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domingo, 29 de octubre de 2017

¿Cómo se podría reflotar EPS en Perú sin el concurso de especialistas e invirtiendo 50 mil millones de soles en el sector saneamiento?

Un interesante artículo de Karina Montoya publicado por la importante revista peruana Semana Económica, recoge la opinión autorizada del ex ministro de vivienda,construcción y saneamiento, y flamante presidente del directorio de la EPS mas grande del país SEDAPAL y director Ejecutivo de OTASS ingeniero sanitario Edmer Trujillo,en los siguientes términos:
"Reflotar las empresas prestadoras de agua y saneamiento (EPS) en crisis financiera y operativa le está resultando al Ejecutivo más difícil de lo planeado. Y no es obstáculo menor para alcanzar cobertura universal de servicios de saneamiento al 2021, la promesa de campaña del presidente Kuczynski.
En el Foro Peruano de Inversión e Infraestructura 2017, organizado por Semana Económica y Seminarium, especialistas discutirán la nueva generación de APP en el Perú en diversos sectores, y los retos para financiarlas. 
Como analizó previamente SEMANAeconómica, de los varios problemas que atraviesan las EPS, uno que dificulta su reflote es la falta de capacidad del Ejecutivo de renovar la plana profesional al interior de las EPS. Actualmente, la escala remunerativa presenta amplias brechas entre los gerentes en las EPS de alcance regional, como en Lima o Arequipa, y las de alcance distrital.
Edmer Trujillo, director de la OTASS —entidad técnica del Ministerio de Vivienda a cargo del reflote de las EPS—, reconoció que el problema es grave, y que por ello “no se puede traer a mejores profesionales”, indicó ayer durante una charla técnica organizada como antesala a Expo Agua 2017.
“En Sedapar [Arequipa], el gerente general percibe alrededor de S/.6,000. En las demás EPS, los montos son muy pequeños: el sueldo más bajo de un gerente general es de S/.1,500. No se puede traer a mejores profesionales”, explicó Trujillo.
Esta brecha, frente a un gerente general en Sedapal, es mayor, pues puede percibir hasta S/.15,000. Aunque el monto es mayor que en otras regiones, está muy por debajo del promedio del sector privado para ese tipo de actividades altamente técnicas.
“En la mejora de remuneraciones, el sector saneamiento es el más detenido del país. Todos los otros sectores han avanzado. Estos servicios requieren personal especializado, que es imposible incorporar con los sueldos que se tienen. ¿Se imaginan cuánto percibe el resto del personal? Realmente es una situación muy complicada”, continuó Trujillo.

EL CONGRESO IMPIDE RENOVACIÓN

Trujillo no indicó qué medidas tomaría la OTASS o el Ministerio de Vivienda sobre la escala remunerativa de las EPS, ni declaró después de su presentación. El funcionario podría optar por cambiar las principales cabezas de las EPS, integrar a las EPS de menor escala, y presentar una nueva escala remunerativa, desde cada EPS, al MEF.
La renovación será posible en tanto la OTASS incorpore a las EPS en crisis al Régimen de Administración Transitoria (RAT), que básicamente permite al Ministerio de Vivienda administrar la EPS en su conjunto.
A julio del 2017, el 28% (13) de 50 EPS —excluyendo Sedapal y Aguas de Tumbes, que es privada— estaba intervenida por la OTASS. Hasta esa fecha, otras 12 EPS calificaban para ingresar al RAT. En su presentación del martes 24 de octubre, Trujillo actualizó la cifra a 16 EPS. Como proceso de intervención, lo primero que sucede en una EPS intervenida es el cambio de sus directores, lo cual permite cambiar también a los gerentes.
Pero ya no se podría continuar con la renovación del directorio, al menos no en el caso las próximas 16 EPS que ingresarán al RAT. La Ley 30672, aprobada a inicios de octubre por el Congreso, eliminó la facultad del Ministerio de Vivienda de remover a los directores de las EPS en el RAT, como lo establecía el reglamento del Decreto Legislativo 1280.
Así, la dificultad del Ejecutivo para reflotar las EPS se viene complicando no sólo por las amplias brechas salariales, sino porque una vez que administre las EPS, tendrá una facultad menos para conseguir eficiencias en menor tiempo.
Entre el 2009 y el 2016, la inversión pública en el sector saneamiento llegó a S/.29,000 millones, “y lamentablemente, los resultados no han sido los esperados”, reconoció Trujillo. Para los próximos cinco años, ese presupuesto es de S/50,000 millones, gran parte de ello a cargo de ejecución subnacional. ¿Está a punto de repetirse la historia?"

jueves, 26 de octubre de 2017

Pasivos ambientales y agua de fuentes subterráneas


En aguas subterráneas y adaptación basada en ecosistemas, me referí a los datos de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) que realizó inventarios y monitoréos de acuíferos en 50 de los 52 valles que tiene la costa peruana, encontrando sobre explotación en siete (7) valles pertenecientes a Lambayeque, Ica y Tacna. Precisé entonces que la crisis del agua en la costa peruana podría agravarse por los siguientes conductos: Demanda de alimentos de la mayor población costera,la presión que ejerce el crecimiento de ciudades costeras, el cambio climático, y fragilidad institucional en la gestión del recurso hídrico,con énfasis en el agua subterránea; a mayor abundamiento, considerando la contaminación del agua por la debilidad presentada en el país para controlar ,mitigar y reducir los pasivos ambientales que pudiera afectar la salud pública de parte de la población actual que estaría en el orden de los 31 millones de peruanos.

