Powered By Blogger
Mostrando entradas con la etiqueta minería artesanal. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta minería artesanal. Mostrar todas las entradas

viernes, 7 de enero de 2022

El largo proceso de formalización minera sin contar con una Política de Estado

Pasó una década desde que en este espacio precisé que sin una Política de Estado de pequeña minería y minería artesanal las futuras administraciones de gobierno del Estado peruano no podrían armonizar el crecimiento y desarrollo de la sociedad peruana en general.
Asimismo, indiqué que habría un crecimiento exponencial de esta actividad ante el incumplimiento y desborde de las leyes que producirían importantes niveles de contaminación a ecosistemas, con el consecuente impacto en la salud pública.
El tiempo y los hechos indicaron que estaba en lo correcto.

Historia de las normas incumplidas con plazos ampliados

Los esfuerzos legislativos con plazos incumplidos se remontan a lo fijado por el decreto legislativo N° 1105 _publicado el 19 de abril del 2012 _  donde se estableció disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal, ejercida en zonas no prohibidas para la realización de dichas actividades a nivel nacional; en este contexto los titulares de las concesiones mineras tuvieron inicialmente un plazo dispuesto por el ministerio de energía y minas  para presentar la declaración de actividad minera informal en el área de su concesión hasta el 17 de Julio del 2012.
La ley N° 29910 de agosto del 2012, estableció un plazo adicional de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del seis de setiembre del 2012 para que los sujetos de formalización, cumplan con presentar la declaración de compromisos, con el objeto de acogerse al marco del proceso de formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal.
La precitada ley evidenció una actitud laxa de la representación nacional sobre el particular, pues en su disposición final y transitoria indicaba que la comisión de energía y minas del Congreso de la República podría solicitar información en materia de formalización a los gobiernos regionales, con relación al avance de la presentación de las declaraciones de compromisos, a que se refiere esta ley.
Mediante el DS N° 001-2013-MINAM del  cinco de febrero del 2013 se amplió  el plazo a los sujetos materia de regulación para presentar el instrumento de gestión ambiental correctivo ante el correspondiente gobierno regional hasta el cinco de octubre de 2013.
Asimismo, según el decreto supremos 003-2013-EM, del cinco de febrero del 2013, los sujetos a la norma deberían cumplir con presentar hasta el cinco de setiembre de 2013 la acreditación de titularidad, el contrato de cesión y el acuerdo o contrato de explotación que tengan sobre la concesión minera. También debieron presentar la acreditación de propiedad o autorización de uso del terreno superficial hasta el 16 de setiembre del 2013, en tanto que la autorización de uso de aguas se podría acreditar hasta el 25 de setiembre del 2013.
En este escenario se debe tener en cuenta las normas complementarias al decreto legislativo N° 1105 como es en el caso de los tópicos  dispuestos en los DS N° 039-2012-EM, DS N° 027-2012-EM y DS N° 018-2018-EM.
Con el decreto legislativo N° 1293 del treinta de diciembre del 2016 , se declaró de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal , estableciendo en su artículo seis la  vigencia del proceso de formalización minera integral considerando un plazo de treinta y seis meses, contados a partir de la culminación del plazo de inscripción señalado a partir del seis de febrero de 2017, y hasta por un plazo de ciento veinte días hábiles.
Las recurrentes prórrogas de vigencia del proceso de formalización minera se mantiene con la ley  N° 31388 publicado el 31 de diciembre del 2021 que en su artículo dos amplía el plazo de vigencia del proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal hasta el 31 de diciembre del año 2024.

Agenda pendiente para establecer la Política de Estado

Por RM N° 075-2021 MINEM/DM de marzo del 2021 se creó el grupo de trabajo para que en un lapso ya concluido de 120 días calendario pueda formular la política nacional multisectorial de pequeña minería y minería artesanal;  adicionalmente la actual administración Castillo, a través del ministerio de energía y minas tiene previsto que en un plazo de los primeros 180 días hábiles del año 2022, presente al Congreso de la República el proyecto de Ley : "Ley de pequeña minería y minería artesanal".
La adecuada gestión sobre pasivos ambientales mineros debe contemplarse en la Política.

martes, 24 de julio de 2018

Empadronamiento de pequeña minería y minería artesanal de oro

Continúa el proceso de modificaciones de las normas complementarias establecidas en el Decreto Legislativo N° 1105 , que establece disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal en Perú.
La secuencia del empadronamiento se inicia el año 2012 con la creación del registro especial de comercializadores y procesadores de Oro, a cargo de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; regulación sustentada en las actividades desarrolladas en las zonas de La Rinconada y Cerro Lunar del distrito de Ananea, en la provincia de San Antonio de Putina, así como en las provincias de Sandia y Carabaya del departamento de Puno, donde se realizan prácticas tradicionales vinculadas a la actividad minera a pequeña escala, en concesiones mineras tituladas, administradas por los concesionarios o por quienes tienen contrato de explotación suscrito; actividades que consisten en la entrega de los minerales al operador bajo contrato de explotación o al concesionario minero.
En este contexto es que mediante e Decreto Supremo N° 018-2018-EM se modificó el Decreto Supremo Nº 027-2012-EM (artículos 1, 2, 3, 4 y 5), quien a su vez fuera modificado por Decreto Supremo Nº 039-2012-EM. Mediante su tercera disposición complementaria final, se establece que actividades tradicionales de recolección de oro en otras zonas del país, podrán identificar en otras zonas del país prácticas similares a las establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2012-EM, a fin de que les sean aplicables sus disposiciones.

