Powered By Blogger

martes, 8 de noviembre de 2022

COP 27_Caso peruano Ilabaya-Mirave_Tacna

En tanto que en la ceremonia de apertura de la COP27, el secretario general de la ONU, Antonio Guterres insta a los líderes mundiales a la acción climática, países andinos y amazónicos megadiversos como es en el caso del Perú, sufren los embates severos del cambio climático. Climas extremos con la presencia de sequías y lluvias intensas contribuyen a aumentar zonas críticas incrementando las poblaciones afectadas, que demandan acciones inmediatas por parte de sus gobernantes.   

Emergencias por intensas lluvias despúes de 95 años

Las cuencas y subcuencas del país claramente identificadas como la localizada en la provincia de Jorge Basadre, distrito de Ilabaya y su centro Poblado Mirave , en la región Tacna; tipifican los efectos y daños ambientales producidos con la pérdida de ecosistemas que se ven impedidos de brindar servicios ecosistémicos a los habitantes del lugar.
La destrucción de suelos, erosión de laderas, colapso de infraestructura gris de protección como diques, gaviones, entre otros, que se muestran insuficientes para contener el movimiento de masas producto de intensas lluvias que generan flujo de lodos, derrumbes, carcavas, destruyendo todo a su paso, incluyendo las edificaciones que son afectadas por el flujo de detritos, coloquialmente denominados huaycos.
Asi, las familias damnificadas por los desastres registran, por experiencia propia, los sucesos antes, durante y despúes del evento producido. 
De esta forma las emergencias se hacen recurrentes y las reconstrucciones además de provocar ingentes gastos ecónómicos, obligan a contar con una visión holística en la gestión de riesgos de desastres.
Las imágenes muestran el paso de eventos extraordinarios en el reloj geológico, que muestra grandes avenidas, donde la naturaleza reclama sus espacios ocupados por construcciones en la modernidad apelando a un crecimiento mal entendido.
Cabe precisar que las construcciones incas,fueron realizadas en las partes altas, siempre respetando el orden de la naturaleza y los recursos agua y tierra, siguiendo su cosmovisión.
Por ello estabilizaron pendientes ocupando con andenes las laderas de los cerros y no como se aprecia en la figura donde se evidencia movimientos de masa antiguos.
Las obras de protección utilizando modernas técnicas constructivas generalmente aceptadas no aplican para esta realidad, pues el contexto obliga aplicar soluciones basadas en la naturaleza,usando los procesos integrales que ancestralmente emplearon las antiguas poblaciones asentadas en estas áreas, donde el recurso agua-suelo deviene en fundamental para su seguridad alimentaria y sostenibilidad en el tiempo.
En este escenario, en 1927, es decir hace noventicinco años atrás, el centro poblado Mirave fue destruido completamente y luego reconstruido, hasta que en el último quinquenio del siglo pasado se presentaron con mayor  frecuencia lluvias intensas.
Viendo que el periodo de retorno en la zona se acorta y la probabilidad de ocurrencia de un evento extremo se acentúa, acreditándose desastres en diversas proporciones para los años 1995,1998,1999,2001,2015 y 2019.

Estado de Emergencia en el año 2015  

Mediante Decreto Supremo N° 025-2015-PCM del año 2015, el ejecutivo peruano declaró en estado de emergencia Mirave a los efectos de atender a la población afectada y reconstruir los servicios públicos.

Necesario reasentamiento poblacional

La activación de diversas quebradas ante la precipitación extraordinaria acontecida en febrero del año 2019, afectó en su totalidad nuevamente al centro poblaco Mirave. En esta ocasión, 420 familias fueron afectadas y evacuadas temporalmente.
La realidad de los hechos, terminó por convencer de la presencia de los indicadores del cambio climático en la zona. Dinamizando al centro de operaciones de emergencia nacional para lograr atender a los afectados con servicios básicos de emergencia, ropa,alimentos,medicinas, entre otros.
Al entenderse que la subcuenca cuenta con zonas críticas por peligro geológico sumado al cambio climático, se implementó soporte para atender a 1200 personas que llegaron a ser 1500 personas con la población flotante que llegó para desarrollar el proceso de reasentamiento poblacional.
El proceso de reasentamiento poblacional, contó con módulos de vivienda construidas para  albergar a la población damnificada.

Sostenibilidad de alto Mirave

La sostenibilidad de la población reubicada, cuenta hace una década atrás con una Ley de reasentamiento poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable, cuyo reglamento modificado se encuentra disponible desde el año próximo pasado, viéndose que los efectos del cambio climático se traslada a otras zonas críticas del territorio nacional. 

Como se podrá apreciar, la tarea para dar soporte a las poblaciones afectadas por el cambio climático no se circunscribe solamente a la gestión del nivel local y regional, sino que se extiende al soporte de la gestión a nivel nacional, especialmente con la participación de los programas sociales con que cuenta el ministerio de desarrollo e inclusión social para poblaciones vulnerables.
Asimismo, la recuperación y restauración de la zona requiere la actuación de instituciones privadas que con los mecanismos de alianza público-privada, podrá coadyuvar en los esfuerzos de mejorar la calidad de vida de la población en estas zonas impactadas.
El enfoque de manejo y gestión de cuencas es absolutamente indispensable, asimismo se hace necesaria la activación de los servicios ecosistémicos que deben funcionar en beneficio integral de Ilabaya, Locumba e Ite respectivamente en esta subcuenca.

No podemos soslayar la acción climática con la necesaria participación de la cooperación internacional, de los organismos multilaterales y especialmente de los países desarrollados, para que consideren el soporte financiero a estas zonas críticas en Perú que son afectadas por el incremento de gases de efecto invernadero en el planeta, dinamizadoras del cambio climático.

El Dato

En el año 2012, mediante Ley Nº 29869, Ley de Reasentamiento Poblacional para Zonas de Muy Alto Riesgo no Mitigable, se declara de necesidad pública e interés nacional el reasentamiento poblacional de las personas ubicadas en zonas de muy alto riesgo no mitigable dentro del territorio nacional.

En el año 2013, con Decreto Supremo N° 115-2013-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29869, el cual fue modificado por el DS N° 126-2013-PCM.

En el año 2017, mediante Ley N° 30645, se modificaron los artículos 4 y 18 de la Ley N° 29869, y se dispuso que el Poder Ejecutivo adecúe el  Reglamento de la Ley N° 29869, aprobado con DS N° 115-2013-PCM, a las referidas modificaciones.
En el año 2021, mediante Decreto Supremo N° 142-2021-PCM, se aprueba un nuevo Reglamento de la Ley N° 29869, incorporando la propuesta de modificación presentada por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED).