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martes, 4 de abril de 2023

¿ Existe el Ministerio del Ambiente frente al desastre por cambio climático ?

Con fecha domingo 26 de marzo de 2023 se publicó en Perú el Decreto Supremo N° 043-2023-PCM declarando el Estado de Emergencia Nacional por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en los departamentos de Lambayeque, Piura y Tumbes.
El precitado decreto supremo no cuenta con el refrendo del Ministerio del Ambiente-MINAM , el cual a partir del año 2019 asumió el rol de autoridad nacional en materia de cambio climático.
Asimismo, desde el año 2021 preside la Comisión Nacional sobre Cambio Climático, conforme a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, según lo estipulado en el Decreto Supremo N° 012-2021-MINAM.
Las tormentas eléctricas en Piura se incorporan a las lluvias intensas que generan inundaciones.
Con esta figura, el MINAM participaría sólo como figura decorativa frente al desastre de gran magnitud y se estaría replicando la declaración de Estado de Emergencia Nacional del año 2017 en el departamento de Piura, dispuesto con Decreto Supremo N° 035-2017-PCM, situación que diera origen a la creación de la cuestionada Autoridad para la reconstrucción con cambios.

Desastre que alcanza al Ministerio del Ambiente-MINAM

En el año 2008 fue creado el MINAM mediante el Decreto Legislativo N° 1013 y en el año 2017 se estableció su reglamento de organización y funciones (Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM).
Al siguiente año ( 2018), el país contó con la Ley N° 30754-Ley Marco sobre cambio Climático y posteriormente (2019) mediante lo establecido en el artículo 6 de su reglamento, el  Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM prescribe al Ministerio del Ambiente como Autoridad Nacional en materia de cambio climático.
El desastre nacional en progreso, bajo la vigencia de la Autoridad Nacional en materia de cambio climático, cuenta entonces con autoridades y funcionarios de instituciones responsables de la gestión del riesgo de desastres en los tres niveles de gestión del Estado, focalizados en los últimos cinco (5) años del periodo 2019-2023 , lapso en que se sucedieron cinco (5) administraciones del gobierno central (Martín Vizcarra,Manuel Merino,Francisco Sagasti, Pedro Castillo y Dina Boluarte) y que a su vez tuvieron a su cargo diez (10) ministros de Estado ocupando la cartera ministerial del MINAM (Lucía Ruiz,Fabiola Muñoz,Kirla Echegaray,Lizzet Rojas,Gabriel Quijandría,Ruben Ramirez,Wiber Supo, Modesto Montoya, Wilbert Rozas y Albina Ruiz). Se suman autoridades responsables de la gestión en los departamentos (regiones) y gobiernos locales de las zonas afectadas.

El Dato

►De acuerdo al ordenamiento legal vigente peruano, la Comisión Nacional sobre Cambio Climático estaría siendo conformado por cuarenta y ocho representantes entre instancias estatales (22), no estatales (11) y organismos públicos adscritos (15).
►Asimismo, INDECI-COE cuenta con centro de operaciones a nivel nacional (COEN),sectorial (COES), regional(COER) y local (COEL), pudiendo este último ser provincial o distrital.
►El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - CONAGERD, acordó en sesión extraordinaria virtual la Declaratoria de estado de emergencia Nacional (Nivel 5) en los departamentos de Tumbes,Piura y Lambayeque  por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.

jueves, 30 de marzo de 2023

¡ Ayuda internacional ante falta de prevención por intensas lluvias en Perú!