miércoles, 26 de marzo de 2014

Protestas sacuden plazo minero

Gestión publica que el ministro de Energía y Minas_Eleodoro Mayorga_informó hoy que los mineros artesanales informales que declaren su compromiso de formalizarse tendrán un plazo de 120 días para poder cumplir los requisitos exigidos y para eso tendrán el apoyo total del Gobierno.
En el acta suscrita (ayer) con los representantes de las organizaciones de mineros informales y artesanales de Arequipa, Ayacucho, Apurímac y Cajamarca es muy importante pues trae un deslinde entre la pequeña minería artesanal, que es una actividad tradicional de muchos peruanos que ahora buscan formalizarse, y la minería ilegal que todos los peruanos deseamos que desaparezca”, indicó.
Agregó que la minería ilegal se caracteriza por desarrollarse en zonas prohibidas, destruye el medio ambiente y genera consecuencias sociales desastrosas.
En ese sentido, ratificó que tanto el gobierno como los gremios de mineros que suscribieron el acta de ayer acordaron culminar el proceso de formalización en un plazo de 120 días.
Todos aquellosmineros que declaren su compromiso por formalizarse antes del 19 de abril, van a recibir todo el apoyo del gobierno para cumplir los requisitos de la formalización, hablamos de facilidades para lograr contratos de explotación, apoyo para cumplir con las obligaciones ambientales, de respeto al agua. Vamos a dar, desde el Estado, todo el apoyo para que este proceso se logre en 120 días”, comentó en RPP.
Señaló que con este acuerdo, el Gobierno busca iniciar un proceso de saneamiento que tiene una serie de componentes como promover el uso de técnicas de procesamiento más benignas para propiciar un manejo más adecuado del mercurio y así tener un efecto menos contaminante.
“Se trata también de ayudar en la situación de las mujeres que trabajan en la selección del mineral, a veces son olvidadas pero que en gran número están en esta actividad; se trata también por velar que la comercialización de oro se realice a través de empresas especializadas bajo la supervisión de Activos Mineros, de manera de asegurar que la comercialización se haga en condiciones justas”, dijo.
Sin embargo, enfatizó que este proceso de saneamiento no implicará que el Gobierno detenga su lucha contra la minería ilegal y no se va a dar marcha atrás en ello.
Mayorga señaló que la minería es un sector muy importante en el Perú, ya que los precios de los metales todavía son muy atractivos y por eso hay mucha gente trabajando en esto, por lo que “vale la pena darse el esfuerzo por empujar en la formalización”.
“Reitero el compromiso del gobierno de promover la explotación minera formal de acuerdo a ley y en condiciones justas”, concluyó.
Cabe señalar que existe una facción de mineros informales y artesanales de Puno,Madre de Dios y otros, desconocen los acuerdos alcanzados en la precitada acta suscrita.
Este descontento se estaría complementando con la huelga de grifos por la dación del Decreto Supremo N° 006-2014 que fija la cuota de hidrocarburos en zonas donde se estaría utilizando al ser desviado su uso en minería ilegal y narcotráfico.
Un Decreto supremo establecerá los nuevos plazos de la denominada etapa de saneamiento que culminará el proceso de formalización distinguiéndola de la minería ilegal, a la cual se le continuará combatiendo con labores de interdicción.

viernes, 21 de marzo de 2014

Plazo final de formalización minera

No se ampliará el plazo en la etapa de formalización de la minería informal que vence, en forma definitiva, el 19 de abril (2014) , recalcó hoy el Alto Comisionado del Poder Ejecutivo para la Interdicción y Formalización de la Minería, Daniel Urresti.
Aseveró que luego de esa fecha, “al día siguiente”, con los que lograron acogerse a este procedimiento, que suman unos 70,000, entrarán a una etapa de saneamiento y el Estado les brindará toda la asesoría necesaria para culminar con éxito todo el procedimiento.
“El plazo no se va a ampliar, el 19 de abril termina la etapa de formalización definitiva y entramos a la etapa de saneamiento. Los que no tengan un acuerdo de compromiso no tendrán posibilidad de formalizarse por el régimen especial”, manifestó en RPP.
Sin embargo, precisó que sí podrán recurrir a un proceso ordinario para lograr la formalización. Empero, remarcó que a través de dicho sistema no podrán operar hasta obtener todos los permisos.
El funcionario afirmó que el Gobierno está dispuesto a dialogar con los gremios mineros representativos y no con organizaciones ficticias y dirigentes que defienden e impulsan la minería ilegal.

martes, 18 de marzo de 2014

¿Más plazos de formalización minera?

