La tendencia creciente de los recurrentes Estados de Emergencia suscitados en Perú - según reporte expresado en el compendio estadístico 2003-2021 de INDECI - , demandan que algunos sistemas nacionales y sus correspondientes órganos rectores vinculados a la prevención, mejoren ostensiblemente en su funcionamiento para evitar daños personales y elevadas pérdidas económicas al país, afectando su crecimiento y desarrollo.
Históricamente en Perú , cada vez que se encuentra en Estado de Emergencia por desastre de gran magnitud, se evidencia que la interoperabilidad de las comisiones multisectoriales conformadas por el ejecutivo en las administraciones de turno, no cumplen los objetivos y metas de su conformación; y en consecuencia se estila incrementar la burocracia creando nuevos organismos públicos estatales integrando a los organismos inoperantes, que con nuevos nombres mantiene la inercia del Estado justificando el gasto en el presupuesto público, soslayando con ello la importancia que tiene la Prevención.
En ese sentido, conociendo los indicadores de las megatendencias en el planeta vinculadas al cambio climático, transformación de la matriz energética, fluctuaciones cambiarias, seguridad alimentaria, salud pública, entre otras, hacen indispensable que la administración del país tome oportunas medidas preventivas que el estado de situación de cara al futuro amerita.
De los sistemas y su órganos rectores
Pese a que el presupuesto público del país se cuadriplicó en las últimas dos décadas para atender la cosa pública, los hechos con las megatendencias que dieron pie a los desastres anunciados, evidencian que los sistemas a nivel nacional no se encontrarían funcionando como tal.
Uno de los sistemas que demanda urgente fortalecimiento es el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINEPLAN, que conjuntamente con su órgano rector adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, no se encuentran a la altura de las circunstancias históricas que el País requiere.
Otro es el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, que fuera creado en el año 2011 por Ley N° 29664, estableciendo como su ente rector también a la PCM, cuenta con los organismos públicos INDECI y CENEPRED, ambos adscritos al ministerio de Defensa; procurando lograr una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres naturales.
En la misma línea se encuentra el Sistema Nacional de Gestión Ambiental-SNGA, que actualmente tiene como su órgano rector al Ministerio del Ambiente - MINAM, quien persiste con sus conocidas limitaciones que se agudizaron en los últimos cinco (5) años del periodo 2019-2023.
El principal fenómeno que inciden en la debilidad para el funcionamiento integrado de los Sistemas y subsistemas, incluyendo las famosas "comisiones", constituye la alta rotación en los cargos de la función pública.
En esos cinco (5) años precitados, donde se sucedieron cinco (5) presidentes de la república peruana, se contó con catorce (14) presidentes de consejo de ministros, dieciocho (18) ministros del interior,catorce (14) ministros de defensa, trece (13) ministros de agricultura, trece (13) ministros de transportes, diez (10) ministros del ambiente, y siguiendo ese órden de rotación de funcionarios con los otros despachos del ejecutivo peruano, haciendo un total de diecinueve (19) compartimentos atomizados; a los cuales se les debe agregar los cambios de autoridades y funcionarios de los niveles de gestión en las regiones (departamentos),provincias y distritos.
Sin perjuicio de hacer referencia a otros Sistemas Nacionales que deben fortalecerse, es fundamental no dejar de mencionar al Sistema Nacional de Control, visto como el conjunto de órganos de control, normas y procedimientos
estructurados e integrados funcionalmente, que conducen y desarrollan el
ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada.
Tiene a la Contraloría General de la República como ente
técnico rector y máxima autoridad del sistema. Cuenta además con las sociedades de Auditoría y con todos los
Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades que se mencionan en el
artículo 3 de la Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría de la
República, sean de carácter sectorial, regional, institucional o se regulen por
cualquier otro ordenamiento organizacional.
Del cumplimiento de la norma legal y la impunidad
Garantizar el cumplimiento de la ejecución de obras que se necesitan en diferentes regiones para enfrentar adecuadamente futuros desastres naturales pasa indubitablemente no sólo por crear nuevas Autoridades Nacionales y más órganos rectores, sino de consolidar políticas públicas de Estado, que permitan el ingreso a la formalidad de sectores estratégicos y el cumplimiento del ordenamiento legal vigente.
En este contexto, la tarea de fortalecer la gobernabilidad y gobernanza en el país requiere de la actuación oportuna de los encargados de la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos e intereses públicos , así como de los encargados de administrar justicia.
La falta de predictibilidad en aplicación de la norma, actuaciones lentas y discrecionales, informalidad y la impunidad, constituyen incentivos perversos que fomentan la actuación de personas naturales y jurídicas afectando los elevados intereses de la patria.
Consideraciones técnicas por regiones geográficas que deben revisarse
Resulta inadmisible que con los adelantos tecnológicos de la modernidad y los respectivos órganos rectores técnicos con que cuenta el país, se continúe considerando parámetros de diseño generales para costa, sierra y selva; conociendo la variabilidad existente por cuencas hidrográficas y los fenómenos que se presentan recurrentemente en espacios focalizados por los sistemas de información geográfica identificados plenamente en el territorio nacional.
Son múltiples los casos de edificaciones que contravienen aspectos técnicos y las leyes.
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