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martes, 4 de abril de 2023

¿ Existe el Ministerio del Ambiente frente al desastre por cambio climático ?

Con fecha domingo 26 de marzo de 2023 se publicó en Perú el Decreto Supremo N° 043-2023-PCM declarando el Estado de Emergencia Nacional por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en los departamentos de Lambayeque, Piura y Tumbes.
El precitado decreto supremo no cuenta con el refrendo del Ministerio del Ambiente-MINAM , el cual a partir del año 2019 asumió el rol de autoridad nacional en materia de cambio climático.
Asimismo, desde el año 2021 preside la Comisión Nacional sobre Cambio Climático, conforme a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, según lo estipulado en el Decreto Supremo N° 012-2021-MINAM.
Las tormentas eléctricas en Piura se incorporan a las lluvias intensas que generan inundaciones.
Con esta figura, el MINAM participaría sólo como figura decorativa frente al desastre de gran magnitud y se estaría replicando la declaración de Estado de Emergencia Nacional del año 2017 en el departamento de Piura, dispuesto con Decreto Supremo N° 035-2017-PCM, situación que diera origen a la creación de la cuestionada Autoridad para la reconstrucción con cambios.

Desastre que alcanza al Ministerio del Ambiente-MINAM

En el año 2008 fue creado el MINAM mediante el Decreto Legislativo N° 1013 y en el año 2017 se estableció su reglamento de organización y funciones (Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM).
Al siguiente año ( 2018), el país contó con la Ley N° 30754-Ley Marco sobre cambio Climático y posteriormente (2019) mediante lo establecido en el artículo 6 de su reglamento, el  Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM prescribe al Ministerio del Ambiente como Autoridad Nacional en materia de cambio climático.
El desastre nacional en progreso, bajo la vigencia de la Autoridad Nacional en materia de cambio climático, cuenta entonces con autoridades y funcionarios de instituciones responsables de la gestión del riesgo de desastres en los tres niveles de gestión del Estado, focalizados en los últimos cinco (5) años del periodo 2019-2023 , lapso en que se sucedieron cinco (5) administraciones del gobierno central (Martín Vizcarra,Manuel Merino,Francisco Sagasti, Pedro Castillo y Dina Boluarte) y que a su vez tuvieron a su cargo diez (10) ministros de Estado ocupando la cartera ministerial del MINAM (Lucía Ruiz,Fabiola Muñoz,Kirla Echegaray,Lizzet Rojas,Gabriel Quijandría,Ruben Ramirez,Wiber Supo, Modesto Montoya, Wilbert Rozas y Albina Ruiz). Se suman autoridades responsables de la gestión en los departamentos (regiones) y gobiernos locales de las zonas afectadas.

El Dato

►De acuerdo al ordenamiento legal vigente peruano, la Comisión Nacional sobre Cambio Climático estaría siendo conformado por cuarenta y ocho representantes entre instancias estatales (22), no estatales (11) y organismos públicos adscritos (15).
►Asimismo, INDECI-COE cuenta con centro de operaciones a nivel nacional (COEN),sectorial (COES), regional(COER) y local (COEL), pudiendo este último ser provincial o distrital.
►El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - CONAGERD, acordó en sesión extraordinaria virtual la Declaratoria de estado de emergencia Nacional (Nivel 5) en los departamentos de Tumbes,Piura y Lambayeque  por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.

jueves, 30 de marzo de 2023

¡ Ayuda internacional ante falta de prevención por intensas lluvias en Perú!

La presente reflexión tiene sustento en el colapso ambiental producido por la falta de medidas de prevención de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y la evidente inacción del Ministerio del Ambiente (MINAM) - al que después del año 2019 en que se le consideró en el ejecutivo como Autoridad Nacional en materia de cambio climático - y ante los anunciados riesgos por cambio climático en cuencas del norte peruano llegando a rebasar la capacidad de respuesta de los niveles de gestión de los gobiernos locales y regionales en lo que va del presente año 2023.
Como técnico peruano que participó de las experiencias ocurridas en los fenómenos climáticos de los años 1983,1998 y 2017 ; y superó a la pandemia del 2019, puedo afirmar categóricamente que bajo el presente estado de situación nacional, se podría con denodados esfuerzos, mitigar o contener los embates de los eventos interactuantes y que para la reconstrucción y prevención de cara al futuro,toda ayuda internacional sería bienvenida en los actuales momentos, habida cuenta que la débil gobernanza del Estado peruano demostró reflejos lentos en su despliegue para una atención oportuna a las poblaciones damnificadas.