En nuestro comentario "Progreso en formalización minera" nos referíamos a los diferentes plazos establecidos dentro del proceso para lograr el cumplimiento del ordenamiento legal vigente en materia de minería informal y resaltamos como un error estratégico tratar en los hechos por igual, tanto a la minería informal como a la minería ilegal.
Faltando treinta y dos (32) días para el cumplimiento del "último plazo" para la precitada formalización, Semana económica se ocupa del tema en los siguientes términos:
"No se ha enfatizado lo suficiente acerca del reto que significa para el actual gobierno la ambiciosa empresa de formalizar la minería ilegal. En los últimos años ha ido discretamente instalándose la idea de que se trata de un problema acaso comparable con el narcotráfico. En tal contexto, en poco más de un mes –el 19 de abril– se vence el plazo para que los informales presenten una declaración de voluntad de querer formalizarse. Es importante hacer esa precisión porque con esa presentación no se obtiene automáticamente la formalización (como pueden dar a entender ciertas noticias), sino que tan sólo se inicia un procedimiento legal que, en el mejor de los casos, terminará con ese resultado.
Un primer problema relacionado a la complejidad de ese proceso es la resistencia de buena parte de los informales a acogerse a la formalización. De hecho, el gremio que aglutina a los mineros informales, Fenamarpe, ha convocado a una ‘gran marcha nacional’ para este 17 de marzo, en la que exigirán modificaciones al régimen legal, comenzando por una extensión del plazo para la presentación de solicitudes. Se sabe en el sector minero (formal) que el gobierno –desde el presidente Ollanta Humala- tiene la voluntad declarada de no ceder y mantener la fecha inamovible. Los informales aducen que la dificultad para formalizarse deriva de que el 75% de ellos está imposibilitado de cumplir con los requisitos porque no tiene (ni, al parecer, prevé alcanzar en el corto plazo) acuerdos con los titulares oficiales de las concesiones mineras en las que operan ilegalmente. Lo cual nos lleva al siguiente problema. Y es que en realidad no es requisito para acogerse a la formalización contar con esos acuerdos.
En realidad no se sabe cuál será el remedio o la solución que finalmente dará el Estado (ya no digamos el gobierno) ante los muchísimos casos que previsiblemente se presentarán en que haya un titular formal y uno o más mineros de facto sobre la misma concesión. A falta de acuerdo, ¿debería perder toda expectativa de legalización el informal? Ésa suena, desde luego, como la solución más razonable, pero ciertamente introduce un desincentivo a la formalización, cuya expresión es precisamente la huelga de este lunes, pues estos mineros se estarían exponiendo al riesgo de ser identificados por su solicitud y luego perderlo todo por no alcanzar acuerdos. La solución contraria resulta todavía más peligrosa, pero por increíble que parezca se presentó incluso un proyecto de ley en el Congreso que apuntaba a que, a falta de acuerdo, fuera el formal el que perdiera la concesión (¡!).
Finalmente, el tercer gran problema es que, una vez vencido el plazo, ¿cómo actuará el gobierno con quienes no presenten declaración alguna? El alto comisionado para la interdicción de la minería ilegal, la formalización minera y la remediación ambiental de la PCM ha tenido recientemente una implacable intervención al desbaratar operaciones de minería ilegal, y eso podría constituir un indicio de su voluntad política para enfrentar el problema a futuro. Pero, lamentablemente, tenemos un gobierno débil, donde además el propio presidente ha visto debilitada su imagen recientemente, y el desgaste de capital político que esta guerra (que en eso podría convertirse) puede resultar demasiado alto".

