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viernes, 8 de marzo de 2013

Marco tributario del sector minero

El nuevo marco tributario del sector minero en Perú está arrojando algunas cifras en aplicación de la Ley N° 29788 - Ley que modifica la Ley 28258 - Ley de regalía Minera; Ley N° 29789- Ley que crea el impuesto especial a la minería y la Ley N° 29790 _ Ley que establece el marco legal del gravamen especial a la minería.
Esta última norma  establece que el gravamen es un recurso público originario proveniente de la explotación de recursos naturales no renovables que,de conformidad con la presente ley se hace aplicable a lo sujetos de la actividad minera en mérito y a partir de la suscripción de convenios con el Estado, respecto de proyectos por los que se mantienen vigentes Contratos de Garantías y medidas de Promoción a la Inversión de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. Dicho gravamen es trimestral y nace al cierre de cada trimestre. El monto efectivamente pagado por concepto del gravamen es deducible como gasto para efectos del Impuesto a la Renta.
El Ministro de Economía y Finanzas adelantó que el nuevo esquema de imposición minera al cuarto trimestre del 2011 produjo S/. 723 millones de nuevos soles. Asimismo, indicó que la proyección para el año 2012 por la aplicación de los tres conceptos legales sería del orden de los S/.2,900 millones de nuevos soles.
En este orden de ideas, la lectura de las nuevas proyecciones de la recaudación en el sector minero aplicando el nuevo marco tributario para el año 2012 sería del orden de S/.1,900 millones de nuevos soles, hecho que afectaría el presupuesto previsto para algunas regiones del país.