la salud pública.
La presentación del Plan multisectorial ante la ocurrencia del Fenómeno el Niño (FEN) 2023– 2024, aprobado mediante DS Nº 101-2023-PCM indica que la ocurrencia del Fenómeno El Niño genera impactos en las economías de los territorios. Así, los efectos de El Niño de 1982-1983 y el de 1997-1998, generaron una disminución del Producto Bruto Interno (PBI) del Perú de 11.6% y 6.2% del PBI, respectivamente.
Las regiones del Norte fueron las más afectadas por inundaciones y movimientos en masa. 
A estos impactos en el PBI les podremos añadir los ocasionados por el ocurrido en el año 2017 y los que tienen alta probabilidad de ocurrir en el FEN 2023-2024 si es que no se tomaran las medidas adecuadas para prevenir y mitigar los daños ambientales que lamentablemente se repetirían en forma recurrente de continuar con paradigmas del siglo pasado que han sido desvirtuados por la ciencia moderna respecto a la gestión integral de RRSS y no cambiar;adoptando modelos de gestión sostenibles del presente siglo XXI y de cara al futuro.

Inundaciones y movimientos de masa en el norte peruano.

Organismos públicos del Estado peruano como son INGEMMET,SENAMHI y CENEPRED contribuyeron con información técnica especializada con la cual se generó el Mapa de susceptibilidad a inundación por lluvias asociadas a eventos El Niño de los años 1982,1998,2017 y 2023; este último constituye una proyección y las anteriores son el resultado de los hechos acontecidos en esos eventos. Aquí se identifica a las regiones de Piura, Lambayeque y La Libertad como escenarios de riesgo alto y muy alto por inundación y movimiento en masa asociados a eventos El Niño.

Botaderos de RRSS a cielo abierto generadores de potencial daño ambiental

El ejecutivo peruano a través del DS N° 023-2021-MINAM al referirse a la inadecuada gestión de los residuos sólidos en el país, manifiesta que un elevado porcentaje de los residuos sólidos son dispuestos inadecuadamente en botaderos, situación que se agrava con el crecimiento poblacional y la expansión de áreas urbanas. Así en los últimos diez años la generación per cápita de residuos sólidos creció en un 6 %. A mayor abundamiento en el decreto supremo precitado, se establece que más del cuarenta y siete por ciento (47%) de los residuos sólidos estarían siendo dispuestos inadecuadamente y que la generación per capita de residuos sólidos domiciliarios fue de 0.57  kg/hab/día registrados en el año 2019. En este contexto, y en condiciones sin la ocurrencia de FEN, para una población global de cinco (5) millones de habitantes localizados en las tres regiones Piura, Lambayeque y La libertad con el identificado riesgo de sufrir inundaciones y movimientos en masa; de las 2 870 toneladas de residuos sólidos que se estarían produciendo diariamente, 1 300 toneladas de residuos domiciliarios estarían siendo diariamente dispuestas inadecuadamente; motivo por el cual en el escenario y el tiempo que dure la emergencia por el FEN, las miles y miles de toneladas dispersas estarán , además de colmatar los sistemas de drenaje, afectando por contaminación a los ecosistemas y la salud pública, tal cual ocurriera en sendos episodios ocurridos hace 41 años, 25 años; y 6 años antes vinculados a fenómenos meteorológicos, hidrológicos y climatológicos presentados con el FEN respectivamente.