viernes, 7 de febrero de 2014

Progreso en formalización minera

En plazos para la minería informal (13 Noviembre del 2012) explicábamos las etapas previstas por el ejecutivo en el proceso último de formalización de la minería informal en Perú y fue hace un año atrás (7 Febrero del 2013) en proceso de formalización minera , mencionamos la importancia del pasado año 2013 para ver el cumplimiento del ordenamiento legal vigente para formalizar a la minería ilegal.
Lamentablemente se repitieron errores de otros procesos desarrollados en el pasado y se perdió valioso tiempo, dejando que el avance progresivo de la formalización perdiera fuerza y la minería ilegal desplegara fuerzas para asentarse en espacios geosociales dispersos, donde en un año electoral (2014) difícilmente podrán ser neutralizados.
Faltando setenta (70) dias para el vencimiento del plazo fijado por el ejecutivo a fin de formalizar a los mineros, el ejecutivo tendrá que utilizar más que discursos políticos y buenas intenciones para no fracasar en su intento de reducir la actividad minera ilegal en el país. 
Se debe entender que en los procesos es necesario ir desarrollando etapas y tomar en cuenta consideraciones de la mejora continua.
La burocracia encargada del cumplimiento del ordenamiento legal minero vigente, ya podrá haber tomado debida nota que se encuentra tratando con una gran masa de mineros informales , los cuales se ven penetrados e inficionados por los mineros ilegales, estos últimos existen en indistintas cantidades variables -según las condiciones de operatividad a lo largo de la cadena de extracción,producción,transporte y comercialización_ y actúan bajo el radar de las leyes, motivo por el cual los plazos establecidos le son indiferentes.
Estimamos que la política de tratarlos y considerarlos por igual, sería un error estratégico.
Minería informal de oro en río Marañón,que pasaría ser ilegal luego del 19 -04-2014
En este orden de ideas, Semana Económica publica el siguiente artículo en los siguientes términos:
"Una vez más el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, reafirmó que el plazo final para el proceso de formalización minera no se postergará. Durante el año pasado, reiteró en varios momentos que el 19 de abril vencerá el plazo de formalización sí o sí, a pesar de las dudas sobre si el plazo es el adecuado. Esta semana se reafirmó.
Si bien el Gobierno no quiere variar la fecha final, en agosto emitió un Decreto Supremo que amplió algunos de los plazos intermedios del proceso, debido a que los gobiernos regionales no emitieron las disposiciones para continuar con el mismo. Con ello se buscaba que la formalización avanzara de manera progresiva. Tras el cambio, los mineros podrían presentar cuatro de los cinco requisitos recién el 19 de abril, lo que redujo las posibilidades del gobierno de ‘actuar sobre la marcha’ y resolver los problemas antes de que todo termine. Ello, por supuesto, generará otro problema: la carga burocrática que tendrán los funcionarios a cargo a partir del 20 de abril.

¿ESTRATEGIA O AMPLIACIÓN?

Inicialmente el Gobierno señaló que aquellos mineros que no se sometieran o no aprobaran el proceso de formalización serían considerados ilegales y sometidos a acciones de interdicción (destrucción de maquinaria utilizada para minería ilegal). Pero en agosto el mismo Decreto Supremo que modificó los plazos intermedios anunció una “estrategia de saneamiento del proceso de formalización” que terminaría en el 2016. Dicha medida sembró dudas: ¿se estaba ampliando el plazo de formación para los mineros informales?
El ministro Pulgar-Vidal reiteró que no, pero el texto del artículo dejaba dudas, según la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. Más aún, Daniel Urresti, alto comisionado para la formalización minera, afirmó en enero que están “analizando” la posibilidad de que los mineros puedan formalizarse hasta el 2016, y en una entrevista posterior dijo que permitirán que los mineros inscritos en el proceso “puedan seguir operando sin formalizarse” hasta por un año.

FORMALIZACIÓN A MEDIAS

Las declaraciones de Urresti tienen una razón clara: muy pocos mineros estarán formalizados al final del proceso. “No se ha avanzado casi nada”, aseguró a Semana Económica César Ipenza, abogado especialista en materia ambiental que ha estudiado de cerca la minería ilegal en los últimos años. “Tenemos noticias mediáticas de interdicciones, fundamentalmente en Madre de Dios, pero si uno va o conversa con la gente, la cosa sigue igual o peor”.
De los 70,000 mineros que iniciaron el proceso de formalización, actualmente sólo 30,000 tienen probabilidades de formalizarse. El investigador y consultor en temas mineros, Miguel Santillana, estima que sólo 7,000 tendrán la documentación lista para formalizarse el 19 de abril. José de Echave, investigador de CooperAcción, también considera que los formalizados serán una minoría.
No existen estudios oficiales sobre el número de mineros ilegales e informales en el Perú. Ipenza cree que la cifra total va de 150,000 y 170,000, y que sólo en Madre de Dios habrían 70,000. José de Echave, investigador de CooperAcción y ex viceministro del Ambiente, considera que esa cifra se queda corta y que los mineros ilegales e informales en el Perú sumarían entre 300,000 y 400,000. Miguel Santillana considera que podrían alcanzar los 500,000.
Si sólo 7,000 mineros se formalizan y empleamos la cifra modesta de 170,000 en todo el Perú, ello significaría que sólo el 4% de los mineros ilegales estarían formalizados.
Ante esta situación, el Gobierno deberá emprender nuevas medidas más allá de las interdicciones –a pesar de éstas, la minería ilegal continúa– y sobre la base de una estrategia de fiscalización que abarque a varias entidades (inteligencia financiera, control de insumos, comercialización de oro, etc.). Un tema clave será reforzar la ayuda a los gobiernos regionales –encargados de aprobar las solicitudes–, que carecen de los recursos y la capacitación requerida para llevar adelante el proceso.
En abril del 2012, cuando el Gobierno iniciaba el proceso de formalización, Miguel Santillana dijo: “Es la primera vez que el Estado peruano hace frente, de manera multisectorial y decidida, a la minería ilegal“. Pero frente a un problema de varias décadas –alentada por el superciclo de los precios de los minerales–, el Estado aún tiene mucho por hacer".