Perú como escenario

A diferencia de otros países de América latina y el caribe, Perú tiene la mayor cantidad de sus habitantes en la costa - allí donde viven dos de cada tres peruanos _ en 52 valles donde hay limitada disponibilidad de agua y escaso acceso al recurso hídrico en sus diferentes usos. Su situación de disponibilidad al agua varía gradual y recurrentemente con fenómenos climáticos, supeditada a ocurrencias de El Niño, que produce condiciones cálidas y secas, en tanto que La Niña, produce condiciones frías y húmedas.
Eventos extremos por tres meses a inicio de año presentados con variado rigor, son susceptibles de agudizarse por exceso o escacez de agua en usuarios, siendo el más impactado el uso poblacional.
La pérdida de los glaciares de las diecinueve cordilleras nevadas del país que redujeron en más del cuarenta por ciento de su superficie en las últimas cuatro décadas con respecto al inventario realizado en los años setenta, reducen el stock de sus reservas de agua dulce existentes,vislumbrando la naturaleza finita de las aguas ubicadas en las altas cumbres. Desde mediados de siglo pasado a la actualidad , en Perú se apostó por dar afianzamiento hídrico a las fuentes de aguas superficiales desarrollando infraestructuras hídricas mayores para represar y almacenar agua, así como trasladar aguas de la cuenca oriental hacia su costa desértica en el pacífico. Reciente inventario de presas en el País (realizado por ANA), identificó un mil trescientas presas, siendo que de setecientos cuarenta y tres inventariadas, un alto porcentaje de estas presas se encuentran en situación de abandono, con escasa o nula información respecto a su construcción y  operación.
Las aguas de las presas son usadas para riego, minería, aprovechamiento energético y escasa utilización para suministro de agua para consumo humano.
Lagunas de información sobre aguas superficiales y subterráneas en términos de balance hídrico en los ríos, cuerpos de agua y acuíferos del país, sumados a importantes cambios en la hidrología estacional en las cuencas de la vertiente del pacífico, colocan a la franja costera en potencial alto riesgo por la crisis del agua. Registros pluviométricos en costa desértica peruana esta en el orden de los veinte milímetros al año (20 mm/año). Reportes de NASA indicaron que en el 2017 se presentaron lluvias extremas en costa norte peruana donde los radares registraron 137 mm/hora y las otras tasas de lluvias presentadas estaban entre 20 mm/hora y 50 mm/hora. Podríamos inferir entonces que llovió en una hora lo mismo que llueve en un año en algunos lugares del Perú,variable a tomar en cuenta en los periodos de retorno eventualmente modificados por el calentamiento global y cambio climático.
En este escenario de variabilidad espacial y temporal y de crisis focalizada en la oferta de agua, demandan una adecuada gestión del agua superficial y subterránea.

Fuentes subterráneas en el país de los incas

Hace poco más de una década atrás en Perú-cuando contaba con 27 millones de habitantes- la población efectivamente abastecida por las Empresas Prestadoras de Saneamiento (EPS) ascendían a trece millones y medio de habitantes; de los cuales 41,4% eran abastecidos por fuentes subterráneas —que agrupan pozos, galerías de infiltración y manantiales—.
En “Calidad del agua potable en el Perú” publicada en el año 2004, SUNASS  explicaba que son fuentes subterráneas los pozos, las galerías de infiltración y los manantiales. Los basamentos de estas fuentes, en la zona costera, se encontraban a 400 ó 500 metros de profundidad. Normalmente, su origen es producto de la escorrentía superficial, a través de los ríos y canales que riegan los valles, y de la recarga subterránea a través de las filtraciones cordilleranas; tan sólo un mínimo porcentaje se forma a partir de las precipitaciones.
En las zonas áridas abundan los pozos tubulares, por lo general con profundidades que varían entre 40 y 100 metros; los caudales que se obtienen están entre 12 y 100 litros por segundo. Las fuentes subterráneas de las EPS producen aproximadamente 630 mm3  por año. Las ciudades que utilizaban en ese entonces  exclusivamente aguas subterráneas de pozos para el abastecimiento de agua potable eran  Ica, Piura y Huacho. Dadas las características de estas aguas, en estas ciudades —como en otras localidades de la costa—, se presenta la necesidad de incrementar el uso de aguas superficiales con proyectos de alto costo. Otras ciudades como Pisco, Andahuaylas, Azángaro y Jauja se abastecen sólo de manantiales y galerías de infiltración.
Oasis artificial de Ica - en dos momentos en el tiempo - mostrando su
impacto en el acceso y disponibilidad del recurso agua en costa Peruana.
En ese entonces se dio cuenta de supervisiones realizadas a las EPS se tomaron muestras para los análisis físicos y químicos. Los primeros se realizaron en el mismo lugar de la toma de muestras,ya que los valores de pH, turbiedad y continuidad varían con la temperatura y el tiempo de almacenamiento, mientras que los segundos se realizaron en el Laboratorio de Referencia y Control de SUNASS. Los resultados obtenidos fueron evaluados y SUNASS remitió a las EPS los informes correspondientes, para que los conocieran y, en caso de ser necesario,aplicaran las medidas correctivas requeridas.

Problemas de calidad de agua 

Los resultados del análisis físico y químico del agua potable producida por las EPS entre los años 1995 y 2003 permitieron a SUNASS conocer con precisión, año tras año, los problemas de calidad del agua potable que presentaba cada EPS.
Por citar un ejemplo, menciono al Arsénico. Se encontró —y se corrigió la presencia de este parámetro— en EPS ILO (Ilo), SEDAPAL (Lima), SEDAPAR (Mollendo, Mejía, La Curva) y EPS TACNA (Tacna), debido a la presencia natural de arsénico en las aguas del sur del país y a la contaminación por relaves mineros en el río Rímac. Sin embargo, sería factible que el problema pueda presentarse nuevamente de no haber un control adecuado. La situación era controlada por SUNASS, para que los porcentajes que superen los límites máximos permisibles referenciales no se repitan.
Es importante acotar que en ese escenario antes descrito, se encontraba vigente la norma aprobada mediante Resolución Suprema de diciembre del año 1946, la cual se modificó con el Decreto Supremo N° 031-2010-SA actualizándose los límites máximos permisibles en norma de agua para consumo humano del Perú.
Recordemos que para el elemento Arsénico, la nueva norma peruana para el agua de consumo humano,paso de no mas de 0.1 ppm  a 0.01 ppm el límite máximo permisible.
En este contexto, a efectos de garantizar la salud pública queda en agenda pendiente las acciones que estime por convenientes realizar las actuales y futuras administraciones del Estado peruano, en virtud del incremento sostenido de los pasivos ambientales existentes e inventariados en territorio peruano.