Antecedentes

Esta recurrente situación tiene recientes registros oficiales con el Decreto Supremo N°011-2017-PCM del 3 de febrero del 2017, declarándose Estado de Emergencia en los departamentos de Tumbes, Piura y Lambayeque  por las lluvias intensas. Asimismo se cuenta con sendos informes situacionales de INDECI y COEN, donde se manifiesta el desborde de los ríos Piura y Tambo Grande.Como dato técnico reporta que el río Piura alacanzó un máximo de 3,468 metros cúbicos por segundo, produciendo la inundación completa de la ciudad de Piura.
El rio Piura se muestra en la ruta de repetir inundaciones que causen desastre de gran magnitud. 
Transcurridos seis años, con fecha 12 de marzo de 2023 se repite el escenario dictándose el Decreto Supremo N° 034-2023-PCM declarando el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Cajamarca,la Libertad,Lambayeque y Piura; asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 035-2023-PCM, haciendo lo propio con varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Ancash, Apurimac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna; y de la provincia constitucional del callao.
Con fecha 18 de marzo del presente año,la defensoría del pueblo planteó al Poder ejecutivo para que sea el gobierno nacional quien conduzca las operaciones de respuesta con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con la ayuda internacional.
Este pedido se hace en el marco de lo establecido en el artículo 43C del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM - Reglamento de la Ley N°29664. 

Del pronóstico

Según los pronósticos del NOAA, y SENAMHI, del incremento de precipitaciones pluviales basado en indicadores que registran el aumento de la temperatura superficial del mar, hecho que ocasiona tormentas tropicales en la costa. Ya se vienen presentando tormentas eléctricas en Tumbes y Piura  por lo que el gobierno central plantea una acción multisectorial y viene aceptando progresivamente la presencia del fenómeno recurrente, pero no periódico, en escala interanual, caracterizado por el calentamiento anormal y sostenido de la superficie del océano Pacífico tropical y las perturbaciones climáticas asociadas, como es el caso de las intensas lluvias que producen las inundaciones en zonas identificadas, donde debieron oportunamente ejecutar las acciones preventivas.

De las normas peruanas y responsabilidad del MINAM

Con Resolución Legislativa Nº 26185 (1993), el Congreso de la República aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y suscrita por el Perú en Río de Janeiro el 12 de junio de 1992.
Mediante el Decreto Legislativo N° 1013 (2008), se aprobó la ley de creación,organización y funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM).
Una década despúes se dictó la Ley Nº 30754 (2018) - Ley Marco sobre Cambio Climático, estableciendo los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático; a fin de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático.
Fue al año siguiente (2019), en que mediante el artículo 6 del Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM- Reglamento de la Ley N°30754, ley marco sobre cambio Climático; se asignó las funciones y consecuentes responsabilidades al MINAM como Autoridad Nacional en materia de cambio climático.