viernes, 10 de enero de 2014

Manejo de datos en formalización

En Abril del 2012_de acuerdo al artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1105_ el titular de una concesión minera deberá presentar ante la autoridad competente un documento en el cual declarará, bajo responsabilidad, la existencia de actividad minera informal en el área de su concesión, brindando así facilidades para el proceso de formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal.
Al mes siguiente, en Mayo del 2012, con la Resolución Ministerial Nº.247-2012-MEM/DM_ el Ministerio de Energía y Minas dispuso la creación del Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos, a cargo de la Dirección General de Minería.
El Presidente de la República peruana,  en su mensaje a la Nación del 28 de Julio del 2012, indicaba que hasta esa fecha habían empezado a formalizarse alrededor de 20 mil mineros artesanales.
A la fecha _10 de Enero del 2014_ Daniel Urresti, Alto Comisionado de Asuntos de Formalización de la Minería de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), explica la existencia de 69 mil mineros artesanales que han presentado su declaración de compromiso de acogerse al proceso de formalización minera.

Alineamiento de información

El 30 de Setiembre del 2013, la Agencia Peruana de Noticias Andina, había difundido que el Gobierno logró hasta esa fecha que más de 77 mil mineros informales hayan aceptado formalizarse. 
Por la forma del manejo de información presentada, pareciera que a medida que transcurre el tiempo,el número de mineros que inicialmente aceptaron formalizarse, va decreciendo.
Sería saludable precisar que es lo que está sucediendo con el manejo de datos en el proceso de formalización para que lo difundido se transforme en información confiable.
De otro lado, se reitera que el proceso de formalización de la actividad minera concluiría el 19 de abril del presente año 2014, teniendo como marco que el Estado peruano tiene proyectado la erradicación del 40 por ciento de la minería ilegal que se practica en todo el país hasta el mes de julio del 2014.

viernes, 23 de agosto de 2013

¿Oro a cambio de comida?

El reconocido crecimiento económico peruano hizo que en los últimos ocho (8) años el nivel socio económico se eleve en sus provincias y en Lima, su capital de la República.
Tanto el efecto multiplicador inmobiliario y constructivo de los centros comerciales, así como el crecimiento ostensible de la venta de electrodomésticos no impactan tanto visualmente como sentir que un 75% de la población nacional cuente con un equipo de telefonía móvil (celular) y el explosivo incremento del parque automotor, constituyendo indicadores del crecimiento un tanto desordenado que se viene presentando.
Recordemos que el consumo interno constituye sólo una de las fuentes de crecimiento a corto plazo, sin embargo no son sostenibles en el tiempo si es que va sin el necesario acompañamiento de la inversión y otras variables que dinamizan a los agentes económicos.
Por el momento, el consumo interno es uno de los elementos que viene dinamizando la economía peruana, impulsado por motores , entre las que se encuentra el sector minero, y dentro del cual, la minería de oro (formal, informal e ilegal), tiene especial incidencia por su distribución espacial que abarca a casi todo el territorio nacional. En este lapso se estaría considerando sólo en transferencia de canon minero el orden de S/. 31,300 millones de soles.
Por eso, muchos de los mineros de oro informales sueñan, o han soñado en algún momento de sus vidas, que exista una administración del gobierno peruano capaz de hacerles llegar una propuesta que consideren atractiva para sus intereses.
Si es un minero informal quien recibe la propuesta probablemente acepte la oferta, pero si es un minero ilegal con toda seguridad responderá que No.

¿Porqué esta diferencia de conducta?

Una primera explicación la podemos encontrar en que el minero informal, valorará esta petición inesperada como una oportunidad de mejorar las condiciones de trabajo y por tanto su calidad de acceso a mejorar su calidad de vida, una propuesta que pueda alejarlo de las sórdidas condiciones laborales que vulneran su dignidad humana.
En tanto, el minero ilegal no, pues utilizan medios ilegales, sus fines son ilegales y sólo pueden desarrollarse en un nicho ecológico ilegal.
Como vemos los mineros informales y los mineros ilegales reaccionan de formas diferentes ante las propuestas de trabajar bajo las reglas generalmente aceptadas por las sociedades organizadas en Perú y el mundo.
Un minero informal, cuando se decide a trabajar en las condiciones en que labora, es porque no encuentra las condiciones para superar las barreras burocráticas que el sector tiene para la formalización.
Sin embargo, existen posiciones extremas indicando que “desde que se emitieron las leyes, no han podido formalizarse ni uno solo de los quinientos mil mineros informales peruanos”.
Se busca tratos especiales, suavizar las normas y criterios. En suma diferenciar el tratamiento de las leyes para unos y otros.
Con ello se busca recurrentemente ampliar los plazos de funcionamiento en el estado de informalidad y ampliar el espectro de posibilidades que le permitan acceso a las labores mineras.
Según datos del Ministerio de Ambiente, existen 77,723 declaraciones de compromiso presentadas por mineros informales.
Según su base de datos, más de veinte mil mineros informales pasaron a la condición de ilegales porque rechazaron la formalización.