domingo, 22 de octubre de 2017

Censos Nacionales 2017 en Perú y el legado de Fernando de Szyszlo

Hoy 22 de octubre se realizará en Perú los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas, un evento realizado cada diez años en el país de los Incas. El levantamiento de datos para producir información dura es de suma importancia para hacer ver a los tomadores de decisión que "El Perú está yendo al desarrollo inconteniblemente"en determinados sectores, tal cual lo expresara el maestro don Fernando de Szyszlo que dejara de existir hace trece días, a los 92 años en su domicilio de Lima.
Quedan vigente sus expresiones: “No hay relación con la realidad,  vivimos en un momento importante para crear desarrollo y hay quienes jalan para atrás con ideas muertas”, en estricto , confunden crecimiento con desarrollo ; y “la gente se mueve por intereses y no por ideas, si queremos generar desarrollo sostenible debemos sacarnos de esta tara”. Asimismo, “ No podemos salir de la corrupción por una descentralización mal organizada, que hizo que cada departamento sea una región y el jefe de la región asuma actitudes de autoritarismo y de prepotencia”.
En este contexto, con los datos evacuados de este último Censo  2017 es preciso corregir Políticas de Estado que necesiten cambios  y fortalecer  aquellos Planes, Programas  y Políticas de Estado que están evidenciando desarrollo de los pueblos pues “La pobreza ha disminuido como consecuencia del crecimiento económico. La pobreza no ha disminuido por obra del Espíritu Santo, sino porque la economía ha mejorado”.
El premio nobel Mario Vargas llosa al referirse a Szyszlo indicó :  "Fue un gran artista, uno de los últimos, entre los pintores, al que se podía aplicar ese adjetivo con justicia, y una espléndida persona. Culto, entrañable, divertido, leal", a lo cual añadiríamos, un ilustre peruano que no registrará el Censo de 2017 pero que vivirá por siempre en  los anales de la historia peruana.

domingo, 8 de octubre de 2017

Desafío en remediación de Pasivos Ambientales Mineros hasta el 2021

Según la agencia oficial de noticias ANDINA, "un total de 1,945 pasivos mineros en zonas afectadas por la minería tradicional, a escala nacional, remediará hasta el año 2021, la empresa estatal de derecho privado Activos Mineros SAC (AMSAC), con una inversión de 1,193 millones de soles, informó su gerente general, Ramón Huapaya.
El funcionario sostuvo en diálogo con la Agencia Andina que estos pasivos ambientales son llamados “huérfanos”, porque no tienen un dueño vigente, pero derivan de la actividad empresarial del Estado. Estos se encuentran en las regiones de Cajamarca, La Libertad, Áncash, Lima, Junín, Huancavelica, Ica y Puno, detalló.
Enfatizó que la remediación ambiental constituye una responsabilidad del Estado para garantizar una calidad de vida saludable a las comunidades asentadas en zonas donde opera la minería, así como a mejorar la imagen de la minería y su sostenibilidad.
Huapaya refirió que AMSAC, que hoy celebra 11 años de vida institucional, es una empresa estatal de derecho privado, perteneciente al sector minero y a la Corporación FONAFE (Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado) que es titular del 100 % de las acciones.
AMSAC se creó el 12 de julio de 2006 por acuerdo del Consejo Directivo de Proinversión (Decreto Legislativo 674), cambiándose la denominación social de Empresa Minera Regional Grau Bayóvar S.A. por Activos Mineros S.A.C. y heredó los pasivos ambientales de Centromin Perú.
“El principal objetivo de AMSAC es remediar los pasivos mineros que le encarga el Estado (Ministerio de Energía y Minas, Proinversión y el FONAFE). También figura entre sus responsabilidades el mantenimiento de los pasivos ya remediados”, subrayó.
Anotó que, desde entonces, la empresa se dedicó a remediar los pasivos mineros que dejó principalmente la actividad minera del Estado, empezando en La Oroya, en Cerro de Pasco, donde operó la empresa Centromin, y donde se logró actualmente una remediación del 85 %.
En la zona central del país existen otros dos grandes pasivos mineros: Excelsior, que concentra 55 millones de metros cúbicos de material residual minero; y Quiulacocha, que es una laguna de relaves ubicada al costado de la ciudad.
También se trabaja en la remediación del río San Juan, que es tributario del lago Junín. “Se identificaron alrededor de 80 pasivos mineros cuya remediación demanda una inversión aproximada de 600 millones de soles, refirió. 
Huapaya agregó que AMSAC trabaja junto con el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) en un estudio de “caracterización” para determinar que pasivos mineros pueden generar valor económico con su recuperación. 
Otra función importante de AMSAC es la administración y supervisión de los compromisos de post privatización asumidos por los inversionistas mineros y, a su vez, colabora con la promoción de la inversión privada en las concesiones mineras del Estado. “AMSAC es titular de proyectos como Michiquillay, por ejemplo, que será concesionado en noviembre de este año, así como otros 15 entre los que se encuentra Tambogrande”, dijo.
También participa en la supervisión de la recaudación por concepto de regalías mineras obtenidas de las concesiones, lo que en los últimos años representó la suma de 825 millones de dólares. “Este año vamos a recaudar 120 millones de dólares”, refirió.
Asimismo, administra otros encargos de entidades del Estado en Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Ica, La Libertad, Madre de Dios, Piura, Puno, como la construcción de reservorios familiares".

viernes, 22 de septiembre de 2017

Mineras en Perú podrían pedir devolución de aporte por regulación

El caso PERUBAR S.A vs OEFA ante el Tribunal Constitucional (TC) podría constituirse  en un sensible precedente para que empresas mineras en Perú puedan pedir devolución de Aporte por Regulación ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, debilitando al ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

Los Hechos

En marzo del año 2014 la empresa minera PERUBAR S.A  interpone demanda de amparo ante el Poder Judicial del Callao para que se le devuelva todo el dinero que la OEFA le ha cobrado por concepto de Aporte por Regulación,la misma que fue declarada improcedente mediante resolución número 1 de fecha 05 de mayo del 2014.  PERUBAR S.A. plantea nulidad de la resolución número 1 y mediante resolución número 2 se declara la nulidad de la resolución número 1 y volviendo a calificar la demanda la declara nuevamente su improcedencia, a lo que con fecha 11 de julio del 2014 la demandante interpone recurso de apelación. Posteriormente, al 22 de agosto del 2014, le conceden el recurso de apelación con efecto suspensivo y que resuelve el 14 de abril del 2015 en segunda instancia confirmando la improcedencia del amparo de PERUBAR SA. El 20 de agosto del 2015, PERUBAR SA. interpone recurso de agravio constitucional que se le concede y con resolución número 15 de fecha 28 de marzo del 2016 se remite el expediente al TC.

La sentencia del TC 

La fecha de vista de la causa se llevó a cabo el 24 de agosto del 2016, donde el TC dejó entrever que se habían vulnerado derechos constitucionales del accionante y que se pronunciaría sobre el fondo de la controversia.
El TC ordena que se devuelva 120 millones de soles a favor de la empresaLas sumas dinerarias que se debería devolver a PERUBAR SA sería: para el año 2014 S/ 58 millones, para el 2015 unos S/ 66 millones y para el 2016 y 2017 aún estaría pendiente establecer.

Eventual impacto

La sentencia del TC crearía precedente para que otras empresas que tienen operaciones mineras evaluadas y fiscalizadas, pidan que se les devuelva el Aporte por Regulación a la OEFA que financia el proceso de fiscalización ambiental.

El Dato

  • En estricto se pide inaplicar el Decreto Supremo N°130-2013-PCM, que establece el Aporte por Regulación del OEFA a cargo de las empresas mineras, que se traducen en los aportes que el organismo fiscalizador recibe por las multas que impone. La parte demandante no solo requiere que no se les cobre este aporte, sino también la devolución de todo lo pagado.
  • El proceso se habría realizado sin que el TC haya notificado oportunamente a los procuradores del MINAM y del MEM, hecho que habría generado  que los precitados procuradores se apersonaran en forma posterior a la vista de la causa. 


lunes, 18 de septiembre de 2017

Crisis política en Lima-Perú y lección aprendida de la crisis del agua

La lamentable crisis política recientemente sucedida en Perú por controversias entre el Ejecutivo y el Congreso de la República, me obliga reiterar por enésima vez la alta vulnerabilidad y fragilidad hídrica que presenta el sector agua y saneamiento en el país de los incas.
A través de los años y como experto en el tema, recurrentemente vengo alertando a las administraciones de turno de los riesgos a resultas de no contar con una percepción sistémica de su gestión ambiental. 
Lima, la capital de la república peruana, sufrió recientemente una restricción del servicio de agua por efectos de El Niño costero, la cual podría tomar visos de gravedad tal como aconteciera en la ciudad de Sao paulo el año 2014 cuando sufrió la peor sequía de su historia,impactando a una población superior en número a los habitantes en Lima, con la consecuente afectación de millonarias pérdidas económicas. 

De los registros 

La actual administración no ha sido la excepción de las alertas, pues desde agosto del año 2016 registro en este espacio los elementos, que a juicio del suscrito, deberían tomarse en consideración para reducir los niveles de vulnerabilidad existentes.
Es así que se sucedieron los títulos siguientes : Reto histórico de PPK : " Fomento de política de estado para el saneamiento";Nuevo marco legal de los servicios de saneamiento en Perú;Desafíos ocultos en agua y saneamiento_Perú-2016;Demoras en redefinición del marco legal para el sector saneamiento;Desafíos por superar en reforma de agua y saneamiento;Proceso de redefinición del sector saneamiento: La experiencia peruana; Regulación tarifaria que hace agua en Perú;Control de empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS);Gobernanza del agua en Perú;Capacidad y calidad de gasto en agua y saneamiento;Crímenes financieros en agua y saneamiento;Sobrecosto por corrupción en agua potable y saneamiento;Normas para transformar el objetivo agua en Perú ;Alerta temprana frente a la crisis del agua dulce en Perú y Leyes que retardan acceso al agua y saneamiento a poblaciones vulnerables, entre otros.

De la alta rotación 

En un lapso corto se aprecia, como se van sucediendo funcionarios que deberían cumplir las políticas de gobierno en coherencia y concordancia con las políticas de Estado respecto al agua y saneamiento. Es así que en catorce meses en lo que va de la actual administración se cambiaron sucesivamente al director del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, al Vice Ministro y finalmente al Ministro del Ministerio de Vivienda , Construcción y Saneamiento. Asimismo , la rotación se está ampliando a la mayor EPS del país - SEDAPAL S.A. y alcanza a OTASS, teniendo al regulador SUNASS con altas limitaciones, particularmente en las zonas rurales del país. Es recomendable reducir esta alta rotación en el futuro.

¿El Ministerio del Ambiente se encuentra implementado y operativo?

Si la respuesta es positiva, entonces el proceso de adscripción de la Autoridad Nacional del Agua es posible en este régimen, para evitar que continúe registrándose las fallas del sesgo agrario que presentan los recursos hídricos; especialmente en lo referente a las retribuciones económicas y tarifas,las cuales distorsionan en gran medida los sistemas de gestión ambiental del agua, haciendo imperceptibles las inversiones privadas en el sector agua y saneamiento.

Cumplimiento de metas sectoriales de la administración PPK

Ante los evidentes retrasos registrados para el sector agua y saneamiento, en términos del gasto público y cumplimiento de metas, se hace indispensable la aplicación de reingeniería, acompañado de criterios sociales,ambientales y económicos, tal cual se estipula en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

jueves, 7 de septiembre de 2017

Exceso de regulación gubernamental y Minería

Tomando en consideración que Doing Business analiza las regulaciones que afectan a once áreas del ciclo de vida de una empresa. Diez de estas áreas se incluyen en la clasificación sobre la facilidad para hacer negocios de este año: apertura de una empresa, manejo de permisos de construcción, obtención de electricidad, registro de propiedades, obtención de crédito, protección de los inversionistas minoritarios, pago de impuestos, comercio transfronterizo, cumplimiento de contratos y resolución de insolvencia.
Los datos de Doing Business 2017 están actualizados a fecha de 1 de junio de 2016. Los indicadores se utilizan para analizar resultados económicos e identificar qué reformas de la regulación empresarial han funcionado, dónde y por qué.

