No debería estar escribiendo este tema en el presente espacio destinado a los mitos que se transmite por los medios de comunicación del país.
Lo hago porque constituye noticia considerada de interés nacional que viene siendo cubierta y propalada no sólo por conocidos medios sensacionalistas y alguna prensa interesada, sino que también viene comportándose como peligrosa caja de resonancia en serios e importantes espacios televisivos, escritos y radiales del país.
Periodistas han ventilado el hecho cubriéndolo desde diversos ángulos y tomando puntos de vista de los funcionarios de instituciones competentes que desean salir en la foto, como OSINERGMIN, INDECI, MINSA, MINEM, MINAM-OEFA, MINAG-ANA, defensoría del pueblo…por citar algunas del nivel nacional, así como de entidades locales del Gobierno Regional y municipales tanto provincial y distrital de Huancavelica.
Fuente:Prensa Libre - America TV.
La forma de presentar la “Noticia” además de tratar de alcanzar el objetivo de una loable “aceleración en la respuesta inmediata” a un hecho sucedido la tarde del Jueves el 25 de Junio del 2010 no hace más que señalar en el sentido más estricto del término que se trata de proteger el medio ambiente judicializando el tema ambiental...minero, eso es en buena cuenta todo lo que buscan los sectores radicales en el país. A eso es lo que conduce tal despliegue periodístico,muy probablemente, en los próximos días pondrá sus micrófonos , cámaras y titulares indicando cómo corre la denuncia penal en los pasillos de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito, policía ecológica y el poder judicial peruano.
Con Resolución Ministerial N°117-2010-MINAM de fecha 05 de Julio del 2010, pasados 10 días del evento, se formalizó la Declaración de Emergencia Ambiental del área afectada por el derrame de relaves mineros, aprobándose con ello, el Plan de Acción Inmediato y de corto plazo para la recuperación de la zona. Asimismo, se dejó pendiente por 5 días la aprobación de las precisiones del Plan de Acción Inmediato y de Corto plazo, previa coordinación con instituciones competentes que se precisa en la RM. ¿Tenía acaso algún sentido aprobar un Plan de Acción inmediato y de corto plazo que debería hacerse pero ya, sin aprobar las precisiones de dicho plan? El tiempo lo dirá.
Lo que sí es científicamente demostrable afirmar, que de continuar esperando la acción administrativa de los organismos competentes, el impacto generado en las aguas que discurren por la cuenca afectada se habría multiplicado exponencialmente, por ello -toda vez que las medidas preventivas fallaron- se hace imprescindible accionar las medidas de mitigación, remediación y compensación ambiental en la zona afectada tal como corresponde realizar a la Compañía Minera bajo la atenta mirada de la autoridad sectorial correspondiente, como prescribe la norma peruana y que los encargados de la administración de la cosa pública están obligados hacer cumplir.
Fuente : Canal N
La diligencia con que el periodismo ha presentado la noticia conmovió a la opinión pública nacional que viene quedando subliminalmente escandalizada de ver como toda la minería, sin distingos de ninguna clase, contamina los ríos, demandando con justicia que hechos como los mostrados no deban volver a repetirse, por ello en su lógica priorizan la investigación de las causas del accidente y la determinación de delito ambiental en la ocurrencia; en desmedro de las medidas correctivas inmediatas y restauradoras que debe tomar la minera, bajo las ya concebidas responsabilidades administrativas y penales.
Por ello, las noticias refieren que las instituciones involucradas en el hecho producido, se avocan entonces a investigar las causas del posible accidente, definir si el colapso de las estructuras se produjo por inundaciones o malas prácticas y ver si existió supuesta negligencia o dolo en la minera. Lo que concordamos debiera hacerse técnicamente, en forma paralela, en la instancia correspondiente y sin duplicar funciones, ni esfuerzos en la tarea que finalmente tiende a complicarse con las enmarañadas pruebas preconstituidas por esa forma de hacer periodismo.
Periodistas que cubrieron la "noticia", salvo honrosas excepciones, han perdido la noción de un hecho fundamental: Este no es un caso aislado de contaminación de minas presentada en el país y tampoco es el primero presentado que mereciera la cobertura periodística que se le viene dando. Recordemos el caso de MARSA el siglo pasado, al cual seguimos muy de cerca y que en aplicación de la responsabilidad ambiental empresarial pudo superar con éxito un evento similar.
Esto no es lo que el periodismo ha etiquetado como “Desastre Ambiental” y si constituye un drama ocasionado por la ineficiencia, irresponsabilidad e indolencia de las autoridades ambientales competentes que resulta proverbial, por decir lo menos.
Nos preguntamos ¿porqué las informaciones sobre minas abandonadas que producen aguas acidas de minas y contaminan recursos naturales del país no merecen atención de la prensa en igual dimensión? , la respuesta es obvia, esta noticia no vende y no tiene a un público cautivo que sigue con detenimiento el periodístico desenlace.
Si prosperara la posición ambiental extremista con tribuna maximizada en los medios, no solamente serían pasibles de procedimientos administrativos, civiles y penales aquellos funcionarios públicos que no ejercieron diligentemente su función y relegaron las leyes sustentadas en principios preventivos y precautorios que debieron aplicar en su debida oportunidad siguiendo el ordenamiento legal vigente.
La punible pasividad con que se actuó daría pie a que la autoridad del nuevo ministerio del ambiente y su flamante organismo OEFA también sean cuestionados.
Las normas ambientales en el país están establecidas para que todos sigan las mismas reglas, tanto reguladores como regulados, y no se satanice las actividades de un determinado sector.
¿Si mañana un extremista decidiera denunciar penalmente a todas las empresas municipales de agua potable y alcantarillado del país que arrojan sus efluentes sin tratamiento alguno a los cuerpos de agua del país, también merecería inmediatamente abrirse múltiples procesos por delito ambiental y recibiría el mismo despliegue periodístico de los medios? . Menuda tarea para jueces y fiscales especializados en materia ambiental.
Lamentablemente en el país se ha hecho una suerte de costumbre el buscar sancionar administrativamente faltas ambientales con fines crematísticos sin antes haber identificado daño ambiental alguno y lo que es aún más grave sin haber previamente tipificado si se encuentra frente a un Delito ambiental.
Es fundamental atender criterios que permitan formas de convivencia entre los sectores productivos que desarrollan al país como es el caso de la agricultura y la minería, de tal modo que se logre prevenir tanto los conflictos ambientales como los impactos en el ambiente.
La ponderación y responsabilidad en el manejo de la información periodística es lo menos que se podría pedir en estos casos para no fomentar los conflictos ambientales activos subsistentes que podrían verse incrementados atizados por los próximos procesos electorales que se avecinan en el país.