¿Quiénes son sujeto de formalización?

De acuerdo al Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, el Sujeto de formalización es la persona natural, persona jurídica o al grupo de personas organizadas que, antes de la publicación del Decreto Legislativo Nº 1105, ejerce la pequeña minería y minería artesanal. Cuenta con la Declaración de Compromisos registrada en el Gobierno Regional correspondiente que lo acredita como sujeto de formalización.
Visto de esa forma, el estado peruano contaría con una línea base para definir la condición de ilegalidad y judicializar eventualmente los casos de quienes no están dispuestos acatar los plazos dispuestos por el Decreto Supremo Nº 006-2012-EM y sus normas modificatorias y complementarias;Decreto Supremo Nº 004-2012-MINAM y sus normas modificatorias;Decreto Supremo Nº 001-2013-MINAM, Decreto Supremo Nº 003-2013-EM y probables normas legales futuras que continuarán en el marco del proceso del ordenamiento minero.
El estado peruano ya antes reculó en el cumplimiento de sus objetivos de regular al sector minero informal  y controlar a la minería ilegal en el pasado y cuando en el año 2011 dictara el Decreto de Urgencia N° 028-2011 _ Se declaró  de necesidad e interés nacional la recuperación de las cuencas Ramis y Suches en Puno_que luego dieran lugar al Decreto Supremo N° 035-2011-EM, entre otros tantos esfuerzos legislativos con tan bajo cumplimiento que la contaminación por labores mineras persisten y en lugar de haberse reducido, aumentaron.
De la misma forma, existen registros que dan cuenta que la formalización minera fracasó en Madre de dios pese a leyes.
Ya explicamos en Historia de la minería ilegal en Perú sobre las causas que generaron este aumento y reiteramos un hecho evidente, se continúa colocando en un sólo orden a la minería informal con la minería ilegal, siendo ambos de etiología,manejo y tratamiento distintos.
Los mineros informales, pese a sus reticencias pueden llegar a entender que es posible obtener beneficios de esta coyuntura.
Evidentemente, el beneficio fundamental es a tener acceso al mercado que representan las 18 toneladas anuales de oro que se extraen ilícitamente según el estudio elaborado por la defensoría del pueblo : “Gestión del estado frente a la minería informal e ilegal en el Perú”.
Tengamos presente que, para un minero informal permanecer integrado al minero ilegal, le reportará inminentes perjuicios, toda vez que serán sometidos por la fuerza pública, es decir que finalmente serán interdictados por alguna administración del Estado peruano que sí alcance a organizarse y planifique adecuadamente su accionar para respetar y hacer cumplir las leyes.
Minería informal en Provincia del Santa_Ancash
Como ya es recurrente, estando próximos a vencer la "danza de los plazos" para la formalización de la minería informal, el poder Ejecutivo, se ve arrinconado por bloqueos de carreteras para levantar paros si es que se dictan nuevas normas legales para satisfacer tanto a los mineros informales como a los verdaderos mineros ilegales, aquellos que con sus poderosos recursos económicos se amparan en poblaciones excluidas, que por miles son utilizadas en contra de la nación jurídicamente organizada.
Aquel Estado que desea ordenar una actividad que en términos tributarios representa más de 500 millones de soles de evasión fiscal cada año.
El proceso del ordenamiento de la minería está actualmente en una etapa en que miles de personas salen a exigir extensión de plazo para formalizarse, bloqueando carreteras, en tanto que el gobierno que inicialmente se mantenía firme en su negativa a la prórroga, terminó aceptando la ampliación de plazo de formalización minera, la misma que muy probablemente se extienda hasta el año 2016, dicho de otra forma, para que lo pueda atender la próxima administración del estado peruano. Lo dicho, la historia se repite en el país.
Es así que resultaron efectivos los últimos bloqueos de carreteras, en los lugares acostumbrados, como es a la altura del kilómetro 18 del tramo Cusco-Abancay; en Nazca, entre los kilómetros 419 y 450 de la carretera Panamericana Sur, en la carretera Panamericana Norte, cercana a la localidad de casma al norte de Lima, y otros tantos que dan cuenta los medios informativos del país.