El caso peruano

Perú como país minero está siendo impactada por un exceso de regulación gubernamental en esta industria estratégica, que constituye uno de los motores del crecimiento económico obtenido en un periodo admirado en américa latina y el mundo. Este impase subsistente relaja la confianza de los capitales e inversionistas y al mismo tiempo retarda la licencia social y confianza de las poblaciones localizadas en proximidades de proyectos mineros.
La planificación estratégica en los últimos años de las administraciones en el país de los incas consideraron que "el PBI crecerá gracias al empuje minero a pesar de los precios en caída de los metales", sin embargo , la sobreregulación que "penaliza" la competitividad y productividad minera, constituyen evidentes trabas para retornar al crecimiento soñado.

Palabra autorizada

El presidente del Banco Central de Reserva del Perú, Julio Velarde, se refirió con duras palabras al retroceso de la productividad del Perú en los últimos años, y señaló que "somos un desastre" en ese ámbito."No es broma, somos un desastre y eso hay que decirlo claramente", señaló durante su presentación en un foro organizado por la Cámara de Comercio Americana del Perú (Amcham).
Velarde indicó que el Perú está en los últimos lugares de una lista de indicadores del ranking elaborado por el Banco Mundial (BM). Además señaló que ocupamos el lugar 134 de 138 países en exceso de regulación gubernamental.
Recordó que en el gobierno anterior se incrementaron las normas regulatorias que, en conjunto, "jalaban a la economía para que no creciera".
Hacemos votos porque la actual administración PPK , que lleva un poco mas de un año en la tarea, pueda retomar las sendas del crecimiento económico aplicando una regulación en minería adecuada al desarrollo que demanda el país.

miércoles, 6 de septiembre de 2017

Informe documentado de la autoridad ambiental en proceso penal

El 5 de setiembre de 2017 , se publicó en Perú el Decreto Supremo N° 007-2017-MINAM aprobando un nuevo Reglamento del numeral 149.1 del artículo 149 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente (2005) ; el cual disponía que en las investigaciones penales por los delitos tipificados en el Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal, la exigencia obligatoria de un informe fundamentado por escrito por parte de la autoridad ambiental, antes del pronunciamiento del fiscal provincial o fiscal de la investigación preparatoria en la etapa intermedia del proceso penal.
Para regular los alcances previamente se emitió el Decreto Supremo N° 009-2013-MINAM, que aprobó un primer Reglamento del numeral 149.1 del artículo 149 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, de cuya aplicación se pudo advertir la imperiosa necesidad de mejorar el marco normativo del informe documentado.
Desde este espacio y en el marco del registro histórico y estrictamente académico, pude compendiar una secuencia progresiva de elementos que permiten visualizar en parte los fundamentos técnicos que demandaría el informe.
Diversas consideraciones presentadas en Derecho penal como prima ratio frente a conflictos sociales (2010) , Análisis de riesgo en LMP (2011) , Mito de la norma & Minería (2012), LMP en la nueva escala de sanciones (2013), Faltas y delitos ambientales en Perú (2014) , Panorama de Fiscalización ambiental (2015), Ejes de desarrollo del plan de gobierno para la nueva administración en Perú (2016) y Pasivos ambientales & LMP (2017) nos permite recoger la suma de voluntades con que cuenta la administración moderna respecto a una nueva relación con la minería, donde no se puede soslayar el proceso histórico del deterioro ambiental y debe honrarse la deuda pendiente del pasado atendiendo oportunamente a los pasivos ambientales.
La imperiosa restitución de la relación de confianza entre los actores sociales, pasa por la formalización,identificación de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados y el cumplimiento de la norma ambiental,sin distinción alguna que conduzca a enfrentamientos,instaurando valor compartido que coadyuven a destrabar importantes proyectos de inversión privada en capitales nacionales y extranjeros que buscan el bien común y desarrollo armónico del pueblo peruano.

miércoles, 30 de agosto de 2017

Experiencia peruana en gestión de pasivos ambientales mineros

En Historia de la minería ilegal en Perú, mencioné que la destrucción del ambiente por los efectos nocivos de la minería ilegal,crearon espacios políticos para las demandas ambientales, constituyéndose en permanente tema de reflexión; por lo que en búsqueda de encontrar argumentos consistentes, invito a meditar sobre la necesidad de socializar la Política de Estado para gestionar adecuadamente los pasivos ambientales mineros (PAM) a efectos de reducir el temor de la población a la contaminación, calmar la desconfianza de potenciales inversionistas mineros y mitigar el escepticismo en la capacidad del Estado para hacer cumplir la ley en territorio nacional.

PAM en el tiempo

En Gestión de sitios contaminados en Perú presenté gráficamente la evolución de la unidades mineras desde 1950 y es a inicios del presente siglo cuando se realizó un estudio para conocer la relación entre los PAM , las concesiones y denuncios mineros.
Es así que se sucedieron el proyecto de desarrollo sostenible (1995), proyecto Mantaro (1997) y el Proyecto de Eliminación de Pasivos Ambientales - EPA (2001) elaborado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) donde indicó que al año 2002 se logró identificar ochocientos sesenta y cuatro (864) PAM en derechos mineros. [ 464 (54%) se encontraban en derechos vigentes en ese entonces, 171 (20%) estaban extinguidos, 209 (24%) estaban libres y 20 (2%) no indicaba ni precisaba el informe del MEM registrado mediante Oficio N° 1413-2003-EM-DM del 6 de octubre del 2003.
En Julio del 2004 se publicó la Ley N° 28271, Ley que regula los pasivos Ambientales de la actividad minera , como resultado de la iniciativa parlamentaria del Proyecto de Ley N° 3801-2002-CR  presentada por mi colega y amigo, el ingeniero Glodomiro Sánchez Mejía, que luego se hiciera cargo del despacho del MEM (Oct.2004 a  Jul. 2006).

