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viernes, 4 de marzo de 2022

Agenda pendiente en el Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026

El Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026 publicado a fines del 2021 en Perú,establece nuevos retos y desafíos de cara a la presión demográfica  del 2030 y 2050; al precisar que en términos de brecha, actualmente el orden de tres (3) millones de peruanos no cuentan con acceso al servicio de agua potable, de los cuales 49.5% reside en el ámbito rural y aproximadamente 7.5 millones de peruanos no cuentan con acceso a los servicios de alcantarillado sanitario y disposición sanitaria de excretas, de los cuales 63% residen en el ámbito rural. 
Todo ello pese a importantes inversiones realizadas en el sector, escenario que predije hace quince (15) años atrás exponiéndo en diversos foros académicos y que me llevaran a escribir en este espacio en los siguientes términos que paso a recordarles :
“ampliar la cobertura de saneamiento y mejorar la calidad de los servicios de agua para consumo humano y alcantarillado sanitario en beneficio de los usuarios, debido a que el sector público enfrenta rigurosas restricciones financieras para atender las inversiones y el mantenimiento adecuado de la infraestructura sanitaria”. Este argumento trivial, tiene en esencia que cambiar.
El reciente “Shock de inversiones en saneamiento” fue coincidente con el aumento de los precios de los metales en mercados internacionales y el repunte del sector minero peruano que contribuyó con el progreso logrado en el desarrollo nacional.
En este espacio, opinábamos respecto a los problemas presentados en las deficiencias para la calidad del gasto en saneamiento, apoyándonos en el indicador relación de trabajo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) el cual, pese a las importantes inversiones realizadas, registró 0.65 (ó 65%) tanto para el año 2006 como para el 2010.
Existe una relación directa entre la ejecución de proyectos de infraestructura en saneamiento, el crecimiento del PBI y la competitividad del Perú y de sus regionesPor ello, la falta de calidad en el gasto y los retrasos de los proyectos en saneamiento salen onerosos al país
En lenguaje coloquial, podemos indicar que antes y después del shock de inversiones realizadas (con parte de las contribuciones mineras) se mantiene constante la siguiente descripción en el sector saneamiento:
“Insuficiente cobertura de servicios de agua, saneamiento y tratamiento de aguas residuales; mala calidad de la prestación de servicios que pone en riesgo la salud de la población; deficiente sostenibilidad de los sistemas construidos; Tarifas que no permiten cubrir los costos de inversión, operación y mantenimiento de los servicios; el tamaño de los mercados bajo responsabilidad de las EPS no garantiza una buena gestión, no permite economías de escala ni viabilidad financiera; debilidad institucional y financiera; recursos Humanos en exceso, pocos calificados y con alta rotación en las EPS”. En suma, no se registraron mayores progresos.
Es más, la situación financiera de las 50 EPS reguladas actualmente por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS es  preocupante, la magnitud de deudas que arrastran devienen en impostergable una reestructuración de algunas más que otras EPS para que sean empresas financieramente viables.
En el 2003 el Instituto Peruano de Economía (IPE) estimaba (para 45 EPS registradas entonces) el orden de cuatro billones la brecha de infraestructura para saneamiento en los próximos 10 años a efectos de equipararse respecto a un país vecino. Supuestos considerando una situación de eficencia de gestión en las EPS, condición que no se cumplió.
En el 2006, cuando estábamos en SUNASS precisábamos la grave situación en que se encontraban las EPS, diagnosticando las razones técnicas y otras que obedecían a la interferencia política en los gobiernos locales que determinaba una tendencia decreciente de las inversiones y la gestión ineficiente de estas EPS.
Decíamos entonces que la prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional era crítica, por razones de obsolescencia, insuficiencia y cobertura. Pese a los esfuerzos legislativos como la Ley para optimizar la gestión de las EPS, que entre otras consideraciones tocaba aspectos de la reestructuración de las deudas de las EPS, no se llegó a buen puerto en el sector saneamiento.
Es así que pasado el tiempo, la situación no ha mejorado a pesar del flujo de inversiones, por ello sostenemos que el acompañamiento de una mejor gestión en las EPS, el fortalecimiento  del regulador y actualización del marco regulatorio en saneamiento resultan indispensables para mejorar en acceso al agua de la población y por consiguiente , en la adecuada relación entre el sector saneamiento y minero.
En consecuencia, la decisión política de la reciente  administración del Estado peruano, pasa por continuar la política de gobierno en saneamiento y su relación con la minería de la anterior administración saliente, o  sentar las bases para desarrollar una Política de Estado en el uso adecuado del recurso agua  que consolide el desarrollo sostenible del país". 

LAS CIFRAS EXPUESTAS HACE UNA DÉCADA ATRÁS

  • En el periodo 1985-2005 (veinte años), las inversiones en Saneamiento fueron del orden de los tres mil millones de dólares.
  • En el periodo 2006-2010 (cuatro años), se invirtió en Saneamiento el orden de los dos mil millones de dólares.
  • En el periodo 2006-2011 (cinco años), los conflictos sociales en Perú produjeron 195 muertos y 2312 heridos.
  • En el periodo entre Enero y Noviembre del 2011 (11 meses), las inversiones en minería en Perú ascendieron al orden de los 6 mil millones de dólares. 71.9 por ciento más respecto al mismo período del 2010.
  • Las reservas internacionales del país superan los 50 mil millones de dólares.
  • Perú ocupa el puesto catorce (14) en el acceso a agua potable de dieciocho (18) países de América Latina.
  • En Perú cuatro (4) de cada diez (10) niños menores de cinco (5) años no tienen acceso a agua limpia y esos cuatro (4) niños son de familias rurales. (índice de oportunidades Humanas publicado en el libro "Midiendo y entendiendo la evolución de las oportunidades para los niños en el Perú).

jueves, 13 de enero de 2022

Mala gestión del agua para consumo humano & Alta letalidad del COVID-19

El caso peruano, que presenta la mas alta letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia del COVID-19, sirve como ejemplo didáctico para las actuales y futuras generaciones de cara al 2030 y 2050 ; a los efectos de mitigar la letalidad en la presente y venideras pandemias aplicando medidas preventivas, una de ellas es referida a imperiosa necesidad de mejorar la gestión de los servicios que brindan las empresas prestadoras de servicio de agua para consumo humano.

Confusión de roles en la gestión del agua potable

Las deficiencias en el tema del agua potable se evidencian al contrastar indicadores de cobertura, cantidad, calidad, continuidad, costos (tarifa) del agua, entre otros de caracteres económicos y financieros en el país, se viene arrastrando desde antes del arribo del COVID-19 en marzo del 2020, tan es así que diferentes administraciones del Estado empírico peruano optaron por declarar en estado de emergencia los servicios de agua y saneamiento, sin mayores avances por el alto componente político que se incorporó en su gestión.
Instituciones como el regulador SUNASS, Ministerio de Vivienda, construcción y saneamiento - OTASS y otras en los gobiernos locales, se vieron complicadas en su gestión al confundirse los roles de los recursos humanos políticos con la burocracia asignada a los servicios, así como la pobre actuación de un ministerio del ambiente que no da la talla con el tema del agua para consumo humano.

Deficiencias evidentes en términos de calidad y cantidad del agua para consumo humano.