Acción fiscalizadora actual por parte de OEFA

La agencia oficial peruana de difusión Andina, propala que durante la primera semana del presente mes de setiembre del 2023, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) llevó a cabo una acción en el botadero a cargo de la Municipalidad Provincial de Piura, que se encuentra ubicado en el Km 8.5 de la carretera Piura-Chulucanas, en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura: identificando los riesgos ambientales por la inadecuada disposición de residuos sólidos municipales y la quema de los mismos.
Actual botadero de RRSS localizado en Castilla a cargo de la Municipalidad de Piura sujeto a alto riesgo por FEN

Implementación de Planta ECF para disposición final de RRSS municipales

Se estima que Perú contará en el año 2050 con cuarenta (40) millones de habitantes y en consecuencia continuará el crecimiento poblacional de los actuales habitantes localizados en las tres regiones Piura, Lambayeque y La libertad, todas ellas manteniéndose en riesgo por sufrir los embates del FEN en términos de inundaciones y movimientos en masa; fenómeno identificado que se repite desde siglos pasados afectando la salud humana y económica del país, sólo que por los hechos se evidencia la mayor frecuencia en el tiempo, haciendo necesario aplicar en la zona los conocimientos técnicos que brinda la ciencia moderna y que es aplicado en países desarrollados del Planeta.
En zonas sujetas a sufrir inundación NO se puede continuar manteniendo botaderos a cielo abierto ni enterrando la basura en vertederos no controlados por constituir fuente de contaminación.
La modernidad a traves de las Plantas ECF , pone en valor a los residuos sólidos municipales generando energía limpia y elimina la existencia de los botaderos y vertederos sin control.  

jueves, 7 de septiembre de 2023

Alerta en rellenos sanitarios y botaderos a cielo abierto ante inundaciones por el FEN

Una valiosa información científica pone en extrema alerta a los sectores público y privado  de la nación peruana por susceptibilidad de sufrir contaminación debida a residuos sólidos municipales que se verían comprometidos con mayores lixiviados vinculados a inundaciones ante lluvias intensas asociadas a eventos del fenómeno El Niño (FEN) a los departamentos (hoy regiones) de Tumbes,Piura,Lambayeque y La Libertad, localizadas en la franja costera del país.
La data consolidada responde a las estadísticas procesadas de los fenómenos El Niño extraordinarios de los años 1982 y 1998, así como El Niño costero del año 2017 y los pronósticos para el Niño Global 2023-2024.
Dicha información fue considerada en el Decreto Supremo N° 101-2023-PCM del “Plan Multisectorial ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño 2023-2024”, como un mecanismo de coordinación y articulación multisectorial de intervenciones entre sus dieciocho Ministerios, sus organismos públicos y las universidades públicas, en el marco de sus competencias, en los distritos identificados en muy alto riesgo ante lluvias intensas y peligros asociados; así como, ante el déficit hídrico por el posible Fenómeno El Niño 2023-2024, considerados en el precitado Plan.
Fuente: INGEMMET y SENAMHI-Elaboración: CENEPRED - DS N°101-2023-PCM

Responsabilidad del MINAM

Respecto al tema de residuos sólidos municipales, el Plan asigna las siguientes responsabilidades al Ministerio del Ambiente-MINAM:
•Focalización de áreas de rellenos sanitarios, botaderos y/o pasivos ambientales expuestas a efectos del FEN, que podrían activar efectos contaminantes a la población y sus medios de vida, y proponer medidas de solución.
•Fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica en gestión integral de residuos sólidos en ámbitos por nivel de susceptibilidad por el FEN.
•Asistencia técnica en la operatividad de rellenos sanitarios y áreas degradadas por residuos sólidos en ámbitos por nivel de susceptibilidad por el FEN.
•Acciones de seguimiento y monitoreo a la situación del servicio de limpieza pública en el ámbito norte por nivel de susceptibilidad por el FEN.

