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jueves, 3 de agosto de 2017

Agua en el crecimiento y desarrollo de Lima-Perú

A diferencia de otros países de América latina y el caribe, Perú tiene la mayor cantidad de habitantes en su costa, donde hay limitada disponibilidad de agua y escaso acceso al recurso hídrico para sus diferentes usos.
Su situación se agrava gradual y recurrentemente con eventos climáticos como es el caso del fenómeno El Niño (El Niño costero) que por tres meses a inicio de año que se presenta con rigor, agudiza la falta de agua para los diversos usuarios.
Acreditación BID-Universidad de los Andes de Colombia-Agua en América Latina
En este contexto, analizo la cuenca del río Rímac, vista como unidad integral y escenario principal del crecimiento y desarrollo de Lima, la capital peruana.
Esta se encuentra ubicada en la parte central de los Andes, cuyas aguas desembocan en el Océano Pacífico. Tiene un área de 3,398.1 km2 y una longitud de 145 km, desde sus orígenes a 5,500 hasta su desembocadura a 0 m.s.n.m. Limita al N con la cuenca del río Chillón, al S con la del río Lurín y por el E con la divisoria continental de aguas (cuenca del río Mantaro). Ubicada entre los paralelos 11°36´15´´ y 12°10´30´´, en su cuenca drenan 918 afluentes que hacen una longitud total de 2,140 km.
Se caracteriza por la constante pérdida de suelos agrícolas, derivada del proceso de urbanización, activos procesos geodinámicos, así como por la contaminación de los cuerpos de agua, el desbalance hídrico y la sobre-explotación de los acuíferos por la presión de la ciudad de Lima, que para su crecimiento además se apropia de las aguas de las cuencas de los ríos Mantaro, Chillón y Lurín.
No existe garantía de autosuficiencia hídrica bajo la gestión actual de manejo de la cuenca, haciendo altamente vulnerable el sistema de abastecimiento de agua para consumo humano; Lima perdió su capacidad de abastecimiento natural de agua a partir de la cuenca del río Rímac, como resultado de la expansión poblacional y una ineficiente gestión del recurso hídrico.
La inversión atomizada en la cuenca del Rímac orientada a buscar óptimos locales para aprovechar las aguas del sistema de abastecimiento de agua para consumo humano en la ciudad de Lima y callao, que es atendida por la Empresa Prestadora de Servicio de Saneamiento (EPS) SEDAPAL S.A.; deviene en una gestión ineficiente que aumenta la vulnerabilidad y riesgos.
Los desastres naturales de marzo del 2017 que alcanzaron a impactar Lima, evidenciaron graves deficiencias de SEDAPAL para garantizar la calidad, cantidad,continuidad,costo y sostenibilidad del servicio de agua para consumo humano.
Entre los actores sociales e intereses que intervienen en la gestión del agua están las instituciones que tienen funciones y responsabilidades de las Políticas del agua en el nivel del gobierno central: ANA, Minam, Minsa, Agricultura, Produce; MVCS y la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS/regulación económica-tarifas). Las instituciones que tienen que ver con el tema del agua a nivel local están las EPS, JASS, JNUDRP, y otras.
En las últimas décadas se evidencia y agudiza una intensa competencia entre los diferentes ministerios que dificultan una buena coordinación y acción, algunas veces motivadas por la injerencia de grupos de presión de los usuarios de agua [agrícola, minero, Energético, etc], las cuales generan distorsiones que trata de resolverse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros. 
En este escenario, existe un problema sustantivo que se encuentra en agenda pendiente por resolver para tratar el desajuste entre las fronteras hidrológicas y administrativas.
Observando desde el punto de vista socioeconómico se encuentra que la presión sobre el recurso agua ejercida por el crecimiento poblacional en la ciudad de Lima explica en parte el problema, pues el 31.6% de la población peruana se encuentra ubicada en el 2.7% del territorio nacional. (INEI-Estado de la Población Peruana 2015).
Dos formas de abastecimiento de agua se dan en el escenario descrito, captando agua superficial y aguas subterráneas. La institución encargada de dotar del servicio a la población es SEDAPAL y quien la regula y fiscaliza es SUNASS.
La debilidad de la gobernanza en estas instituciones,se traduce en una ineficiente gestión del agua, obedece a algunas variables conocidas como es en el caso de la intervención política en las tarifas de la prestación del servicio de agua de consumo humano a la población (subsidios cruzados sin criterios técnicos integrales) y otra, es el "manejo de los ecosistemas locales de recursos hídricos". En estricto, el modelo aplicado obviando los ecosistemas locales del agua hace que SEDAPAL no sea sostenible.
La oferta y demanda hídrica que involucra a factores hidrológicos o de disponibilidad críticos están identificadas históricamente con las descargas de valores extremos del río Rímac en la estación de Chosica ubicada a 869 msnm. Latitud 11° 57’ “S” y Longitud 76° 43’ W ; indicando que en el año 1925 su caudal llegó a una máxima de 500 m3/seg. y en 1930 la mínima fue de 5.63 m3/seg. El caudal máximo presentado en los últimos 45 años es de 148.53 m3/seg. ocurrido en el mes de marzo mientras que el caudal mínimo presentado en el mes de julio con un caudal de 8.82 m3/seg. Se debe tener en cuenta que la demanda de agua para agricultura hace trece años era del orden de 4.23 m3/seg. con una pérdida significativa en ese sector.  El sistema de aprovisionamiento de agua de Lima metropolitana, a cargo de SEDAPAL cuenta con la Planta de Tratamiento de agua Potable La Atarjea que capta las aguas del río Rímac para atender con el 91% de la demanda de agua de la ciudad (SUNASS, 2004); situación que se hace más vulnerable con el problema de la contaminación en la cuenca del río Rímac que ha hecho desaparecer la fauna hidrobiológica.
La población de Lima que se encuentra asentada por encima de La Atarjea, afecta significativamente la demanda hídrica por la contaminación de aguas residuales y problemas técnicos de factibilidad para poder atender sus requerimientos de agua.
La construcción y puesta en marcha de la Planta de tratamiento de agua de Huachipa no logró ser la solución propuesta por un régimen anterior.
La administración Nacional actual, pretende revertir tal situación de vulnerabilidad en los sistemas de aprovisionamiento de agua para consumo humano del país con la aplicación del controversial Decreto Legislativo Nº 1280 , cuyo propósito es fortalecer la autonomía de las EPS, y entre ellas, a la mayor EPS del país que es SEDAPAL; logrando una gestión con indicadores de eficiencia institucional en favor de la población y para que el recurso agua se use de manera sostenible.En esta misión también se encuentran el MVCS, SUNASS y OTASS.
Uno de los objetivos de SEDAPAL es priorizar el desarrollo del proyecto Obras de Cabecera (antes denominado Marca II), para mejorar los embalses, con más fuentes y producción de agua para lo cual ejecutaría proyectos de asociaciones público-privadas por cinco mil millones de soles durante el quinquenio de la administración PPK.
Según la memoria del primer año del gobierno peruano no reportó mayores avances en este sentido. 
La falta de Planificación Urbana y Regional contribuye visiblemente al problema de la deficiente gestión del agua en la cuenca del Rímac, generando un enfrentamiento entre la cuenca y la ciudad de Lima, esta última impone su crecimiento sin considerar la capacidad de amortiguamiento de la cuenca, los tiempos de respuesta, su biodiversidad, efectos del cambio climático y carácter sistémico de los componentes que viene degradando los ecosistemas locales afectados.
Un mecanismo de solución propuesto es el ordenamiento territorial del país,por consiguiente,es sustantivo contar con instrumento legal que coadyuvaría en la solución de ésta problemática para  afrontar uno de los principales retos y desafíos del país, a cuatro años de cumplir el bicentenario de su independencia.