Vinculación entre la deficiente gestión del agua  y alta letalidad por COVID-19

En Perú está demostrada técnicamente la relación directa existente entre la deficiente gestión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento en el extremo de agua potable y la alta letalidad por COVID-19.
En la tabla siguiente se podrá apreciar algunos indicadores que reflejan las deplorables condiciones en que se manejan las EPS localizadas en la zona cero  y que contribuyen en la alta morbi-mortalidad por COVID-19 registrada en esta parte de la costa desértica peruana.
La calificación como mayor letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia , se verifica del hecho que en Tumbes sólo se tiene 9 horas al día el servicio de agua para consumo humano de las 24 horas del día ; así mismo en Ica que con 15 horas de acceso al servicio de agua presenta 13.9 % de letalidad por COVID-19, la mas alta en Perú. 
Sin perjuicio de mencionar a la calidad del servicio de agua, focalizare los registros del indicador relación de trabajo que fue deteriorándose con el tiempo y sin tener visos de mejora en el corto plazo.

Relación de trabajo

Este indicador financiero se define como la relación que existe entre el costo operativo (costo de ventas, gasto de ventas y gastos administrativos) en el que incurre una empresa, sin incluir la depreciación y provisión de cobranza dudosa del período, y los ingresos operacionales totales que obtiene.  Es decir, nos indica la proporción de los costos y gastos desembolsables que logran ser cubiertos por los ingresos operacionales que percibe la empresa. Este indicador es de gran importancia para garantizar la sostenibilidad de los servicios, puesto que si es mayor que 100 % , la empresa no estaría cubriendo la totalidad de sus costos y gastos desembolsables con la tarifa que estarían aplicando, lo cual pondría en riesgo las operaciones de la empresa, impidiendo asimismo la ejecución de inversiones con recursos propios, lo cual contribuye a la desmejora de la calidad de los servicios. Como se podrá apreciar en tumbes se tiene 121 % ; Lambayeque 98% , Piura 93 %  y así respectivamente, corroborándose el mal estado de las Empresas y por consiguiente , el deficiente servicio de agua que brindan a la población.

Urgente necesidad del cambio en el modelo de gestión

Hace quince años atrás, publiqué los resultados de mis investigaciones alertando de la penosa situación que pasaría el Perú si es que no mejoraban los servicios en  el sector agua y saneamiento. 
Cité en ese entonces que la empresa Aguas de Tumbes presentaba una relación de trabajo del 115% y que en la actualidad su situación desmejoró llegando a 121%.
Asimismo indiqué que ante el incremento de la inversión se produce aumento en la cobertura de servicios en una EPS, pero cuando esta inversión no es persistente y se acompaña con una  ineficiente gestión empresarial, esta cobertura no será sostenible en el tiempo. En ese sentido los estudios tarifarios aprobados por el regulador SUNASS en el 2021 que involucran inversiones ascendentes a 2,859.3 millones de soles para aplicarse en el periodo 2021-2025, no alcanzaría a mejorar las áreas críticas impactadas por el COVID-19 en la franja desértica costera del país y con ello la elevada morbimortalidad por efecto de las enfermedades infecciosas respiratorias y diarreicas agudas por falta de agua, se mantendrán endémicas en el tiempo.

miércoles, 21 de octubre de 2020

¿De emergencia a catástrofe nacional en países latinos?

Latinoamérica viene viviendo el paso de la Pandemia del COVID-19, y en algunos países tardará la recuperación deseada tras la crisis de salud, social, económica, ambiental y política en que nos ha sumido en esta parte del planeta la enfermedad transmisible infecciosa, que amenaza en convertirse en una enfermedad endémica para la región.

Ruido Político

Quienes trabajamos hace décadas por hacer posible que el agua de consumo humano llegue a las poblaciones mas vulnerables de latinoamérica, vemos con preocupación que grupos de poder persisten en mantener excluidas a poblaciones desplazadas por el sistema implantado por un crecimiento y desarrollo mal entendido.
Bolivia, se declaró en Estado de catástrofe nacional atribuyendo a la sequía e incendios forestales, por lo que tiene acceso a la ayuda internacional para paliar esta situación; otros países latinos declararon sus territorios en emergencia nacional, sin embargo podrían alcanzar el nivel de catástrofe de no mediar las acciones preventivas necesarias post emergencia. 
Los cambios en las administraciones de los gobiernos latinos, generan un ruido político que podría desestabilizar aún mas la frágil salud pública de la región, en razón que  los tecnócratas priorizan políticas económicas para impulsar la producción y soslayan el alto costo social que representa  continuar relegando a poblaciones vulnerables que se encuentran en los bolsones de pobreza junto a las ciudades, muchas de las cuales alcanzan el estándar de ciudades del primer mundo.
La disponibilidad y acceso al agua y saneamiento devienen en fundamentales para reducir los riesgos de transmisión de enfermedades infecciosas, esto lo repito transcurrido tres décadas después que apareciera la epidemia de cólera en Perú, cuando logramos contenerla con acciones inmediatas, las cuales pasaban necesariamente por brindar una AGUA SEGURA.

Agua Segura

Dotar de agua segura a la población en general es absolutamente indispensable para mantener niveles adecuados en la salud pública, esto lo sabemos por experiencia de campo los especialistas que trabajamos en escenarios como Perú y otras realidades similares de América Latina.
El caso peruano se viene agravando peligrosamente desde hace décadas atrás por las inadecuadas políticas implementadas en el sector y la deficiente gestión realizadas en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. 
Los expertos ya habíamos manifestado con detalles las deficiencias existentes en el agua para consumo humano antes del arribo del COVID-19 al Perú, la cual impactaba reduciendo el sistema inmunológico en poblaciones afectadas por carencia de agua o con problemas de calidad de agua; el COVID-19 sólo evidenció  esta situación ante los ojos del mundo, al situarlo entre los países mas impactados del mundo.

Agenda pendiente

Las nuevas administraciones en la región, deben estudiar con detenimiento el manejo político y nada técnico de la gestión del agua en Perú, donde es necesario redoblar esfuerzos para mejorar la gobernabilidad y gobernanza en este extremo. En este espacio pude explicar la dicotomía del agua en términos de cantidad y calidad que políticamente están encargados, por un lado, al sector agricultura que incorpora temporalmente a una autoridad nacional del agua que con sus autoridades locales de agua y las autoridades administrativas de agua, se encuentran en tránsito para ser incorporados por un Ministerio del Ambiente que no termina por "crearse" y por otro lado, tenemos al sector salud que mira la calidad del agua, sin embargo, por cuestiones de los diversos usos del agua, tenemos a un ministerio de vivienda y construcción saneamiento, quien se encarga de promover la instalación del suministro de agua y alcantarillado en todo el país, vale decir, de atender a las zonas urbanas y rurales del Perú. De otro lado tenemos al regulador, que tiene bajo su radar regulador a las denominadas Empresas Prestadoras de servicios de Saneamiento (EPS), mas no a las atomizadas zonas rurales que escapan de su efectivo control. A esto se le agrega el manejo político de las EPS por parte de los alcaldes provinciales y el manejo político de un Estado que impulsa las inversiones en sectores productivos y extractivos, ralentizando el accionar de instituciones como OEFA,SENACE,OTASS, entre otras que polarizan un escenario donde el recurso agua es cada vez mas escaso, particularmente en la costa peruana, donde los efectos del cambio climático, la contaminación de las aguas y la falta de cultura del agua, franquearon el paso a la crisis del agua que ya se deja sentir en varias localidades del país.
Para superar esta crisis del agua y mejorar el estado de la salud pública , es fundamental que las nuevas administraciones de gobierno, incluyendo los organismos multilaterales que apoyan el desarrollo de países de la región, impulsen políticas integrales de desarrollo, priorizando la gestión del agua, dándole un rostro humano y el respeto a la naturaleza donde habitamos.