Seguimiento de la implementación del Plan

El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, es el encargado de hacer el seguimiento a la implementación del Plan, quienes en la primera semana del mes de octubre  del 2023 contarán con información sobre el nivel de cumplimiento de las metas físicas y financieras según lo programado.
Estas acciones de control del ejecutivo se realizan sin perjuicio de las actividades que corresponden a las funciones establecidas en el ordenamiento legal peruano a la contraloría general de la república, defensoría del pueblo, congreso de la república, fiscalía de prevención del delito, entre otras instituciones.

sábado, 19 de agosto de 2023

Crisis política que incrementa el riesgo ambiental ante el cambio climático

Era predecible que luego de la Pandemia del COVID-19 las economías de los paises latinoamericanos sufrirían un fuerte impacto, que trascendiera al tema económico y tocara fibras sociales, ambientales y políticas.
En algunos casos como en Perú, la situación tomaba visos de crisis pues arrastraba problemas estructurales de gestión que se derivaron en desequilibrios políticos, llevando a tener a la fecha seis (6) jefes de Estado desde el año 2018; y en el mismo periodo de seis años, quince (15) presidentes de consejo de ministros (PCM) y doce (12) ministros del ambiente (MINAM).
Promoviendo ECF en América latina como medida de prevención ante efectos del cambio climático.
El país de los Incas, que fuera contaminado simultáneamente por los virus SARS-COV-2 y la corrupción, hoy en día está pagando factura de la improvisación impuesta por administraciones de gobiernos que se sucedieron en una vorágine con cambios de funcionarios, algunos de los cuales se encuentran en prisión y otros ; siendo procesados ante la justicia con cargos de pertenecer a redes criminales tejidos desde el poder. 

Capacidad de gestión del Estado en el tema ambiental 

Esta innegable verdad disminuyó la capacidad de gestión del Estado a tal punto que la actual administración del país, presionado por la recesión económica y recurrencia de eventos que se producen en emergencia y particularmente por la emergencia ambiental (El anunciado fenómeno El Niño 2023-24 y déficit hídrico que comprometen a la salud pública y seguridad alimentaria), se ve en la imperiosa necesidad de agilizar los proyectos públicos y privados, a efectos de ejecutar acciones de prevención y evitar que la historia ocurrida en los años 1983,1998 y 2017 se repita ante los embates de la naturaleza por efecto del cambio climático.
En ese orden de acontecimientos, mediante Ley N° 31841 se creó la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) en Julio de 2023 , que suple a la institución que fuera adscrita a la PCM con deplorables resultados denominada como Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARC), creada en el 2017 para reconstruir la infraestructura dañada y destruida por el fenómeno El Niño Costero.
El artículo diez de la precitada Ley otorga facilidades para la ejecución de los proyectos o programas de inversión de la ANIN.
Así, en el inciso 10.1 precisa que los procedimientos administrativos necesarios para la ejecución de proyectos o programas de inversión a cargo de la ANIN se realizan sin costo y sujetos a silencio administrativo positivo.Incluye la factibilidad de servicios públicos y toda clase de permisos, autorizaciones, registros, inscripciones, dictámenes, informes y otros creados por disposiciones legales.
También estipula en su inciso 10.4 que tratándose de intervenciones de construcción sujetas al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental  y que generen impactos ambientales negativos, la ANIN debe contar con un instrumento de gestión ambiental evaluado durante el período de la elaboración del expediente técnico o documento similar por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) o la entidad competente, sin afectar la fecha de inicio prevista para la ejecución de la intervención. 
Siguiendo esa línea de acciones y según La República SENACE absorbería a SERNANP, SERFOR y ANA para destrabar las certificaciones ambientales; deseando empoderar y adscribir a SENACE en la PCM, a fin de agilizar los proyectos recortando los plazos de inversión, sacándolo de su actual condición de adscrita al MINAM.
Con esta pretensión se estaría supuestamente reduciendo los trámites ligados a la certificación ambiental, instrumento previo que todo proyecto de inversión debe elaborar antes de ser ejecutado, previendo los impactos ambientales negativos significativos que podría generar y en consecuencia, indicar las actividades que ejecutará para remediar los precitados impactos negativos.