El riesgo de acumular o enterrar basura en zonas inundables

Las lluvias intensas que causan las avenidas de los ríos y el progresivo desplazamiento de gran masa de agua que discurre por efecto de escorrentia superficial en suelos saturados y/o  el repentino traslado de agua acumulada que en su traslado conforma una mezcla de lodo, limo, arcilla, gravas, piedras, escombros, empalizadas y que dependiendo de la pendiente del terreno incrementa la energía cinética a la que en algunas no pocas localidades cercanas a grandes ciudades peruanas se incorpora importantes volúmenes de residuos sólidos municipales acumulados a través de los años.
La contaminación de playas y zonas costeras se incrmentan con las lluvias intensas.
Esta mezcla de efluentes, traslada así líquidos percolados, producto de la descomposición del residuo, algunos considerados tóxicos y peligrosos , que pudieran estar formando parte de los múltiples pasivos ambientales industriales o municipales existentes que se ven desplazadas estrepitosamente por quebradas o valles.   
Son conocidos los efectos de colmatación que generan provocando inundaciones, problemas en las operaciones unitarias de los sistemas de agua potable y colapso en sistemas de alcantarillado, principalmente en los que no cuentan con alcantarillado urbano separativo.
De otro lado se tiene la contaminación producida por las aguas residuales con el incremento de enfermedades metaxénicas, impactan con residuos biocontaminados a la cadena trófica, llegando finalmente a comprometer la salud pública con brotes epidémicos.
Este impase subsistente es posible darle solución, tal como expliqué en multiples ocasiones para este espacio en : Retos y desafíos de residuos sólidos (2016), Transformando basura en energía (2016), Nuevo modelo de gestión en residuos sólidos-El caso peruano (2021), Inversión extranjera en resíduos sólidos para generar energía de la basura orgánica (Enero 2023), Proceso para recuperar 18 millones de hectáreas degradadas por resiíduos sólidos municipales (Febrero 2023).
También hice lo propio como expositor en el "Foro internacional los desechos 2.0 en Perú-Una visión de gestión de residuos sólidos hasta el 2030" que repliqué en Basura y contaminación en Perú : El caso de lambayeque (Marzo 2022);incluyendo en el proceso de transferencia de información técnica especializada con funcionarios en los tres niveles de gestión del gobierno peruano, quienes se sucedíeron en sus cargos por la alta rotación existente en la administración pública peruana.
El punto es que Perú actualmente produce el orden de 23 mil toneladas diarias de resíduos sólidos municipales, llegando a superar los ocho millones de toneladas al año, de los cuales 78% tienen potencial de valorización. (Orgánicos e inorgánicos aprovechables).
El rio Tumbes mantiene en constante riesgo de inundación a las localidades ribereñas.
El problema es que gran parte de esos residuos sólidos no son dispuestos sanitariamente, quedando en botaderos a cielo abierto o en desmontes de construcción ante la falta de escombreras. Adicionalmente se tiene el recurrente error de enterrar la basura en zonas probadamente inundables por efectos del cambio climático, pudiendo alternativamente edificarse plantas que pongan en valor los residuos sólidos orgánicos y así resolver un problema de larga data.
Este escenario debe regularse por intermedio de las instituciones responsables del país para lograr acuerdos jurídicamente vinculantes que aborde la reducción de la contaminación del medio ambiente, especialmente del medio ambiente marino que es donde finalmente se descargan los contaminantes, siendo en este extremo de interés nacional e internacional.

martes, 28 de septiembre de 2021

Estados de emergencia por metales pesados en agua de consumo humano

La actual administración Castillo en Perú, atendiendo al principio de celeridad y de acuerdo a una serie de informes técnicos , entre los cuales se encuentra el reporte de peligro inminente N° 185 -28/9/2021 / COEN – INDECI , el cual  indicó que desde hace dos años atrás, el 3 de abril de 2019, se registrara la contaminación de pozos de agua para consumo humano, como resultado de los estudios realizados que reportaron concentraciones de metales pesados, los mismos que superaron los límites máximos permisibles y se encontraban provocando múltiples enfermedades a los pobladores más cercanos a la afluencia del río Coata en Puno. 
En este escenario, el día de hoy martes 28 de setiembre del 2021, se publica el Decreto Supremo Nº 158-2021-PCM que declara el estado de emergencia en varias localidades de los distritos de coata, huata y capachica de la provincia de Puno y del distrito de caracoto de la provincia de san román, del departamento de Puno por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano.