lunes, 24 de julio de 2017

Valor de cartera de proyectos mineros a Junio 2017

El valor de la cartera de proyectos mineros en el Perú a junio de este año asciende a 49,472 millones de dólares, señaló el Ministerio de Energía y Minas (MEM). Dicho portafolio comprende 47 proyectos principales.
En la cartera se incluye 24 proyectos en etapa de exploración avanzada y cinco ampliaciones de unidades mineras, así como 16 proyectos con Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado y dos con EIA en proceso de evaluación.
Varios de los 47 proyectos de la cartera no han definido todavía su fecha de inicio de operación, ni de construcción, dado que aún se encuentran en etapa de estudios y permisos. 
Según el MEM, del total de la cartera de inversión estimada de proyectos mineros a junio último, el 10.4% corresponde a proyectos de ampliaciones (5,160 millones de dólares). Asimismo, el 32.9% corresponde a proyectos con EIA aprobado (16,280 millones de dólares), 2.8% a proyectos con EIA en evaluación (1,371 millones de dólares) y 53.9% a proyectos en exploración (26,661 millones de dólares).
Inversión estimada a Junio 2017 según el MEM.
Los proyectos de cobre tienen una participación de 64.7% en este portafolio de 47 proyectos mineros.
El informe indica que las empresas chinas tienen comprometidos 11,140 millones de dólares de inversión, que representa el 22.5% de la cartera total de proyectos del sector.  Asimismo, el segundo país con mayor inversión minera en el Perú es Canadá con 9,913 millones de dólares (20%) y le sigue Estados Unidos con 5,541 millones de dólares (11.2%).  También están Reino Unido con 5,500 millones de dólares (11.1%); México con 5,400 millones de dólares (10.9%); Australia con 3,485 millones de dólares (7%); Brasil con 1,196 millones de dólares (4%), y Japón con 490 millones de dólares (1%). 
El informe también indica que las empresas peruanas contemplan invertir 4,707 millones de dólares, teniendo así una participación de 9.05% en el portafolio total de proyectos mineros. 
Por su parte, el Observatorio de Conflictos Mineros en el Perú señaló que la zona sur del país ha concentrado los mayores montos de inversión en proyectos mineros (33%) en los últimos cinco años.

miércoles, 12 de julio de 2017

Desregulación tarifaria del agua

Es gratificante tomar conocimiento que la posición que defendí sobre la regulación integrada del agua en diversos foros del pasado y webinars del presente, en el extremo referido a la existencia de inadecuados costos y estructuras tarifarias aplicados a los usuarios del agua en Perú, van progresivamente tomando racionalidad en la conciencia ciudadana, comunidad académica, científica y público identificado con el uso eficiente del recurso hídrico; para lograr la sostenibilidad del recurso hídrico. 
Ante las fallas de la economía de mercado que impedían asignar el recurso agua con eficacia, la intervención del Estado peruano se vio plasmada sin garantías que esta intervención beneficie a la sociedad, hecho que es subsanable y perfectible para atender a los grandes intereses nacionales con el fortalecimiento del regulador y mejoras efectivas en el aspecto regulatorio en un escenario complejo de diversidad ecosistémica. 
Existe la posición teórica a contrario sensu, que se ve reflejada a modo de ejemplo en la "desregulación tarifaria", tal cual lo expresa el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA en su Título IV y específicamente en su Capítulo IV. 

Regulación sectorial y regulación integrada del agua

En las décadas de los 70 y 80 del siglo pasado, la gestión gubernamental del Perú fué sectorial, floreciendo infraestructuras hidráulicas que incrementaron la oferta coyuntural de agua en la costa; posteriormente en la década de los 90 se dieron leyes sectoriales para el uso de agua.
A inicios del nuevo milenio, en el año 2008 se crea la Autoridad Nacional del Agua y en el 2014 es aprobada la gestión integrada de recursos hídricos como política de Estado número 33 del Acuerdo Nacional.
Cuarenta años transcurrieron entre las consideraciones establecidas por la ley general de aguas (1969) y la ley de Recursos Hídricos (2009) para regular el uso y gestión del agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. Con la última norma se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable.
Los usos y costumbres en los últimos veinticinco años permitieron a los usuarios del agua convenir que entre los objetivos de los precios del agua deberían cumplir: de un lado con un propósito social ampliando la cobertura hacia las áreas que no cuentan con agua y por otro; su meta económica, proporcionando incentivos para el uso eficiente del recurso y asimismo cubrir el costo real y beneficioso del servicio.
Este proceso se reglamenta en Enero del año 2014 con las Juntas,Comisiones y Comités de usuarios según lo dispuesto por la Ley de Organizaciones de usuarios - Ley N° 30157 a partir del cual se delimitaría técnicamente los sectores y subsectores hidráulicos de las 159 cuencas a nivel nacional.
En este contexto, los hechos indican que existieron esfuerzos para regular el recurso agua en forma sectorial y con saludables pinceladas de regulación integrada del agua. 

Efectos de la falta de gestión integrada del agua

La visión parcial generó lagunas de información sobre el uso del recurso hídrico provocando controversias, tal como lo manifesté cinco años atrás en uso del agua y minería .
Resulta paradójico que hace treinta y ocho años atrás(1979) la desaparecida ONERN determinaba que el dos por ciento (2%) del agua a nivel nacional era usada por la minería, trece años después (1992), en el estudio básico situacional de los recursos hídricos del Perú realizado por el MINAG-DGAS, registraba que el sector minero usaba uno por ciento (1%) del agua a escala nacional.
En la actualidad se estima como válidos la equivalencia para el uso del agua por el sector minero a los determinados por ONERN en 1979, es decir, la minería usa dos por ciento (2%) del agua disponible a nivel nacional.
En ese orden de ideas el uso del recurso hídrico por la industria informal y en especial por la minería ilegal, por sus altos niveles de contaminación generadas, contribuyen con subregistros, dificultando una adecuada planificación en la gestión del agua.
De otro lado, la inexistencia de la gestión integral del agua, contribuyó a que sólo el seis por ciento (6%) del territorio nacional-estimados como tierras aptas para cultivo-utilicen el ochenta y seis por ciento (86%) de la disponibilidad del agua con una baja eficiencia en su uso, pues 2/3 partes del recurso agua se pierden.
La incipiente regulación sistémica no pudo evitar la escasez de los recursos agua y tierra fértil, los cuales entran en franco deterioro con el deficiente uso de los precitados recursos. Las pérdidas y uso ineficiente del agua aumentan los niveles de erosión y salinización del orden de trescientos mil hectáreas de suelos que dejaron de ser fértiles, perjudicando a una parte de los dos millones doscientos mil productores del campo.
El panorama se complica cuando se habla de hacer prospectiva con el monopolio natural del uso poblacional del servicio de agua potable presionada por el crecimiento de ciudades de la costa, allí donde se localizan dos de cada tres peruanos; atendiendo que actualmente se consumiría el siete por ciento (7%) de la disponibilidad del agua con una eficiencia de uso estimada en cincuenta por ciento (50 %).