sábado, 14 de diciembre de 2019

Inseguridad hídrica, economía y sostenibilidad del país

El País- red de expertos, recientemente publicó bajo el título "El país del agua se enfrenta a su mayor prueba" en referencia a la economía de Panamá, indicando que las consecuencias de los desastres climáticos se intensifican cuando no se gestionan adecuadamente las cuencas.
Al igual que Panamá, y otros países en la región de las Américas, Perú no deja de ser un país vulnerable a la inseguridad hídrica, con el agravante de la inadecuada gestión de sus cuencas, lo cual supone un riesgo para la salud pública y  economía nacional.
La amenaza de un futuro con escasez de agua es temible para cualquier país, pero haciendo un símil con la realidad panameña donde el agua es el combustible de su economía, que depende de abundantes recursos hídricos para la operación del canal de Panamá, su principal motor económico; en el país de lo Incas el agua dulce mueve no sólo su economía sino su propia sostenibilidad sistémica.
Imagen del año 2004 que muestra inseguridad hídrica en subcuenca de costa desértica a 400 km al sur de Lima.

Gestión del recurso hídrico en los últimos dos siglos

Desde la época pre Inca y particularmente en los últimos dos siglos, en Perú se evidenciaron eventos extremos climáticos relacionados con el recurso hídrico, asociados con la presencia del fenómeno El Niño (FEN). Carranza en 1891 por la Sociedad Geográfica de Lima, registraba "... nubes tempestuosas, que ocasionaron las grandes inundaciones de abril y mayo"; los mismos que influyeron en eventos recurrentes y en consecuencia previsibles de las grandes sequías e inundaciones. Con el desarrollo de las modernas tecnologías, fue posible catalogar los eventos de carácter débil, fuerte y extraordinarios; éstos últimos como los sucedidos en el periodo 1982-83 y luego de quince años, en 1997-98; gradualidad influenciada por efectos del cambio climático. Cabe mencionar que a la alta vulnerabilidad a desastres naturales (FEN,sismos), se le añade los impactos de origen antrópicos activados por el cambio climático.
Las lecciones aprendidas impulsaron tomar a la cuenca hidrográfica como unidad de gestión, sin embargo, en la praxis se mantiene la división política por departamentos en el marco de un proceso descentralista trunco. 

Esfuerzo legislativo con Leyes de bajo cumplimiento

En la primera década del siglo pasado y hasta la actualidad se verifica que se han presentado una serie de esfuerzos legislativos ambientales que en forma aislada trataron de aportar su cuota en la solución de problemas vinculados a los usos del agua, con un precario nivel de acatamiento en la población menos informada, en especial a poblaciones rurales dispersas menores a cien habitantes.
Los dispositivos legales, conformados por miles de normas con carácter ambiental , crearon espacios políticos para nuevas demandas sociales, como es el caso de las demandas ambientales por el recurso agua.
Asimismo, instituciones del Estado asumen una actitud pasiva para hacer cumplir las normas o revertir la ineficacia del orden jurídico ambiental menoscabando la legitimidad de la norma. En suma, la restricción al acceso de información Jurídica ambiental afecta la actitud activa por parte del Estado para la aplicación y el cumplimiento de las normas ; la escasa, inapropiada y en algunos casos nula recepción de normas legales ambientales resta legitimidad, efectividad y ejecutoriedad de la norma ; y , las definiciones empleadas en Leyes ambientales planteadas en lenguaje de difícil comprensión para el ciudadano, limitan su accionar para impedir la violación o incumplimiento de la ley ambiental .
Un bajo acatamiento de las Leyes Ambientales en Perú es un hecho irrefutable y consecuencia de una legislación ambiental dispersa. En este escenario se gestaron leyes vinculadas al agua, como es el caso de la Ley general de aguas - Decreto Ley 17752 (1969) que fuera remplazada por la Ley de recursos hídricos - Ley 29338 (2009),  Ley Marco de Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento - Decreto Legislativo 1280  (2016), la Política Nacional de Saneamiento-DS N° 007-2017-VIVIENDA (2017) y otras normas alineadas con marchas y contramarchas, como se evidencia con el DS N° 018-2018-VIVIENDA (2018) y DS N° 009-2019-VIVIENDA (2019). En Perú se dieron progresivamente normas para poder dinamizar la disponibilidad y el acceso al agua para consumo humano y saneamiento a millones de peruanos que aún en la actualidad carecen de estos servicios básicos.
Muchos especialistas estimamos que futuras normas debieran ir dirigidas a cambios estructurales de modelos de gestión y rompiendo paradigmas, pues el balance de la gestión integral del agua no arrojan resultados positivos, habida cuenta que la gestión por cuencas es hasta la fecha incipiente y es en este contexto en que Perú se encuentra inmerso en la estimación de cara al año 2025 que realiza la Organización Mundial de la Salud al indicar que " la mitad de la población mundial vivirá en países con alto estrés hídrico".
En este universo de dispositivos legales, constituye un hito el Decreto Supremo N° 031-2010-SA dado el año 2010 y seis años después la Resolución Ministerial N° 923-2016/MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N° 075-MINSA/DIGESA-V.01- "Procedimiento para la declaración de emergencia sanitaria de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano"; toda vez que da la voz de alerta oficial a una realidad que ya visualizamos hace casi tres décadas atrás un grupo de expertos que participamos en la lucha contra el Cólera, utilizando información de campo y aplicando una suerte de prospectiva estratégica , relacionamos la secuencia : mayor deforestación - incremento de erosión - contaminantes químicos - enfermedades que afectan a la salud pública, entendidos hoy como un efecto del cambio climático en el país andino.
Sin perjuicio a lo expuesto, en décadas recientes , ha habido un  importante progreso orientado hacia el cumplimiento de una agenda de biodiversidad, pero manteniendo un débil sistema de monitoreo para el cumplimiento de las normas. En este contexto, el año 2018 se promulgó en Perú la Ley Marco sobre cambio climático - Ley 30754 , en concordancia con los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Deforestación,incremento de erosión y contaminación del agua

Perú se encuentra entre los países mas vulnerables al cambio climático del planeta , tanto por la distribución del recurso agua y el asentamiento de la mayor parte de su población en la franja desértica costera, allí donde justamente el acceso y disponibilidad del agua es mas escasa y su modelo de desarrollo seguido : trasvasar, almacenar, tratar y arrojar el agua dulce tratada al mar ( PTAR Taboada,La Chira), se ve alterada por efectos del cambio climático. La preocupante pérdida de glaciares en las últimas décadas complican a las fuentes de abastecimiento de agua para diversos usos.
La tala indiscriminada de bosques en algunas cuencas y subcuencas, sumadas a otros factores afectados por el clima, dan cuenta de la variabilidad y discontinuidad de los volúmenes de agua en el tiempo, siendo más crítico en la vertiente occidental de la cordillera de los Andes que descarga al océano Pacífico.
El efecto sistémico se evidencia en el impacto económico para aprovechar las fuentes de abastecimiento ( Superficiales y subterráneas provenientes de : Pozos, manantiales y galerías filtrantes) por parte de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), las cuales presentan problemas de sostenibilidad. Los contaminantes químicos, resultan en este escenario un alto riesgo, toda vez que está demostrado que algunos como en el caso del arsénico inorgánico es cancerígeno para los seres humanos.