Otras emergencias similares en territorio peruano

Por citar alguna otra, haré referencia al estado de emergencia por contaminación de aguas superficiales del rio moche , el cual se registró en el DS N° 204-2020-PCM (27/12/2020) y se prorrogaron en la línea de tiempo de los estados de emergencia aplicados con DS N° 035-2021-PCM (25/2/2021); DS N° 081-2021-PCM (23/4/2021), DS N° 125-2021-PCM (26/6/2021). 
Cabe precisar que los impactos generados en salud pública por pasivos ambientales mineros, es un tema de larga data en Perú y que demanda atención oportuna de sus funcionarios en los tres niveles de gestión.

viernes, 3 de septiembre de 2021

Política Nacional del Ambiente al 2030 & emergencias ambientales

El Estado peruano, en aplicación del artículo 67 de su Constitución Política y el artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, planteó el Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM que aprueba la política nacional del ambiente al 2030, el mismo que adolece de serias deficiencias en el diagnóstico que le desvía de los objetivos prioritarios y metas alcanzar en su desarrollo sostenible, realidad que demanda corregir rumbos y ejecutar acciones adecuadas a las necesidades de su población.
Es así que en el precitado Decreto Supremo, explicando los problemas ambientales que presenta, se ocupa de la inadecuada gestión de sustancias químicas tóxicas y metales pesados, considerando "la deficiente manipulación de las mismas" que se traduce en peligros para la salud humana, animal o vegetal y en la afectación de los componentes ambientales, tales como por ejemplo, generación de residuos peligrosos, accidentes y emergencias ambientales. El resultado de una mala gestión de sustancias químicas tóxicas, metales pesados y metaloides pone en riesgo de contaminación de la salud; hace mención que según el Ministerio de Salud, en el año 2018 se registraron 4 867 casos de personas contaminadas por exposición a metales pesados, siendo el departamento de Pasco el que reportó la mayoría de estos casos. Se soslaya información de miles de enfermos y muertes producidas en este cuello de botella existentes por décadas en la franja costera del país y que los regímenes de turno obviaron. 
Las estadísticas oficiales, indican en la praxis que los riesgos atribuidos al cambio climático, explicados hace décadas, se convirtieron en una dramática realidad con la pérdida de vidas humanas, acreditadas con sendos decretos supremos que sustentan las propias emergencias ambientales. De esta forma pasar lapsos de emergencia en emergencia se tornó en rutinaria y sin resolver los problemas de fondo que tienen sustento sistémico en la relación hombre y su medio ambiente. 

Emergencia ambiental que impacta en la salud pública: La Libertad-Perú

Para explicar directamente el problema, ocasionado por el impacto ambiental del cambio climático en países megadiversos como Perú; citare el caso de la contaminación de la cuenca del río Moche, ubicado en la región de La libertad, al norte de Lima, la capital peruana.
El Reporte N° 9 de peligro inminente N° 145-30/6/2021/COEN-INDECI de junio del año 2021 indica que desde el 01 de noviembre del 2020 se viene registrando una contaminación hídrica a consecuencia de pasivos ambientales de proyectos mineros; estimando que 354.093 personas estarían expuestas al peligro y cien hectáreas de cultivo podrían ser afectadas.
Esta línea de pensamiento para sustentar el estado de emergencia por contaminación de aguas superficiales del rio moche se registró en el DS N° 204-2020-PCM (27/12/2020) y asimismo se prorrogaron en la línea de tiempo de los estados de emergencia aplicados con DS N° 035-2021-PCM (25/2/2021); DS N° 081-2021-PCM (23/4/2021), DS N° 125-2021-PCM (26/6/2021) y muy probablemente proseguirá hasta que el radar de la prensa local pase la página por otros temas de coyuntura de interés público como sucediera en el pasado con otras cuencas del país.
Emergencia en La Libertad-Cuenca del río Moche impactado por pasivos ambientales_2021
De la imagen satelital adjunta, se podrá apreciar que la cuenca del rio moche por efecto de la deglaciación (aumento de la temperatura y cambio climático) no presenta en la cuenca alta lagunas ni nevados que puedan contribuir en forma importante a mejorar el régimen de descargas, en época de deshielo y estiaje; es así que el escurrimiento superficial del río Moche es debido a las precipitaciones pluviales estacionales que caen sobre las laderas occidentales de la cordillera de los Andes. Asimismo, se observa que por acción natural y del hombre, los bosques de protección en la cuenca se encuentran en proceso franco de extinción. Recordemos que millones de hectáreas de bosques fueron depredados en Perú.
Veinticuatro años atrás (1997), la evaluación ambiental territorial realizada por el ministerio de energía y minas identificó y caracterizó las minas abandonadas, activas y paralizadas de ese entonces, cuyo detalle se presenta seguidamente:
Evaluación ambiental territorial de la cuenca del rio Moche realizada en 1997 por el MINEM-Perú