Retribuciones económicas y tarifas de agua 

Saludo a quienes discrepan con mi posición y están por mantener el stato quo en proyectos constructivos para captar y usar agua como sierra verde (sierra azul),Marca II (obras de cabecera)  y todo programa o proyecto vinculado a la siembra y cosecha de agua; pero insisto en que las políticas y normas especialmente tarifarias en materia de regulación sectorial que soslayan la gestión integrada del agua de cara al Bicentenario de la República (2021) no son eficientes y deben revisarse en Perú a fin de garantizar la disponibilidad, acceso y el suministro para el consumo humano y otros usos que a modo de paráfrasis viene asociado con la pérdida de agua de los glaciares, disminución de las aguas subterráneas en los acuíferos, efectos de la contaminación de los recursos hídricos y las deficiencias en la capacidad y calidad de gasto en programas de inversiones sectoriales en la gestión del agua.
Las retribuciones económicas y tarifas por el uso del agua en Perú generan no pocas controversias por las inequidades existentes pues mantienen es sesgo del pasado cuando la gestión del agua estaba circunscrita al sector agrario. La lectura y contrastación de los DS N° 017-2013-MINAGRI,DS N° 024-2015-MINAGRI y DS N° 021-2016-MINAGRI ; las tarifas aprobadas a las EPS reguladas por SUNASS y la utilización de los recursos provenientes del monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas en la costa peruana, proporcionan elementos de base para promover con mayor énfasis la gestión integrada del agua, pues está probado que existe un deterioro creciente en cantidad y calidad de los recurso hídricos en las cuencas hidrográficas del Perú, particularmente en la costa, poniendo en riesgo la sostenibilidad del agua.En síntesis,el manejo tarifario sectorial no garantiza la sostenibilidad del recurso hídrico, por lo cual la desregulación tarifaria del agua no es una opción en el país.

El Dato

De acuerdo a ley de recursos hídricos (2009), los titulares de los derechos de uso de agua están obligados a contribuir al uso sostenible y eficiente del recurso mediante el pago de retribuciones económicas (por el uso del agua, por el vertimiento de uso de agua residual)   y tarifas ( por el servicio de distribución del agua en los usos sectoriales, por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas).

viernes, 7 de julio de 2017

Declaración del encuentro nacional del agua_Yaku 2017

Este 7 de Julio del 2017, se desarrolló un encuentro nacional del agua que concluyó con una declaración en los siguientes términos :
"El 5, 6 y 7 de julio en la ciudad de Lima nos hemos reunido representantes de  18 regiones del Perú de comunidades, organizaciones sociales, frentes de defensa, instituciones, académicos y diversos colectivos que defendemos el agua de todos los peruanos y peruanas. 
Estos días han servido para compartir nuestras diferentes luchas y resistencias, y proponer soluciones y acciones desde los pueblos en defensa de nuestras diversas fuentes de agua: glaciares, páramos, lagunas alto andinas, acuíferos, bosques amazónicos, entre otras.
En este encuentro expresamos y sentimos la necesidad de decirle al país que el agua no sale del caño, sino que hay que mirar río arriba. Debemos recordar que hace apenas unos meses gran parte del territorio nacional fue declarado en estrés hídrico por sequías, ausencia de lluvias.
La gestión del agua ahora es injusta, inequitativa y beneficia a los grandes grupos económicos (empresas). Criticamos al Estado por seguir otorgando concesiones mineras, de hidrocarburos, hidroeléctricas, forestales que ponen en peligro el suministro y la calidad del agua. El Estado debe cumplir con sancionar a los que contaminan y destruyen las fuentes de agua, respetando los derechos de todos los peruanos y peruanas, frente a la contaminación del agua con minerales pesados, uso de agroquímicos, destrucción de bosques, etc.
Muchas de las discusiones han girado en torno a la necesidad del cuidado de nuestras cuencas y principalmente de las cabeceras, hoy en peligro permanente por proyectos extractivos y de trasvases, principalmente para la agroexportación. Todo ello pone en riesgo el agua que se utiliza para la agricultura de subsistencia, así como para el agua potable de las ciudades.
El escenario es complejo y diverso en cada uno de nuestros territorios; con importantes logros en varios casos; resistencias que han logrado paralizar mega proyectos que pretendían destruir nuestras fuentes de agua y que amenazaban los territorios; pero al mismo tiempo se siguen presentando serias amenazas que persisten y que se acrecientan.  
Este encuentro ratifica que el agua une a los pueblos, porque es nuestra fuente de vida y un elemento fundamental de nuestra identidad y cultura, que se comparte a lo largo de ríos, cuencas y diversos ecosistemas. Es importante todo lo hecho hasta ahora por nuestras organizaciones en los territorios; sin embargo, es necesario seguir avanzando para fortalecer las luchas de nuestros pueblos.
Se nos plantean diversos retos y amenazas en la actualidad, desde los diversos impactos por el cambio climático, el retroceso de los glaciares y los impactos de distintas actividades extractivas, como la minería, la agroexportación, los hidrocarburos, las actividades ilegales, las hidroeléctrica, como por ejemplo en la cuenca del Marañón, entre otras.
Además, desde el Estado se nos sigue ignorando; no nos consultan ni toman en cuenta las demandas de las poblaciones y persisten en el mismo modelo depredador que afecta los derechos de las poblaciones y de la Naturaleza. No somos los pueblos los que buscamos estar en conflicto, sino es la imposición de proyectos económicos y modos de vida que no nos deja otra opción que reaccionar, defendernos y resistir.
Por ello, necesitamos reforzar nuestros niveles de articulación y pensar en un plan de acción que, definiendo prioridades nos permita trabajar y seguir avanzando en cada uno de nuestros territorios. La lucha por el agua es técnica, legal, política, organizativa y cultural, y es una lucha de todos y todas. Por eso es importante reconocer el rol fundamental jugado por las mujeres en estas luchas en cada uno de los rincones del país, dado que no solo disputan con el gran poder empresarial que destruye sus ríos y tierras, sino que tienen que estar batallando por ganar un espacio de representación dentro de sus propias organizaciones.
Son diversas las propuestas que se han planteado en estos días de trabajo: la necesidad de subrayar cuantas veces sea necesario que el agua es un derecho humano y un bien común que debe ser defendido; el objetivo de recuperar la gestión comunal/colectiva de los territorios y de los bienes comunes, entre ellos el agua; impulsar políticas de ordenamiento territorial desde abajo; valorar los saberes locales y reconocer plenamente los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo el derecho de las comunidades campesinas a la consulta previa, libre e informada y a decidir sobre su modelo de desarrollo; impedir la privatización del agua, recuperar el derecho de la gestión colectiva del agua desde las subcuencas; fortalecer las organizaciones de nuestras comunidades.
Proponemos un modelo alternativo en el que los pueblos y comunidades decidamos sobre nuestros modos de vida y podamos gestionar los bienes comunes. Al Estado le exigimos que cese la criminalización de los defensores del agua; que se respete plenamente el derecho a la consulta previa, libre e informada; que se trabajen leyes que permitan de manera efectiva la protección de nuestros territorios y las fuentes de agua para enfrentar las amenazas frente al cambio climático y los modelos productivos depredadores. Que derogue el decreto legislativo  Nº 1280 que busca privatizar las empresas de agua a nivel nacional. Necesitamos un Estado que escuche y que esté con nuestros pueblos. 
Luego de estos días de trabajo nos proponemos un plan de acción con las siguientes acciones prioritarias:

A nuestras organizaciones

- Fortalecer de manera efectiva nuestros niveles de articulación en plataformas que de acuerdo a la realidad de cada territorio, desarrollen diversas acciones a nivel local, regional y nacional. El encuentro de Lima apunta a generar un proceso sostenido de coordinación e intercambio que será forjado, de abajo hacia arriba, desde las comunidades, los pequeños productores, usuarios de agua  y diversos colectivos urbanos que vienen trabajando en todo el país.  Nuestro compromiso es organizar los encuentros locales, regionales y macroregionales de organizaciones y defensores del agua. 
- Para ello, proponemos replicar actividades de articulación a nivel de las regiones y macroregiones, para llegar de manera efectiva a los territorios. Este proceso reconoce el rol estelar de las comunidades y se define como un proceso que se construye de abajo hacia arriba y en movilización permanente. Por eso vemos como necesidad que el Encuentro Nacional se debe convocar cada dos años para consolidarlo como un espacio sostenido de reflexión y toma de decisión de acciones nacionales en defensa del agua.
- Proponemos organizar una plataforma de información que permita un     seguimiento a las diferentes acciones que nuestras organizaciones vienen realizando por la defensa de sus fuentes de agua. La base de datos de las diferentes organizaciones y redes nacionales es un primer avance que debe potenciarse para permitir un seguimiento a los diferentes conflictos vinculados al agua que se presentan en todo el país y realizar una campaña nacional. Este debe ser el primer paso para la conformación de un Observatorio Nacional del Agua.
- Se conformará una red nacional de acción inmediata y protección para la protección de defensores y defensoras del agua.

Frente al Estado

-Iniciar un diálogo nacional que impulse una verdadera Autoridad Nacional del Agua que tenga una real autonomía y que reduzca la dependencia actual y el control que ejercen los diferentes grupos económicos y los sectores que precisamente han provocado una gestión caótica y desigual del agua.
-Exigimos una política de salud que proteja de manera efectiva a las poblaciones afectadas, castigando a los responsables de la contaminación. La propuesta es que se detenga la contaminación y que se compense a los afectados.
-Llamamos a nuestros representantes en el Congreso y a las instituciones del Estado peruano a diseñar con las poblaciones las políticas públicas necesarias que hagan efectivo el reconocimiento del agua como derecho humano y que protejan las fuentes de agua y cabeceras de cuencas. Se deben reconocer nuestros conocimientos ancestrales que son una herramienta fundamental para una adecuada gestión del agua que además permite la actividad de pequeños agricultores y asegura la canasta de alimentos del país (seguridad alimentaria) de todos los peruanos y peruanas. Rechazamos la concentración de aguas y tierras.
-Exigimos la derogatoria de la ley de criminalización de la protesta social que persigue a nuestros defensores y defensoras por el agua a nivel nacional.
-Nos comprometemos, los líderes y lideresas en mejorar nuestra gestión territorial del agua. Estamos comprometidos a participar en el ordenamiento territorial y exigimos al Estado procesos participativos, justos, equitativos y con transparencia.
-Solicitamos que las Juntas de Usuarios sean legitimadas por el pueblo y que la normatividad asegure una mayor fiscalización de la ciudadanía y las prácticas democráticas para la elección de representantes, rotativamente e inclusivamente. Criticamos la política deforestación de la Amazonía, porque permite las lluvias presentes y futuras en el resto del país.
Por último, aprobamos la organización de la segunda Marcha Nacional por el Agua, que tenga como plataforma la exigencia de participación y representación de las comunidades y pequeños productores, colectivos urbanos, colectivos de mujeres, jóvenes, en las decisiones sobre las políticas nacionales vinculadas a la gestión del agua y el diseño de una nueva institucionalidad que realmente responda a las necesidades de los pueblos y no de los poderosos y sus negocios en el Perú".

martes, 4 de julio de 2017

Política Nacional de Saneamiento , regulación y reconstrucción

El sector saneamiento según unos o sub sector saneamiento para otros en Perú, se encuentra con un gran desafío en virtud a las metas trazadas por su actual administración del gobierno central, las mismas que presentan una dinámica de recurrentes retrasos por inadecuada gestión en diferentes niveles de gobierno.
La gestión del agua es un reto que hace insuficiente la voluntad política del gobierno de turno, motivo por el cual es necesaria una política de Estado consecuente con los grandes intereses nacionales. Una adecuada gestión del agua pasa necesariamente por el saneamiento hídrico, debido a consideraciones de acceso y disponibilidad del recurso en la costa,de tal modo que se pueda usar también las aguas residuales tratadas.
El país de los incas cuenta desde el año 2011 con el Plan Nacional de Acción Ambiental: PLANAA - Perú 2011 – 2021, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, que tiene como metas alcanzar en agua : " 100% de aguas residuales domésticas urbanas son tratadas y el 50% de éstas, son reusadas al 2021".
También se contaba desde trece años atrás con la Ley Nº 28245 (Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental-Junio 2004), donde se indicaba que las funciones ambientales a cargo de las Entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental se debieran ejercer en forma coordinada, descentralizada y desconcentrada, con sujeción a la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental y las normas transectoriales que se dicten para alcanzar sus objetivos.
Es en este contexto que con fecha 30 de Marzo del 2017, se dictó el Decreto Supremo Nº 007-2017-VIVIENDA , aprobando la Política Nacional de Saneamiento como un instrumento de desarrollo del sector saneamiento, orientada a alcanzar el acceso y la cobertura universal a los servicios de saneamiento en los ámbitos urbano y rural. Asimismo, considera los lineamientos del Decreto Legislativo Nº 1280 que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.
La pérdida de agua de los glaciares, disminución de las aguas subterráneas en los acuíferos, efectos de la contaminación de los recursos hídricos, deficiencias de programas de inversiones sectoriales ,inadecuados costos y estructuras tarifarias en los diversos usuarios del agua, evidencian la necesidad de hacer mejoras en el aspecto regulatorio.
En el primer año de la actual administración del gobierno central se decidió redefinir el sector saneamiento con esfuerzos legales manteniendo la estructura del regulador, ampliando su accionar al area rural. En ese lapso, cambió al viceministro de construcción y saneamiento y al director del Programa Nacional de saneamiento Urbano.
En este escenario de cambios e inestabilidad política, se debe iniciar pronto la reconstrucción del país afectado por el Niño Costero de inicios del presente año, por lo que resulta fundamental considerar la sostenibilidad de las obras a ser ejecutadas.
Es preciso que no se repitan las malas experiencias de ver obras que no responden a las necesidades de la población, generando controversias legales y malestar en los usuarios de los servicios de agua, no sólo de las áreas a reconstruir; y que alcance a todos los que no cuentan con los servicios básicos de agua en cumplimientos de las metas previstas.
La importancia de lograr una Gestión pública del agua con participación de todos los actores vinculados es indudable, así como lograr una cultura del agua que genere en la población conciencia y actitudes dirigidas a su buen uso y valoración.