Visión de país más allá de la burocracia y tramitología

La burocracia en los dieciocho (18) ministerios y la PCM, en el marco de la gestión presupuestaria del Estado peruano sólo cuenta con 25% para el gasto de capital, el restante 75% corresponde al gasto corriente y servicio de la deuda; esta cuarta parte presupuestada en los últimos años no resultan suficientes para cubrir los necesarios proyectos de inversión pública, mostrando sus limitaciones en los tres niveles de gestión del gobierno, hecho que hace indispensable promover proyectos de inversión privada a efectos de cerrar brechas de infraestructura imprescindibles a nivel del territorio nacional y por la coyuntura, ejecutar en el corto plazo acciones de prevención frente a los previsibles impactos naturales.
La dimensión ambiental por ser holística, traspasa las capacidades de MINAM, institución que tras quince años de existencia, evidencia claras limitaciones sumadas a las deficiencias mencionadas en la introducción.
Reubicar SENACE sacándola del MINAM, además de proseguir limitándola, no aumentaría de plano las inversiones sostenibles pues para ello es necesario recuperar la confianza de los capitales nacionales y extranjeros que analizan el grado de inversión del país, así como no reduciría la tramitología que tanto daño hace a la economía del país con el riesgo de repetir la história seguida por la extinta ARC adscrita a  PCM y dejando al MINAM ad portas de su desaparición, pudiendo en su defecto avanzar generacionalmente con su fortalecimiento en el marco de la modernización del Estado ajustándolo a las necesidades del país en el presente siglo XXI y de cara al futuro.
La reforma del Estado peruano para contar con una autoridad real ambiental es en los hechos, de interés nacional y necesidad pública; colocar tomadores de decisiones y cuadros técnicos capacitados con estándares internacionales, reducir los niveles de contaminación y  los pasivos ambientales, zanjando los enfrentamiento entre sectores por el uso real, efectivo y beneficioso de los recursos naturales coadyuvaría en fortalecer la gobernabilidad y gobernanza  en los tres niveles de gestión : Nacional, Regional y Local.
Al alinear las políticas de Estado y no solamente las políticas de los gobiernos en turno, así como los planes,programas, proyectos y actividades de gestión de riesgos a las necesidades por ordenamiento territorial y vulnerabilidades existentes en las cuencas, permitirá reducir las miles de normas con carácter ambiental que en su afán de proteger y conservar el medio ambiente, ralentizan las inversiones  y provocan un bajo acatamiento de estas leyes ambientales produciendo frustraciones e impunidad.

Una autoridad ambiental real para agilizar inversiones sostenibles

La autoridad ambiental real para constituirse agente de cambio y reducir el riesgo ambiental ante el cambio climático, debe actualizarse con los tiempos de la inteligencia artificial y aceptar los adelantos tecnológicos modernos para dar paso a los proyectos de inversión ya sea éstas públicas, privadas o  mediante asociaciones Público -Privadas. 
Con la finalidad de explicar este punto vinculado a todo lo anteriormente expuesto, podría tocar proyectos de inversión en distintos sectores que ven el colapso de la ventanilla única de certificación ambiental, pero por cuestiones didácticas haré referencia a los proyectos de inversión vinculados al sector energía a partir de la descontaminación ambiental de los residuos sólidos para poner en valor la basura y producir energía eléctrica limpia; lo cual involucra en Perú la participación de las siguientes instituciones: MINEM,MINAM,ANA,MINSA,CULTURA,GORE,Gobierno local a través del municipio provincial y municipio distrital.     
En principio, la tecnología de proyectos de descontaminación - ECF que usan residuos sólidos municipales para generar energía eléctrica es usada en diversos países desarrollados del mundo, cito el caso de Suecia donde solo el 1% de la basura se envía a rellenos sanitarios. "Al quemar basura, otro 52% se convierte en energía y el 47% restante se recicla. Sólo la cantidad de energía generada a partir de los residuos proporciona calefacción a un millón de hogares y electricidad a 250.000". El otro caso que menciono es el de Singapur, quien en su "sexta planta de conversión de residuos en energía puede incinerar 3600 toneladas de residuo y generar 120 megavatios de electricidad al día". En el Perú solamente la región Lima convierte la basura en energía eléctrica, mientras tanto en las otras regiones del país no se aprovecha la basura y ésta se constituye en un grave problema de contaminación ambiental por la inadecuada gestión y manejo de los residuos sólidos municipales que alcanzan niveles críticos con los lixiviados producidos en los vertederos a cielo abierto en la costa norte del país como sucede en Piura,Lambayeque y La Libertad , al presentarse lluvias extremas e inundaciones con la ocurrencia del fenómeno El Niño.