Contaminación hídrica y estado de emergencia

El ruido político generado en las últimas décadas influyeron en la débil gobernanza y gobernabilidad del país en el extremo de la gestión del agua, lo cual impacta sustantivamente en sectores extractivos y productivos. 
Las alarmas se activaron en forma de emergencias intermitentes a través del tiempo, hechos que constituyen un indicador del riesgo sobre la economía y sostenibilidad del país.
Decretos supremos que dan cuenta del nivel de estado de emergencia temporal en los últimos dos años para algunas localidades del país son como sigue: DS N° 005-2018-SA (Doce distritos de la provincia de Pasco y Daniel Alcides Carrión del departamento de Pasco), DS N° 019-2018-PCM (dos distritos, provincia Loreto, departamento de Loreto) , DS N° 127-2018-PCM, DS Nº 047-2018-PCM, prorrogado por DS N° 066-2018-PCM,DS N° 089-2018-PCM y DS N° 106-2018-PCM (Localidades de Mórrope, provincia de Lambayeque; departamento de Lambayeque), DS N° 157-2019-PCM_( dos localidades , un distrito en la provincia de Loreto, departamento de Loreto), DS N° 188-2019-PCM  (Cinco distritos, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua).

martes, 12 de junio de 2018

Contaminación bacteriológica y química del agua en Perú

Contaminación del recurso agua

La escasez del agua por los criterios explicados de acceso y disponibilidad  en Perú, se agudizará por los niveles de contaminación de los recursos hídricos en diversas cuencas del país.
A inicios de la década de los 90 del siglo pasado, desde el sector salud y saneamiento, pude acreditar - con el control de la contaminación bacteriológica del recurso agua - que fuera factible lograr una baja letalidad en el manejo de El cólera. 
Transcurrido un cuarto de siglo, al problema de la contaminación bacteriológica del recurso agua se le añade el conflicto de la contaminación química de los recursos hídricos.
Recurrente contaminación de cuerpos de agua que generan externalidades.

Sector minero en el ojo público

Son conocidos como pasivos ambientales los impactos negativos sobre el medio ambiente ocasionados por las diversas actividades económicas como la minería,la industria y la pesca, entre otros; en el caso de la actividad minera, éstos, son ocasionados por operaciones mineras en inactividad temporal o abandonadas en las que no se haya llevado a cabo un adecuado cierre de minas.
El inventario inicial de pasivos ambientales mineros realizado el año 2003 reportó 611 identificados, mientras que en el inventario actualizado al año 2015 señaló que se incrementó ese número a 8616. 
La filosofía antiminera, atribuye incorrectamente que toda contaminación química de los recursos hídricos es producida por la industria minera, con lo cual implicaría que la totalidad de pasivos ambientales serían producto de los pasivos ambientales mineros.

Aguas residuales municipales sin tratar

Un importante aporte con contaminantes químicos a los cuerpos de agua, significan las aguas residuales municipales sin tratar.
Recientes cálculos estadísticos señalan que en el año 2021, Bicentenario de la independencia peruana, la población peruana superará la cifra de 33 millones de habitantes y en el 2050,estaríamos hablando de 42 millones de peruanos. 
La realidad de los hechos indican que gran parte de los 200 años, millones de metros cúbicos de aguas residuales municipales sin tratamiento alguno fueron arrojados a los cuerpos de agua del país. 
El volumen recolectado de aguas residuales en el año 2013 por las 50 Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento fueron de 795 millones de metros cúbicos (m3), de los cuales se trataron aproximadamente 379 millones de m3 , lo que representó  un 48% del total.
Para la aprobación del Decreto Supremo que aprobó el Plan Nacional de Saneamiento 2017 - 2021 se consideró el reporte de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, quien indicó que durante el año 2015 se trató el 65.4 % del total de las aguas residuales producidas por 28 empresas prestadoras de servicios de saneamiento , de un total de 50. Las 22 restantes no reportaron tratamiento de aguas residuales.

lunes, 27 de noviembre de 2017

Ingeniería especializada para solucionar problemas de EPS

Una interesante síntesis del problema que vienen afrontando actualmente las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) en Perú es redactada por Roselló abogados y publicada en el diario Gestión, bajo el título : Problemática de las EPS ¿ Un problema con solución?.
Con el agregado del problema de la contaminación química del agua, en sus diversas formas, que presentan EPS y el entendimiento sobre lo que significa el monopolio natural, economía escala,inversiones eficientes y la intervención de ingeniería especializada para darle solución a los problemas de EPS; convengo en términos generales con lo propalado en la siguiente forma :
"Las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS)son, casi exclusivamente, empresas públicas de propiedad municipal. De acuerdo a la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento – D.Leg. 1280, las Municipalidades Provinciales son las responsables de la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano a través de las EPS.
En nuestro país existen 2 excepciones a esta regla: Sedapal y Atusa. Sedapal (Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima es una empresa estatal del gobierno central bajo el ámbito de Fonafe y Atusa (Aguas de Tumbes S.A.) es una empresa privada a la que se le otorgó la concesión para la prestación de los servicios de saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar.
El OTASS (Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento) efectúa, como parte de sus funciones, una evaluación de la gestión de las EPS bajo su ámbito (todas menos Sedapal y Atusa). De acuerdo al informe publicado por el OTASS, de la evaluación efectuada a 49 EPS en Gobernabilidad y Gobernanza 2014 se encontró lo siguiente: 1. EPS con calificación de buen desempeño:0 (cero);2. EPS con calificación de regular desempeño: 9 ; 3. EPS con calificación de bajo desempeño:12; 4. EPS con calificación de muy bajo desempeño: 28.
Como se puede apreciar, los problemas en la gestión de las EPS son evidentes. Lamentablemente, las EPS presentan deficiencias en: (i) calidad del agua potable; (ii) continuidad en la prestación del servicio (a veces se brinda el servicio sólo por horas); (iii) no dar un adecuado tratamiento a las aguas residuales; etc. Todos estos problemas redundan en una menor calidad de servicio al usuario. A su vez, las EPS presentan problemas de gestión tales como la cobranza (el ratio de morosidad) y habitualmente el monto de las tarifas es insuficiente para cubrir los costos de operación y mantenimiento y además realizar las inversiones necesarias para mejorar el servicio.
El cobro de una tarifa que sea suficiente para brindar un mejor servicio es difícil de poner en práctica por lo siguiente: (i) la resistencia social que genera cualquier anuncio de incremento de tarifas; (ii) para el cobro de tarifas se requiere sustentar técnicamente ante la SUNASS las razones que llevarán a dicho incremento, el plan de inversiones y el mejoramiento del servicio. Muchas veces las EPS no logran sustentar adecuadamente ante la SUNASS las razones para que se apruebe un incremento de tarifa, o por lo menos, no en la magnitud que se requeriría para mejorar significativamente el servicio. Al no lograrse sustentar adecuadamente, la SUNASS no aprueba los incrementos tarifarios necesarios y persiste la situación en que la EPS no puede mejorar la calidad del servicio. Todo ello además del problema social que significa el incremento de tarifas. Otro de los problemas que dificulta un buen desempeño de las EPS es el relacionado a los sueldos y salarios. Habitualmente se pagan salarios muy bajos, en comparación con el mercado, para los puestos gerenciales. Se requiere personal capacitado y experimentado para que gerencie las EPS y para los puestos tales como gerente de operaciones o gerente de inversiones o infraestructura. Sin embargo, las EPS están atadas de manos puesto que el rango salarial que pueden pagar es muy limitado y ello no les permite contratar al personal idóneo. El no poder aplicar las tarifas que técnicamente se requieren impide que las EPS tengan recursos para que hagan las inversiones que permitan brindar un buen servicio. Así por ejemplo, para mejorar la calidad del agua potable, se requiere invertir en mejorar la Planta de Tratamiento de Agua Potable. Para incrementar la continuidad del servicio se requiere invertir en obras de captación, conducción y derivación de agua, o en pozos subterráneos o alguna otra alternativa que permita contar con mayor volumen de agua. Asimismo, para mejorar la distribución y reducir las pérdidas, se requiere invertir en los colectores y tubería de distribución, reemplazando la que se requiera y dándole mantenimiento a la que sea necesaria. De otro lado, para reducir la contaminación del mar y de los ríos y para cumplir con la normatividad ambiental, se requieren grandes inversiones en el tratamiento de las aguas residuales. Todo ello requiere inversión, recursos frescos y no se pueden conseguir si no se cobra una tarifa técnicamente determinada.Todo lo anterior conduce a muchas EPS a entrar en un “círculo vicioso” en donde cada eslabón de la cadena contribuye a que perdure en el tiempo el mal desempeño de la EPS y la mala calidad del servicio.