El Dato

Los instrumentos de planificación del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos (SNGRH)  en Perú son los siguientes:
  • Política Nacional del Ambiente , (Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM del 23 de Mayo de 2009)  considera los lineamientos de las políticas públicas establecidos por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y las disposiciones de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente (Octubre 2005), la cual en su artículo 10º, establece que los procesos de planificación, decisión y ejecución de políticas públicas en todos los niveles de gobierno, incluyendo las sectoriales, incorporan obligatoriamente los lineamientos de la Política Nacional del Ambiente.
  • Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, ( Del 24 de abril del 2009) Plantea tres escenarios  para visualizar la evolución de la gestión de los recursos hídricos hacia el año 2025 en función de factores políticos, económicos, sociales y tecnológicos: Escenario I “Agua para Pocos”; Escenario II “Agua para Muchos” y; el Escenario III “Agua para Todos”. Fue laborado en el contexto de la Agenda 21 y orientado a compartir una visión prospectiva común en materia de recursos hídricos, entre los principales agentes económicos y sociales del país, impulsando la ejecución de acciones estratégicas socio económicas integrales, para la interacción del sector público y privado.
  • Plan Nacional de Recursos Hídricos , con sujeción a la Ley de Recursos Hídricos  - Ley Nº 29338, del 30 de marzo del 2009, para regular el uso y la gestión integrada de recursos hídricos de acuerdo a once principios que han supuesto un cambio en el modelo de gestión del agua en el Perú. 
  • Planes de Gestión de Recursos Hídricos en las Cuencas, involucrando la participación consensuada de las instituciones públicas, organizaciones de usuarios y operadores de sistemas hidráulicos en la elaboración de los planes de gestión de los recursos hídricos de las cuencas hidrográficas que persiguen equilibrar la oferta y la demanda entre sus diferentes usuarios, y precisar responsabilidades en la implementación de las acciones coordinadas de conservación y preservación del agua. Se contempla conformar Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, que son órganos de la Autoridad Nacional del Agua, constituidos con la finalidad de lograr la participación activa y permanente de los gobiernos regionales, gobiernos locales, sociedad civil, organizaciones de usuarios de agua, comunidades campesinas, comunidades nativas y demás integrantes del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos que intervienen en la cuenca, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación para el aprovechamiento sostenible de recursos hídricos en sus respectivos ámbitos, mediante el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca. El Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca debe contar con la conformidad del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca y aprobado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, constituye instrumento público vinculante para la gestión de los recursos hídricos de la cuenca respectiva

lunes, 26 de junio de 2017

Proceso de redefinición del sector saneamiento: La experiencia peruana

En “Demoras en redefinición del marco legal para el sector saneamiento” mencionamos el nuevo marco legal de los servicios de saneamiento en Perú,  y comentábamos que el ejecutivo del país de los incas se encontraba apostando por  redefinir el marco legal del sector Saneamiento, con la puesta en marcha del Decreto Legislativo N° 1280 que aprobó la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (publicada el 29 de diciembre de 2016); la misma que derogó la Ley General de Servicios de Saneamiento (Ley N° 26338) y la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento _ excepto el artículo 3° ( Ley N° 30045). Siguiendo ese proceso, el día de hoy 26 de Junio de 2017 se publica el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N°1280.
Para efectos del análisis sectorial, este proceso de redefinición le costó en términos de tiempo aproximadamente un año de su gobierno a la administración PPK , en el esfuerzo legislativo para delinear las nuevas funciones de las entidades con competencias reconocidas para la prestación de saneamiento : El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), Funciones de otros Ministerios, Funciones de los gobiernos regionales, Funciones de los gobiernos locales.
A este lapso se le deberá agregar un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario (contados a partir de la vigencia del precitado Reglamento), para que Sunass apruebe las normas complementarias para aplicación e implementación del Reglamento, así como para el ejercicio de su función sancionadora, incluida la tipificación de las infracciones e imposición de sanciones. Asimismo, y  en tanto el regulador  Sunass no apruebe la escala eficiente,  Otass queda facultado para realizar acciones de integración de prestadores de acuerdo a las necesidades existentes.
Con el reglamento de la ley marco se asigna un marcado protagonismo a Otass y el repliegue del regulador Sunass, que ahora por un lado tiene el encargo de  ejercer la desregulación tarifaria visto como el procedimiento por el cual los servicios de saneamiento así como los productos y servicios derivados de los sistemas dejan de estar sujetos a regulación económica; y de otro, incorporar una nueva función bajo su acción reguladora : a los servicios de saneamiento en zonas rurales del país.

viernes, 23 de junio de 2017

Pérdida de reserva de agua en Perú

En “22 de Marzo _ Dia Mundial del agua en Perú” , en razón de la inundación sufrida en la ciudad de Trujillo, registré la siguiente interrogante :  ¿ Y la reconstrucción ? es otra historia recurrente que esperemos cambie para que el país no se encuentre en similar situación por el calentamiento global y cambios climáticos evidentes que trastocan los periodos de retorno y el ciclo hidrológico en esta parte del planeta.
Esta reflexión la hice a partir de una rigurosa investigación acerca de la pérdida del agua en los glaciares existentes en los andes peruanos.

Sin mecanismos para aprovechar el agua de deshielo

El 19 de Octubre del 2014, publiqué "Superficie de Glaciares & COP20_Perú"  replicando un informe de la Unidad de Glaciología y Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua indicando que en los últimos 40 años, los glaciares de las 19 cordilleras nevadas del Perú han sufrido la pérdida de su superficie en más de un 40% con respecto a los resultados del inventario realizado en los años 70. En esa misma línea de investigación actualizada se tiene que "en los últimos 54 años, el Perú ha perdido el 57% de la cobertura de sus glaciares, de acuerdo con el Inventario Nacional de Glaciares y Lagunas (el inventario ha sido realizado en 16 de las 19 cordilleras nevadas del país), elaborado por el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem), entre los años 1962 y 2016 la cobertura de los nevados se redujo de 1.035 km2 a 445 km2.
Queda claro que Perú no cuenta con mecanismos para aprovechar el agua producto del deshielo,lo cual significa que en medio siglo,más de la mitad de una de sus principales reservas de agua se perdieron.
En ese contexto, es importante que se incorporen proyectos para "sembrar agua" y dar uso real y eficiente al agua dulce de reserva que se termina perdiendo en el mar peruano.

martes, 13 de junio de 2017

Agua,crecimiento económico con cambio social en Perú

"El Perú necesita dos cosas: mucho crecimiento económico porque es un país que todavía está en ingresos medios bajos, y si no hay crecimiento no hay recursos, pero, al mismo tiempo, necesitamos un cambio social", expresó en España el mandatario peruano Pedro Pablo Kuczynski  en el marco del foro Perú del Futuro (12 Jun. 2017).
Por un lado, si bien es correcto el diagnóstico expresado por el presidente de todos los peruanos, en el sentido que existe pobreza extrema dispersa en espacios donde hay ausencia del Estado en territorio nacional. Situación plasmada en que un tercio de su población no cuenta con agua para consumo humano.
Por otro lado, transcurrido diez meses de la administración PPK en el gobierno central, se aprecia mayormente esfuerzos legales - como la redefinición del marco legal del sector saneamiento_ para lograr los objetivos previstos : crecimiento económico con cambio social.
Es cierto también que Perú cuenta con suficientes leyes, pero la actual administración continúa con el ritmo de producción legal de sus antecesores que bordea el orden de seiscientos mil leyes; factor que dificulta el destrabe de importantes proyectos,reduciendo la competitividad del país para atraer inversiones.  
Convenimos entonces en que no se necesita mas leyes, sino una mayor organización y mejor gestión.
Entonces la ecuación concluye en que recursos hay,pero falta organización, haciendo que los retos y desafíos del país pasen por controlar le corrupción incrustada persistente. 
En verdad el país de los incas cuenta con ingentes recursos naturales, pues Dios ha sido sumamente generoso con el Perú, nos ha dado abundantes riquezas, sin embargo, aún el pueblo peruano continúa esperando un cristo que expulse del templo a los fariseos.

