El Estado peruano, a través del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), ha impuesto multas por infracciones ambientales en el orden de los 61 millones de soles en lo que va del año 2013 y que de las 121 empresas sancionadas, cincuenta (50) pertenecen a la actividad minera.
Este escenario se presenta a la luz de la Ley N° 30011 dado el 25 de Abril del 2013, que modifica la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.
En la práctica, tiene un mes de vigencia la nueva escala de multas que se incrementó tres (3) veces el monto máximo de 10 mil UIT (S/37 millones) a 30 mil UIT (S/ 111 millones).
La discrecionalidad y tipificación en la determinación y aplicación de las multas navegó sin llegar a buen puerto hasta la fecha desde el Ministerio de Energía y Minas, Osinergmin,Ministerio del Ambiente y actualmente reposa en OEFA.
Los principios y criterios legales para darle seguridades jurídicas a los procesos sancionadores son incorporados, de tal forma que se establezca la mayor predictibilidad y razonabilidad en la ejecución de las sanciones de la mineras formalmente constituidas en el país.
Mientras este tratamiento discurre con las empresas de las denominadas gran y mediana minería, por otro lado se tiene el tratamiento al universo de la minería informal o la que estaría inmersa en el proceso de formalización prevista por la actual administración del Estado.
El desbalance en el tratamiento sancionador se hace cada vez mayor con el crecimiento de la minería informal pues, pues el 9 de Marzo de 2012 en el diario oficial El peruano se precisaba "hace cinco (5) años la cantidad de regiones que tenían problemas con el tema de minería ilegal no llegaba a diez (10), hoy son veintiún (21) regiones".
Actualmente no hay región política que no presente problemas con la minería ilegal, en estricto, las veinticinco (25) regiones políticas cuentan con algún problema derivado de la minería ilegal.
A fin de tener una mayor aproximación de las formas utilizadas para desarrollar labores mineras bajo el radar de la legislación peruana, citamos el informe preparado por Willax Televisión.
En el precitado reporte, se mencionaba que 2,400 Tn/día del producto de labores mineras informales desarrolladas por diez mil mineros artesanales que extraen oro y cobre de la región Apurimac y se traslada para el procesamiento del concentrado en diversas Plantas existentes en Nazca.
El ministerio de trabajo, detecto a las empresas mineras: Planta de Beneficios Jesús S.A.C., Consorcio Minero Antares S.A.C., Mercurio E.I.R.L., Compañía Minera Mercurio S.A.C., Minera y Exportaciones S.A.C., Cean Minera del Sur S.A.C., Agropex S.AC., Planta Concentradora San Fernando S.A.C., Perú Metal Trading & Process SAC., Minera Chauchilla SAC., Minera Santa Maria SAC., DWL Corporation SAC, entre otras, que venían operando en la jurisdicción de Nazca (Localidad situada al sur de Lima).
En el informe se explica las formas de formalizar el mineral extraído, una de las cuales pasa por registrar como parte de la producción legal y la otra, por sacarlo por las fronteras para proceder a su legalización en otro país.
Cuando hay minería ilegal, las posibilidades de corrupción son muy altas porque alrededor de la minería ilegal se generan otros delitos, como la prostitución ilegal, evasión tributaria, explotación infantil, depredación ambiental,entre otros; asimismo, los trabajadores captados por este tipo de minería no reciben ningún tipo de seguridad, beneficios y mucho menos un sueldo digno.
Esta ilegal actividad, que hoy en día es un problema nacional, demanda un accionar conjunto,donde los poderes Ejecutivo y Judicial son los llamados a aplicar la frondosa legislación ambiental existente para no continuar segregando _ directa o indirectamente _a los capitales (nacionales y extranjeros) que, en cumplimiento de leyes vigentes, fortalezcan a las inversiones actuales y potenciales en el sector minero peruano, el cual continúa siendo uno de los motores del crecimiento y desarrollo nacional.