Asociaciones Público Privadas

Una de las alternativas que se utiliza en otras partes del mundo para mejorar significativamente la calidad de los servicios de saneamiento es la utilización de las APP (Asociaciones Público Privadas) para que, con la participación intensiva del sector privado, se pueda revertir esta situación: efectuar las grandes inversiones necesarias, contar con personal capacitado, mejorar la calidad del agua potable, garantizar la continuidad del servicio y cumplir con las normas y estándares ambientales. Así por ejemplo, podemos mencionar que desde 1990 se han suscrito más de 260 contratos para otorgar a operadores privados la gestión de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano en los países en vías de desarrollo. Las ventajas de una APP medianamente bien diseñada son muchas dado que el enfoque de las APP es por resultados.
En ese sentido con una APP se puede lograr: (i) que el sector privado provea el financiamiento necesario para ejecutar las inversiones necesarias; (ii) que el sector privado ejecute las inversiones asumiendo el riesgo de diseño y construcción; (iii) que el sector privado se comprometa a brindar un servicio de agua potable con calidad y continuidad,estableciendo fuertes incentivos y penalidades o deducciones en caso de no cumplir con el nivel de servicio estipulado; (iv) que el sector privado,igualmente, se haga responsable por el cumplimiento de los estándares ambientales.
Habiendo dicho esto, debemos señalar también que sería difícil implementar un programa agresivo de APP en el sector saneamiento en nuestro país, por lo menos bajo la modalidad de encargarle todos los servicios de saneamiento a un operador privado, debido a la resistencia social y política que ello podría generar. En efecto, existen sectores de la sociedad civil y actores políticos que se oponen rotundamente a la participación del sector privado en el sector saneamiento. Desconocer ello sería una necedad.
Por tanto, si mañana se anunciará que se entregará en concesión los servicios de saneamiento de 5 o 10 provincias, seguramente se iniciarán protestas sociales y no faltarán dirigentes políticos que se opondrán a estas medidas utilizando el estribillo de “privatización”. Otra de las razones por las cuales no sería sencillo implementar este tipo de APP, es debido al desempeño de la única EPS entregada en concesión en el norte del país. Lamentablemente, dicha EPS no ha presentado los resultados esperados y, entre otras razones, debido al diseño del contrato y al esquema de inversiones planteado, no se han realizado las inversiones necesarias para lograr una mejora significativa del servicio en beneficio del usuario final. Por tanto, la percepción de los pobladores de las provincias atendidas por dicha EPS no es óptima.
Ante esta situación, la alternativa por la que se ha optado desde hace algunos años, es la de brindar un apoyo desde el gobierno central a favor de las EPS, tanto en la gestión como en la dotación de recursos para las inversiones necesarias.
En efecto, mediante la Ley 30045 – Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento se creó el OTASS, como un órgano encargado de evaluar el desempeño de las EPS a nivel nacional y, de ser el caso que incurran en las causales previstas en la norma, incorporarlas en el Régimen de Apoyo Transitorio – RAT,un régimen bajo el cual es el OTASS el que interviene para mejorar la administración y gestión de las EPS.
Bajo dicho marco legal la primera EPS que se incorporó al RAT fue la EPS Moquegua en febrero de 2015. Luego de 2 años de vigencia del régimen y tomando en consideración que durante una primera etapa se realizó un diagnóstico de la situación de la empresa y un plan de acción, se han ido logrando los siguientes resultados: (i) incremento en la cobertura del servicio de agua potable; (ii) incremento en la continuidad del servicio en sectores críticos; (iii) medidas de mejora en el ambiente y calidad de vida de la población (evacuación de lodos y limpieza de las lagunas de oxidación); (iv) mejora en la captación y producción de agua; (v) mejora en la recaudación comercial de la empresa; y, (vi) mejora en la atención al cliente; entre otros. Como se puede apreciar la experiencia en la EPS Moquegua ha obtenido resultados positivos.
Sin embargo, debemos señalar que el camino para consolidar dichas mejoras no es fácil puesto que se requiere de recursos humanos, materiales y financieros. Actualmente ya se encuentran incorporadas en el RAT 13 EPS. En cada una de ellas el OTASS está adoptando las medidas necesarias para mejorar el servicio a favor de los usuarios, aunque para ello requieren de transferencias de recursos para financiar las inversiones necesarias. Los esfuerzos del OTASS resultan encomiables y sirven para mejorar, paulatinamente, la gestión, la solvencia económica y la calidad del servicio de las EPS. Sin embargo, debemos buscar medidas adicionales para garantizar de manera sostenible un servicio de calidad en las EPS a nivel nacional. Para ello,no debemos descartar alternativas, evaluando la posibilidad de utilizar APP integrales, es decir, de encargar al sector privado la totalidad de los servicios de saneamiento de una EPS, previo estudio y diseño adecuado del contrato, bajo el marco legal de las APP. Asimismo, se tiene que continuar apoyando la labor del OTASS, impulsando las mejoras que sean necesarias al marco legal vigente y dotándola de suficientes recursos. El camino por recorrer es largo, pero se deben continuar con las acciones necesarias para mejorar la calidad de los servicios de saneamiento, para incrementar la cobertura, para garantizar su continuidad y para cumplir con las normas y estándares ambientales. Sólo de esa manera podremos sentar las bases para un desarrollo sostenible".

domingo, 29 de octubre de 2017

¿Cómo se podría reflotar EPS en Perú sin el concurso de especialistas e invirtiendo 50 mil millones de soles en el sector saneamiento?