Tiempo para ejecutar proyecto público-privado ECF ante emergencia climática

A las trabas existentes en las certificaciones ambientales, se le agrega que los tomadores de decisión en el tema ambiental continúan manejando conceptos del siglo pasado cuando se utilizaba en la costa peruana lagunas de estabilización a fin de tratar las aguas residuales y los rellenos sanitarios para disponer finalmente los residuos sólidos municipales.
Los impactos del cambio climático obligaron a optar a cada vez ves más países del mundo por nuevas alternativas técnicas y el avance de la ciencia permitió acceder a soluciones apropiadas para prevenir y mitigar los daños provocados por la contaminación.
Los gobiernos regionales y alcaldes provinciales ven que tienen escaso margen de actuación para ejecutar proyectos de inversión sin transgredir "normas existentes creados por dispositivos legales" en el corto tiempo que tienen para ejecutar proyectos que no provocan impactos ambientales negativos , sino todo lo contrario, previenen de la contaminación con efectos positivos en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, pero igual deben contar con el  expediente técnico, obtener la certificación ambiental, permisos, autorizaciones, registros, inscripciones, dictámenes, informes, factibilidad de servicios públicos y licencias necesarias para desarrollar todas las fases de un proyecto , desde la concepción inicial, construcción, operación, gestión, hasta el cierre del mismo. 
Huelga decir que existe el costo del dinero y el tiempo influye sustantivamente en él cuando existen demoras y externalidades que en los proyectos públicos lo asume la Nación, en tanto que en los proyectos privados estan a cargo de las personas jurídicas, corporaciones o accionistas.
En síntesis, la mejora de instituciones como SERNANP,SERFOR,ANA,OEFA,SENACE........y otras, así como los reguladores de monopolios naturales OSINERGMIN, OSITRAN, OSIPTEL, SUNASS; idependientemente que pudieran enontrarse adscritas a PCM o en alguno de los 18 ministerios AGRICULTURA,MINAM, ....cuyas funciones esten relacionadas con la prevención, mitigación y compensación de riesgos ambientales, pasa por optimizar la gestión del Estado en forma sistémica y no de lograr óptimos locales en un supra ministerio del aparato estatal. 