La cuenca del río Moche  ubicada en la Región La Libertad, comprende en parte o totalmente las provincias de Trujillo, Otuzco, Santiago de Chuco y Julcán. Esta nace en la Laguna Grande, sobre los 3.898 m.s.n.m., próxima a la localidad de Quiruvilca; con 2.708 km² de área total de drenaje y 102 kilómetros aproximadamente de longitud desde sus nacientes hasta su desembocadura en el océano pacífico, presentando una pendiente promedio de 4%.
En la década de los 70, la desaparecida oficina nacional de evaluación de recursos naturales (ONERN), mediante el análisis de los hidrogramas de descargas diarias correspondientes al período multianual 1931-1970 diferenció tres períodos dentro del ciclo anual : avenidas, estiaje y un período  transicional entre avenidas y estiaje. En ese entonces se estableció que el río Moche descargaba el 74% de su volumen anual durante el período de avenidas y sólo el 15% durante el período de estiaje, el 11% restante del volumen de agua anual correspondía al período de transición.
El procesamiento de la información histórica del período 1931-1970 permitió desde esa fecha determinar la tendencia a la disminución a largo plazo de los volúmenes de las descargas anuales, así por ejemplo, se pudo determinar que el volumen del período 1931-1950 fue superior en 10% al volumen registrado durante el período 1951-1970.
Con la data de esta cuenca del rio Moche y procesos similares en la zona cero explicada en este espacio, y bajo una óptica de prospectiva estratégica, nos permite identificar el escenario presente y de cara al futuro. En estricto rigor : " la dinámica del ciclo hidrológico en la cuenca pasará de estrés hídrico a escasez de agua " o lo que en lenguaje coloquial se traduce en que "la falta de agua será agravada por la contaminación de la misma, si es que en la Política Nacional del Ambiente se continúa pensando en términos de coberturas de los servicios de agua y soslaye la calidad del recurso hídrico".
Este mensaje lo vengo sosteniendo hace décadas desde diversos foros académicos en Perú, como es el caso de  la Universidad Nacional de Ingeniería, Universidad Nacional Agraria La Molina, entre otros, así como en el Congreso de la República, sin obtener mayor eco en la representación nacional. 

Reporte de pasivos ambientales mineros en zona de influencia   

La prensa local, viene documentando los impactos ambientales producidos en el sector minero, agrícola, saneamiento, entre otros. Organismos estatales del nivel central como MINAM, MINEM,AMSAC, OEFA, MINAGRI, ANA, MINSA ; así como autoridades del nivel regional y local, vienen accionando de acuerdo al ámbito de sus competencias, motivo por el cual, resulta fundamental contar con planes, programas y proyectos que sigan una política nacional ambiental claramente definida y sustentada en ciencia, para lo cual es preciso utilizar instrumentos de gestión en los tres niveles de gobierno que permitan sinergias y no duplicar esfuerzos para atender temas prioritarios como es el caso de evitar los elevados índices de morbi mortalidad en las zonas identificadas. 
Cuenca baja del rio Moche, que incorpora áreas agrícolas y zona urbana.
Cuenca alta del rio Moche, en época de estiaje. Localidad de Quiruvilca-La Libertad.

Aporte de pasivos ambientales mineros son evidenciados en la cuenca alta del rio Moche.