La presente reflexión tiene sustento en el colapso ambiental producido por la falta de medidas de prevención de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y la evidente inacción del Ministerio del Ambiente (MINAM) - al que después del año 2019 en que se le consideró en el ejecutivo como Autoridad Nacional en materia de cambio climático - y ante los anunciados riesgos por cambio climático en cuencas del norte peruano llegando a rebasar la capacidad de respuesta de los niveles de gestión de los gobiernos locales y regionales en lo que va del presente año 2023.
Como técnico peruano que participó de las experiencias ocurridas en los fenómenos climáticos de los años 1983,1998 y 2017 ; y superó a la pandemia del 2019, puedo afirmar categóricamente que bajo el presente estado de situación nacional, se podría con denodados esfuerzos, mitigar o contener los embates de los eventos interactuantes y que para la reconstrucción y prevención de cara al futuro,toda ayuda internacional sería bienvenida en los actuales momentos, habida cuenta que la débil gobernanza del Estado peruano demostró reflejos lentos en su despliegue para una atención oportuna a las poblaciones damnificadas.

Antecedentes

Esta recurrente situación tiene recientes registros oficiales con el Decreto Supremo N°011-2017-PCM del 3 de febrero del 2017, declarándose Estado de Emergencia en los departamentos de Tumbes, Piura y Lambayeque  por las lluvias intensas. Asimismo se cuenta con sendos informes situacionales de INDECI y COEN, donde se manifiesta el desborde de los ríos Piura y Tambo Grande.Como dato técnico reporta que el río Piura alacanzó un máximo de 3,468 metros cúbicos por segundo, produciendo la inundación completa de la ciudad de Piura.
El rio Piura se muestra en la ruta de repetir inundaciones que causen desastre de gran magnitud. 
Transcurridos seis años, con fecha 12 de marzo de 2023 se repite el escenario dictándose el Decreto Supremo N° 034-2023-PCM declarando el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Cajamarca,la Libertad,Lambayeque y Piura; asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 035-2023-PCM, haciendo lo propio con varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Ancash, Apurimac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna; y de la provincia constitucional del callao.
Con fecha 18 de marzo del presente año,la defensoría del pueblo planteó al Poder ejecutivo para que sea el gobierno nacional quien conduzca las operaciones de respuesta con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con la ayuda internacional.
Este pedido se hace en el marco de lo establecido en el artículo 43C del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM - Reglamento de la Ley N°29664. 

Del pronóstico

Según los pronósticos del NOAA, y SENAMHI, del incremento de precipitaciones pluviales basado en indicadores que registran el aumento de la temperatura superficial del mar, hecho que ocasiona tormentas tropicales en la costa. Ya se vienen presentando tormentas eléctricas en Tumbes y Piura  por lo que el gobierno central plantea una acción multisectorial y viene aceptando progresivamente la presencia del fenómeno recurrente, pero no periódico, en escala interanual, caracterizado por el calentamiento anormal y sostenido de la superficie del océano Pacífico tropical y las perturbaciones climáticas asociadas, como es el caso de las intensas lluvias que producen las inundaciones en zonas identificadas, donde debieron oportunamente ejecutar las acciones preventivas.

De las normas peruanas y responsabilidad del MINAM

Con Resolución Legislativa Nº 26185 (1993), el Congreso de la República aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y suscrita por el Perú en Río de Janeiro el 12 de junio de 1992.
Mediante el Decreto Legislativo N° 1013 (2008), se aprobó la ley de creación,organización y funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM).
Una década despúes se dictó la Ley Nº 30754 (2018) - Ley Marco sobre Cambio Climático, estableciendo los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático; a fin de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático.
Fue al año siguiente (2019), en que mediante el artículo 6 del Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM- Reglamento de la Ley N°30754, ley marco sobre cambio Climático; se asignó las funciones y consecuentes responsabilidades al MINAM como Autoridad Nacional en materia de cambio climático.