Normas vinculadas al Proyecto ECF 

Finalmente, presento un compendio inicial del ordenamiento legal peruano para ejecutar el Proyecto ECF , dar valor a los residuos sólidos municipales y generar energía eléctrica limpia, evitando que miles de toneladas de basura acumuladas diariamente en vertederos a cielo abierto , expuestas a lluvias extremas y posibles inundaciones, que no cuentan con el debido control de la autoridad competente, continúen contaminando el medio ambiente y afectando la salud pública en las ciudades mas densamente pobladas del Perú.
-Constitución Política del Perú de 1993.
-Ley N° 26842 – Ley General de Salud. 
-Ley N° 27444_Ley del Procedimiento Administrativo General.
-Decreto Legislativo N° 1013_Ley de creación, organización y funciones del MINAM.
-Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM – Aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030. -Decreto Legislativo N° 635- Código Penal y sus modificatorias.
-Decreto Legislativo N° 1224_Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos.
-Ley General del Ambiente_ Ley N° 28611 y sus modificatorias.
-Decreto Legislativo N° 1055 que modifica la Ley General de Ambiente, Ley N° 28611.
-Ley N° 28245- Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su modificatoria mediante Ley N° 29050.
-Ley del Sistema Nacional de evaluación y Fiscalización Ambiental_ Ley N° 29325 y sus modificaciones.
-Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada_ Decreto legislativo N° 757 y sus modificatorias.
-Ley de promoción de la inversión para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible- Ley N° 30327.
- Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental_ Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.
-Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles_ Ley N° 29968
-Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834.
-Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Decreto Supremo Nº 038-2001-AG.
-Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor, Decreto Supremo N° 017-2009-AG.
-Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales_ Ley Nº 26821.
-Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, Ley N° 26839, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 068-2001-PCM.
-Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763 y sus Reglamentos, Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, N° 019-2015-MINAGRI, N° 020-2015-MINAGRI y N° 021-2015-MINAGRI.
-Categorización de las Especies Amenazadas de Flora Silvestre, Decreto Supremo N° 043-2006-AG.
-Actualización de la Lista de Clasificación y Categorización de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre Legalmente Protegidas, Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI.
-Guía de Inventario de la Fauna Silvestre - Resolución Ministerial N° 057-2015- MINAM.
-Guía de Inventario de la Flora y Vegetación - Resolución Ministerial N° 059-2015-MINAM.
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental_ Ley N°27446, modificada por el Decreto Legislativo N° 1078.
-Reglamento de la  Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental_ Decreto Supremo N°  019-2009-MINAM.
-Decreto Supremo N° 054-2013-PCM_ Disposiciones especiales para ejecución de procedimientos administrativos. Consideraciones para la presentación de ITS ante SENACE contempladas en la Guía de Informes Técnicos Sustentatorios (ITS) de proyectos eléctricos.
-Decreto Supremo N° 060-213-PCM_ Aprueba disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada.
-Decreto Supremo N°004-2010-MINAM_ Precisa la obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las áreas naturales protegidas.
-Resolución Ministerial N° 455-2018-MINAM_ “Guía para la Elaboración de la Línea Base en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA” y la “Guía para la identificación y caracterización de impactos ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA”.
-Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Aire, Decreto Supremo Nº 003-2017-MINAM.
-Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido_ Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM.
-Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Radiaciones No Ionizantes_ Decreto Supremo N° 010-2005-PCM.
-Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades.
-Decreto Legislativo N° 1278 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de gestión integral de residuos sólidos y sus modificatorias la Ley N° 30552 y el Decreto Legislativo N° 1501.
-Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM- Reglamento del Decreto Legislativo N°1278.
-Ley N° 29419 – Ley que regula la actividad de los recicladores.
-Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM_Aprueban el reglamento sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales.
-Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM – Aprueba reglamento de la Ley N° 29419.
-Decreto Supremo N° 001-2012-MINAM – Reglamento Nacional para la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
-Decreto Supremo N°001-2022-MINAM_ Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante DS N° 014-2017-MINAM; así como el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante DS N° 005-2010-MINAM.
-Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y sus modificatorias. Aprueba la primera actualización del listado de inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA considerados en el Anexo II del Reglamento de la Ley N° 27116, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.
-Resolución Ministerial N° 260-2023-MINAM_Modifican la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental -SEIA, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y normas modificatorias, respecto a los proyectos de inversión de residuos sólidos del sector Ambiente.
 -Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Legislativo N° 25844.
-Reglamento de Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Supremo N° 009-93 y sus modificatorias.
-Decreto Legislativo N°1002 – Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables.
-Decreto Supremo N° 014-2019-EM, Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas.
-Resolución Ministerial N° 214-2011-MEM/DM_ Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011).
-Decreto Supremo N° 012-2011-EM – Aprueba nuevo reglamento de la Generación de electricidad con energías renovables y sus modificatorias.
-Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM_ Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas.
-Decreto Supremo Nº 030-2021-MINAM_Aprueban Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas de las actividades de generación termoeléctrica.
- Entre otras actualizadas por incorporar.

