El día de hoy 27 de diciembre del año 2024, se publicó en el diario oficial El peruano la Ley N° 32213, que entre otros, modifica el artículo 6 del decreto legislativo 1293 dado hace ocho años atrás, el cual declaró de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, para ampliar el plazo de vigencia del proceso de formalización minera integral hasta el 30 de junio de 2025, pudiendo ser prorrogado por única vez por seis meses adicionales mediante decreto supremo emitido por el Ministerio de Energía y Minas.
Asimismo, establece que el presente plazo es un marco transitorio hasta la promulgación de la Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal, a la cual se refiere la segunda disposición complementaria final de la Ley 31388, por lo que al momento que entre en vigor dicha ley, la presente ley queda derogada.
Como es conocido por los registros en este espacio, el proceso de formalización minera en Perú se inició hace veintidos años atrás en el año 2002 con la Ley N° 27651, Ley de
Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, sufriendo luego recurrentes modificaciones y ampliaciones mediante otras normas legales.
Registro Fraser Institute
Estos impases legales que generan estancamiento de la industria minera en Perú, no son ajenos al registro del prestigioso instituto Fraser, cuyas encuestas para el periodo 1970-2022 reportan una tendencia que hace perder competitividad de las inversiones en el país de los incas.
Data del Perú registrada por Fraser Institute para el periodo 1970-2022 |
El dato
Como ya es conocido por la comunidad internacional, las recurrentes modificaciones y ampliaciones de plazo en el largo proceso de formalización minera en Perú, se manifiestan con otras normas legales tras medidas de fuerza que - salvo honrosas exepciones - la representación nacional en el congreso de la república y los funcionarios de las administraciones en turno convalidan, afectando la gobernanza y gobernabilidad del país.