El comercio publica que días atrás, la Sociedad Minera Cerro
Verde S.A.A informó sobre el inicio de un arbitraje en contra del Estado
Peruano. Aunque la empresa no detalló las razones que motivaron al mismo, se
presume que fue por el pago de regalías mineras que la Sunat le exige desde
hace varios años. En el 2018, el ente recaudador dio a conocer que Cerro Verde
tenía una deuda pendiente de S/1.100 millones por regalías no canceladas entre
2006 y 2011.
Lo anunciado por la compañía se dio a conocer mediante un
hecho de importancia publicado en la Superintendencia de Mercado de Valores
(SMV) el pasado 28 de febrero. Según se detalla en el documento, el Directorio
de Cerro Verde autorizó a Freeport-McMoRan, grupo económico estadounidense al
que pertenece, a iniciar este procedimiento.
Labores mineras en cerro verde-Arequipa-Perú. |
La cuestión de fondo
El caso en cuestión inició en 1998, cuando Cerro Verde firmó
un contrato de estabilidad tributaria (que garantiza que los impuestos y otras
cargas tributarias no cambien para las mineras por un periodo determinado) con
el Estado Peruano. De este modo, se exoneraba el pago de regalías a su proyecto
de lixiviación, en Arequipa, donde operan una mina de cobre.
Años después, en el 2004, se aprobó la Ley de regalías
mineras. Y es ahí donde surge la controversia.
Con la norma de por medio, desde la empresa argumentaban que
el contrato de estabilidad tributaria que anteriormente firmaron también podría
aplicarse a la ampliación que realizaron en el 2004 de otro proyecto de
Sulfuros Primarios. Sostenían que, como las regalías fueron establecidas en
2004, no debían pagarlas. Pero la Sunat pensaba lo contrario.
La entidad recaudadora manifestó que cuando se firmó dicho
contrato la planta de sulfuros no existía, y por ello no quedó bajo su amparo.
El caso ya había sido visto por el Tribunal Fiscal, que le dio la razón a la
Sunat en el 2013. Posteriormente, la minera recurrió al Poder Judicial.
En el 2014, el 18° Juzgado Contencioso Tributario y Aduanero
declaró fundada, en parte, la demanda de Cerro Verde. La Sunat, entonces, apeló
ante la Sexta Sala Contencioso Tributaria y Aduanera de Lima.
Y en el 2016, representantes de la Sunat y Cerro Verde se
encontraron en dicha sala, cuando estaban en juego S/ 800 millones. En ese
mismo año, se comunicó que la empresa había perdido el juicio contra la entidad
recaudadora.
A partir de allí, se estableció que la minera debía pagar al
Estado más de S/ 286 millones por regalías no pagas en los años 2006 y 2007. Si
consideraban otros pagos similares, la cifra llegaría a los S/ 800 millones.
De acuerdo con lo informado por El Comercio en esas fechas,
en la sentencia se establecía textualmente que “el Proyecto de Sulfuros
Primarios no está cubierto con las garantías que otorga el Contrato de
Estabilidad suscrito entre el Estado Peruano y la recurrente en el año 1998,
toda vez que el citado proyecto fue implementado con posterioridad a la
celebración del contrato de estabilidad”.
Un día después, la minera anunciaba que recurriría a la
Corte Suprema por no estar conforme con el fallo. Cerro Verde había decido
impugnar contra la medida a través de un recurso de casación, buscando que la
Corte Suprema de la República corrija lo que consideraban “errores procesales y
sustantivos”.
Ya en el 2017, la Corte Superior ratificó que la empresa
debía pagar S/ 1.000 millones, correspondientes a los años 2006 y 2009 de la
planta de sulfuros primarios.
Meses más tarde, el Poder Judicial volvió a ordenar que
Cerro Verde pague la suma de US$ 250 millones, luego de que la minera
presentara un recurso de apelación. El monto sujeto a pago se hacía por concepto
de regalías mineras para la región Arequipa correspondientes a los años 2006 y
2007.
El potencial caso ante el CIADI
Según expuso la minera en el comunicado a la SMV, la medida
de llevar el caso a arbitraje se enmarca en el Acuerdo de Promoción Comercial
Estados Unidos-Perú, también conocido como el Tratado de Libre Comercio (TLC),
el cual se firmó en Washington D.C. en abril de 2006 y entró en vigor en el año
2009.
Cerro Verde no precisó ante qué instancia presentó este
reclamo. Vale aclarar, sin embargo, que el anuncio de arbitraje empieza por una
etapa de trato directo.
“Antes de presentar la demanda, se tiene que
pasar por una etapa de negociación que dura seis meses. La negociación se hace
directamente entre las partes en el mismo país receptor de la inversión”,
expresó el abogado especialista en arbitrajes, Mario Reggiardo, del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, en conversación con El Comercio.
Por su parte, Bruno Marchese, del Estudio Rubio, señala que este periodo se
puede ampliar.
Según continúa Reggiardo, el reclamo de Cerro Verde debe ser
recibido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que se lleve a
cabo la etapa de trato directo. “Si no se llega a un acuerdo en el trato
directo, el inversionista va al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
Relativas a Inversiones (CIADI) y avisa que quiere iniciar el arbitraje”,
comenta.
Siendo así, el especialista aclara que la demanda aún no
está planteada, sino que se trata de un aviso. Lo que gestiona la empresa,
indica, es una petición de arbitraje, debido a que el CIADI tiene que “evaluar”
si esta puede o no iniciar el procedimiento en mención.
Y si llega al CIADI, ¿cuánto podría costar este proceso?
Reggiardo refiere que, en gastos administrativos por el sistema CIADI y los
árbitros, el monto podría oscilar entre el millón y los dos millones de
dólares. “Esto va a depender del monto planteado [en una demanda]”,
especificó.
El pago de esta cifra se repartiría equitativamente entre
ambas partes –Estado Peruano y empresa–, sin embargo, en ella no se considera
el pago a los abogados contratados para la defensa peruana, que en total
podrían cobrar una suma aproximada –si el arbitraje llega hasta el final– de
cuatro a seis millones de dólares en sus honorarios.
En cuanto al tiempo que tomaría dicho proceso, Reggiardo
estima que podría durar de tres a cinco años, una cifra con la que coincide
Marchese. En este periodo, el CIADI determina si puede asumir competencias y
discutir el caso en cuestión, a la par de decidir si lo revisará a profundidad
o no.
Como se vio anteriormente, el Poder Judicial resolvió a
favor de la Sunat. Partiendo de ello, ¿el CIADI podría tomar en cuenta estos
antecedentes si Cerro Verde presenta formalmente su demanda?
De acuerdo con Reggiardo, la discusión no se realizaría a
partir de lo anteriormente dispuesto por la justicia peruana, sino que esta
discusión se enmarcaría en lo establecido por el TLC entre EE.UU.
“Ellos [Cerro Verde] lo que van a alegar es la vulneración
del tratado de inversiones Perú-Estados Unidos, donde ahí hay otros derechos”,
manifestó. “Como no sabemos en qué consiste esa demanda, no sabemos qué tipo de
derechos en el tratado de inversiones se habrían vulnerado”, agrega.