Ponderación,tolerancia,prudencia y firmeza

La invocación que hacemos a las partes en el futuro próximo, es que el tema se maneje con ponderación,tolerancia, prudencia y firmeza debida, pues el país se encuentra en un proceso de cambios, y como tal se debe buscar el entendimiento y tener mayor capacidad de adaptación, de flexibilidad y de control sobre nuestro propio accionar y el de las familias que se ven involucradas en un proceso donde los stakeholders asuman sus responsabilidades históricas.
Por una parte tenemos a la actual administración del Estado peruano que tendría como agenda pendiente, revertir la opinión mayoritaria donde nueve de cada diez peruanos cree que las leyes no se respetan en el paísy en consecuencia, dejar establecido que los plazos legales si se cumplen.
Además, deberá identificar sin duda alguna lo que representa la minería informal y distinguirla entre lo que es y significa la minería ilegal para el espacio local, distrital, provincial, departamental, regional, macro regional y Nacional.
No se puede ni debe soslayar los proyectos y medidas inmediatas para atender a la población impactada por el proceso, con especial énfasis en niños y adultos mayores.
Es preciso actuar con tolerancia y prudencia en tanto se respeten los derechos de terceros y por cuanto en la actualidad tenemos a miles de personas dedicadas a este rubro en 21 de las 25 regiones del país. En este contexto, es inadmisible el bloqueo y toma de carreteras, las cuales no constituyen una opción.
Del mismo modo, se requiere firmeza para no seguir con poblaciones excluidas y desplazadas que realizan operaciones mineras informales, cuyo producto minero era y sigue siendo un bien de intercambio: oro a cambio de comida.

martes, 13 de noviembre de 2012

Plazos para la minería informal

El proceso último de formalización de la minería informal en Perú, se desarrolló siguiendo las siguientes etapas:
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) difundió el 18 de Junio del 2012_a través de Andina_ que los titulares de concesiones mineras tenían plazo hasta el 17 de julio del 2012 para que presenten la declaración de existencia de actividad minera informal en el área de su concesión.
Recordó que dicha declaración debería realizarse a través del extranet del MEM.
También invocó a los titulares mineros que cuenten con mineros informales en su área de influencia a presentar la declaración a efectos de coadyuvar en el proceso de formalización de la minería a pequeña escala.
Sobre el mismo tema, el miércoles cinco de septiembre del 2012 el diario El Comercio daba cuenta de una primera ampliación de plazo reportando lo siguiente:
A partir de mañana, jueves 6 de setiembre (del 2012), entrará en vigencia la Ley (N° 29910) que establece un nuevo plazo para que los trabajadores de la pequeña minería y la minería artesanal puedan presentar, en un plazo de 60 días hábiles, la Declaración de Compromisos en el marco del proceso de formalización.
La Ley Nº 29910, señala que se amplía el plazo referido al Decreto Legislativo Nº 1105 que crea el Fondo de Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal.
Además, establece en su disposición final y transitoria que la Comisión de Energía y Minas del Congreso solicitará información a los gobiernos regionales sobre las declaraciones de compromisos que reciban.
El Decreto Legislativo busca formalizar ambas actividades extractivas y los pasos a seguir figura la presentación de la Declaración de Compromiso, la acreditación de titularidad, el contrato de cesión y el acuerdo o contrato de explotación sobre la concesión minera. Este archivo deberá presentarse al gobierno regional correspondiente para su registro y posterior seguimiento.
Todos los documentos deberán estar debidamente inscritos en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).
El 27 de Octubre de 2012, el MEM en nota de prensa informó que de los 100 mil mineros informales que se estima hay a nivel nacional, cerca de 65 mil han presentado su Declaración de Compromiso, es decir, que han dado el primer paso para poder formalizarse. “Es decir, estamos hablando de un 65% que se está acogiendo a este proceso”, aseguró.
Asimismo, añadió, los titulares mineros en cuyas concesiones realizan sus actividades mineros artesanales han mostrado su deseo de querer llegar a acuerdos con estos trabajadores que suman cerca de 30 mil. De esta cifra, unos 5 mil ya han firmado convenios con el titular minero.
Hacemos votos por que el proceso se concluya de manera exitosa a los efectos de reducir el impacto negativo sobre el ecosistema y en particular, para que pueda prevenirse los accidente fatales en mineros informales,como el ocurrido el día seis de noviembre del 2012 en un yacimiento de Camaná _ Arequipa.

domingo, 7 de noviembre de 2010

Minería artesanal de oro en Ancash

Para dejar claramente establecida  la diferencia existente entre la naturaleza de una minería  informal frente a la condición de una minería ilegal focalizada en la extracción de Oro, presentamos las operaciones mineras artesanales en Ancash.
Seguidamente se podrá apreciar como transportan el oro, utilizando bolsas y acémilas desde los cerros mas lejanos hacia la planta de procesamiento artesanal.


