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sábado, 19 de agosto de 2023

Crisis política que incrementa el riesgo ambiental ante el cambio climático

Era predecible que luego de la Pandemia del COVID-19 las economías de los paises latinoamericanos sufrirían un fuerte impacto, que trascendiera al tema económico y tocara fibras sociales, ambientales y políticas.
En algunos casos como en Perú, la situación tomaba visos de crisis pues arrastraba problemas estructurales de gestión que se derivaron en desequilibrios políticos, llevando a tener a la fecha seis (6) jefes de Estado desde el año 2018; y en el mismo periodo de seis años, quince (15) presidentes de consejo de ministros (PCM) y doce (12) ministros del ambiente (MINAM).
Promoviendo ECF en América latina como medida de prevención ante efectos del cambio climático.
El país de los Incas, que fuera contaminado simultáneamente por los virus SARS-COV-2 y la corrupción, hoy en día está pagando factura de la improvisación impuesta por administraciones de gobiernos que se sucedieron en una vorágine con cambios de funcionarios, algunos de los cuales se encuentran en prisión y otros ; siendo procesados ante la justicia con cargos de pertenecer a redes criminales tejidos desde el poder. 

Capacidad de gestión del Estado en el tema ambiental 

Esta innegable verdad disminuyó la capacidad de gestión del Estado a tal punto que la actual administración del país, presionado por la recesión económica y recurrencia de eventos que se producen en emergencia y particularmente por la emergencia ambiental (El anunciado fenómeno El Niño 2023-24 y déficit hídrico que comprometen a la salud pública y seguridad alimentaria), se ve en la imperiosa necesidad de agilizar los proyectos públicos y privados, a efectos de ejecutar acciones de prevención y evitar que la historia ocurrida en los años 1983,1998 y 2017 se repita ante los embates de la naturaleza por efecto del cambio climático.
En ese orden de acontecimientos, mediante Ley N° 31841 se creó la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) en Julio de 2023 , que suple a la institución que fuera adscrita a la PCM con deplorables resultados denominada como Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARC), creada en el 2017 para reconstruir la infraestructura dañada y destruida por el fenómeno El Niño Costero.
El artículo diez de la precitada Ley otorga facilidades para la ejecución de los proyectos o programas de inversión de la ANIN.
Así, en el inciso 10.1 precisa que los procedimientos administrativos necesarios para la ejecución de proyectos o programas de inversión a cargo de la ANIN se realizan sin costo y sujetos a silencio administrativo positivo.Incluye la factibilidad de servicios públicos y toda clase de permisos, autorizaciones, registros, inscripciones, dictámenes, informes y otros creados por disposiciones legales.
También estipula en su inciso 10.4 que tratándose de intervenciones de construcción sujetas al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental  y que generen impactos ambientales negativos, la ANIN debe contar con un instrumento de gestión ambiental evaluado durante el período de la elaboración del expediente técnico o documento similar por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) o la entidad competente, sin afectar la fecha de inicio prevista para la ejecución de la intervención. 
Siguiendo esa línea de acciones y según La República SENACE absorbería a SERNANP, SERFOR y ANA para destrabar las certificaciones ambientales; deseando empoderar y adscribir a SENACE en la PCM, a fin de agilizar los proyectos recortando los plazos de inversión, sacándolo de su actual condición de adscrita al MINAM.
Con esta pretensión se estaría supuestamente reduciendo los trámites ligados a la certificación ambiental, instrumento previo que todo proyecto de inversión debe elaborar antes de ser ejecutado, previendo los impactos ambientales negativos significativos que podría generar y en consecuencia, indicar las actividades que ejecutará para remediar los precitados impactos negativos.

