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viernes, 8 de febrero de 2013

Plazos & Control de contaminación

Existe una polémica generada en razón de las recientes medidas tomadas por el Ejecutivo peruano respecto al tratamiento sobre el tema del Control de la Contaminación en la Gran y Mediana minería y su equivalente en la minería informal.
Ya con fecha 10 de noviembre de 2012, se había publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo Nº 007-2012-MINAM, donde se aprueba el Cuadro de Tipificación de Infracciones Ambientales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a la Gran y Mediana Minería respecto de las labores de explotación, beneficio, transporte  y almacenamiento de concentrados de minerales.
Mediante este dispositivo se actualiza la Escala de Sanciones, aumentándose el tope máximo de 600 UITs de multa hasta 10,000 UITs, conforme a lo establecido por la Ley General del Ambiente. Este Decreto Supremo se encuentra en plena vigencia desde el once (11) de Noviembre de 2012.
Ante una lectura de una supuesta ampliación de plazos para la formalización de la minería informal, el Ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, precisó que el Gobierno no ha ampliado el plazo de formalización para la minería ilegal, a propósito de los decretos supremos emitidos el miércoles otorgando plazos adicionales para presentar algunos documentos necesarios para la formalización.
En ese sentido explicó_ según lo propalado por los diarios Gestión y Expreso entre otros medios de comunicación_ que el plazo para presentar las declaraciones de compromiso a nivel nacional ya venció y estos decretos supremos emitidos ayer “no permiten que se presente una más”. “El proceso de formalización a nivel nacional vencerá en abril de 2014 y ese plazo no se ha cambiado. No se ha extendido un día más”, dijo.
Sin embargo, el prestigioso diario Gestión, aclaró que el mismo día en que el Ministerio del Ambiente publicaba su norma, el Ministerio de Energía y Minas emitía otra similar _ Decreto Supremo_ que modificó el art.3° del Decreto Legislativo N° 1100, fijando que el Gobierno Regional de madre de Dios deberá conducir y culminar el proceso de formalización hasta el 19 de Abril del 2014.
Asimismo, precisa que  el art.3° del Decreto Legislativo N° 1100, publicado el 15 de marzo del 2012, señalaba que el proceso de formalización en Madre de dios se daría hasta marzo de este año (2013).