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viernes, 6 de marzo de 2020

Minera Cerro Verde inició arbitraje en contra del Estado Peruano

El comercio publica que días atrás, la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A informó sobre el inicio de un arbitraje en contra del Estado Peruano. Aunque la empresa no detalló las razones que motivaron al mismo, se presume que fue por el pago de regalías mineras que la Sunat le exige desde hace varios años. En el 2018, el ente recaudador dio a conocer que Cerro Verde tenía una deuda pendiente de S/1.100 millones por regalías no canceladas entre 2006 y 2011.
Lo anunciado por la compañía se dio a conocer mediante un hecho de importancia publicado en la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) el pasado 28 de febrero. Según se detalla en el documento, el Directorio de Cerro Verde autorizó a Freeport-McMoRan, grupo económico estadounidense al que pertenece, a iniciar este procedimiento.
Labores mineras en cerro verde-Arequipa-Perú.

La cuestión de fondo

El caso en cuestión inició en 1998, cuando Cerro Verde firmó un contrato de estabilidad tributaria (que garantiza que los impuestos y otras cargas tributarias no cambien para las mineras por un periodo determinado) con el Estado Peruano. De este modo, se exoneraba el pago de regalías a su proyecto de lixiviación, en Arequipa, donde operan una mina de cobre.
Años después, en el 2004, se aprobó la Ley de regalías mineras. Y es ahí donde surge la controversia.
Con la norma de por medio, desde la empresa argumentaban que el contrato de estabilidad tributaria que anteriormente firmaron también podría aplicarse a la ampliación que realizaron en el 2004 de otro proyecto de Sulfuros Primarios. Sostenían que, como las regalías fueron establecidas en 2004, no debían pagarlas. Pero la Sunat pensaba lo contrario.
La entidad recaudadora manifestó que cuando se firmó dicho contrato la planta de sulfuros no existía, y por ello no quedó bajo su amparo. El caso ya había sido visto por el Tribunal Fiscal, que le dio la razón a la Sunat en el 2013. Posteriormente, la minera recurrió al Poder Judicial.
En el 2014, el 18° Juzgado Contencioso Tributario y Aduanero declaró fundada, en parte, la demanda de Cerro Verde. La Sunat, entonces, apeló ante la Sexta Sala Contencioso Tributaria y Aduanera de Lima.
Y en el 2016, representantes de la Sunat y Cerro Verde se encontraron en dicha sala, cuando estaban en juego S/ 800 millones. En ese mismo año, se comunicó que la empresa había perdido el juicio contra la entidad recaudadora.
A partir de allí, se estableció que la minera debía pagar al Estado más de S/ 286 millones por regalías no pagas en los años 2006 y 2007. Si consideraban otros pagos similares, la cifra llegaría a los S/ 800 millones.
De acuerdo con lo informado por El Comercio en esas fechas, en la sentencia se establecía textualmente que “el Proyecto de Sulfuros Primarios no está cubierto con las garantías que otorga el Contrato de Estabilidad suscrito entre el Estado Peruano y la recurrente en el año 1998, toda vez que el citado proyecto fue implementado con posterioridad a la celebración del contrato de estabilidad”.
Un día después, la minera anunciaba que recurriría a la Corte Suprema por no estar conforme con el fallo. Cerro Verde había decido impugnar contra la medida a través de un recurso de casación, buscando que la Corte Suprema de la República corrija lo que consideraban “errores procesales y sustantivos”.
Ya en el 2017, la Corte Superior ratificó que la empresa debía pagar S/ 1.000 millones, correspondientes a los años 2006 y 2009 de la planta de sulfuros primarios.
Meses más tarde, el Poder Judicial volvió a ordenar que Cerro Verde pague la suma de US$ 250 millones, luego de que la minera presentara un recurso de apelación. El monto sujeto a pago se hacía por concepto de regalías mineras para la región Arequipa correspondientes a los años 2006 y 2007.