Visión de país más allá de la burocracia y tramitología

La burocracia en los dieciocho (18) ministerios y la PCM, en el marco de la gestión presupuestaria del Estado peruano sólo cuenta con 25% para el gasto de capital, el restante 75% corresponde al gasto corriente y servicio de la deuda; esta cuarta parte presupuestada en los últimos años no resultan suficientes para cubrir los necesarios proyectos de inversión pública, mostrando sus limitaciones en los tres niveles de gestión del gobierno, hecho que hace indispensable promover proyectos de inversión privada a efectos de cerrar brechas de infraestructura imprescindibles a nivel del territorio nacional y por la coyuntura, ejecutar en el corto plazo acciones de prevención frente a los previsibles impactos naturales.
La dimensión ambiental por ser holística, traspasa las capacidades de MINAM, institución que tras quince años de existencia, evidencia claras limitaciones sumadas a las deficiencias mencionadas en la introducción.
Reubicar SENACE sacándola del MINAM, además de proseguir limitándola, no aumentaría de plano las inversiones sostenibles pues para ello es necesario recuperar la confianza de los capitales nacionales y extranjeros que analizan el grado de inversión del país, así como no reduciría la tramitología que tanto daño hace a la economía del país con el riesgo de repetir la história seguida por la extinta ARC adscrita a  PCM y dejando al MINAM ad portas de su desaparición, pudiendo en su defecto avanzar generacionalmente con su fortalecimiento en el marco de la modernización del Estado ajustándolo a las necesidades del país en el presente siglo XXI y de cara al futuro.
La reforma del Estado peruano para contar con una autoridad real ambiental es en los hechos, de interés nacional y necesidad pública; colocar tomadores de decisiones y cuadros técnicos capacitados con estándares internacionales, reducir los niveles de contaminación y  los pasivos ambientales, zanjando los enfrentamiento entre sectores por el uso real, efectivo y beneficioso de los recursos naturales coadyuvaría en fortalecer la gobernabilidad y gobernanza  en los tres niveles de gestión : Nacional, Regional y Local.
Al alinear las políticas de Estado y no solamente las políticas de los gobiernos en turno, así como los planes,programas, proyectos y actividades de gestión de riesgos a las necesidades por ordenamiento territorial y vulnerabilidades existentes en las cuencas, permitirá reducir las miles de normas con carácter ambiental que en su afán de proteger y conservar el medio ambiente, ralentizan las inversiones  y provocan un bajo acatamiento de estas leyes ambientales produciendo frustraciones e impunidad.

Una autoridad ambiental real para agilizar inversiones sostenibles

La autoridad ambiental real para constituirse agente de cambio y reducir el riesgo ambiental ante el cambio climático, debe actualizarse con los tiempos de la inteligencia artificial y aceptar los adelantos tecnológicos modernos para dar paso a los proyectos de inversión ya sea éstas públicas, privadas o  mediante asociaciones Público -Privadas. 
Con la finalidad de explicar este punto vinculado a todo lo anteriormente expuesto, podría tocar proyectos de inversión en distintos sectores que ven el colapso de la ventanilla única de certificación ambiental, pero por cuestiones didácticas haré referencia a los proyectos de inversión vinculados al sector energía a partir de la descontaminación ambiental de los residuos sólidos para poner en valor la basura y producir energía eléctrica limpia; lo cual involucra en Perú la participación de las siguientes instituciones: MINEM,MINAM,ANA,MINSA,CULTURA,GORE,Gobierno local a través del municipio provincial y municipio distrital.     
En principio, la tecnología de proyectos de descontaminación - ECF que usan residuos sólidos municipales para generar energía eléctrica es usada en diversos países desarrollados del mundo, cito el caso de Suecia donde solo el 1% de la basura se envía a rellenos sanitarios. "Al quemar basura, otro 52% se convierte en energía y el 47% restante se recicla. Sólo la cantidad de energía generada a partir de los residuos proporciona calefacción a un millón de hogares y electricidad a 250.000". El otro caso que menciono es el de Singapur, quien en su "sexta planta de conversión de residuos en energía puede incinerar 3600 toneladas de residuo y generar 120 megavatios de electricidad al día". En el Perú solamente la región Lima convierte la basura en energía eléctrica, mientras tanto en las otras regiones del país no se aprovecha la basura y ésta se constituye en un grave problema de contaminación ambiental por la inadecuada gestión y manejo de los residuos sólidos municipales que alcanzan niveles críticos con los lixiviados producidos en los vertederos a cielo abierto en la costa norte del país como sucede en Piura,Lambayeque y La Libertad , al presentarse lluvias extremas e inundaciones con la ocurrencia del fenómeno El Niño.

Tiempo para ejecutar proyecto público-privado ECF ante emergencia climática

A las trabas existentes en las certificaciones ambientales, se le agrega que los tomadores de decisión en el tema ambiental continúan manejando conceptos del siglo pasado cuando se utilizaba en la costa peruana lagunas de estabilización a fin de tratar las aguas residuales y los rellenos sanitarios para disponer finalmente los residuos sólidos municipales.
Los impactos del cambio climático obligaron a optar a cada vez ves más países del mundo por nuevas alternativas técnicas y el avance de la ciencia permitió acceder a soluciones apropiadas para prevenir y mitigar los daños provocados por la contaminación.
Los gobiernos regionales y alcaldes provinciales ven que tienen escaso margen de actuación para ejecutar proyectos de inversión sin transgredir "normas existentes creados por dispositivos legales" en el corto tiempo que tienen para ejecutar proyectos que no provocan impactos ambientales negativos , sino todo lo contrario, previenen de la contaminación con efectos positivos en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, pero igual deben contar con el  expediente técnico, obtener la certificación ambiental, permisos, autorizaciones, registros, inscripciones, dictámenes, informes, factibilidad de servicios públicos y licencias necesarias para desarrollar todas las fases de un proyecto , desde la concepción inicial, construcción, operación, gestión, hasta el cierre del mismo. 
Huelga decir que existe el costo del dinero y el tiempo influye sustantivamente en él cuando existen demoras y externalidades que en los proyectos públicos lo asume la Nación, en tanto que en los proyectos privados estan a cargo de las personas jurídicas, corporaciones o accionistas.
En síntesis, la mejora de instituciones como SERNANP,SERFOR,ANA,OEFA,SENACE........y otras, así como los reguladores de monopolios naturales OSINERGMIN, OSITRAN, OSIPTEL, SUNASS; idependientemente que pudieran enontrarse adscritas a PCM o en alguno de los 18 ministerios AGRICULTURA,MINAM, ....cuyas funciones esten relacionadas con la prevención, mitigación y compensación de riesgos ambientales, pasa por optimizar la gestión del Estado en forma sistémica y no de lograr óptimos locales en un supra ministerio del aparato estatal. 

Normas vinculadas al Proyecto ECF 

Finalmente, presento un compendio inicial del ordenamiento legal peruano para ejecutar el Proyecto ECF , dar valor a los residuos sólidos municipales y generar energía eléctrica limpia, evitando que miles de toneladas de basura acumuladas diariamente en vertederos a cielo abierto , expuestas a lluvias extremas y posibles inundaciones, que no cuentan con el debido control de la autoridad competente, continúen contaminando el medio ambiente y afectando la salud pública en las ciudades mas densamente pobladas del Perú.
-Constitución Política del Perú de 1993.
-Ley N° 26842 – Ley General de Salud. 
-Ley N° 27444_Ley del Procedimiento Administrativo General.
-Decreto Legislativo N° 1013_Ley de creación, organización y funciones del MINAM.
-Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM – Aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030. -Decreto Legislativo N° 635- Código Penal y sus modificatorias.
-Decreto Legislativo N° 1224_Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos.
-Ley General del Ambiente_ Ley N° 28611 y sus modificatorias.
-Decreto Legislativo N° 1055 que modifica la Ley General de Ambiente, Ley N° 28611.
-Ley N° 28245- Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su modificatoria mediante Ley N° 29050.
-Ley del Sistema Nacional de evaluación y Fiscalización Ambiental_ Ley N° 29325 y sus modificaciones.
-Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada_ Decreto legislativo N° 757 y sus modificatorias.
-Ley de promoción de la inversión para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible- Ley N° 30327.
- Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental_ Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.
-Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles_ Ley N° 29968
-Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834.
-Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Decreto Supremo Nº 038-2001-AG.
-Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor, Decreto Supremo N° 017-2009-AG.
-Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales_ Ley Nº 26821.
-Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, Ley N° 26839, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 068-2001-PCM.
-Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763 y sus Reglamentos, Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, N° 019-2015-MINAGRI, N° 020-2015-MINAGRI y N° 021-2015-MINAGRI.
-Categorización de las Especies Amenazadas de Flora Silvestre, Decreto Supremo N° 043-2006-AG.
-Actualización de la Lista de Clasificación y Categorización de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre Legalmente Protegidas, Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI.
-Guía de Inventario de la Fauna Silvestre - Resolución Ministerial N° 057-2015- MINAM.
-Guía de Inventario de la Flora y Vegetación - Resolución Ministerial N° 059-2015-MINAM.
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental_ Ley N°27446, modificada por el Decreto Legislativo N° 1078.
-Reglamento de la  Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental_ Decreto Supremo N°  019-2009-MINAM.
-Decreto Supremo N° 054-2013-PCM_ Disposiciones especiales para ejecución de procedimientos administrativos. Consideraciones para la presentación de ITS ante SENACE contempladas en la Guía de Informes Técnicos Sustentatorios (ITS) de proyectos eléctricos.
-Decreto Supremo N° 060-213-PCM_ Aprueba disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada.
-Decreto Supremo N°004-2010-MINAM_ Precisa la obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las áreas naturales protegidas.
-Resolución Ministerial N° 455-2018-MINAM_ “Guía para la Elaboración de la Línea Base en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA” y la “Guía para la identificación y caracterización de impactos ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA”.
-Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Aire, Decreto Supremo Nº 003-2017-MINAM.
-Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido_ Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM.
-Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Radiaciones No Ionizantes_ Decreto Supremo N° 010-2005-PCM.
-Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades.
-Decreto Legislativo N° 1278 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de gestión integral de residuos sólidos y sus modificatorias la Ley N° 30552 y el Decreto Legislativo N° 1501.
-Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM- Reglamento del Decreto Legislativo N°1278.
-Ley N° 29419 – Ley que regula la actividad de los recicladores.
-Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM_Aprueban el reglamento sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales.
-Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM – Aprueba reglamento de la Ley N° 29419.
-Decreto Supremo N° 001-2012-MINAM – Reglamento Nacional para la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
-Decreto Supremo N°001-2022-MINAM_ Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante DS N° 014-2017-MINAM; así como el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante DS N° 005-2010-MINAM.
-Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y sus modificatorias. Aprueba la primera actualización del listado de inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA considerados en el Anexo II del Reglamento de la Ley N° 27116, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.
-Resolución Ministerial N° 260-2023-MINAM_Modifican la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental -SEIA, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y normas modificatorias, respecto a los proyectos de inversión de residuos sólidos del sector Ambiente.
 -Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Legislativo N° 25844.
-Reglamento de Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Supremo N° 009-93 y sus modificatorias.
-Decreto Legislativo N°1002 – Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables.
-Decreto Supremo N° 014-2019-EM, Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas.
-Resolución Ministerial N° 214-2011-MEM/DM_ Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011).
-Decreto Supremo N° 012-2011-EM – Aprueba nuevo reglamento de la Generación de electricidad con energías renovables y sus modificatorias.
-Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM_ Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas.
-Decreto Supremo Nº 030-2021-MINAM_Aprueban Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas de las actividades de generación termoeléctrica.
- Entre otras actualizadas por incorporar.

