Con fecha domingo 26 de marzo de 2023 se publicó en Perú el Decreto Supremo N° 043-2023-PCM declarando el Estado de Emergencia Nacional por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas
precipitaciones pluviales en los departamentos de
Lambayeque, Piura y Tumbes.
El precitado decreto supremo no cuenta con el refrendo del Ministerio del Ambiente-MINAM , el cual a partir del año 2019 asumió el rol de autoridad nacional en materia de cambio climático.
Asimismo, desde el año 2021 preside la Comisión Nacional sobre Cambio Climático, conforme a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, según lo estipulado en el Decreto Supremo N° 012-2021-MINAM.
Con esta figura, el MINAM participaría sólo como figura decorativa frente al desastre de gran magnitud y se estaría replicando la declaración de Estado de Emergencia Nacional del año 2017 en el departamento de Piura, dispuesto con Decreto Supremo N° 035-2017-PCM, situación que diera origen a la creación de la cuestionada Autoridad para la reconstrucción con cambios.
Desastre que alcanza al Ministerio del Ambiente-MINAM
En el año 2008 fue creado el MINAM mediante el Decreto Legislativo N° 1013 y en el año 2017 se estableció su reglamento de organización y funciones (Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM).
Al siguiente año ( 2018), el país contó con la Ley N° 30754-Ley Marco sobre cambio Climático y posteriormente (2019) mediante lo establecido en el artículo 6 de su reglamento, el Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM prescribe al Ministerio del Ambiente como Autoridad Nacional en materia de cambio climático.
El desastre nacional en progreso, bajo la vigencia de la Autoridad Nacional en materia de cambio climático, cuenta entonces con autoridades y funcionarios de instituciones responsables de la gestión del riesgo de desastres en los tres niveles de gestión del Estado, focalizados en los últimos cinco (5) años del periodo 2019-2023 , lapso en que se sucedieron cinco (5) administraciones del gobierno central (Martín Vizcarra,Manuel Merino,Francisco Sagasti, Pedro Castillo y Dina Boluarte) y que a su vez tuvieron a su cargo diez (10) ministros de Estado ocupando la cartera ministerial del MINAM (Lucía Ruiz,Fabiola Muñoz,Kirla Echegaray,Lizzet Rojas,Gabriel Quijandría,Ruben Ramirez,Wiber Supo, Modesto Montoya, Wilbert Rozas y Albina Ruiz). Se suman autoridades responsables de la gestión en los departamentos (regiones) y gobiernos locales de las zonas afectadas.
El Dato
►De acuerdo al ordenamiento legal vigente peruano, la Comisión Nacional sobre Cambio Climático estaría siendo conformado por cuarenta y ocho representantes entre instancias estatales (22), no estatales (11) y organismos públicos adscritos (15).
►Asimismo, INDECI-COE cuenta con centro de operaciones a nivel nacional (COEN),sectorial (COES), regional(COER) y local (COEL), pudiendo este último ser provincial o distrital.
►El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - CONAGERD, acordó en sesión extraordinaria virtual la Declaratoria de estado de emergencia Nacional (Nivel 5) en los departamentos de Tumbes,Piura y Lambayeque por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.