Un interesante artículo de Karina Montoya publicado por la importante revista peruana Semana Económica, recoge la opinión autorizada del ex ministro de vivienda,construcción y saneamiento, y flamante presidente del directorio de la EPS mas grande del país SEDAPAL y director Ejecutivo de OTASS ingeniero sanitario Edmer Trujillo,en los siguientes términos:
"Reflotar las empresas prestadoras de agua y saneamiento (EPS) en crisis financiera y operativa le está resultando al Ejecutivo más difícil de lo planeado. Y no es obstáculo menor para alcanzar cobertura universal de servicios de saneamiento al 2021, la promesa de campaña del presidente Kuczynski.
En el Foro Peruano de Inversión e Infraestructura 2017, organizado por Semana Económica y Seminarium, especialistas discutirán la nueva generación de APP en el Perú en diversos sectores, y los retos para financiarlas. 
Como analizó previamente SEMANAeconómica, de los varios problemas que atraviesan las EPS, uno que dificulta su reflote es la falta de capacidad del Ejecutivo de renovar la plana profesional al interior de las EPS. Actualmente, la escala remunerativa presenta amplias brechas entre los gerentes en las EPS de alcance regional, como en Lima o Arequipa, y las de alcance distrital.
Edmer Trujillo, director de la OTASS —entidad técnica del Ministerio de Vivienda a cargo del reflote de las EPS—, reconoció que el problema es grave, y que por ello “no se puede traer a mejores profesionales”, indicó ayer durante una charla técnica organizada como antesala a Expo Agua 2017.
“En Sedapar [Arequipa], el gerente general percibe alrededor de S/.6,000. En las demás EPS, los montos son muy pequeños: el sueldo más bajo de un gerente general es de S/.1,500. No se puede traer a mejores profesionales”, explicó Trujillo.
Esta brecha, frente a un gerente general en Sedapal, es mayor, pues puede percibir hasta S/.15,000. Aunque el monto es mayor que en otras regiones, está muy por debajo del promedio del sector privado para ese tipo de actividades altamente técnicas.
“En la mejora de remuneraciones, el sector saneamiento es el más detenido del país. Todos los otros sectores han avanzado. Estos servicios requieren personal especializado, que es imposible incorporar con los sueldos que se tienen. ¿Se imaginan cuánto percibe el resto del personal? Realmente es una situación muy complicada”, continuó Trujillo.

EL CONGRESO IMPIDE RENOVACIÓN

Trujillo no indicó qué medidas tomaría la OTASS o el Ministerio de Vivienda sobre la escala remunerativa de las EPS, ni declaró después de su presentación. El funcionario podría optar por cambiar las principales cabezas de las EPS, integrar a las EPS de menor escala, y presentar una nueva escala remunerativa, desde cada EPS, al MEF.
La renovación será posible en tanto la OTASS incorpore a las EPS en crisis al Régimen de Administración Transitoria (RAT), que básicamente permite al Ministerio de Vivienda administrar la EPS en su conjunto.
A julio del 2017, el 28% (13) de 50 EPS —excluyendo Sedapal y Aguas de Tumbes, que es privada— estaba intervenida por la OTASS. Hasta esa fecha, otras 12 EPS calificaban para ingresar al RAT. En su presentación del martes 24 de octubre, Trujillo actualizó la cifra a 16 EPS. Como proceso de intervención, lo primero que sucede en una EPS intervenida es el cambio de sus directores, lo cual permite cambiar también a los gerentes.
Pero ya no se podría continuar con la renovación del directorio, al menos no en el caso las próximas 16 EPS que ingresarán al RAT. La Ley 30672, aprobada a inicios de octubre por el Congreso, eliminó la facultad del Ministerio de Vivienda de remover a los directores de las EPS en el RAT, como lo establecía el reglamento del Decreto Legislativo 1280.
Así, la dificultad del Ejecutivo para reflotar las EPS se viene complicando no sólo por las amplias brechas salariales, sino porque una vez que administre las EPS, tendrá una facultad menos para conseguir eficiencias en menor tiempo.
Entre el 2009 y el 2016, la inversión pública en el sector saneamiento llegó a S/.29,000 millones, “y lamentablemente, los resultados no han sido los esperados”, reconoció Trujillo. Para los próximos cinco años, ese presupuesto es de S/50,000 millones, gran parte de ello a cargo de ejecución subnacional. ¿Está a punto de repetirse la historia?"

lunes, 18 de septiembre de 2017

Crisis política en Lima-Perú y lección aprendida de la crisis del agua

La lamentable crisis política recientemente sucedida en Perú por controversias entre el Ejecutivo y el Congreso de la República, me obliga reiterar por enésima vez la alta vulnerabilidad y fragilidad hídrica que presenta el sector agua y saneamiento en el país de los incas.
A través de los años y como experto en el tema, recurrentemente vengo alertando a las administraciones de turno de los riesgos a resultas de no contar con una percepción sistémica de su gestión ambiental. 
Lima, la capital de la república peruana, sufrió recientemente una restricción del servicio de agua por efectos de El Niño costero, la cual podría tomar visos de gravedad tal como aconteciera en la ciudad de Sao paulo el año 2014 cuando sufrió la peor sequía de su historia,impactando a una población superior en número a los habitantes en Lima, con la consecuente afectación de millonarias pérdidas económicas. 

De los registros 

La actual administración no ha sido la excepción de las alertas, pues desde agosto del año 2016 registro en este espacio los elementos, que a juicio del suscrito, deberían tomarse en consideración para reducir los niveles de vulnerabilidad existentes.
Es así que se sucedieron los títulos siguientes : Reto histórico de PPK : " Fomento de política de estado para el saneamiento";Nuevo marco legal de los servicios de saneamiento en Perú;Desafíos ocultos en agua y saneamiento_Perú-2016;Demoras en redefinición del marco legal para el sector saneamiento;Desafíos por superar en reforma de agua y saneamiento;Proceso de redefinición del sector saneamiento: La experiencia peruana; Regulación tarifaria que hace agua en Perú;Control de empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS);Gobernanza del agua en Perú;Capacidad y calidad de gasto en agua y saneamiento;Crímenes financieros en agua y saneamiento;Sobrecosto por corrupción en agua potable y saneamiento;Normas para transformar el objetivo agua en Perú ;Alerta temprana frente a la crisis del agua dulce en Perú y Leyes que retardan acceso al agua y saneamiento a poblaciones vulnerables, entre otros.

De la alta rotación 

En un lapso corto se aprecia, como se van sucediendo funcionarios que deberían cumplir las políticas de gobierno en coherencia y concordancia con las políticas de Estado respecto al agua y saneamiento. Es así que en catorce meses en lo que va de la actual administración se cambiaron sucesivamente al director del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, al Vice Ministro y finalmente al Ministro del Ministerio de Vivienda , Construcción y Saneamiento. Asimismo , la rotación se está ampliando a la mayor EPS del país - SEDAPAL S.A. y alcanza a OTASS, teniendo al regulador SUNASS con altas limitaciones, particularmente en las zonas rurales del país. Es recomendable reducir esta alta rotación en el futuro.

¿El Ministerio del Ambiente se encuentra implementado y operativo?