También se presenta la forma de minería aluvial con el lavado de oro en el distrito de Huacaschuque, Provincia de Pallasca - Ancash.
Con estos detalles sobre el tema, podremos precisar a modo de conclusión que la minería artesanal existió en el país desde tiempos remotos y es una actividad considerada como parte del folklore del hombre asentado en la zona de influencia de los recursos mineros dotados por las formaciones que originaron a la cordillera de Los Andes. 
Los mineros artesanales de oro fueron sucediendose através de generaciones y es sólo en los últimos tiempos en que se han dado las condiciones para que tenga un accionar más dinámico y pueda considerarsele en la agenda pendiente de los problemas sociales y ambientales de ámbito nacional.
El país entró a un proceso de formalización de las actividades mineras no reguladas, dentro de las cuales se considera en la práctica a la minería artesanal, la cual servirá para incorporar los adelantos tecnológicos a las formas tradicionales y empíricas de los procesos para la obtención de oro.
Un detalle importante es el tema de herramientas de gestión ambiental como el ordenamiento territorial que permitirá no colisionar con otras actividades y prácticas productivas diferentes a la minera.

jueves, 4 de noviembre de 2010

Minería artesanal de oro en el norte del país.

A la extracción informal del oro en madre de Dios, una ciudad localizada al sur oriente del país, producción artesanal de oro en los Altos Andes en Puno y a la extracción artesanal de oro en el sur del país, incorporaremos una visión de lo que significa la minería artesanal de oro en el norte peruano.
Presentamos una experiencia desarrollada (2006) por la Junta de Usuarios del Valle de San Lorenzo sobre efectos de la minería artesanal en su infraestructura de riego.
La primera parte aborda generalidades sobre el valle, que  comprende los ámbitos de las Provincias de Piura, Sullana y Ayabaca. Cuenta (2010) con un área bajo riego de 41550 ha, cultivadas de mango, limón, arroz y algodón, irrigadas bajo sistema de riego. La organización representativa de los productores de este valle es la Junta de Usuarios del Valle San Lorenzo, conformada por quince (15) comisiones de regantes.

 La 2da. parte aborda los procesos mineros artesanales para la producción de oro.
 La tercera fase especifica los lugares donde se está realizando (2006) esta actividad.

 La cuarta etapa explica el proceso que usan los mineros artesanales.
La última parte advierte sobre los efectos de la minería e invoca su paralización en esa zona, por considerarla de naturaleza intangible.
 
El análisis sobre el tipo de minería que genera mayores impactos impactos ambientales queda a consideración del  lector luego de percibir que el conjunto de personas dedicadas a la minería artesanal está dedicada básicamente a la extracción de oro.
No podemos soslayar la sensación que tiene la población dedicada a la agroindustria de un supuesto sector minero considerado por ellos como invasor y contaminante que pone en eventual riesgo sus actividades ejecutadas atraves de los años.
Es evidente que ésta percepción no es la correcta , pues no se trata del sector minero , sino de acciones aisladas y dispersas vinculadas a la extracción tradicional, rudimentaria  y artesanal del oro, cuya escala de producción es reducida en contraste a la gran y mediana minería.
La regulación del sector por parte de la autoridad ambiental competente , aplicando instrumentos de gestión como es el caso del ordenamiento territorial,permite la opción de formalizar a esta parte del sector minero que está a cargo de la autoridad regional.
Algunas regiones del país con tradición minera se encuentran mejor posicionadas para lograr un crecimiento más dinámico, sin embargo, la influencia del mayor aporte de capitales en la actividad minera formal, asi como adecuados controles,supervisión y fiscalización de los procesos, permiten ver un panorama alentador del sector minero en general.

lunes, 1 de noviembre de 2010

Minería artesanal de oro en el sur medio del país

A las características del tipo de operaciones mineras aluviales comentadas sobre la extracción informal de oro en Madre de Dios (una ciudad localizada al sur oriente del país),en esta ocasión presentamos detalles  sobre las labores ejecutadas en minería subterránea para la explotación de minas artesanales de oro en el Sur Medio del Perú.
Ubicación de minas artesanales de oro en el sur medio peruano.
Seguidamente se podrá observar las circunstancias como se desarrolla el transporte del mineral, chancado - molienda, amalgamación en el quimbalete y quemado de amalgama (refogado) en las minas artesanales de oro situadas en esta parte del territorio nacional. 
La imágenes presentadas nos relevan de mayor comentario sobre las condiciones de labores y salud en las que operan los mineros informales de extracción de oro y esa es la imagen presentada por los medios de comunicación masivas a la población peruana, satanizando por ello al sector minero en general.
Actualmente (2010) se encuentra en proceso la formalización de los minería artesanal, en particular con la dedicada a la producción de oro,que ha sido una actividad ancestral en el país.
La propuesta es incorporar mecanismos de  adelanto tecnológico a los efectos de mejorar las condiciones en que laboran los recursos humanos dedicados a esta actividad.
La formalización permitirá insertar a una población excluida de los servicios básicos de salud y seguridad ocupacional que mejore la calidad de vida de los mineros artesanales y sus familias.