Consideraciones para el cambio social

Algunos elementos a tener en cuenta serían los siguientes:

  • La salvaje y lenta burocracia del aparato estatal, quienes generan problemas de capacidad de gasto y la recurrente falta de calidad del gasto público, se mantiene incólume.
  • Enfrentamiento entre los poderes del Estado, que no ayuda en la lucha contra la inseguridad ciudadana y corrupción en los diferentes niveles de gestión del Estado.
  • El organismo rector del sistema nacional de control del país se encuentra altamente cuestionado en la persona de su titular, lo cual genera ruido político.
  • Parte de los apasionados por las causas sociales en la representación nacional se ven limitados a presentar proyectos de leyes sin iniciativa de gastos, por lo cual abundan las iniciativas de leyes declarativas; de modo tal que las declaraciones de necesidad pública y de interés nacional siguen los prolongados procesos del ejecutivo quien prioriza sus prioridades colocándoles bajo el manto de los cronogramas y presupuestos que se aprobarían en algún futuro año fiscal.
  • Una suerte peruana de watergate, caracterizada por ilegales escuchas telefónicas, ponen en incómoda situación a altos funcionarios del actual y pasados regímenes del estado peruano,situación que agrava internamente el escándalo internacional que alcanza a Perú de la mayor operación contra la corrupción en la historia de Brasil.
  • Las secuelas del impacto económico, político,ambiental y social del "Niño Costero" y los presupuestos estimados de reconstrucción del país con intervención de la figura devaluada de alcaldes y gobernadores; datos estadísticos indican que 56 % de gobernadores que ejercen cargos en las regiones del país fueron  acusados  por la justicia peruana de presuntos actos de corrupción y algunos de ellos estuvieron en cárcel.
  • Las reglas de juego para los actores sociales e inversiones potenciales no son estables para garantizar un desarrollo sostenible.

En las condiciones actuales, tanto inversiones privadas como capitales extranjeros muy necesarios para generar empleo,crecimiento y desarrollo, prefieren países vecinos en lugar de aterrizar en Perú, luego de atender procesos de due diligence.

Agua y saneamiento como indicador

Del proceso explicado en demoras en redefinición del marco legal para el sector saneamiento  y desafíos por superar en reforma de agua y saneamiento se visualizaron los problemas presentados de tiempo-respuesta a las acciones que implementaron funcionarios, algunos ya removidos de su cargo, desde el Ministerio de Vivienda ,Construcción y Saneamiento del gobierno central peruano. Siendo el agua un tema estratégico y transversal a diversos sectores productivos y extractivos, y que tiene un profundo impacto especialmente en la franja costera peruana, allí donde se localizan 2 de cada 3 peruanos, que representan un importante parte del PBI nacional; es preciso priorizar las políticas de estado que fortalezcan la gobernanza del agua.
En este contexto y como condición sine qua non, para volver los ojos al Plan de gobierno por la que votaron y eligieron una mayoría de peruanos, se debe fortalecer la gobernabilidad para el cambio social , convocando en forma real y efectiva a las fuerzas vivas democráticas del país.

Convocatoria de Empresas y capitales extranjeros

El loable esfuerzo realizado por el presidente peruano Pedro Pablo Kuczynski en sus viajes a China, EUA, Francia, España... para invitar a compañías y empresarios extranjeros a efectos de participar en diversos proyectos invirtiendo en Perú se podría diluir, de no ordenarse previamente el ámbito interno, podría resultar hasta perjudicial la visita de misiones empresariales de diversos países del mundo, pues se llevarían una impresión de pérdida de tiempo y mala opinión de un país que por su sostenido crecimiento económico es considerado hasta el momento como un modelo a seguir en la región de las Américas.

martes, 30 de mayo de 2017

Desafíos por superar en reforma de agua y saneamiento

El gobierno  central en Perú  se propuso en su periodo de cinco años (2016-2021) lograr para la zona urbana el  100 %  de cobertura de agua potable y saneamiento al 2021.
Es una meta que  la mayoría de peruanos tomó con mucha esperanza, que trascurrido diez meses de gestión , la ilusión se va diluyendo, pues las conocidas deficiencias no se van superando en el tiempo.
Pese a que en el presupuesto de este año 2017, el subsector saneamiento se vio incrementado  67 % en sus recursos, no se aprecia que la principal traba de la falta de capacidad de ejecución no se estaría superando.
El total del Presupuesto Público destinado al sector saneamiento, entre los años 2011 y 2016, ha sido de 29,4 mil millones de soles, sin embargo, el nivel de ejecución promedio para los tres niveles de gobierno alcanzó únicamente el 65 %, denotando deficiencias para ejecutar la totalidad de las transferencias realizadas, según lo precisado por el DS N°007-2017-VIVIENDA que aprueba la Política Nacional de Saneamiento ; que está alineada con datos del ministerio de Economía y Finanzas , las cifras totales de ejecución del Estado en proyectos de saneamiento para  los últimos años no alcanzó  70% y focalizada la ejecución de inversión pública para los programas de saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para el año 2016 fue de  19,3% en el ámbito urbano y 64,0% en el ámbito rural.Esta tendencia en lo que va de la presente administración, no se estaría revirtiendo. 

Impases subsistentes

Buena  parte de los proyectos de agua y saneamiento se gestiona a través de los programas nacionales de saneamiento urbano y rural respectivamente. A través de estos programas presupuestales, se transfieren recursos a los gobiernos regionales y locales para que gestionen sus proyectos . 
Tanto la reducida ejecución en los estudios de preinversión  y  la atomización de proyectos con pequeños montos, contribuyen a esta  falta de capacidad de ejecución presupuestal.
También se evidencia que la migración del antiguo SNIP al nuevo sistema de inversión pública, Invierte.pe.  estaría pasando factura en términos iniciales de tiempo a los proyectos.
Un problema adicional tiene que ver con las demoras en la redefinición del marco legal para el sector saneamiento establecido por el Decreto Legislativo N°  1280 que sufriera modificaciones últimas aprobadas por el Congreso de la República.