Evolución del tratamiento de la información en PAM

Así se llegó al año 2005, donde con la aprobación del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera - Decreto Supremo N° 059-2005-EM , se califica a un PAM como abandonado o inactivo respondiendo a la ubicación del mismo dentro o fuera de una concesión vigente al 07 de Julio del año 2004.
El precitado hito se complementa con sendas Resoluciones Ministeriales N° 290-2006-MEM/DM y  N° 102-2015-MEM-DM que respectivamente, aprueba el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros (Año 2006) y actualiza el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros (Año 2015); cuyos resultados se presentan en la data gráfica siguiente:
Inventario Inicial 2006 daba cuenta de 611 PAM

Inventario actualizado al año 2015 indicaba 8616 PAM

Comparativo del Inventario PAM 2006 (611) vs 2015 (8616) 
De los gráficos expuestos, se podrá apreciar que la región Ancash tiene mayor número de Pasivos Ambientales mineros  los cuales se incrementaron sustantivamente de 133 (Año 2006) a 1251 (Año 2015) los PAM inventariados.
Las causas de la actual situación de los PAM son diversas, sin perjuicio de la incipiente gobernabilidad y gobernanza de los tres niveles de gestión del Estado peruano en ese extremo ; un tema es la relacionada a que algunas concesiones mineras están superpuestas a pasivos ambientales y otras, tienen que ver con el caso emblemático que expuse en Estado, pasivos ambientales mineros y remediación donde el propio Estado peruano (en el nivel regional de Ancash), interfiere en la remediación de los pasivos ambientales mineros, muchos de ellos heredados de la colonia.

Del Inventario Nacional de PAM y Planes de Descontaminación

Defensoría del pueblo en su revelador Informe N° 171 :  reporte de Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA PERÚ 2011-2021, al año 2013, señaló que respecto de los indicadores «Documentos sobre la estrategia e inventario nacional de pasivos ambientales aprobado» y «Número de Planes de Descontaminación en ejecución», las metas no habrían sido cumplidas, puesto que no se habría reportado ningún avance. Sin embargo, respecto del indicador «Número de Planes de Descontaminación elaborados y aprobados», la meta habría sido cumplida de  manera parcial, toda vez que se ha reportado avances en el cumplimiento de la misma.
Asimismo, preciso para el extremo minero que "La deuda del pasado sigue presente. Los 8,616 PAM…nos muestran que tenemos una gran deuda. Una que está a cargo de los directamente responsables de generar dichos pasivos, pero también del Estado, que no pudo hacer cumplir la ley o, peor aún, que no puso las reglas de juego necesarias en su momento. Actividades mineras … abandonadas sin los cuidados necesarios, afectando al ambiente, la propiedad, la salud. Las cifras son alarmantes, el insignificante número de pasivos remediados también".

Mejorar la gestión de PAM constituyen una inversión y no gasto para el país

De acuerdo a la realidad peruana presentada, el principal problema ambiental ocasionado por PAM representa el drenaje ácido de minas generado por deficiencias en el proceso de remediación.
Mejorar la gestión de PAM implica reducir la contaminación de aguas superficiales y subterráneas; con ello se mitiga el impacto en ecosistemas acuáticos, así como los problemas ocasionados por la bioacumulación  por metales pesados y sulfatos.
Al eliminar las externalidades causadas por una inadecuada gestión de PAM que tienen repercusión en mayores costos para las plantas de tratamiento de agua para consumo humano, seguridad alimentaria  y en salud pública, serán compensadas largamente  al retomar la confianza de la población en diversas cuencas con tradición minera y así reducir los tiempos y riesgos de potenciales inversionistas en proyectos mineros .
Honrar la deuda del pasado con los PAM implicará nuevas y mayores inversiones en minería, así como en industrias colaterales y mejorar las posibilidades del país para ingresar a la OECD ; tanto el ejecutivo como la representación nacional en el Congreso de la República tienen las mejores opciones para no dejar sólo al FONAM en su tarea de conseguir los fondos para manejar adecuadamente los PAM, pues es preciso incorporar a la actividad privada en la misión de atender la agenda pendiente que tiene el Estado con el pasado.

miércoles, 23 de agosto de 2017

Pasivos ambientales & LMP

En Gestión de sitios contaminados en Perú, tocamos el tema de pasivos ambientales y específicamente los pasivos ambientales mineros, definiéndolo como aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras, en la actualidad abandonadas o inactivas y que constituyen un riesgo permanente y potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad.
Asimismo, consignamos la publicación del 10/2/2015 en El Comercio, dando cuenta de 8.571 pasivos que fueron abandonados por mineros desde el año 1920, según el Ministerio de Energía y Minas. El valle del Mantaro (Junín) es una de las zonas más contaminadas con 1.336 pasivos. Le siguen los valles del Santa (827), Apurímac (647), Alto Huallaga (517) y Rímac-Lurín (384). Se trata de los territorios más afectados, pero no son los únicos. La Dirección General de Minería  estima que se necesitan unos US$500 millones de dólares para remediar el daño ambiental causado por los pasivos inventariados.
En el año 2010,precisamos en este espacio que el Estado debiera regular la aplicación de los instrumentos de gestión como es el caso de adecuados Límites Máximos Permisibles (LMP), a efectos de establecer reglas claras y altos niveles de predictibilidad en torno a las actividades que tengan que ver con el tema de fiscalización del sector minero.
En este contexto, es pertinente tomar conocimiento de cuánto se avanzó en el manejo y gestión de los pasivos ambientales desde al año 2010 a la fecha. 

Actualización del reglamento de agua para el consumo humano 

Para estos efectos tomamos como indicador la norma actualizada para agua de consumo humano y la referenciamos al Decreto Supremo N° 031-2010 de fecha 24/9/2010, comparándolo con el Reglamento de los requisitos oficiales físicos, químicos v bacteriológicos que deben reunir las aguas de bebida para ser consideradas potables establecida por la Resolución Suprema del 17/12/1946.
Según algunos parámetros contemplados como LMP comparados entre los dispositivos legales  de los años 1946 y 2010, observamos lo siguiente :
Actualización de LMP en norma de agua para consumo humano_Perú
El Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano fijado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA., en su cuarta disposición complementaria transitoria establece como función supervisora de SUNASS, que "En tanto los proveedores pertenecientes al ámbito de competencia de la SUNASS no cuentan con el plan de control de calidad del agua, debidamente aprobado, la función supervisora se ejerce de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Calidad de Prestación de Servicios de Saneamiento aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASS-CD"; que fuera  modificado por las Resoluciones de Consejo Directivo Nros. 088-2007-SUNASS-CD, 100-2008-SUNASS-CD, 064-2009-SUNASS-CD, 034-2010-SUNASS-CD, 061-2010-SUNASS-CD, 025-2011-SUNASS-CD, 041-2011-SUNASS-CD, 042-2011-SUNASS-CD, 008-2012-SUNASS-CD, 044-2012-SUNASS-CD , 028-2013-SUNASS-CD y 012-2016-SUNASS-CD.

