Mediante Decreto Supremo N° 016-2022-EM que fuera publicado el pasado 25 de noviembre del 2022, el ejecutivo peruano aprobó la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030 que se constituye en ese extremo como la Primera Política Nacional del Estado Peruano para el Subsector Minero, constituyendo un hito para
el desarrollo de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, en consecuencia se puede considerar como instrumento orientador del accionar del Estado en materia de pequeña minería y minería artesanal, asignándole al Ministerio de Energía y Minas la conducción,seguimiento y evaluación de esta política, ajustado a los
lineamientos y metodologías que establece el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN.
La pequeña minería y minería artesanal en algunas zonas del Perú (Madre de Dios), aporta cuotas a la producción de oro nacional comparables a la gran y mediana minería: como lo establecido por los datos mostrando que esta actividad ha contribuido con el 13.2% de la producción promedio de oro nacional entre los años 2009 – 2019.
En este contexto, y en línea con el Acuerdo Nacional, la Visión del Perú al 2050, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Visión a la Minería al 2030, y el Plan Estratégico Nacional al 2050, se diseñó y formuló una política nacional para coordinar las diferentes intervenciones del Estado en torno a la Pequeña Minería y Minería
Artesanal hacia un objetivo común, una visión de un Estado que haya conseguido la sostenibilidad social, ambiental y económica de la mayor parte de Pequeños Mineros y Mineros Artesanales.
Sobre el documento
Contempla nueve secciones. La primera y segunda sección contiene la presentación y la base legal de la Política Nacional para la Pequeña Minería y Minería Artesanal, respectivamente. La tercera sección explica los conceptos clave, enfoques transversales, enunciado, modelo y situación actual del problema público, así
como la situación futura deseada y alternativas de solución para abordar el problema. En la cuarta sección se presentan los objetivos prioritarios, sus indicadores y lineamientos; en la quinta, se indican los servicios y sus estándares de cumplimiento; y en la sexta, se identifican los responsables de las acciones del seguimiento y evaluación de la Política Nacional para la Pequeña Minería y Minería Artesanal. La séptima sección contiene el glosario y los acrónimos usados; la octava, los anexos que complementan la información presentada; y para finalizar, en la novena, se incluye la bibliografía consultada.