domingo, 13 de agosto de 2023

Inapropiada disposición de RRSS en zonas afectadas por Lluvias extremas

El 25 de julio del 2021, se publicó el Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, norma que aprobó la Política Nacional del Ambiente al 2030, en el mismo se indicaba que en territorio peruano al año 2018, se contaban con 37 rellenos sanitarios en operación.
Se indicaba que sólo el 52 % de los residuos sólidos era dispuesto adecuadamente en rellenos sanitarios, mientras que el equivalente a 1% se recuperaba y más del 47 % de los residuos sólidos estarían siendo dispuestos inadecuadamente.
El problema focalizado fue la “Disminución de los bienes y servicios que proveen los ecosistemas que afectan el desarrollo de las personas y la sostenibilidad ambiental”, considerando entre los objetivos alcanzar para enfrentar y dar solución a esos problemas al de incrementar la disposición adecuada de los residuos sólidos, para lo cual el logro esperado al año 2030 era alcanzar 63.24% como porcentaje de residuos sólidos municipales generados que se disponen en una infraestructura de disposicipon final adecuada.

Problemas subsistentes en la disposición final de RRSS al año 2023

Transcurrido el tiempo, no se aprecia mayor avance en el extremo de RRSS para lograr los objetivos previstos en la Política Nacional del Ambiente al 2030, toda vez que se continúa con el modelo aplicado para controlar los vertederos o los denominados botaderos a cielo abierto, incluyendo la inadecuada forma de enfrentar los efectos del cambio climático en áreas con presencia de lluvias intensas y sujeta a inundaciones provocadas por eventos climáticos,atmosféricos e hidrológicos como es en el caso de la recurrencia del fenómeno El Niño en la costa norte del país.

Contaminación acumulada en los últimos 40 años

La mayor parte de la población peruana se encuentra en la costa , produciendo residuos sólidos municipales que fueron dispuestos en forma inadecuada en los últimos cuarenta años, generando altos niveles de contaminación acumulada en ecosistemas frágiles de la costa norte.
Así la presión demográfica , el mal manejo y gestión de RRSS municipales y eventos como el fenómeno El Niño de los años 1983, 1998 y 2017 , contribuyeron a impactar gravemente los ecosistemas y la salud pública en esta parte del país.
Así se tienen los casos de los vertederos de Castilla (Piura), Reque (Chiclayo - Lambayeque), El Milagro (Huanchaco-Trujillo-LaLibertad) como claros ejemplos de la inapropiada disposición final de RRSS municipales en Perú.
Inadecuado control de lixiviados en vertederos afectados por cambio climático
Importante volúmenes de GEI son producidos y evacuados a la atmósfera, contaminando el ambiente.