Reducción de mortalidad en las regiones impactadas

Algunas consideraciones evidencian la necesidad de ajustar la política nacional ambiental a las necesidades del Perú de cara al 2030 :
►Para cautelar la salud pública en el país , es preciso reducir la morbilidad en la población y el indicador mortalidad en la zona cero identificada en la franja costera comprendida entre Tumbes y Arequipa. La libertad se incluye en este espacio.
►Habida cuenta que el Estado de Emergencia Nacional, Emergencia Sanitaria y  las Emergencias Ambientales en Perú, como es en el caso citado por contaminación hídrica de la cuenca del rio Moche, tienen carácter sistémico que afectan transversalmente a los componentes ambientales en cuencas hidrográficas, así como a sectores extractivos y productivos, trascendiendo a las divisiones políticas, ya sean estas distritos, provincias, departamentos o regiones, se hace necesario mantener una visión holística para involucrar los esfuerzos que realizan tanto el sector público como el privado para lograr llegar a buen puerto con soluciones adecuadas. 
► El impacto de la reciente  pandemia del COVID-19 para una población de 2 016.771 habitantes como es la localizada en la región La Libertad, registra 10.083 fallecidos por esta enfermedad infecciosa viral , con una letalidad de 11.66 % ; sin embargo, información oficial del SINADEF viene reportando  la secuencia creciente de fallecidos en los últimos cinco años : 7.458 (2017), 7.535 (2018) , 8.309 (2019), 12.616 (2020) y 11.529 (Hasta 02 de setiembres de 2121). Estas cifras nos indican que el número de fallecidos venía escalando anualmente antes del ingreso de la pandemia al país y se acentuó con su presencia.
►El informe técnico del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades : IT-CDC- N° 076-2021 "Proyección de escenarios de la tercera ola de COVID-19 en el Perú" estima en 4.977 fallecidos en el escario mas conservador y 8.261 fallecidos en el peor escenario previsto para las muertes en la región Las Libertad y del Reporte N° 9 de peligro inminente N° 145-30/6/2021/COEN-INDECI de junio 2021, que en su anexo 1 sobre avance de ejecución presupuestal (partida 0068- Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencia por desastres) que mide la capacidad de gasto en los municipios provinciales de Trujillo, Otuzco, Julcán y Santiago de Chuco, se podría deducir que en todos los escenarios, el número de fallecidos seguiría la espiral creciente y al término del 2021 superaría los fallecidos del año 2020.
En este orden de apreciaciones, la política nacional del Ambiente al 2030 deberá incorporar a la atención sistémica por cuencas para atender los problemas de agua en términos de calidad, cantidad, continuidad, costo y cobertura; asimismo, gestionar el problema de residuos municipales e industriales, bioacumulación y todos los demás impactos que fueran vinculantes al cambio climático que viene afectando al país con mayor intensidad en las últimas décadas.

domingo, 23 de abril de 2017

La reconstrucción : ¿ Un banquete en agua y alcantarillado ?

Transcurrido el tiempo y de acuerdo a reportes del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) en todo el país, se cuenta con cifras gruesas del "control de daños en agua y alcantarillado" que lleva sólo a especular y no con la suficiente información para planificar sobre el tema de reconstrucción. De pronto en el tema de edificaciones,carreteras y puentes si, pero en agua y alcantarillado NO.
Sin embargo, ya existen voces para calmar los ánimos exaltados e iniciar la "reconstrucción con cambios" en algunas empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), asignándoles presupuestos estimados también gruesos.
Perú, al igual que otros países de la región, históricamente sufrió de recurrentes daños por efectos de embates de la naturaleza, así que por su experiencia, debiera estar preparado para contar con alertas tempranas y respuestas inmediatas ante las emergencias para la reconstrucción, especialmente de los impactos generados por el fenómeno El Niño en la costa norte. En el sector agua y saneamiento no es así, porque arrastra problemas en la gobernabilidad del agua y gobernanza. 
La presente administración del gobierno central esto lo tiene claro según su diagnóstico inicial, que luego de ocho meses de gestión, se encuentra en el proceso de redefinir al sector agua y saneamiento, pero sus esfuerzos son mayormente legales, tal como explicamos en una sola fuerza por la regulación del agua en Perú.

