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viernes, 9 de enero de 2026

The best is jet to come

Lo mejor está por venir en Perú , es la expresión de esperanza y optimismo que como una declaración de sentido pleno, transmito a mis pares, colegas, amigos y discípulos, en este año electoral 2026 donde la democracia se verá fortalecida.
Algunos miles de ellos inicialmente escépticos ante los conocidos problemas de gobernanza causados por la corrupción, ineficiencia en la gestión de la cosa pública, insuficiente planificación para distribuir el presupuesto público; los cuales conllevan retos socioeconómicos en términos de desigualdad, pobreza, informalidad, falta de acceso y disponibilidad a servicios básicos de agua, salud, educación y vivienda; todos se encuentran conectados sistémicamente a los problemas ambientales y en parte generados por actividades ilegales de actividades extractivas como es en el caso de la tala de bosques, minería, pesca y otros , dando cuenta de una presumible inacción que alcanzaría a quienes desarrollan función pública.
Las dudas sobre alcanzar el progreso en cercano periodo se desvanecen, cuando objetivamente se demuestra que el Perú es un país milenario donde la modernidad convive con su rica cultura ancestral y cuenta con valiosos recursos humanos además de potenciales recursos naturales en su territorio, permitiendo ver el futuro prometedor que en democracia tiene para alcanzar su crecimiento y desarrollo sostenible.
Conservar esta democracia en el tiempo ha sido posible gracias al histórico legado ciudadano así como el aporte de ilustres patriotas que el Estado desde el año 2007 reconoce con la «Medalla al Defensor de la Democracia».

Reconocimiento a los Defensores de la Democracia 

La parte considerativa de la Resolución Suprema N° 001-2026-PCM difundida por el diario oficial El Peruano con fecha jueves ocho de enero de 2026, establece lo siguiente: 
Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración, se instituye el 22 de abril y el 12 de setiembre de cada año como Días de los Defensores de la Democracia en homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, a los Comandos integrantes del Operativo Militar Chavín de Huántar, a los miembros del Grupo Especial de Inteligencia de la Dirección contra el Terrorismo de la Policía Nacional del Perú, a los integrantes de los comités de autodefensa y ciudadanos que fallecieron, quedaron heridos o discapacitados como resultado de la lucha contra el terrorismo, así como a militares, policías, licenciados de las Fuerzas Armadas y ciudadanos que en la lucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios a la Nación;
Que, asimismo, el citado artículo señala que constituyen Defensores Calificados de la Democracia los mineros y personal auxiliar que participaron en la construcción de los túneles subterráneos que posibilitaron el Operativo Militar Chavín de Huántar, así como los rehenes que contribuyeron con acciones de inteligencia al Operativo Militar Chavín de Huántar. Adicionalmente, señala que la norma se aplica también a los miembros de las Fuerzas Armadas, licenciados de las Fuerzas Armadas, miembros de la Policía Nacional del Perú y comités de autodefensa que participaron en operaciones de lucha contra el terrorismo, que pusieron en riesgo su propia integridad física aun cuando no resultaron heridos ni discapacitados;
Que, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 29031, el Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” está conformado por el Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Defensa; el Ministro del Interior; y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos;
Que, a través del artículo 4 de la Ley Nº 29031, se crea la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, a que se concede mediante resolución suprema, en la que consta el nombre de los ciudadanos que hayan destacado en la lucha contra el terrorismo, quienes son designados de acuerdo a los requisitos y procedimientos que se determinen en el Estatuto, el cual es aprobado por el Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”(...) 

Cuellos de botella a superar

La inestabilidad provocada por la recurrente crisis política que sufre el país percibida desde inicios del presente siglo XXI, constituye el efecto de los sistemas complejos subsumidos en la dimensión ambiental.
Es preciso entender que los problemas ambientales son sumamente complejos pues no tienen causas simples al estar formadas por redes neuronales de causas, donde los efectos secundarios, daños potenciales, tiempo respuesta, entre otras consecuencias y capacidades se encuentran conectadas por el producto de sus interacciones.
Puedo citar a modo de ejemplo, el problema de los residuos sólidos municipales en Perú, que para entenderlo es necesario ver múltiples indicadores, así como las propiedades emergentes del manejo y su gestión en la totalidad de la cadena de valor, no de los componentes individuales.
Este problema crítico de gestión de residuos sólidos municipales, se fue agudizando hasta hacerse crónico a partir de las políticas públicas que no contaron con el soporte de una adecuado ordenamiento territorial o instrumentos de gestión como en el caso de la zonificación ecológica económica, hecho que permitió la explosiva urbanización, especialmente de ciudades en la franja costera, con el consecuente detrimento de las zonas rurales, las cuales tras la atomización tienden a despoblarse. De esta forma la mayor presión demográfica, determina mas requerimiento de agua, alimentos, energía (...) y un inexorable incremento en la producción de residuos sólidos municipales que demandan una adecuada disposición final.
El hecho objetivo es que en el país, los actuales 196 municipios provinciales y 1694 municipios distritales no han sido lo suficientemente eficientes en la gestión de los residuos sólidos municipales , pese a contar con el soporte de la Ley orgánica de municipalidades manteniendo disonancias económicas, financieras y limítrofes en su división política ; así, desde un prolijo análisis de la Ley N° 23853 del año 1984 y la vigente Ley N° 27972 del año 2003, se colige que las causas y efectos de las deficiencias encontradas se encuentran disgregadas tanto en tiempo como en espacio. 
La desatención en la dinámica de los cuellos de botella encontrados, restringieron a las distintas administraciones de turno para mirar solamente a los efectos inmediatos que durara sus respectivas gestiones, atacando los síntomas y mas no las causas subyacentes.
En el presente siglo XXI, continúan los esfuerzos legales para ordenar el territorio, mediante la Ley N° 32279 ( 2/4/2025) y su reglamento el DS N° 153-2025-PCM (6/1/2026), los mismos que adecuadamente implementados podrían coadyuvar en los esfuerzos desplegados por los gobiernos locales a efectos de resolver los impases subsistentes en materia de residuos sólidos municipales y otros que involucran a los tres niveles de gestión de la administración pública.

Energía eléctrica que impulse el desarrollo minero

La actividad económica que consume más energía eléctrica en Perú es la minería y en el marco de la transición energética, el país de los incas cuenta con fortalezas para impulsar la generación y el uso de energías renovables que apoyen al sistema eléctrico interconectado nacional, motivo por el cual la alternativa de contar con electricidad a partir de los ubérrimos residuos sólidos municipales en las grandes ciudades del país, constituyen una opción latente que a partir del 28 de julio el equipo de la nueva administración del Estado debiera considerar en consonancia después del 4 de octubre con las renovadas autoridades municipales electas para los gobiernos locales.