Los vertederos sin control, deben ser cerrados oportunamente por las autoridades competentes.

Prevención ante el anunciado fenómeno El Niño 2023-2024 

A ciento cuarenta (140) días para llegar al año 2024, el Estado peruano a través de sus tres niveles de gestión, se encuentran en proceso de ejecución de los presupuestos designados para las actividades de prevención  a fin de mitigar los impactos de la contaminación originados por los lixiviados incrementados en volumen por las aguas de lluvias producidos por los RRSS municipales en la costa norte del país.
Instituciones como MINSA,OEFA-MINAM,Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Congreso de la República, Fiscalía de prevención del delito, entre otros organismos competentes de acuerdo a leyes peruanas, cuentan con información sobre la data acumulada existente de las últimas décadas  que permite corregir oportunamente el impase subsistente sobre el tema.

El Dato

El desarrollo de la ciencia y tecnología moderna permiten el uso de plantas de descontaminación ECF a los efectos de poner en valor la parte orgánica de los RRSS municipales, con lo que se elimina la existencia de lixiviados, a la vez que se produce energía limpia.

martes, 1 de agosto de 2023

Daño ambiental por Lixiviados de residuos sólidos municipales no controlados

A los altos niveles de contaminación producidos por los vertederos sin control y/o botaderos a cielo abierto existentes en algunos países de América Latina, los cuales generan importantes cantidades de gases efecto invernadero , se incorpora el incremento de lixiviados provenientes de residuos sólidos municipales sin control como un efecto de las intensas lluvias producidas por el cambio climático.
A los gases metano y CO2 se incorpora la contaminación por lixiviados en los vertederos sin control.
Los lixiviados a los que hago referencia, constituyen los líquidos resultantes del proceso de percolación del fluido formado por la fermentación y descomposición de la materia orgánica presente en los residuos sólidos municipales ; cuya acumulación se multiplica con la filtración de aguas pluviales que terminan arrastrando residuos biocontaminados y compuestos químicos que afectan ecosistemas y la salud pública.
Lixiviados provenientes de RRSS municipales sin control contaminan ecosistemas.

Daño ambiental en la salud pública por efecto del cambio climático  

Un escenario de daño ambiental con afectación a la salud pública es producido por los vertederos sin control, donde los lixiviados de residuos sólidos municipales no se tratan y generan contaminación impactando en los servicios ecosistémicos. 
Estos volúmenes de lixiviados aumentan y su efecto contaminante en los recursos agua, aire y suelo se ven incrementados ante la presencia de lluvias intensas y contínuas que se presentan por fenómenos atmosféricos, climáticos e hidrológicos, los cuales con el aumento de temperatura, humedad y eventuales inundaciones, se incorporan en la cadena trófica hasta poner en riesgo la salud pública en las zonas de influencia.

ECF para prevenir la contaminación y no elevar el número de personas afectadas 

El uso de plantas de descontaminación ambiental - ECF, eliminan la formación de lixiviados toda vez que impiden la presencia de botaderos a cielo abierto y/o vertederos sin control , poniendo en valor la materia orgánica presente en los residuos sólidos municipales  al transformarlas en energía limpia.

El Dato

Respecto a la relación existente entre : Disposición final de la basura sin control- Lluvias-Lixiviados-Contaminación-Muertes; a mayor abundamiento a lo que explicara en  "Invisibilidad de basura y muertes en América Latina" refiriéndome al caso de la región Piura-Perú, se puede revisar "Acción climática para descontaminar América Latina: El caso de Piura-Perú" así como las interacciones vinculantes en la publicación del SENAMHI "caracterización climática y escenarios climáticos de la región Piura", la información del promedio multianual de la precipitación acumulada anual 1971-2000 en donde ya se indicaba que estacionalmente, las lluvias se incrementaban al oeste de Piura.
Grandes variaciones en su climatología que llega hasta un 230% al centro oeste de Piura
De la data estadística y científica del SENAMHI, se corrobora el año 2016 la presencia de lluvias intensas y contínuas por trece (13) horas en Sullana-Piura.
En marzo del 2016 se presentaron lluvias contínuas por trece (13) horas en Sullana-Piura
De otro lado, la data referida al manejo y gestión de residuos sólidos municipales publicada por el INEI en su compendio Estadístico 2021-Piura, el cual se corrobora con la información proporcionada por el MINAM en ese extremo y el sector salud MINSA-SINADEF sobre el número de defunciones que se duplicaron en los úlltimos cinco años para la región (departamento) de Piura-Perú.