martes, 16 de mayo de 2017

Demoras en redefinición del marco legal para el sector saneamiento

En nuevo marco legal de los servicios de saneamiento en Perú, comentábamos que el ejecutivo del país de los incas se encontraba apostando por  redefinir el marco legal del sector Saneamiento, con la puesta en marcha del Decreto Legislativo N° 1280 que aprobó la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (publicada el 29 de diciembre de 2016); la misma que deroga la Ley General de Servicios de Saneamiento (Ley N° 26338) y la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento _ excepto el artículo 3° ( Ley N° 30045).
Transcurrido cinco meses ( al 11 de Mayo de 2017), por acuerdo (aprobado en primera votación y dispensado de segunda votación) en el Pleno del Congreso de la República, la representación nacional en el legislativo aprobó el Proyecto de Ley 01282-2016-CR, Ley que modifica el numeral 3 del artículo 6, el párrafo 46.2 del artículo 46, el párrafo 55.3 del artículo 55 y el numeral 4 del artículo 79 del Decreto Legislativo 1280 ; asimismo deroga la segunda disposición complementaria final que asignaba la titularidad del Ministerio de vivienda, Construcción y Saneamiento en proyectos de tratamiento de aguas residuales para el desarrollo bajo el mecanismo de Asociaciones Público Privadas de los proyectos de inversión destinados al tratamiento de aguas residuales a que se refiere el numeral 3 del artículo 2 de la precitada Ley, incluyendo el desarrollo de las inversiones complementarias y su operación y mantenimiento cuando corresponda, para su funcionamiento, las funciones y atribuciones de Entidad Titular del Proyecto le corresponden al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
También derogó la octava y novena disposición complementaria transitoria que  se referían a transferencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al OTASS y a la SUNASS  para el financiamiento de acciones correspondientes a la política sectorial; asimismo a la formulación y ejecución de proyectos de inversión en agua y saneamiento en el ámbito de responsabilidad de la SEDAPAL, la mayor EPS del país.

Primeras reacciones en el sector saneamiento 

El evidente retraso en las inversiones de las actividades sectoriales previstas por el ejecutivo en los diez (10) meses de administración del gobierno central, se estaría traduciendo también con el Decreto Supremo N° 010-2017-VIVIENDA (publicado el 12 de mayo del 2017) que establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental.
Este reglamento hace referencia en su Art.9, inc. 3 ; a los supuestos del proceso de adecuación progresiva de los prestadores de los servicios de agua potable y/o de alcantarillado sanitario y/o tratamiento de aguas residuales para disposición final o reúso y, algunos o todos de sus componentes operan, sin instrumento de gestión ambiental ni con autorización de vertimiento y/o de reúso, según corresponda; asimismo, en su Art. 12,inc.1 referido a los plazos del proceso de adecuación progresiva establecida en un plazo máximo de nueve (09) años, según corresponda, el cual se estaría cumpliendo el 13 de mayo del 2026.
Otro de los profundos impactos se vería en la afectación de la operatividad de la unidad ejecutora "agua para Lima y callao" conforme a lo establecido en el Art. 58 de la Ley 28411_Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

jueves, 27 de abril de 2017

Esfuerzos legales para Fondo de inversión en saneamiento

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó  el reglamento del Fondo de Inversión Agua Segura (FIAS).
FIAS tiene como fin financiar estudios, programas, proyectos y/o actividades orientados a cerrar brechas de cobertura de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales a nivel nacional.
Se establece que este reglamento es de aplicación para el MVCS, los programas del sector saneamiento, los gobiernos locales y los prestadores de los servicios de saneamiento.

Destino de los recursos del FIAS

Los recursos del FIAS se destinan a las operaciones y actividades siguientes:
1. Financiar la ampliación y mejoramiento de los servicios de saneamiento para lograr la sostenibilidad de los mismos.
2. Financiar la elaboración de estudios de preinversión, expediente técnico y ejecución de proyectos de inversión, así como las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición, y/o rehabilitación total o parcial de activos fijos de los prestadores de servicios de saneamiento, según corresponda.
3. Constituirse como fiador, garante o mejorador crediticio de los financiamientos otorgados a los prestadores por las entidades del sistema financiero, por los fondos de inversión que éstas han constituido.

Requisitos para solicitudes

Se determina que son requisitos comunes para todos los solicitantes, independientemente de la modalidad de financiamiento, los siguientes:
1. No haberse escindido o separado de una empresa prestadora en el quinquenio inmediato anterior, sea la entidad separada a la fecha de la solicitud un prestador de servicios de saneamiento.
2. Los programas, proyectos de inversión o inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y/o rehabilitación deben haber sido declarados viables o aprobados, según corresponda, y además incorporados en la Programación Multianual de Inversiones, de conformidad con la normativa vinculada al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
3. Las solicitudes deben sustentar y probar la capacidad del prestador para la ejecución y operación del proyecto.
4. Los programas, proyectos de inversión o las inversiones de optimización y/o ampliación marginal deben contar con los documentos que acrediten la libre disponibilidad de terrenos.
Además los solicitantes deben acreditar el derecho de uso sobre aquellos, según corresponda, sin restricciones para los fines de la solicitud.
5. Contar con las áreas o terrenos saneados para las intervenciones de reposición y/o rehabilitación de activos fijos.
6. Las solicitudes deben contar con una evaluación privada de proyectos, que detalle y sustente los beneficios y costos del proyecto durante su horizonte de operación, así como su plan de implementación.
Esta evaluación debe precisar y demostrar el aporte del prestador y los aportes de otras fuentes, según corresponda. La evaluación además detalla el beneficio cualitativo y cuantitativo para el usuario del servicio, así como su impacto en la eficiencia o mejora operacional del prestador y la calidad del servicio.

Empresas prestadoras

Se establece también que de tratarse de empresas prestadoras, adicionalmente a los requisitos antes señalados (comunes), deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Que se haya cumplido con aplicar los incrementos tarifarios aprobados o autorizados por Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), en la oportunidad y condiciones debidas, durante el último quinquenio inmediato anterior.
2. Que los programas, proyectos o inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y/o rehabilitación se encuentren incorporados en sus estudios tarifarios o que haya sido admitida la solicitud de incremento tarifario, presentada por la empresa prestadora ante la Sunass, para financiar los costos de operación y mantenimiento de dichos programas, proyectos o inversiones.

Municipios

Se señala también que de tratarse de gobiernos locales, de manera adicional a los requisitos comunes antes citados, deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Acreditar la existencia o constitución de una unidad de gestión, operador especializado u organización comunal, dentro de los seis meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de financiamiento.
2. Acreditar que se ha constituido un Área Técnica Municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Marco y su Reglamento, y que ésta cuenta con recursos adecuados para su funcionamiento.
3. Presentar el Acuerdo de Concejo Municipal que aprueba la presentación de la solicitud de financiamiento.
4. Presentar una declaración jurada de no haber solicitado ni tener solicitud en trámite para la misma intervención, ante cualquier fuente pública, privada o cualquier otra fuente de financiamiento.