El potencial caso ante el CIADI

Según expuso la minera en el comunicado a la SMV, la medida de llevar el caso a arbitraje se enmarca en el Acuerdo de Promoción Comercial Estados Unidos-Perú, también conocido como el Tratado de Libre Comercio (TLC), el cual se firmó en Washington D.C. en abril de 2006 y entró en vigor en el año 2009.
Cerro Verde no precisó ante qué instancia presentó este reclamo. Vale aclarar, sin embargo, que el anuncio de arbitraje empieza por una etapa de trato directo.
“Antes de presentar la demanda, se tiene que pasar por una etapa de negociación que dura seis meses. La negociación se hace directamente entre las partes en el mismo país receptor de la inversión”, expresó el abogado especialista en arbitrajes, Mario Reggiardo, del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, en conversación con El Comercio. Por su parte, Bruno Marchese, del Estudio Rubio, señala que este periodo se puede ampliar.
Según continúa Reggiardo, el reclamo de Cerro Verde debe ser recibido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que se lleve a cabo la etapa de trato directo. “Si no se llega a un acuerdo en el trato directo, el inversionista va al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) y avisa que quiere iniciar el arbitraje”, comenta. 
Siendo así, el especialista aclara que la demanda aún no está planteada, sino que se trata de un aviso. Lo que gestiona la empresa, indica, es una petición de arbitraje, debido a que el CIADI tiene que “evaluar” si esta puede o no iniciar el procedimiento en mención.
Y si llega al CIADI, ¿cuánto podría costar este proceso? Reggiardo refiere que, en gastos administrativos por el sistema CIADI y los árbitros, el monto podría oscilar entre el millón y los dos millones de dólares. “Esto va a depender del monto planteado [en una demanda]”, especificó.
El pago de esta cifra se repartiría equitativamente entre ambas partes –Estado Peruano y empresa–, sin embargo, en ella no se considera el pago a los abogados contratados para la defensa peruana, que en total podrían cobrar una suma aproximada –si el arbitraje llega hasta el final– de cuatro a seis millones de dólares en sus honorarios.
En cuanto al tiempo que tomaría dicho proceso, Reggiardo estima que podría durar de tres a cinco años, una cifra con la que coincide Marchese. En este periodo, el CIADI determina si puede asumir competencias y discutir el caso en cuestión, a la par de decidir si lo revisará a profundidad o no.
Como se vio anteriormente, el Poder Judicial resolvió a favor de la Sunat. Partiendo de ello, ¿el CIADI podría tomar en cuenta estos antecedentes si Cerro Verde presenta formalmente su demanda?
De acuerdo con Reggiardo, la discusión no se realizaría a partir de lo anteriormente dispuesto por la justicia peruana, sino que esta discusión se enmarcaría en lo establecido por el TLC entre EE.UU.
“Ellos [Cerro Verde] lo que van a alegar es la vulneración del tratado de inversiones Perú-Estados Unidos, donde ahí hay otros derechos”, manifestó. “Como no sabemos en qué consiste esa demanda, no sabemos qué tipo de derechos en el tratado de inversiones se habrían vulnerado”, agrega.

