Mediante el título “continúan las extensiones de plazos para la formalización minera en
Perú” publicado el 30 de diciembre del 2025, precisaba en este espacio que mediante
la Ley Nº 32537, el gobierno de transición peruano de ese entonces, modificaba el artículo 6 del
Decreto Legislativo N° 1293 para que el proceso de formalización minera
integral de la pequeña minería y minería artesanal tenga vigencia hasta el 31
de diciembre del 2026 o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña
Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento, lo que ocurra primero.
Después
de nueve (9) años de haberse declarado de interés nacional la formalización de
las actividades de la pequeña minería y minería artesanal mediante el precitado Decreto Legislativo, la precitada ley dispuso que el Poder Ejecutivo, mediante
decreto supremo, adecúe el reglamento del Registro Integral de Formalización
Minera (REINFO).Asimismo, ordenó que el Instituto Nacional de Estadística e
Informática coordinara con el ministerio de energía y minas, y el Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico la ejecución conjunta del censo nacional de la
MAPE.
Mediante el Decreto Supremo N° 018-2026-EM publicado el día 2 de octubre del 2026, la
actual administración del gobierno peruano declaró en proceso de modernización
y reorganización el Ministerio de Energía y Minas así como sus organismos
públicos adscritos : el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) y
el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), por el plazo de hasta ciento
veinte (120) días calendario, con el objeto de evaluar su situación
administrativa, organizacional y de gestión, y proponer las acciones y medidas
de reforma orientadas a fortalecer su funcionamiento institucional y el
ejercicio de su rectoría sectorial.
En este contexto, el régimen de consolidación contemplado en el proyecto de Ley de
la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE) reemplazaría al Registro
Integral de Formalización Minera (REINFO) a partir del 1 de enero de 2027,
estableciendo condiciones diferentes para los mineros que buscan desarrollar
sus actividades dentro de la legalidad.
El ejecutivo buscaría retirar la protección legal asociada al actual proceso de
formalización, la cual, estaría siendo aprovechada por personas que desarrollan
actividades ilegales.
Según se indica, el régimen de consolidación no se debiera interpretar como una de las tantas prórrogas más del REINFO, pues
incorpora la eliminación de la precitada protección y la simplificación de
procedimientos administrativos.
El nuevo mecanismo permitiría diferenciar a los pequeños mineros y mineros
artesanales de los que utilizan el sistema vigente para mantener actividades ilegales.
El nuevo régimen diseñado de esta manera, no constituiría una continuidad del
registro actual, sino una propuesta destinada a modificar las condiciones bajo
las cuales se desarrolla la formalización minera.
Bajo el nuevo esquema propuesto, la protección legal vinculada con el REINFO dejaría de
aplicarse a partir del 1 de enero de 2027, ello permitiría que las autoridades
investiguen a quienes desarrollen actividades ilícitas relacionadas con actividades fuera de la Ley en la extracción de minerales.
Desde esa fecha el Ejecutivo plantea
sustituir el esquema vigente por uno nuevo denominado RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN.
Así, el Gobierno pretendería separar entre los que necesitan completar sus
procedimientos para operar formalmente,de quienes realizan actividades mineras ilícitas.
El proyecto de Ley MAPE contempla que el Ejecutivo pueda establecer, un
procedimiento más sencillo para los operadores de pequeña escala.
En ese
sentido, se distinguiría entre la minería aluvial desarrollada en la selva y la
minería de socavón que se realiza en zonas andinas.
El ejecutivo se propone crear una entidad especializada en la minería a pequeña
escala denominada FORMAPE.
Esta institución asumiría funciones relacionadas con
la formalización, supervisión, fiscalización y gestión ordinaria de la pequeña
minería y minería artesanal. FORMAPE asumiría funciones por cinco años y contaría
con un directorio, gerencias y recursos específicos para cumplir sus
responsabilidades.
El proyecto de Ley MAPE también propone modificar la forma en que se desarrollan las actividades de fiscalización minera, cuyo nuevo enfoque priorizaría la trazabilidad, concentrándose los controles en las plantas de procesamiento de minerales.
El Dato
Cabe precisar que, las competencias relacionadas con la
minería a pequeña escala corresponden a los gobiernos regionales, la
legislación peruana permite que el gobierno central las asuma temporalmente por
un periodo máximo de ocho años.
Posteriormente, las funciones serían transferidas nuevamente a los gobiernos regionales bajo un
esquema de gestión más ordenado.