Criterios de evaluación y priorización

Se establece que para la evaluación de las solicitudes presentadas, el Comité de Financiamiento considera los siguientes criterios:
1. La conveniencia económica, financiera y operativa del proyecto, programa o inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y/o rehabilitación, tanto para el prestador como para el servicio, en especial para el cierre de brechas de cobertura y calidad.
2. El perfil de riesgos del proyecto, programa o intervenciones y las medidas adoptadas para mitigarlos o controlarlos.
3. Que la intervención se encuentre totalmente financiada, sumando el aporte del FIAS.
4. Que se pruebe la capacidad operativa del prestador para la ejecución y para la operación de la intervención.
5. Que se demuestre la fuente de recursos para la operación y mantenimiento, es decir, que el flujo de caja proyectado del prestador soporte los costos de operación y mantenimiento de la nueva intervención.
Se determina que para la priorización de las solicitudes, el Comité de Financiamiento considera los criterios generales siguientes:
1. Que el prestador haya celebrado un contrato de gestión de mediano plazo con un operador privado altamente capacitado.
2. Que la intervención mantenga la calidad y cobertura del servicio o las eleve, y mejore los ingresos operativos del prestador o reduzca sus costos operacionales.
3. Cuando se trate de garantías, se extienden preferentemente a las empresas prestadoras; y, a proyectos que mejoran el servicio y su calidad, así como el resultado financiero operacional del prestador.
4. Cuando se trata de financiamiento de los estudios de pre-inversión, es otorgado a las unidades de gestión municipal, operadores especializados y organizaciones comunales.
5. Que los proyectos de inversión cuenten con expediente técnico aprobado.
6. Que la empresa prestadora y/o el gobierno local según corresponda, se comprometa a cofinanciar la inversión materia de las solicitudes. 
Se establece que si se trata de una empresa prestadora, se tienen en cuenta los criterios específicos siguientes:
1. Que haya mostrado buena gobernanza y gestión para lo cual se tiene en cuenta, entre otros, indicadores como relación de trabajo, micromedición, morosidad, conexiones activas y EBITDA (indicador que mide beneficios antes de descontar intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones).
2. Que otorgue garantías a favor del FIAS, a fin de respaldar las operaciones de financiamiento o las garantías que se apruebe a su favor. Estas garantías pueden ser en acciones o en flujo de ingresos futuros cedidos al FIAS, en la modalidad de fideicomisos con garantías de activos o de flujos.
3. Que se encuentre bajo el Régimen de Apoyo Transitorio (RAT).
4. Cuando se trate de acciones ordinarias o preferentes, solo se financia a empresas prestadoras.

domingo, 23 de abril de 2017

La reconstrucción : ¿ Un banquete en agua y alcantarillado ?

Transcurrido el tiempo y de acuerdo a reportes del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) en todo el país, se cuenta con cifras gruesas del "control de daños en agua y alcantarillado" que lleva sólo a especular y no con la suficiente información para planificar sobre el tema de reconstrucción. De pronto en el tema de edificaciones,carreteras y puentes si, pero en agua y alcantarillado NO.
Sin embargo, ya existen voces para calmar los ánimos exaltados e iniciar la "reconstrucción con cambios" en algunas empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), asignándoles presupuestos estimados también gruesos.
Perú, al igual que otros países de la región, históricamente sufrió de recurrentes daños por efectos de embates de la naturaleza, así que por su experiencia, debiera estar preparado para contar con alertas tempranas y respuestas inmediatas ante las emergencias para la reconstrucción, especialmente de los impactos generados por el fenómeno El Niño en la costa norte. En el sector agua y saneamiento no es así, porque arrastra problemas en la gobernabilidad del agua y gobernanza. 
La presente administración del gobierno central esto lo tiene claro según su diagnóstico inicial, que luego de ocho meses de gestión, se encuentra en el proceso de redefinir al sector agua y saneamiento, pero sus esfuerzos son mayormente legales, tal como explicamos en una sola fuerza por la regulación del agua en Perú.

Falta de cultura de agua mas corrupción

En cultura de agua en Perú, comentamos que de nuestra experiencia en las evaluaciones de los efectos de El Niño en 1982-83 y 1997-98 pudimos establecer que la falta de cultura de agua fue la principal causa por la cual se perdió ingentes cantidades de dinero en reconstruir lo reconstruido.
Para los efectos de El Niño Costero 2017-18, se tiene que contemplar un elemento adicional que implica la existencia de altos niveles de corrupción en la industria de la construcción asociados a las obras de agua y alcantarillado.
En este contexto, saludamos que el día de hoy  23 de abril del 2017 el consejo nacional del colegio de ingenieros del Perú indica que se tomarán las acciones que correspondan en cuanto a los profesionales de la orden, implicados en actos de corrupción.
Sin embargo, esta acción no es suficiente ante malas empresas constructoras y/o supervisoras, que tomando el nombre de especialistas, falsifican documentos para ganar la buena pro, así como falsifican cartas fianzas, cometen actos ilícitos en valorizaciones,adicionales,deductivos, arbitrajes, y otros inherentes que tienen en la mira a la "nueva industria de la reconstrucción temporal con cambios" gestada.

¿Fortaleciendo la gobernanza?

La reguladora y fiscalizadora SUNASS , con un presupuesto en promedio de 26 millones anuales,tiene desde su creación graves problemas para cumplir sus funciones en las hoy 50 EPS reguladas localizadas en zonas urbanas, y con las nuevas leyes dispuestas por el actual ejecutivo, se amplía su ámbito de acción a las zonas rurales. Recordemos que el presupuesto operativo de SUNASS, depende del aporte regulatorio de las EPS y en especial de la mayor EPS del país SEDAPAL; motivo por el cual ésta ejerce gran influencia sobre el regulador.
A su vez, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) - que en evaluación de desempeñó detectó 25 de las 50 EPS requieren ser intervenidas por el Gobierno Central para reflotarlas ( 7 de ellas ya están en proceso)- ; acaba de recibir 444 millones de soles para el año 2017, a efectos de cumplir sus funciones bajo jurisdicción del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Acaba de concluir el concurso público convocado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para seleccionar al presidente del consejo directivo de SUNASS, este proceso ha sido cuestionado por algunos que dan cuenta de lo politizado del concurso llevado a cabo por la PCM. La marcada intervención política en el regulador y en las EPS no es un tema reciente, sino que tiene larga data en el país de los incas. La misma se encuentra en la agenda pendiente de la Representación Nacional.  

Guardando las formas

A los efectos de brindar seguridades a la potencial intervención de la inversión privada en obras de reconstrucción en agua y saneamiento, seria recomendable guardar las formas de cumplimiento del ordenamiento legal vigente en cuanto al nombramiento del presidente del regulador SUNASS.
Las Resoluciones Supremas emitidas y publicadas en el diario El Peruano : R.S. N° 016-2002-PCM (15/01/2002), R.S. N° 023-2007-PCM (8/02/2007)  y R.S. N° 097-2012-PCM (5/04/2012) ; fueron suscritas por el presidente constitucional de la República y refrendadas por el Ministro de Economía y Finanzas, El ministro de la cartera , en este caso el Ministerio de Vivienda,construcción y saneamiento  (en el 2002 era el Ministerio de transportes;comunicaciones,vivienda y construcción) y la PCM.
Para la flamante Resolución Suprema N° 047-2017-PCM (21/04/2017) , sólo firman el Presidente de la República y la PCM.
Como caso anecdótico, el actual mandatario peruano suscribió sendas Resoluciones Supremas , en el año 2002 en su condición de Ministro de Economía y en el año 2017, como Presidente de la República.

El dato

El comentario "guardando las formas", quedaría fuera de lugar, si es que existiera una norma en Perú que le asigne atribuciones a PCM por emergencia, remplazando las funciones de los Ministerios Economía y Finanzas y Vivienda,construcción y saneamiento en la aplicación de la Ley N° 27332 - "Ley marco de los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos" para el extremo de los servicios de saneamiento (SUNASS).