Falta de cultura de agua mas corrupción

En cultura de agua en Perú, comentamos que de nuestra experiencia en las evaluaciones de los efectos de El Niño en 1982-83 y 1997-98 pudimos establecer que la falta de cultura de agua fue la principal causa por la cual se perdió ingentes cantidades de dinero en reconstruir lo reconstruido.
Para los efectos de El Niño Costero 2017-18, se tiene que contemplar un elemento adicional que implica la existencia de altos niveles de corrupción en la industria de la construcción asociados a las obras de agua y alcantarillado.
En este contexto, saludamos que el día de hoy  23 de abril del 2017 el consejo nacional del colegio de ingenieros del Perú indica que se tomarán las acciones que correspondan en cuanto a los profesionales de la orden, implicados en actos de corrupción.
Sin embargo, esta acción no es suficiente ante malas empresas constructoras y/o supervisoras, que tomando el nombre de especialistas, falsifican documentos para ganar la buena pro, así como falsifican cartas fianzas, cometen actos ilícitos en valorizaciones,adicionales,deductivos, arbitrajes, y otros inherentes que tienen en la mira a la "nueva industria de la reconstrucción temporal con cambios" gestada.

¿Fortaleciendo la gobernanza?

La reguladora y fiscalizadora SUNASS , con un presupuesto en promedio de 26 millones anuales,tiene desde su creación graves problemas para cumplir sus funciones en las hoy 50 EPS reguladas localizadas en zonas urbanas, y con las nuevas leyes dispuestas por el actual ejecutivo, se amplía su ámbito de acción a las zonas rurales. Recordemos que el presupuesto operativo de SUNASS, depende del aporte regulatorio de las EPS y en especial de la mayor EPS del país SEDAPAL; motivo por el cual ésta ejerce gran influencia sobre el regulador.
A su vez, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) - que en evaluación de desempeñó detectó 25 de las 50 EPS requieren ser intervenidas por el Gobierno Central para reflotarlas ( 7 de ellas ya están en proceso)- ; acaba de recibir 444 millones de soles para el año 2017, a efectos de cumplir sus funciones bajo jurisdicción del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Acaba de concluir el concurso público convocado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para seleccionar al presidente del consejo directivo de SUNASS, este proceso ha sido cuestionado por algunos que dan cuenta de lo politizado del concurso llevado a cabo por la PCM. La marcada intervención política en el regulador y en las EPS no es un tema reciente, sino que tiene larga data en el país de los incas. La misma se encuentra en la agenda pendiente de la Representación Nacional.  

Guardando las formas

A los efectos de brindar seguridades a la potencial intervención de la inversión privada en obras de reconstrucción en agua y saneamiento, seria recomendable guardar las formas de cumplimiento del ordenamiento legal vigente en cuanto al nombramiento del presidente del regulador SUNASS.
Las Resoluciones Supremas emitidas y publicadas en el diario El Peruano : R.S. N° 016-2002-PCM (15/01/2002), R.S. N° 023-2007-PCM (8/02/2007)  y R.S. N° 097-2012-PCM (5/04/2012) ; fueron suscritas por el presidente constitucional de la República y refrendadas por el Ministro de Economía y Finanzas, El ministro de la cartera , en este caso el Ministerio de Vivienda,construcción y saneamiento  (en el 2002 era el Ministerio de transportes;comunicaciones,vivienda y construcción) y la PCM.
Para la flamante Resolución Suprema N° 047-2017-PCM (21/04/2017) , sólo firman el Presidente de la República y la PCM.
Como caso anecdótico, el actual mandatario peruano suscribió sendas Resoluciones Supremas , en el año 2002 en su condición de Ministro de Economía y en el año 2017, como Presidente de la República.

El dato

El comentario "guardando las formas", quedaría fuera de lugar, si es que existiera una norma en Perú que le asigne atribuciones a PCM por emergencia, remplazando las funciones de los Ministerios Economía y Finanzas y Vivienda,construcción y saneamiento en la aplicación de la Ley N° 27332 - "Ley marco de los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos" para el extremo de los servicios de saneamiento (SUNASS).