En Perú se están dando progresivamente pasos importantes para poder
dinamizar el acceso del agua para consumo humano y saneamiento a millones de
peruanos que aún carecen de estos servicios básicos.
Hace pocos días, la representación nacional del Congreso de
la República otorgó facultades legislativas hasta por 90 días al ejecutivo para
poder hacer realidad este anhelo de ciento de miles de familias peruanas.
Muchos especialistas estimamos que las nuevas normas deben ir dirigidas a cambios estructurales de modelos de gestión pues en el país de
los incas , se acredita una larga data en los esfuerzos mayormente legislativos para
lograr coberturas de servicios de agua y saneamiento,sin embargo, las
iniciativas han sido infructuosas al enfrentarse a la burocracia estatal con
visos de corrupción que imperaron y subsisten en del sector encargado.
La nueva
administración PPK del estado peruano, tiene la oportunidad histórica de
revertir esta situación, en especial en los sectores más vulnerables de la
población asentadas en excluidas zonas rurales del país.
En el 2021 se
cumplirá el bicentenario de la independencia peruana y existe gran expectativa porque los cuellos de botella existentes que hacen lenta la ejecución
de los proyectos de inversión públicas para los lugares críticos identificados,
puedan resolverse.
Un claro
ejemplo de lo antes expresado lo constituye la Declaración de Impacto Ambiental
(DIA) visto como el "estudio que se realiza para los proyectos de inversión cuya
ejecución se prevé genere impactos ambientales negativos leves" a cargo del
Ministerio de vivienda , construcción y saneamiento que tiene como referente a
un Decreto Supremo dictado el año 2012 con registro provisional hasta que
finalice la transferencia efectiva al Ministerio de Ambiente.
La presión
social que demanda por servicios básicos es alta, en especial en aquellos
lugares de influencia minera, generándose conflictos socioambientales previsibles.
En la frondosa legislación ambiental peruana, existe alguna norma sectorial emitida días antes del cambio de administración del
Estado peruano , que ayudan poco a dinamizar el sector saneamiento, como es el
caso del Decreto Supremo N° 008-2016-VIVIENDA publicado el 22 de julio del 2016,
a 6 días del cambio de gobierno central.
En la precitada
norma se evidencia el espíritu de prolongar lo que significa un registro provisional, perentorio y que pretende congelar en el tiempo facultades que en los últimos 25 años probaron su inacción con el recurrente diagnóstico en el sector saneamiento " El agua no llega a todos y a quienes llega es de mala calidad".
Hacemos voto para que se revisen leyes anti técnicas en saneamiento, se atienda oportunamente a las poblaciones que demandan de agua de calidad para consumo humano y no se continúe dilatando plazos con Leyes que sólo generan postración a poblaciones que fueron excluidas hasta la fecha en un país que crece y desarrolla con el empuje de su población organizada.