El riesgo de acumular o enterrar basura en zonas inundables

Las lluvias intensas que causan las avenidas de los ríos y el progresivo desplazamiento de gran masa de agua que discurre por efecto de escorrentia superficial en suelos saturados y/o  el repentino traslado de agua acumulada que en su traslado conforma una mezcla de lodo, limo, arcilla, gravas, piedras, escombros, empalizadas y que dependiendo de la pendiente del terreno incrementa la energía cinética a la que en algunas no pocas localidades cercanas a grandes ciudades peruanas se incorpora importantes volúmenes de residuos sólidos municipales acumulados a través de los años.
La contaminación de playas y zonas costeras se incrmentan con las lluvias intensas.
Esta mezcla de efluentes, traslada así líquidos percolados, producto de la descomposición del residuo, algunos considerados tóxicos y peligrosos , que pudieran estar formando parte de los múltiples pasivos ambientales industriales o municipales existentes que se ven desplazadas estrepitosamente por quebradas o valles.   
Son conocidos los efectos de colmatación que generan provocando inundaciones, problemas en las operaciones unitarias de los sistemas de agua potable y colapso en sistemas de alcantarillado, principalmente en los que no cuentan con alcantarillado urbano separativo.
De otro lado se tiene la contaminación producida por las aguas residuales con el incremento de enfermedades metaxénicas, impactan con residuos biocontaminados a la cadena trófica, llegando finalmente a comprometer la salud pública con brotes epidémicos.
Este impase subsistente es posible darle solución, tal como expliqué en multiples ocasiones para este espacio en : Retos y desafíos de residuos sólidos (2016), Transformando basura en energía (2016), Nuevo modelo de gestión en residuos sólidos-El caso peruano (2021), Inversión extranjera en resíduos sólidos para generar energía de la basura orgánica (Enero 2023), Proceso para recuperar 18 millones de hectáreas degradadas por resiíduos sólidos municipales (Febrero 2023).
También hice lo propio como expositor en el "Foro internacional los desechos 2.0 en Perú-Una visión de gestión de residuos sólidos hasta el 2030" que repliqué en Basura y contaminación en Perú : El caso de lambayeque (Marzo 2022);incluyendo en el proceso de transferencia de información técnica especializada con funcionarios en los tres niveles de gestión del gobierno peruano, quienes se sucedíeron en sus cargos por la alta rotación existente en la administración pública peruana.
El punto es que Perú actualmente produce el orden de 23 mil toneladas diarias de resíduos sólidos municipales, llegando a superar los ocho millones de toneladas al año, de los cuales 78% tienen potencial de valorización. (Orgánicos e inorgánicos aprovechables).
El rio Tumbes mantiene en constante riesgo de inundación a las localidades ribereñas.
El problema es que gran parte de esos residuos sólidos no son dispuestos sanitariamente, quedando en botaderos a cielo abierto o en desmontes de construcción ante la falta de escombreras. Adicionalmente se tiene el recurrente error de enterrar la basura en zonas probadamente inundables por efectos del cambio climático, pudiendo alternativamente edificarse plantas que pongan en valor los residuos sólidos orgánicos y así resolver un problema de larga data.
Este escenario debe regularse por intermedio de las instituciones responsables del país para lograr acuerdos jurídicamente vinculantes que aborde la reducción de la contaminación del medio ambiente, especialmente del medio ambiente marino que es donde finalmente se descargan los contaminantes, siendo en este extremo de interés nacional e internacional.

jueves, 13 de enero de 2022

Mala gestión del agua para consumo humano & Alta letalidad del COVID-19

El caso peruano, que presenta la mas alta letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia del COVID-19, sirve como ejemplo didáctico para las actuales y futuras generaciones de cara al 2030 y 2050 ; a los efectos de mitigar la letalidad en la presente y venideras pandemias aplicando medidas preventivas, una de ellas es referida a imperiosa necesidad de mejorar la gestión de los servicios que brindan las empresas prestadoras de servicio de agua para consumo humano.