Si la respuesta es positiva, entonces el proceso de adscripción de la Autoridad Nacional del Agua es posible en este régimen, para evitar que continúe registrándose las fallas del sesgo agrario que presentan los recursos hídricos; especialmente en lo referente a las retribuciones económicas y tarifas,las cuales distorsionan en gran medida los sistemas de gestión ambiental del agua, haciendo imperceptibles las inversiones privadas en el sector agua y saneamiento.

Cumplimiento de metas sectoriales de la administración PPK

Ante los evidentes retrasos registrados para el sector agua y saneamiento, en términos del gasto público y cumplimiento de metas, se hace indispensable la aplicación de reingeniería, acompañado de criterios sociales,ambientales y económicos, tal cual se estipula en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

lunes, 26 de junio de 2017

Proceso de redefinición del sector saneamiento: La experiencia peruana

En “Demoras en redefinición del marco legal para el sector saneamiento” mencionamos el nuevo marco legal de los servicios de saneamiento en Perú,  y comentábamos que el ejecutivo del país de los incas se encontraba apostando por  redefinir el marco legal del sector Saneamiento, con la puesta en marcha del Decreto Legislativo N° 1280 que aprobó la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (publicada el 29 de diciembre de 2016); la misma que derogó la Ley General de Servicios de Saneamiento (Ley N° 26338) y la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento _ excepto el artículo 3° ( Ley N° 30045). Siguiendo ese proceso, el día de hoy 26 de Junio de 2017 se publica el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N°1280.
Para efectos del análisis sectorial, este proceso de redefinición le costó en términos de tiempo aproximadamente un año de su gobierno a la administración PPK , en el esfuerzo legislativo para delinear las nuevas funciones de las entidades con competencias reconocidas para la prestación de saneamiento : El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), Funciones de otros Ministerios, Funciones de los gobiernos regionales, Funciones de los gobiernos locales.
A este lapso se le deberá agregar un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario (contados a partir de la vigencia del precitado Reglamento), para que Sunass apruebe las normas complementarias para aplicación e implementación del Reglamento, así como para el ejercicio de su función sancionadora, incluida la tipificación de las infracciones e imposición de sanciones. Asimismo, y  en tanto el regulador  Sunass no apruebe la escala eficiente,  Otass queda facultado para realizar acciones de integración de prestadores de acuerdo a las necesidades existentes.
Con el reglamento de la ley marco se asigna un marcado protagonismo a Otass y el repliegue del regulador Sunass, que ahora por un lado tiene el encargo de  ejercer la desregulación tarifaria visto como el procedimiento por el cual los servicios de saneamiento así como los productos y servicios derivados de los sistemas dejan de estar sujetos a regulación económica; y de otro, incorporar una nueva función bajo su acción reguladora : a los servicios de saneamiento en zonas rurales del país.

jueves, 27 de abril de 2017

Esfuerzos legales para Fondo de inversión en saneamiento

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó  el reglamento del Fondo de Inversión Agua Segura (FIAS).
FIAS tiene como fin financiar estudios, programas, proyectos y/o actividades orientados a cerrar brechas de cobertura de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales a nivel nacional.
Se establece que este reglamento es de aplicación para el MVCS, los programas del sector saneamiento, los gobiernos locales y los prestadores de los servicios de saneamiento.

Destino de los recursos del FIAS

Los recursos del FIAS se destinan a las operaciones y actividades siguientes:
1. Financiar la ampliación y mejoramiento de los servicios de saneamiento para lograr la sostenibilidad de los mismos.
2. Financiar la elaboración de estudios de preinversión, expediente técnico y ejecución de proyectos de inversión, así como las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición, y/o rehabilitación total o parcial de activos fijos de los prestadores de servicios de saneamiento, según corresponda.
3. Constituirse como fiador, garante o mejorador crediticio de los financiamientos otorgados a los prestadores por las entidades del sistema financiero, por los fondos de inversión que éstas han constituido.

Requisitos para solicitudes

Se determina que son requisitos comunes para todos los solicitantes, independientemente de la modalidad de financiamiento, los siguientes:
1. No haberse escindido o separado de una empresa prestadora en el quinquenio inmediato anterior, sea la entidad separada a la fecha de la solicitud un prestador de servicios de saneamiento.
2. Los programas, proyectos de inversión o inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y/o rehabilitación deben haber sido declarados viables o aprobados, según corresponda, y además incorporados en la Programación Multianual de Inversiones, de conformidad con la normativa vinculada al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
3. Las solicitudes deben sustentar y probar la capacidad del prestador para la ejecución y operación del proyecto.
4. Los programas, proyectos de inversión o las inversiones de optimización y/o ampliación marginal deben contar con los documentos que acrediten la libre disponibilidad de terrenos.
Además los solicitantes deben acreditar el derecho de uso sobre aquellos, según corresponda, sin restricciones para los fines de la solicitud.
5. Contar con las áreas o terrenos saneados para las intervenciones de reposición y/o rehabilitación de activos fijos.
6. Las solicitudes deben contar con una evaluación privada de proyectos, que detalle y sustente los beneficios y costos del proyecto durante su horizonte de operación, así como su plan de implementación.
Esta evaluación debe precisar y demostrar el aporte del prestador y los aportes de otras fuentes, según corresponda. La evaluación además detalla el beneficio cualitativo y cuantitativo para el usuario del servicio, así como su impacto en la eficiencia o mejora operacional del prestador y la calidad del servicio.

Empresas prestadoras

Se establece también que de tratarse de empresas prestadoras, adicionalmente a los requisitos antes señalados (comunes), deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Que se haya cumplido con aplicar los incrementos tarifarios aprobados o autorizados por Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), en la oportunidad y condiciones debidas, durante el último quinquenio inmediato anterior.
2. Que los programas, proyectos o inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y/o rehabilitación se encuentren incorporados en sus estudios tarifarios o que haya sido admitida la solicitud de incremento tarifario, presentada por la empresa prestadora ante la Sunass, para financiar los costos de operación y mantenimiento de dichos programas, proyectos o inversiones.

Municipios

Se señala también que de tratarse de gobiernos locales, de manera adicional a los requisitos comunes antes citados, deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Acreditar la existencia o constitución de una unidad de gestión, operador especializado u organización comunal, dentro de los seis meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de financiamiento.
2. Acreditar que se ha constituido un Área Técnica Municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Marco y su Reglamento, y que ésta cuenta con recursos adecuados para su funcionamiento.
3. Presentar el Acuerdo de Concejo Municipal que aprueba la presentación de la solicitud de financiamiento.
4. Presentar una declaración jurada de no haber solicitado ni tener solicitud en trámite para la misma intervención, ante cualquier fuente pública, privada o cualquier otra fuente de financiamiento.