Registro Histórico

Se tiene como antecedentes de disconformidades en la mayor EPS del país, el documento elaborado por SUNASS "Análisis de la calidad del agua potable en las empresas prestadoras del Perú: 1995-2003" (Periodo 2000-2003 - Cuadro N° 15 - Procedencia de aguas superficiales _ EPS SEDAPAL S.A.) para el parámetro Arsénico reportaba de un universo de noventa y dos muestras realizadas el resultado siguiente : Valor límite promedio = 0.019 ppm y Valor máximo Histórico = 0.142 ppm
La memoria institucional del regulador SUNASS publicadas en el lapso 2011-2015, dan cuenta de las lagunas de información existente respecto al cumplimiento de las EPS bajo regulación de los parámetros establecidos como LMP dispuestos por el DS N° 031-2010 del año 2010.

Agenda pendiente al 2021

Según normatividad peruana el registro de un LMP se establece en el punto o puntos de emisión y vertimiento, siendo de cumplimiento obligatorio por el titular de la actividad productiva ( para el sector minero es el titular de la concesión minera), que en caso de infracción, puede ser pasible de sanción administrativa y/o penal.
En tal sentido,las externalidades producidas por los pasivos ambientales demandan acciones conjuntas del Estado y sector privado para efectuar labores de remediación ambiental.
La importancia de reducir los riesgos permanentes y potenciales para la salud de la población en el agua de consumo humano y la seguridad alimenticia bajo un adecuado manejo de aguas superficiales y subterráneas y reduciendo los pasivos ambientales, están reconocidas por los organismos que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, constituyendo uno de sus retos y desafíos de cara al bicentenario de la independencia en Perú.

Terminología jurídica de LMP

Como término jurídico ambiental empleado en Perú, el Límite Máximo Permisible contempla,entre otras, las siguientes definiciones:
  1. Concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente o a una emisión, que al ser excedido puede causar daños a la salud, bienestar humano y al ambiente,a corto o largo plazo. Su cumplimiento es exigible legalmente. En tanto no se establezcan en el país Estándares de Calidad Ambiental, Límites Máximos Permisibles y otros estándares o parámetros para el control y la protección ambiental, son de uso referencial los establecidos por instituciones de Derecho Internacional Público como la Organización Mundial de la Salud (OMS). (Resolución de Contraloría General Nº470-2008-CG, Artículo 1.2.2 y Glosario). GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL GUBERNAMENTAL.
  2. Es la medida de la concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente. Su cumplimiento es exigible legalmente por el Ministerio del Ambiente (MINAM) y los organismos que conforman el Sistema de Gestión Ambiental. (D.S. Nº011-2009-MINAM, Artículo 2.10). LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA LAS EMISIONES DE LA INDUSTRIA DE HARINA Y ACEITE DE PESCADO Y HARINA DE RESIDUOS HIDROBIOLÓGICOS.
  3. Es la medida de la concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos que caracterizan a un efluente o una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente. Su determinación corresponde al Ministerio del Ambiente. Su cumplimiento es exigible legalmente por el Ministerio del Ambiente y los organismos que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Los criterios para la determinación de la supervisión y sanción serán establecidos por dicho Ministerio. (Ley Nº 28611, Artículo 32.1). LEY GENERAL DEL AMBIENTE.
  4. Nivel de concentración o cantidades de uno o más contaminantes,por debajo del cual no se prevé riesgo para la salud, el bienestar humano y los ecosistemas, que es fijado por la autoridad competente y es legalmente exigible. Los Límites Máximos Permisibles son revisados por la autoridad competente cada cinco años. (D.S. Nº 019-97-ITINCI, Artículo 3). REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA.
  5. Son valores o medidas de la concentración o grado de elementos,sustancias o parámetros físicos,químicos y biológicos presentes,que caracterizan a un efluente o a una emisión, que al ser excedidos causan o pueden causar daños a la salud, bienestar humano y al ambiente. (D.S. Nº 037-2008- PCM, Artículo 3). ESTABLECEN LÍMITES PERMISIBLES DE EFLUENTES LÍQUIDOS PARA EL SUBSECTOR HIDROCARBUROS. (D.S. Nº 015-2006-EM, Artículo 4). APRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL EN LAS ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS.
  6. Es la medida de la concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos que caracterizan a un efluente o una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente. Su determinación corresponde al Ministerio del Ambiente. Su cumplimiento es exigible legalmente por el Ministerio del Ambiente y los organismos que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. (D.S. N° 003-2010-MINAM, Artículo 2). APRUEBA LMP PARA EFLUENTES DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS O MUNICIPALES.

jueves, 17 de agosto de 2017

Gestión de sitios contaminados en Perú

La gestión de sitios contaminados en Perú se inicia bajo un enfoque sectorial. El sector minero energético es el primero que, preocupado por los posibles impactos negativos de sus actividades, procede a regular la gestión de sus pasivos ambientales.
Para poder pasar del anhelo a una realidad en la gestión de sitios contaminados en Perú, es preciso tener la visión completa en tiempo y espacio de la dimensión y gradualidad del daño ambiental producido.
Debemos tener presente que el recurso suelo esta asociada directa o indirectamente al agua y que los diversos conflictos socio ambientales producidos, actuales y potenciales atribuidos a la causalidad del impacto en este binomio, lo tienen también que resolver los gobiernos regionales y gobiernos locales que deben participar en la solución de los conflictos atendiendo a criterios objetivos y congruentes del objeto de las Leyes.

Según el  D.S. N° 002-2013-MINAM

Un sitio contaminado es aquel suelo cuyas características químicas han sido alteradas negativamente por la presencia de sustancias químicas contaminantes depositadas por la actividad humana, en concentraciones tal que en función del uso actual o previsto del sitio y sus alrededores represente un riesgo a la salud humana y el ambiente.
Las causas, se encuentran  asociadas a las prácticas inadecuadas en el manejo y disposición final de sustancias químicas o residuos peligrosos, como resultado de actividades de producción, comerciales o agropecuarias, actuales o pasadas. Otras causas pueden ser los eventos inesperados, accidentes, emergencias, derrames, incendios…. que liberan agentes contaminantes al ambiente.