domingo, 13 de agosto de 2023

Inapropiada disposición de RRSS en zonas afectadas por Lluvias extremas

El 25 de julio del 2021, se publicó el Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, norma que aprobó la Política Nacional del Ambiente al 2030, en el mismo se indicaba que en territorio peruano al año 2018, se contaban con 37 rellenos sanitarios en operación.
Se indicaba que sólo el 52 % de los residuos sólidos era dispuesto adecuadamente en rellenos sanitarios, mientras que el equivalente a 1% se recuperaba y más del 47 % de los residuos sólidos estarían siendo dispuestos inadecuadamente.
El problema focalizado fue la “Disminución de los bienes y servicios que proveen los ecosistemas que afectan el desarrollo de las personas y la sostenibilidad ambiental”, considerando entre los objetivos alcanzar para enfrentar y dar solución a esos problemas al de incrementar la disposición adecuada de los residuos sólidos, para lo cual el logro esperado al año 2030 era alcanzar 63.24% como porcentaje de residuos sólidos municipales generados que se disponen en una infraestructura de disposicipon final adecuada.

Problemas subsistentes en la disposición final de RRSS al año 2023

Transcurrido el tiempo, no se aprecia mayor avance en el extremo de RRSS para lograr los objetivos previstos en la Política Nacional del Ambiente al 2030, toda vez que se continúa con el modelo aplicado para controlar los vertederos o los denominados botaderos a cielo abierto, incluyendo la inadecuada forma de enfrentar los efectos del cambio climático en áreas con presencia de lluvias intensas y sujeta a inundaciones provocadas por eventos climáticos,atmosféricos e hidrológicos como es en el caso de la recurrencia del fenómeno El Niño en la costa norte del país.

Contaminación acumulada en los últimos 40 años

La mayor parte de la población peruana se encuentra en la costa , produciendo residuos sólidos municipales que fueron dispuestos en forma inadecuada en los últimos cuarenta años, generando altos niveles de contaminación acumulada en ecosistemas frágiles de la costa norte.
Así la presión demográfica , el mal manejo y gestión de RRSS municipales y eventos como el fenómeno El Niño de los años 1983, 1998 y 2017 , contribuyeron a impactar gravemente los ecosistemas y la salud pública en esta parte del país.
Así se tienen los casos de los vertederos de Castilla (Piura), Reque (Chiclayo - Lambayeque), El Milagro (Huanchaco-Trujillo-LaLibertad) como claros ejemplos de la inapropiada disposición final de RRSS municipales en Perú.
Inadecuado control de lixiviados en vertederos afectados por cambio climático
Importante volúmenes de GEI son producidos y evacuados a la atmósfera, contaminando el ambiente.

Los vertederos sin control, deben ser cerrados oportunamente por las autoridades competentes.

Prevención ante el anunciado fenómeno El Niño 2023-2024 

A ciento cuarenta (140) días para llegar al año 2024, el Estado peruano a través de sus tres niveles de gestión, se encuentran en proceso de ejecución de los presupuestos designados para las actividades de prevención  a fin de mitigar los impactos de la contaminación originados por los lixiviados incrementados en volumen por las aguas de lluvias producidos por los RRSS municipales en la costa norte del país.
Instituciones como MINSA,OEFA-MINAM,Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Congreso de la República, Fiscalía de prevención del delito, entre otros organismos competentes de acuerdo a leyes peruanas, cuentan con información sobre la data acumulada existente de las últimas décadas  que permite corregir oportunamente el impase subsistente sobre el tema.

El Dato

El desarrollo de la ciencia y tecnología moderna permiten el uso de plantas de descontaminación ECF a los efectos de poner en valor la parte orgánica de los RRSS municipales, con lo que se elimina la existencia de lixiviados, a la vez que se produce energía limpia.