Criterios de evaluación y priorización

Se establece que para la evaluación de las solicitudes presentadas, el Comité de Financiamiento considera los siguientes criterios:
1. La conveniencia económica, financiera y operativa del proyecto, programa o inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y/o rehabilitación, tanto para el prestador como para el servicio, en especial para el cierre de brechas de cobertura y calidad.
2. El perfil de riesgos del proyecto, programa o intervenciones y las medidas adoptadas para mitigarlos o controlarlos.
3. Que la intervención se encuentre totalmente financiada, sumando el aporte del FIAS.
4. Que se pruebe la capacidad operativa del prestador para la ejecución y para la operación de la intervención.
5. Que se demuestre la fuente de recursos para la operación y mantenimiento, es decir, que el flujo de caja proyectado del prestador soporte los costos de operación y mantenimiento de la nueva intervención.
Se determina que para la priorización de las solicitudes, el Comité de Financiamiento considera los criterios generales siguientes:
1. Que el prestador haya celebrado un contrato de gestión de mediano plazo con un operador privado altamente capacitado.
2. Que la intervención mantenga la calidad y cobertura del servicio o las eleve, y mejore los ingresos operativos del prestador o reduzca sus costos operacionales.
3. Cuando se trate de garantías, se extienden preferentemente a las empresas prestadoras; y, a proyectos que mejoran el servicio y su calidad, así como el resultado financiero operacional del prestador.
4. Cuando se trata de financiamiento de los estudios de pre-inversión, es otorgado a las unidades de gestión municipal, operadores especializados y organizaciones comunales.
5. Que los proyectos de inversión cuenten con expediente técnico aprobado.
6. Que la empresa prestadora y/o el gobierno local según corresponda, se comprometa a cofinanciar la inversión materia de las solicitudes. 
Se establece que si se trata de una empresa prestadora, se tienen en cuenta los criterios específicos siguientes:
1. Que haya mostrado buena gobernanza y gestión para lo cual se tiene en cuenta, entre otros, indicadores como relación de trabajo, micromedición, morosidad, conexiones activas y EBITDA (indicador que mide beneficios antes de descontar intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones).
2. Que otorgue garantías a favor del FIAS, a fin de respaldar las operaciones de financiamiento o las garantías que se apruebe a su favor. Estas garantías pueden ser en acciones o en flujo de ingresos futuros cedidos al FIAS, en la modalidad de fideicomisos con garantías de activos o de flujos.
3. Que se encuentre bajo el Régimen de Apoyo Transitorio (RAT).
4. Cuando se trate de acciones ordinarias o preferentes, solo se financia a empresas prestadoras.

domingo, 23 de abril de 2017

La reconstrucción : ¿ Un banquete en agua y alcantarillado ?

Transcurrido el tiempo y de acuerdo a reportes del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) en todo el país, se cuenta con cifras gruesas del "control de daños en agua y alcantarillado" que lleva sólo a especular y no con la suficiente información para planificar sobre el tema de reconstrucción. De pronto en el tema de edificaciones,carreteras y puentes si, pero en agua y alcantarillado NO.
Sin embargo, ya existen voces para calmar los ánimos exaltados e iniciar la "reconstrucción con cambios" en algunas empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), asignándoles presupuestos estimados también gruesos.
Perú, al igual que otros países de la región, históricamente sufrió de recurrentes daños por efectos de embates de la naturaleza, así que por su experiencia, debiera estar preparado para contar con alertas tempranas y respuestas inmediatas ante las emergencias para la reconstrucción, especialmente de los impactos generados por el fenómeno El Niño en la costa norte. En el sector agua y saneamiento no es así, porque arrastra problemas en la gobernabilidad del agua y gobernanza. 
La presente administración del gobierno central esto lo tiene claro según su diagnóstico inicial, que luego de ocho meses de gestión, se encuentra en el proceso de redefinir al sector agua y saneamiento, pero sus esfuerzos son mayormente legales, tal como explicamos en una sola fuerza por la regulación del agua en Perú.

Falta de cultura de agua mas corrupción

En cultura de agua en Perú, comentamos que de nuestra experiencia en las evaluaciones de los efectos de El Niño en 1982-83 y 1997-98 pudimos establecer que la falta de cultura de agua fue la principal causa por la cual se perdió ingentes cantidades de dinero en reconstruir lo reconstruido.
Para los efectos de El Niño Costero 2017-18, se tiene que contemplar un elemento adicional que implica la existencia de altos niveles de corrupción en la industria de la construcción asociados a las obras de agua y alcantarillado.
En este contexto, saludamos que el día de hoy  23 de abril del 2017 el consejo nacional del colegio de ingenieros del Perú indica que se tomarán las acciones que correspondan en cuanto a los profesionales de la orden, implicados en actos de corrupción.
Sin embargo, esta acción no es suficiente ante malas empresas constructoras y/o supervisoras, que tomando el nombre de especialistas, falsifican documentos para ganar la buena pro, así como falsifican cartas fianzas, cometen actos ilícitos en valorizaciones,adicionales,deductivos, arbitrajes, y otros inherentes que tienen en la mira a la "nueva industria de la reconstrucción temporal con cambios" gestada.

¿Fortaleciendo la gobernanza?

La reguladora y fiscalizadora SUNASS , con un presupuesto en promedio de 26 millones anuales,tiene desde su creación graves problemas para cumplir sus funciones en las hoy 50 EPS reguladas localizadas en zonas urbanas, y con las nuevas leyes dispuestas por el actual ejecutivo, se amplía su ámbito de acción a las zonas rurales. Recordemos que el presupuesto operativo de SUNASS, depende del aporte regulatorio de las EPS y en especial de la mayor EPS del país SEDAPAL; motivo por el cual ésta ejerce gran influencia sobre el regulador.
A su vez, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) - que en evaluación de desempeñó detectó 25 de las 50 EPS requieren ser intervenidas por el Gobierno Central para reflotarlas ( 7 de ellas ya están en proceso)- ; acaba de recibir 444 millones de soles para el año 2017, a efectos de cumplir sus funciones bajo jurisdicción del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Acaba de concluir el concurso público convocado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para seleccionar al presidente del consejo directivo de SUNASS, este proceso ha sido cuestionado por algunos que dan cuenta de lo politizado del concurso llevado a cabo por la PCM. La marcada intervención política en el regulador y en las EPS no es un tema reciente, sino que tiene larga data en el país de los incas. La misma se encuentra en la agenda pendiente de la Representación Nacional.  

Guardando las formas

A los efectos de brindar seguridades a la potencial intervención de la inversión privada en obras de reconstrucción en agua y saneamiento, seria recomendable guardar las formas de cumplimiento del ordenamiento legal vigente en cuanto al nombramiento del presidente del regulador SUNASS.
Las Resoluciones Supremas emitidas y publicadas en el diario El Peruano : R.S. N° 016-2002-PCM (15/01/2002), R.S. N° 023-2007-PCM (8/02/2007)  y R.S. N° 097-2012-PCM (5/04/2012) ; fueron suscritas por el presidente constitucional de la República y refrendadas por el Ministro de Economía y Finanzas, El ministro de la cartera , en este caso el Ministerio de Vivienda,construcción y saneamiento  (en el 2002 era el Ministerio de transportes;comunicaciones,vivienda y construcción) y la PCM.
Para la flamante Resolución Suprema N° 047-2017-PCM (21/04/2017) , sólo firman el Presidente de la República y la PCM.
Como caso anecdótico, el actual mandatario peruano suscribió sendas Resoluciones Supremas , en el año 2002 en su condición de Ministro de Economía y en el año 2017, como Presidente de la República.

El dato

El comentario "guardando las formas", quedaría fuera de lugar, si es que existiera una norma en Perú que le asigne atribuciones a PCM por emergencia, remplazando las funciones de los Ministerios Economía y Finanzas y Vivienda,construcción y saneamiento en la aplicación de la Ley N° 27332 - "Ley marco de los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos" para el extremo de los servicios de saneamiento (SUNASS).