Confusión de roles en la gestión del agua potable

Las deficiencias en el tema del agua potable se evidencian al contrastar indicadores de cobertura, cantidad, calidad, continuidad, costos (tarifa) del agua, entre otros de caracteres económicos y financieros en el país, se viene arrastrando desde antes del arribo del COVID-19 en marzo del 2020, tan es así que diferentes administraciones del Estado empírico peruano optaron por declarar en estado de emergencia los servicios de agua y saneamiento, sin mayores avances por el alto componente político que se incorporó en su gestión.
Instituciones como el regulador SUNASS, Ministerio de Vivienda, construcción y saneamiento - OTASS y otras en los gobiernos locales, se vieron complicadas en su gestión al confundirse los roles de los recursos humanos políticos con la burocracia asignada a los servicios, así como la pobre actuación de un ministerio del ambiente que no da la talla con el tema del agua para consumo humano.

Deficiencias evidentes en términos de calidad y cantidad del agua para consumo humano.

Vinculación entre la deficiente gestión del agua  y alta letalidad por COVID-19

En Perú está demostrada técnicamente la relación directa existente entre la deficiente gestión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento en el extremo de agua potable y la alta letalidad por COVID-19.
En la tabla siguiente se podrá apreciar algunos indicadores que reflejan las deplorables condiciones en que se manejan las EPS localizadas en la zona cero  y que contribuyen en la alta morbi-mortalidad por COVID-19 registrada en esta parte de la costa desértica peruana.
La calificación como mayor letalidad per cápita del mundo con  la actual pandemia , se verifica del hecho que en Tumbes sólo se tiene 9 horas al día el servicio de agua para consumo humano de las 24 horas del día ; así mismo en Ica que con 15 horas de acceso al servicio de agua presenta 13.9 % de letalidad por COVID-19, la mas alta en Perú. 
Sin perjuicio de mencionar a la calidad del servicio de agua, focalizare los registros del indicador relación de trabajo que fue deteriorándose con el tiempo y sin tener visos de mejora en el corto plazo.

Relación de trabajo

Este indicador financiero se define como la relación que existe entre el costo operativo (costo de ventas, gasto de ventas y gastos administrativos) en el que incurre una empresa, sin incluir la depreciación y provisión de cobranza dudosa del período, y los ingresos operacionales totales que obtiene.  Es decir, nos indica la proporción de los costos y gastos desembolsables que logran ser cubiertos por los ingresos operacionales que percibe la empresa. Este indicador es de gran importancia para garantizar la sostenibilidad de los servicios, puesto que si es mayor que 100 % , la empresa no estaría cubriendo la totalidad de sus costos y gastos desembolsables con la tarifa que estarían aplicando, lo cual pondría en riesgo las operaciones de la empresa, impidiendo asimismo la ejecución de inversiones con recursos propios, lo cual contribuye a la desmejora de la calidad de los servicios. Como se podrá apreciar en tumbes se tiene 121 % ; Lambayeque 98% , Piura 93 %  y así respectivamente, corroborándose el mal estado de las Empresas y por consiguiente , el deficiente servicio de agua que brindan a la población.

Urgente necesidad del cambio en el modelo de gestión

Hace quince años atrás, publiqué los resultados de mis investigaciones alertando de la penosa situación que pasaría el Perú si es que no mejoraban los servicios en  el sector agua y saneamiento. 
Cité en ese entonces que la empresa Aguas de Tumbes presentaba una relación de trabajo del 115% y que en la actualidad su situación desmejoró llegando a 121%.
Asimismo indiqué que ante el incremento de la inversión se produce aumento en la cobertura de servicios en una EPS, pero cuando esta inversión no es persistente y se acompaña con una  ineficiente gestión empresarial, esta cobertura no será sostenible en el tiempo. En ese sentido los estudios tarifarios aprobados por el regulador SUNASS en el 2021 que involucran inversiones ascendentes a 2,859.3 millones de soles para aplicarse en el periodo 2021-2025, no alcanzaría a mejorar las áreas críticas impactadas por el COVID-19 en la franja desértica costera del país y con ello la elevada morbimortalidad por efecto de las enfermedades infecciosas respiratorias y diarreicas agudas por falta de agua, se mantendrán endémicas en el tiempo.