martes, 17 de septiembre de 2019

34° Convención minera Perumin

En su editorial El Comercio: Regla de oro para la minería, toca una agenda de desarrollo minero en el Perú que requiere institucionalidad y beneficios compartidos, hace mención a la 34° Convención Minera Perumin, a desarrollarse en Arequipa desde el lunes 16 hasta el 20 de setiembre, destacando algunos pilares que hacen viable y provechosa la inversión minera.
“En primer lugar, un contrato social estable entre las comunidades, las empresas y el Estado es fundamental para tener relaciones de respeto y confianza que perduren por las décadas de convivencia que demanda cualquier proyecto minero. La institucionalidad de cualquier aventura de largo plazo debe trascender los liderazgos pasajeros de los líderes comunitarios, de los representantes empresariales y de los políticos nacionales de turno. Debe descansar, más bien, en reglas claras y capacidad para hacerlas cumplir. En el caso de Australia, los Native Title Agreements, según escribía la embajadora Diana Nelson, sirven para resolver disputas y promover el desarrollo consensuado.
En segundo lugar, para garantizar la sostenibilidad de los acuerdos, estos deben ser percibidos como mutuamente beneficiosos para todas las partes involucradas, de modo que se reduzca el incentivo para cambiar las reglas o patear el tablero. Quizá no haya una mejor manera de hacerlo que los encadenamientos productivos que puede generar la minería como motor de desarrollo local. Desde maquinaria hasta servicios de software o ingeniería, la industria minera en el Perú tiene la escala para desarrollar clústeres de proveedores locales con potencial exportador. Sin necesidad de ir hasta Australia, de los esfuerzos en este sentido de la región de Antofagasta, en Chile, se puede tomar nota. Perumin puede ser ocasión para construir los cimientos del ansiado clúster minero del sur. No habrá comunidad más simpatizante de la minería que aquella que entiende que su desarrollo está atado a la operación minera.
En tercer lugar, el esquema tributario que enfrenta la minería debe ser justo, estable y competitivo.Del mismo modo, garantizar que los recursos fiscales que genera la actividad son invertidos apropiadamente ayuda a cerrar brechas sociales urgentes y da legitimidad a nuevos proyectos. Tan o más importante que recaudar bien es usar adecuadamente el canon y las regalías, pero de eso hoy se discute poco. Estrategias de acercamiento a la comunidad basadas en inversiones tempranas con proyectos de infraestructura, como el óbolo minero, tienen enorme potencial.
Si no se entiende hoy la importancia de un nuevo contrato social minero, quizá sea luego demasiado tarde. Zonas como Moquegua demuestran que se puede apalancar la minería para mejorar condiciones de vida de la población, en tanto que experiencias internacionales apuntan a que el camino de diversificación productiva de valor agregado a partir de la minería es tan posible como necesario…”

jueves, 24 de mayo de 2018

Impacto de inversiones en energía del desprestigiado ex presidente

El escándalo que llevó la renuncia de Pedro Pablo Kuczynski (PPK) a la presidencia de la República en Perú, continúa con una secuela de impactos.
La administración Vizcarra, a través del Ministerio de Energía y Minas, dejó sin efecto los contratos de licencia que beneficiaban a Tullow Oil, firmado por PPK justo antes de renunciar. Tullow había planeado una inversión inicial de $ 200 millones de dólares en cinco bloques, según Perupetro.
Mediante el Decreto Supremo Nº 011-2018-EM  publicado en el diario oficial El peruano del día de ayer 23 de Mayo del 2018, que deroga cinco (05) Decretos Supremos : N° 006-2018-EM, N° 007-2018- EM, N° 008-2018-EM, N° 009-2018-EM y N°010-2018-EM , que aprueban los Contratos de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en los Lotes Z-64, Z-65, Z-66, Z-67 y Z-68, ubicados en el zócalo continental frente a las costas de las provincias de Tumbes y Contralmirante Villar del departamento de Tumbes; Paita y Sechura del departamento de Piura; Chiclayo y  Lambayeque del departamento de Lambayeque; Santa, Casma y Huarmey del departamento de Ancash y Casma y Huarmey del departamento de Ancash, respectivamente.
El presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva, afirmó que la derogación de los decretos supremos que firmó PPK antes de renunciar, no implica oponerse a la inversión privada y respondió a la necesidad de mejorar la relación entre las inversiones en este sector y la población.
En otro momento también aseguró que respetarán los acuerdos y contratos suscritos con un comienzo sin irregularidades.
De otro lado, Tullow, cuyas acciones cayeron un 5,2 por ciento en Londres el miércoles, dijo que consideraría "próximos pasos".