Según RM N° 212-2017-MINAM

El Ministerio del Ambiente (MINAM), con Resolución Ministerial N° 212-2017-MINAM, publicó el proyecto de Decreto Supremo que aprueba Criterios para la Gestión  de Sitios Contaminados, a fin de recoger los comentarios, aportes y sugerencias de la ciudadanía, el cual abre ventanas de oportunidades para alinear los criterios que asocian suelo y agua en los planes para la remediación de sitios contaminados, originados por uno o varios proyectos de inversión o actividades, pasadas o presentes.
La propuesta normativa tiene por objeto establecer criterios para la prevención, así como para la evaluación y remediación de sitios contaminados por actividades humanas, con la finalidad de reducir los riesgos y proteger la salud de las personas y el ambiente.
Según esta propuesta de norma, un sitio contaminado, es el area en el cual el suelo, el agua subterránea subyacente o los sedimentos contienen contaminantes provenientes de actividades antrópicas, en concentraciones que pueden representar riesgos para la salud o el ambiente.

Pasivos ambientales

Son conocidos como pasivos ambientales los impactos negativos sobre el medio ambiente ocasionados por las diversas actividades económicas como la minería, la industria y la pesca, entre otros; por otro lado en el caso de la actividad minera, éstos, son ocasionados por operaciones mineras en inactividad temporal o abandonadas en las que no se haya llevado a cabo un adecuado cierre de minas; con lo cual pueden comprometer la calidad del suelo y del agua de una determinada zona y la salud humana, entre otras consecuencias.

Pasivos ambientales mineros

En estricto, según la Ley 28271 (2 de julio del 2004) , los pasivos ambientales mineros (PAMs) son aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras, en la actualidad abandonadas o inactivas y que constituyen un riesgo permanente y potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad.
La misma que fue reglamentada por el DS N° 59-2005-EM (8 de diciembre 2005y su modificatoria DS N° 003-2009-EM (15 enero 2009),asimismo regulada mediante el Decreto Legislativo N° 1042  (26 de Junio 2008) y el Decreto Legislativo N° 1101 (29 de Febrero 2012); este último referido al fortalecimiento de la fiscalización ambiental en la lucha contra la minería ilegal. PAMs pueden ser botadero de desmontes, deposito de relaves o escorias, pilas de lixiviación, labores subterráneas, tajos abiertos, entre otros.Los concesionarios mineros  responsables de  PAMs suscriben contratos de remediación con el Ministerio de Energía y Minas_Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAA). Los responsables de los PAMs deben preparar estudios para  controlar, mitigar o eliminar los efectos negativos de los PAMs (conseguir la estabilidad física y química del terreno), asimismo, controlar o mitigar permanentemente sus efectos negativos.En el caso de los PAMs a cargo del Estado, el financiamiento de la remediación ha sido delegado al Fondo Nacional del Ambiente (FONAM), una institución creada ad hoc para estos fines.
La Comisión Económica para América Latina y el Caribe - CEPAL, al definir un pasivo ambiental minero, hace referencia a los impactos ambientales generados por las operaciones mineras abandonadas con o sin dueño u operador identificables y en donde no se hayan realizado un cierre de minas reglamentado y certificado por la autoridad correspondiente.Asimismo,ilustra las rutas criticas seguidas por las autoridades de Perú, en la construcción de una arquitectura administrativa que maneje y dirija las acciones públicas alrededor del concepto de pasivos ambientales.

Evolución de pasivos ambientales mineros en el periodo 1920-2017 

El cumplimiento de la normativa sobre inventarios de pasivos ambientales RM N° 290-2006-EM/DM, RM N° 487-2007-MEM/DM, RM N° 079-2008-MEM/DM,  RM N° 164-2008-MEM/DM,  RM N° 591-2008-MEM/DM...; permite tomar conocimiento que al año 2014 el Ministerio de Energía y Minas, da cuenta de la existencia de ocho mil quinientos setenta y un (8,571) pasivos ambientales que fueron abandonados por mineros desde 1920 extendidas a lo largo de cuarenta y dos cuencas hidrográficas del territorio peruano.
De otro lado, la información oficial reporta que 1.28% del territorio nacional (1´650,000 ha) tiene actividad minera,en tanto que 12.8% de su territorio se encuentra concesionado a la minería (16´441,000 ha) a agosto del 2017.
De la data gráfica correspondiente a los últimos sesenta y siete años, se puede apreciar las fluctuaciones e incremento de unidades mineras distribuidas en territorio peruano.
Unidades mineras - año 1950
Unidades mineras-año 1970
Unidades mineras - año 1990
Unidades mineras - año 2001
Unidades mineras - año 2013
Unidades mineras - año 2017

Agenda pendiente de pasivos ambientales

Publicada la Ley N° 28271 en el año 2004, los esfuerzos del gobierno en sus tres niveles de gestión, apuntaron a organizar los pasivos ambientales de la actividad minera, a efectos de regular la identificación de los PAMs, la responsabilidad y el financiamiento para la remediación de áreas afectadas por éstos, destinados a su reducción y/o eliminación, mitigando los impactos y externalidades negativas a la salud de la población, al medio ambiente.
El plan de cierre de pasivos ambientales mineros es un instrumento de gestión ambiental cuyo objetivo es establecer diversos mecanismos con la finalidad de efectuar la remediación ambiental de las áreas con pasivos ambientales mineros inactivos o abandonados, y que hayan sido generadas por personas naturales o jurídicas, que anteriormente realizaron trabajos de minería; dicha actividad deberá ser ejecutada por remediadores voluntarios o el mismo Estado cuando no se cuente con responsables identificados o remediadores voluntarios.
Es en este contexto en que transcurridos trece años, el Estado peruano se encuentra actualmente en la tarea de promover conjuntamente con el sector privado el reaprovechamiento de los pasivos ambientales mineros, como una forma de remediación, lo cual generaría ingresos económicos, reduciría la contaminación ambiental,evitaría los conflictos socio ambientales y con ello destrabaría importantes proyectos mineros que se encuentran en cartera en el país de los incas.