martes, 19 de abril de 2011

Contratos de garantías mineras y altos precios internacionales de minerales

Los Contratos de Garantías y Medidas de Promoción a la Inversión Minera han sido firmados por las empresas mineras y el Estado Peruano, al amparo del artículo setentiocho de la Ley General de Minería (DS Nº 014-92-EM).
Una posición actual (2011) que viene difundiéndose bajo el escenario del incremento de precios internacionales de los minerales es que debe modificarse la Ley de Minería para que los nuevos contratos permitan un eventual reparto equilibrado de las utilidades y las sobreganancias entre las empresas mineras y el Estado Peruano.
Asimismo, los contratos de estabilidad precitados están amparados por el artículo sesentidos de la Constitución Política de 1993, el cual establece que los contratos sólo pueden ser modificados por acuerdo entre las partes. Por consiguiente, el acuerdo entre las partes es condición sine qua non para cualquier eventual modificación.
El supuesto que alienta la modificación es el hecho que las empresas mineras estarían obteniendo ganancias imprevistas por los altos precios y el Estado no estaría obteniendo la participación que le debería corresponder por impuesto a la renta y regalías.
Este cambio se realizaría sin perjuicio de la existencia del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo, también llamado “óbolo minero”, que no extendería su vigencia durante la próxima administración del Estado peruano.
Es así que el próximo gobierno (A partir de Julio del 2011) decidirá sobre la continuidad del aporte voluntario, abriéndose la posibilidad de crear un impuesto a las sobreganancias mineras, toda vez que tal propuesta quedó entre los candidatos presidenciales que van a la segunda vuelta electoral.
Ambas opciones que podrían administrar los destinos del Perú por los próximos cinco años: Gana Perú y Fuerza 2011 ratificaron sus posiciones de incorporar más impuestos a las empresas mineras que vienen realizando operaciones en territorio peruano. Las propuestas coinciden en gravar las sobre ganancias mineras. La propuesta de Gana Perú considera que no renovará los contratos de estabilidad, además que eliminará esa figura de la Constitución Política. En este contexto, se estaría considerando eliminar el óbolo minero. Por su parte, la propuesta de Fuerza 2011 es establecer regalías variables sobre la base del margen operativo, de manera que cuando haya más ganancias habrá más regalías.  El óbolo minero se creó en el año 2006, como resultado de un convenio entre el Ejecutivo y treinta y nueve empresas mineras, en vista de la presión de la campaña electoral de los entonces candidatos Alan García y Ollanta Humala, quienes proponían gravar las sobreganancias.
En ese acuerdo se comprometía a las empresas extractivas a donar el 3.7% de sus utilidades para inversiones sociales, sumando en conjunto alrededor de S/. 500 millones de nuevos soles al año. Es así que desde enero del 2007 (inicio de su vigencia) hasta enero del 2011, las mineras han depositado S/. 1,776 millones por este concepto, según el informe de la Comisión Sectorial del Ministerio de Energía y Minas (MEM).
Este monto no corresponde a los S/. 2,500 millones previstos por las mineras en cinco años, y alcanzarían sólo S/. 2 ,300 millones. Las inversiones ejecutadas representarían el 62% del total depositado. El informe del MEM menciona que la ejecución del “óbolo minero” se concentró en proyectos de infraestructura (32.94%), cadenas productivas (15.66%) y educación (15.23%), seguidos de inversiones en salud (11.95%) y nutrición y alimentación (11.01%).
Respecto a los contratos duran 15 años y se podrán observar en el Portal del Ministerio de Energía y Minas (http://www.minem.gob.pe/).
Veremos que los contratos de Barrick (Pierina), Cerro Verde y Yanacocha (Cerro Yanacocha) vencen en los años 2012, 2013 y 2014, respectivamente. El contrato con Antamina, por US$ 2,094 millones, vence el año 2015. Posteriormente viene Barrick (Alto Chicama), que vence el 2020, y también de Chinalco (Toromocho), que debe empezar su inversión en el 2012, por lo que su contrato concluye el año 2027.
A los mencionados debería sumarse el de Xstrata (Las Bambas), firmado en el año 2009 al amparo de los DL 662 y DL 757 del año 1991 (la inversión debe comenzar el 2011).
El sustento de las modificaciones radicaría en las nuevas condiciones económicas y sociales en beneficio de la estabilidad económica y social de las partes.
Nos preguntamos si sería suficiente sustento para ambas partes y si esta contingencia no retraería las inversiones previstas de cara al futuro en Perú.